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319+ resultados encontrados para a ocho de julio de mil novecientos noventa y siete con busqueda amplia. Mostrando 101-110.
Pagina 11 de varias
Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 7789 2011 Alta coincidencia

MUNICIPALIDAD DE LUJAN C/ ALVAREZ MONICA GRISELDA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOCIMIENTO DE DERECHO

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2011-02-21
Cita digital
131185
Voces
administrativo procediendo a la suspensión preventiva de la agente. Refiere...y haber efectuado depósitos con defasajes temporales entre la cobranza...la accionada con fecha 30 de septiembre de 2003 reconoce...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 7789 2011
Resumen

Administrativo procediendo a la suspensión preventiva de la agente. Refiere que en el sumario llevado a cabo, la demandada reconoce expresamente su responsabilidad, haciendo referencia en tal sentido a las actas de fs.2/3 y 34 del expediente administrativo referenciado supra.

Coincidencia encontrada

...ez resultó imputada de haber intervenido en calidad de autora, en la disposición de dos ordenes de pago percibiendo el importe de un cheque por el valor de dos mil ochocientos treinta y cuatro pesos, sin depositar el mismo. Asimismo se constato haber registrado ordenes de pago de comisiones bancarias, en la que difirió la fecha de cobranzas...

Cita sugerida

MUNICIPALIDAD DE LUJAN C/ ALVAREZ MONICA GRISELDA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOCIMIENTO DE DERECHO - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2011-02-21 - 131185

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2026 Nro. 1551 Alta coincidencia

Aplicar a la firma "RABADAN S.A." un descuento en en el marco de la Licitación Pública N°4/25, (Órdenes de Compra N°246/25 y 282/25), debido a la ausencia del personal de limpieza y faltantes de insumos de limpieza en los meses julio, agosto, septiembre y octubre de 2025, en los edificios de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, sito en Av. Concepción Arenal N°690, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba, sito en Av. Hipólito Irigoyen N°670 y del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de Córdoba, sito en Calle Faustino Allende N°864/865, detallado en el considerando 11), por un importe de pesos tres millones novecientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y seis con cincuenta y ocho centavos ($3.957.666,58). Ello, en punto a lo previsto en el arts. 20.1 y 20.2, del P.B.C. 13-17505/2025

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
14-05-2026 00:00:00
Cita digital
PJN 211153
Voces
Resoluciones - Año 20261551
Resumen

Aplicar a la firma "RABADAN S.A." un descuento en en el marco de la Licitación Pública N°4/25, (Órdenes de Compra N°246/25 y 282/25), debido a la ausencia del personal de limpieza y faltantes de insumos de limpieza en los meses julio, agosto, septiembre y octubre de 2025, en los edificios de la...

Coincidencia encontrada

...rte de pesos tres millones novecientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y seis con cincuenta y ocho centavos ($3.957.666,58). Ello, en punto a lo previsto en el arts. 20.1 y 20.2, del P.B.C. 13-17505/2025

Cita sugerida

Aplicar a la firma "RABADAN S.A." un descuento en en el marco de la Licitación Pública N°4/25, (Órdenes de Compra N°246/25 y 282/25), debido a la ausencia del personal de limpieza y faltantes de insumos de limpieza en los meses julio, agosto, septiembre y octubre de 2025, en los edificios de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, sito en Av. Concepción Arenal N°690, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de Córdoba, sito en Av. Hipólito Irigoyen N°670 y del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de Córdoba, sito en Calle Faustino Allende N°864/865, detallado en el considerando 11), por un importe de pesos tres millones novecientos cincuenta y siete mil seiscientos sesenta y seis con cincuenta y ocho centavos ($3.957.666,58). Ello, en punto a lo previsto en el arts. 20.1 y 20.2, del P.B.C. 13-17505/2025 - Administración General del Poder Judicial 14-05-2026 00:00:00 - PJN 211153

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 4235 Alta coincidencia

Liquidar a favor del Dr. Aurelio A. Cuello Murúa, juez del JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO, la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($38.707,90), en concepto de reintegro del monto ejecutado en relación al pago del servicio de internet Wi-Fi, correspondiente al mes de julio de 2025. 13-10300/25

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
19-12-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 208631
Voces
Resoluciones - Año 20254235
Resumen

Liquidar a favor del Dr. Aurelio A. Cuello Murúa, juez del JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO, la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($38.707,90), en concepto de reintegro del monto ejecutado en relación al pago del servicio de internet Wi-Fi, correspondiente al mes de julio de...

