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79+ resultados encontrados para Notificacion Electronica Traslado Ley 26 en Jurisprudencia con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Notificacion Electronica Traslado Ley 26 685 Acordada 3 15 Domicilio Constituido Domicilio Electronico

Resumen

Notificación electrónica. Traslado. Ley 26.685. Acordada 3/15. Domicilio constituido. Domicilio electrónico Se revoca la providencia apelada y se tiene por contestado el traslado conferido en legal tiempo y forma, en tanto le asistió razón al impugnante que el mismo debió haber sido notificado al domicilio electrónico por él constituido en el expediente...

Coincidencia encontrada

Notificación electrónica. Traslado. Ley 26.685. Acordada 3/15. Domicilio constituido. Domicilio electrónico Se revoca la providencia apelada y se tiene por contestado el traslado conferido en legal tiempo y forma, en tanto le asistió razón al impugnante que el mismo debió haber sido notificado al domicilio electrónico por él constituido en el expediente y no al domicilio físico. Se...

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Notificacion Electronica Traslado Ley 26 685 Acordada 3 15 Domicilio Constituido Domicilio Electronico

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 141806 Alta coincidencia

BAREIRO BAEZ NIDIA BEATRIZ Y OTROS C/ SERVICIOS JM S.R.L. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)2020

Tribunal
Camara Ii de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - La Plata (Cc0201 Lp)
Fecha
2025-12-30
Cita digital
196625
Voces
BAREIRO BAEZ NIDIA BEATRIZ Y OTROS C/ SERVICIOS JM S.R.L....que nada más desacertado al momento de proceder al cómputo...que surge entonces el yerro en el cual ha incurrido,...que en virtud de lo expuesto se debió formular el...que se viola su derecho de defensa en juicio y...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria141806
Resumen

BAREIRO BAEZ NIDIA BEATRIZ Y OTROS C/ SERVICIOS JM S.R.L. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)2020 Causa: 141806 La Plata, 30 de Diciembre de 2025 VISTOS Y CONSIDERANDO: 1.

Coincidencia encontrada

...ción se tendrá por cumplida el día martes o viernes inmediato posterior -l siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere- a aquél en que la resolución judicial hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas; que en virtud de lo expuesto se debió formular el siguiente conteo: -29 DE...

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BAREIRO BAEZ NIDIA BEATRIZ Y OTROS C/ SERVICIOS JM S.R.L. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)2020 - CAMARA II DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - LA PLATA (CC0201 LP) 2025-12-30 - 196625

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 85773 Alta coincidencia

GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Iii - San Martin (Cc0003 Sm)
Fecha
2025-07-03
Cita digital
195017
Voces
"GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/...en la data 26/03/2025, surge la constancia de diligenciamiento, en...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria85773
Resumen

"GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)" Gral. San Martín.

Coincidencia encontrada

...ibrada la cédula de traslado de demandada, con tres (3) documentos adjuntos, a fin de ser diligenciada mediante la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de San Isidro, al domicilio de la codemandada mencionada; en la data 26/03/2025, surge la constancia de diligenciamiento, en la que se asentó que el 25/03/2025 a las 07:55 horas se notificó al requerido....

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GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA III - SAN MARTIN (CC0003 SM) 2025-07-03 - 195017

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. L. 128287 Alta coincidencia

Ministerio de Trabajo contra Rappi Argentina S.A.S. Apelación de resolución administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2026-04-09
Cita digital
197068
Voces
A C U E R D O La Suprema Corte...7 de la ley 24.01327 de la ley 24.557 y 2 de la resolución...y de las resoluciones 135/20 y 151/20 del Ministerio de...LABORALSentencia DefinitivaL. 128287
Resumen

A C U E R D O La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el art.

Coincidencia encontrada

...nto electrónico de fecha 29-IX-2021). Se interpusieron, por la empresa accionada, recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley (v. presentación electrónica de 17-X-2021), los que, rechazados por el citado tribunal (v. resol. electrónica de fecha 24-XI-2021), fueron concedidos por esta Suprema Corte (v. resol. electrónica de 15-VII-2022), previa deducción de la queja (v. presentación electrónica de fecha...

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Ministerio de Trabajo contra Rappi Argentina S.A.S. Apelación de resolución administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2026-04-09 - 197068

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 3235 2007 Alta coincidencia

P. ,G. E. C/ F. ,C. O. S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial - Junin (Cc0000 Ju)
Fecha
2020-06-30
Cita digital
175259
Voces
Sociedad anónima / Inoponibilidad de la persona jurídica – Liquidación...e idéntica impugnación dedujo en fecha 18/9/2019, también por vía...luego de lo cual, se dictó el llamamiento de autos...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva3235 2007
Resumen

Sociedad anónima / Inoponibilidad de la persona jurídica – Liquidación de Sociedad Conyugal Expte. n°: 3235-2007 P., G. E. C/ F., C. O.