Coincidencia encontrada

...iquidar a favor del Dr. Aurelio A. Cuello Murúa, juez del JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO, la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($38.707,90), en concepto de reintegro del monto ejecutado en relación al pago del servicio de internet Wi-Fi, correspondiente al mes de julio de 2025. 13-10300/25

Cita sugerida

Liquidar a favor del Dr. Aurelio A. Cuello Murúa, juez del JUZGADO FEDERAL DE VENADO TUERTO, la suma de PESOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SIETE CON NOVENTA CENTAVOS ($38.707,90), en concepto de reintegro del monto ejecutado en relación al pago del servicio de internet Wi-Fi, correspondiente al mes de julio de 2025. 13-10300/25 - Administración General del Poder Judicial 19-12-2025 00:00:00 - PJN 208631

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 43450 Alta coincidencia

G. ,J. R. y o. s/Recurso de casación

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala Ii - La Plata (Tc0002 Lp)
Fecha
2011-07-07
Cita digital
45153
Voces
En la ciudad de La Plata, a los siete días...2) errónea incorporación por lectura al debate del acta de...3) errónea aplicación del art. 189 bis apartado 2° párrafo...4) errónea aplicación de la agravante prevista en el art....PenalSentencia Definitiva43450
Resumen

En la ciudad de La Plata, a los siete días del mes de julio de dos mil once, se reúnen en acuerdo ordinario los señores jueces de la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctores Jorge Hugo Celesia y Carlos Alberto Mahiques para resolver el...

Coincidencia encontrada

... D E N T E S El Tribunal en lo Criminal n° 3 del Departamento Judicial San Isidro, el 22 de abril de 2010, dictó sentencia condenatoria imponiendo a J. R. G., a P. S. G. y a D. E. F. la pena de ocho años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlos...

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G. ,J. R. y o. s/Recurso de casación - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) 2011-07-07 - 45153

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2024 Nro. 2372 Alta coincidencia

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Juan Manuel BASUALDO (DNI N° 35.169.615)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024- para prestar servicios en la Dirección General de Tecnología este Consejo de la Magistratura de la Nación. 16-05630/20

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
12-07-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 178293
Voces
Resoluciones - Año 20242372
Resumen

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Juan Manuel BASUALDO (DNI N° 35.169.615)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho...

Coincidencia encontrada

...ontratar a Juan Manuel BASUALDO (DNI N° 35.169.615)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024- para prestar servicios...

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Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Juan Manuel BASUALDO (DNI N° 35.169.615)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024- para prestar servicios en la Dirección General de Tecnología este Consejo de la Magistratura de la Nación. 16-05630/20 - Administración General del Poder Judicial 12-07-2024 00:00:00 - PJN 178293

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2024 Nro. 2368 Alta coincidencia

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Abel Alejandro POLICASTRO DNI N° 39.670.731)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024. 16-05667/23

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
12-07-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 178289
Voces
Resoluciones - Año 20242368
Resumen

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Abel Alejandro POLICASTRO DNI N° 39.670.731)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho...

Coincidencia encontrada

...atar a Abel Alejandro POLICASTRO DNI N° 39.670.731)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024. 16-05667/23

Cita sugerida

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Abel Alejandro POLICASTRO DNI N° 39.670.731)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día 1° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024. 16-05667/23 - Administración General del Poder Judicial 12-07-2024 00:00:00 - PJN 178289

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2024 Nro. 2367 Alta coincidencia

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Sebastián Andrés DELEON {DNI N°23.572.832)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día I° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024- para prestar servicios en la Dirección General de Tecnología este Consejo de la Magistratura de la Nación. 13-04679/15

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
12-07-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 178287
Voces
Resoluciones - Año 20242367
Resumen

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Sebastián Andrés DELEON {DNI N°23.572.832)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil...

Coincidencia encontrada

...atar a Sebastián Andrés DELEON {DNI N°23.572.832)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día I° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024- para prestar servicios en...

Cita sugerida

Autorizar a la Administración General del Consejo de la Magistratura a suscribir el contrato bajo la modalidad de locación de servicio -conforme modelo aprobado por Anexo I de la Resolución AG n°160/2024- para contratar a Sebastián Andrés DELEON {DNI N°23.572.832)- por un monto de pesos cuatro millones cuatrocientos ochenta y ocho mil ($ 4.488.000-00) en concepto de honorarios- pagadero en un monto mensual de pesos setecientos cuarenta y ocho mil ($ 748.000-00)- a partir del día I° de julio y hasta el 31 de diciembre de 2024- para prestar servicios en la Dirección General de Tecnología este Consejo de la Magistratura de la Nación. 13-04679/15 - Administración General del Poder Judicial 12-07-2024 00:00:00 - PJN 178287

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 3127 Alta coincidencia

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor de la señora Silvia Cristina Terraza -a quien se le aceptó .la renuncia al cargo de de Prosecretaría Administrativa de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, a partir del 22 de junio de 2025-, correspondiente a cinco (5) días de la feria del mes de enero de 2008, trece (13) días de la feria del mes de enero de 2009, seis (6) días de la feria del mes de enero de 2011, siete (7) días de la feria del mes de enero de 2012, ocho (8) días de la feria del mes de enero 2017, cinco (5) días de la feria del mes de julio de 2017 y siete (7) días de la feria del mes de enero de 2018. 16-09377/25

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
01-10-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 206579
Voces
Resoluciones - Año 20253127
Resumen

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor de la señora Silvia Cristina Terraza -a quien se le aceptó.la renuncia al cargo de de Prosecretaría Administrativa de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, a partir del 22 de junio de 2025-, correspondiente a cinco...