Coincidencia encontrada

...la imposición de las costas. VI- Corrido traslado de las expresiones de agravios mencionadas precedentemente, en fecha 19/2/2020 se recibió la contestación formulada por vía electrónica, por el Dr. Peretti, en tanto que a fs. 854/859 se agregó la contestación formulada por la demandada, solicitándose en ambas la desestimación de la apelación de la contraria; luego de lo...

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P. ,G. E. C/ F. ,C. O. S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL - JUNIN (CC0000 JU) 2020-06-30 - 175259

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2021 Nro. 360 Alta coincidencia

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a lo actuado de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. El requerimiento deberá estar previsto en el anteproyecto de Presupuesto Anual del Poder Judicial para ese ejercicio- de acuerdo a la información obrante en el Sistema Integral de Requerimientos del Poder Judicial de la Nación –SIRE–. La solicitud con la estimación del costo (presupuesto) deberá ser remitida a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico administraciongeneral@pjn.gov.ar- quien autorizará el trámite. Dicha autorización se comunicará al peticionante y- concomitantemente- a la Subdirección de Contrataciones. Recibida la solicitud- la Administración General deberá corroborar que el requerimiento no esté incluido previamente en una tramitación general a fin de evitar la superposición de procesos administrativos y el dispendio de recursos. En dicha oportunidad- procederá a efectuar la afectación provisional correspondiente. Verificados dichos requisitos —conforme la disponibilidad presupuestaria vigente—- se podrá disponer el inicio de las actuaciones. La Administración deberá expedirse- respecto a este punto- dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha del correo electrónico o comunicación electrónica equivalente”. 2º) Modificar el inciso “d” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “d) Adjudicación. La UGD- conforme el artículo 5º del presente reglamento- se pronunciará sobre las actuaciones pertinentes y emitirá el acto administrativo de adjudicación de la contratación dentro de los diez (10) días corridos. Dicho acto deberá ser remitido por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico antes mencionado- la cual procederá a la afectación contable definitiva. Efectuada la afectación contable pertinente- la UGD procederá a la notificación de dicho acto a los oferentes- la que podrá realizarse por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente conforme lo oportunamente consignado en la oferta. Dicha notificación generará el perfeccionamiento del contrato. El o los contratistas deberán entregar los bienes o prestar el servicio de conformidad con las características y especificaciones técnicas de la contratación. Una vez otorgada la conformidad definitiva- el contratista deberá presentar la correspondiente factura. La UGD informará dicha recepción por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Dirección General de Administración Financiera- la que procederá a realizar la transferencia de fondos necesarios para afrontar el pago dentro del plazo de veinte (20) días corridos desde la fecha del correo electrónico mencionado”. 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
27-12-2021 00:00:00
Cita digital
PJN 158689
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2021360
Resumen

Expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones.

Coincidencia encontrada

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a...

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El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a lo actuado de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. El requerimiento deberá estar previsto en el anteproyecto de Presupuesto Anual del Poder Judicial para ese ejercicio- de acuerdo a la información obrante en el Sistema Integral de Requerimientos del Poder Judicial de la Nación –SIRE–. La solicitud con la estimación del costo (presupuesto) deberá ser remitida a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico administraciongeneral@pjn.gov.ar- quien autorizará el trámite. Dicha autorización se comunicará al peticionante y- concomitantemente- a la Subdirección de Contrataciones. Recibida la solicitud- la Administración General deberá corroborar que el requerimiento no esté incluido previamente en una tramitación general a fin de evitar la superposición de procesos administrativos y el dispendio de recursos. En dicha oportunidad- procederá a efectuar la afectación provisional correspondiente. Verificados dichos requisitos —conforme la disponibilidad presupuestaria vigente—- se podrá disponer el inicio de las actuaciones. La Administración deberá expedirse- respecto a este punto- dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha del correo electrónico o comunicación electrónica equivalente”. 2º) Modificar el inciso “d” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “d) Adjudicación. La UGD- conforme el artículo 5º del presente reglamento- se pronunciará sobre las actuaciones pertinentes y emitirá el acto administrativo de adjudicación de la contratación dentro de los diez (10) días corridos. Dicho acto deberá ser remitido por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico antes mencionado- la cual procederá a la afectación contable definitiva. Efectuada la afectación contable pertinente- la UGD procederá a la notificación de dicho acto a los oferentes- la que podrá realizarse por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente conforme lo oportunamente consignado en la oferta. Dicha notificación generará el perfeccionamiento del contrato. El o los contratistas deberán entregar los bienes o prestar el servicio de conformidad con las características y especificaciones técnicas de la contratación. Una vez otorgada la conformidad definitiva- el contratista deberá presentar la correspondiente factura. La UGD informará dicha recepción por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Dirección General de Administración Financiera- la que procederá a realizar la transferencia de fondos necesarios para afrontar el pago dentro del plazo de veinte (20) días corridos desde la fecha del correo electrónico mencionado”. 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. - Consejo de la Magistratura 27-12-2021 00:00:00 - PJN 158689

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 63290 Alta coincidencia

Becker, Miguel Enrique c/. Sagalerba, Pedro Enrique y otro/a s/. Prescripción Adquisitiva Larga

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - Azul (Cc0002 Az)
Fecha
2018-07-31
Cita digital
163818
Voces
Causa nº: 2-63290-2018 "(C)BECKER MIGUEL ENRIQUE C/ SAGALERBA PEDRO ENRIQUE...Secc. HCh. 750Mz. 750aeParc. 10Pda. 36858, Matrícula n° 12.097 de Olavarría (078). A los...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva
Resumen

Causa nº: 2-63290-2018 "(C)BECKER MIGUEL ENRIQUE C/ SAGALERBA PEDRO ENRIQUE Y OTRO/A S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA " JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - OLAVARRIA Sentencia Registro nº: 115 Folio:.............

Coincidencia encontrada

...cula n° 12.097 de Olavarría (078). A los fines del traslado de la demanda el actor denunció que los encartados se domicilian en Bermúdez n° 3303 de la localidad de Villa Luzuriaga, partido de La Matanza (fs. 47/49vta.). A fs. 80/81 la a quo asignó al pleito el trámite del juicio sumario y ordenó correr traslado de la...

Cita sugerida

Becker, Miguel Enrique c/. Sagalerba, Pedro Enrique y otro/a s/. Prescripción Adquisitiva Larga - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - AZUL (CC0002 AZ) 2018-07-31 - 163818

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 131287 Alta coincidencia

RAMOS ROJAS PABLO C/ DIAZ PALMIRA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

Tribunal
Camara Ii de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - La Plata (Cc0202 Lp)
Fecha
2022-04-29
Cita digital
184159
Voces
Sentencia Interlocutoria Causa N° 131287JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - LA PLATA...causa 84043, sent. del 6-9-2004esta Sala, causa 114.562, sent. int. del 09/2/12, RSI 14/12124812, RSI 40/19, sent. int. del 12/3/19causa 125661, RSI 170/19, sent. int. del 18/06/2019e/o). En este sentido, si bien la providencia atacada encuadra...CIVIL Y COMERCIAL
Resumen

Sentencia Interlocutoria Causa N° 131287; JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - LA PLATA RAMOS ROJAS PABLO C/ DIAZ PALMIRA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO) La Plata, 29 de Abril de 2022.

Coincidencia encontrada

...enen las presentes actuaciones a fin de tratar el recurso de apelación interpuesto el día 04/02/2022 por la parte actora, contra la providencia del 02/02/2022 en cuanto dispone que deberá correrse el traslado de demanda conforme fue ordenado en fecha 30/11/2021, esto es, al domicilio real, toda vez que advierte que la cédula electrónica presentada el 01/12/2021 y...

Cita sugerida

RAMOS ROJAS PABLO C/ DIAZ PALMIRA S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO) - CAMARA II DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - LA PLATA (CC0202 LP) 2022-04-29 - 184159

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Q 78989 Alta coincidencia

Rosenthal, Jorge Daniel c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Queja por denegación de recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2024-03-15
Cita digital
192950
Voces
Q.78.989 "ROSENTHAL, JORGE DANIEL C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE...124 y su modificatoria, ley 13.708 y 155, CPCC) -v....124, CPCC y su modificatoria, ley 13.708 (v. resol. de...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia InterlocutoriaQ 78989
Resumen

Q.78.989 "ROSENTHAL, JORGE DANIEL C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/QUEJA POR DENEGACION DE RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY" AUTOS Y VISTOS: Los señores jueces doctores Torres, Soria y Genoud y la señora jueza doctora Kogan dijeron: I.1.

Coincidencia encontrada

... DANIEL C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/QUEJA POR DENEGACION DE RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY" AUTOS Y VISTOS: Los señores jueces doctores Torres, Soria y Genoud y la señora jueza doctora Kogan dijeron: I.1. El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo n° 1 del Departamento Judicial de La Plata desestimó la...

Cita sugerida

Rosenthal, Jorge Daniel c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Queja por denegación de recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2024-03-15 - 192950

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Notificaciones electrónicas: Es válida la notificación del traslado de la demanda, cuya copia se acompañó en un pendrive

Tribunal
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Fecha
12 de febrero de 2025
Partes
G. M. C. M. c/ N. A. M. y otro s/ Daños y perjuicios
Cita digital
dj155057155057155057
Voces
NOTIFICACIONES – NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA – PRUEBA – EXPEDIENTE ELECTRÓNICO –...
Resumen

Notificaciones electrónicas: Es válida la notificación del traslado de la demanda, cuya copia se acompañó en un pendrive Fuente: doc_04_2025_0006.html Partes: G.

Coincidencia encontrada

Notificaciones electrónicas: Es válida la notificación del traslado de la demanda, cuya copia se acompañó en un pendrive Fuente: doc_04_2025_0006.html Partes: G. M. C. M. c/ N. A. M. y otro s/ Daños y perjuicios Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: E Fecha: 12 de febrero de 2025 Cita...

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Notificaciones electrónicas: Es válida la notificación del traslado de la demanda, cuya copia se acompañó en un pendrive - Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil 12 de febrero de 2025 - dj155057155057155057