Coincidencia encontrada

... 2009, seis (6) días de la feria del mes de enero de 2011, siete (7) días de la feria del mes de enero de 2012, ocho (8) días de la feria del mes de enero 2017, cinco (5) días de la feria del mes de julio de 2017 y siete (7) días de la feria del mes...

Cita sugerida

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor de la señora Silvia Cristina Terraza -a quien se le aceptó .la renuncia al cargo de de Prosecretaría Administrativa de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, a partir del 22 de junio de 2025-, correspondiente a cinco (5) días de la feria del mes de enero de 2008, trece (13) días de la feria del mes de enero de 2009, seis (6) días de la feria del mes de enero de 2011, siete (7) días de la feria del mes de enero de 2012, ocho (8) días de la feria del mes de enero 2017, cinco (5) días de la feria del mes de julio de 2017 y siete (7) días de la feria del mes de enero de 2018. 16-09377/25 - Administración General del Poder Judicial 01-10-2025 00:00:00 - PJN 206579

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 4315 Alta coincidencia

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor del señor Matías Jeremías Castillo -a quien se le aceptó la renuncia al cargo de escribiente auxiliar del Juzgado Federal de Primera Instancia N°2 de San Juan-, a partir del 30 de septiembre de 2025, correspondiente a cuatro (4) días de la feria judicial del mes de enero y ocho (8) días de la feria judicial del mes julio del año 2014; quince (15) días de la feria judicial del mes de enero y seis (6) días de la feria judicial del mes de julio del año 2016; dieciséis (16) días de la feria judicial del mes de enero y cinco (5) días de la feria judicial del mes de julio del año 2018; y siete (7) días de la feria judicial del mes de enero del año 2020, por haber operado el plazo de caducidad del derecho a solicitar la correspondientecompensación dineraria, conforme lo dispuesto por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 24/2022. 16-14471/25

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
26-12-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 208742
Voces
Resoluciones - Año 20254315
Resumen

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor del señor Matías Jeremías Castillo -a quien se le aceptó la renuncia al cargo de escribiente auxiliar del Juzgado Federal de Primera Instancia N°2 de San Juan-, a partir del 30 de septiembre de 2025, correspondiente a...

Coincidencia encontrada

... a partir del 30 de septiembre de 2025, correspondiente a cuatro (4) días de la feria judicial del mes de enero y ocho (8) días de la feria judicial del mes julio del año 2014; quince (15) días de la feria judicial del mes de enero y seis (6) días de la feria judicial del mes de...

Cita sugerida

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor del señor Matías Jeremías Castillo -a quien se le aceptó la renuncia al cargo de escribiente auxiliar del Juzgado Federal de Primera Instancia N°2 de San Juan-, a partir del 30 de septiembre de 2025, correspondiente a cuatro (4) días de la feria judicial del mes de enero y ocho (8) días de la feria judicial del mes julio del año 2014; quince (15) días de la feria judicial del mes de enero y seis (6) días de la feria judicial del mes de julio del año 2016; dieciséis (16) días de la feria judicial del mes de enero y cinco (5) días de la feria judicial del mes de julio del año 2018; y siete (7) días de la feria judicial del mes de enero del año 2020, por haber operado el plazo de caducidad del derecho a solicitar la correspondientecompensación dineraria, conforme lo dispuesto por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 24/2022. 16-14471/25 - Administración General del Poder Judicial 26-12-2025 00:00:00 - PJN 208742

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. C- 3274En la ciudad de La Plata a los dos días del mes de julio de dos mil uno, reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces Integrantes de la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctores Jorge Hugo Celesia, Fernando Luis María Mancini y Eduardo Carlos Hortel, para resolver la presente acción de revisión planteada en favor del procesadoJ. C. P., en la presentecausa nº 3274del registro de este Tribunal, practicado el sorteo de ley, resultó que en la votación debía observarse el orden siguiente:CELESIA — MANCINI - HORTEL.A N T E C E D E N T E SEste Tribunal resolvió con fecha 18 de noviembre de 1999 declarar inadmisible el recurso de casación deducido por el Sr. Defensor Particular de J. C. P. contra la sentencia dictada con fecha 15 de junio de 1999 por el Tribunal Oral en lo Criminal nº 3 de Mar del Plata que condenara al imputado P. a la pena de seis años y ocho meses de prisión, accesorias legales y costas como autor penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de armas.-Contra la sentencia de éste Tribunal antes citada plantea a fs. 22/23vta. acción de revisión la Sra. Defensora Oficial del imputado, Dra. Cecilia Boeri.Efectuadas las vistas correspondientes, y hallándose la causa en estado de dictar sentencia, este Tribunal decidió plantear y votar las siguientes:C U E S T I O N E SPrimera:¿Es procedente la acción de revisión planteada?Segunda:¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?A laprimera cuestiónplanteada, el señor Juez doctorCelesiadijo:I.- Se presenta la Sra. Defensora Oficial de J. L. P. a interponer acción de revisión contra la sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 1999 por éste Tribunal que, en la causa registrada bajo el nº 1109, declaró inadmisible el recurso de casación planteado por el entonces Defensor Particular contra el decisorio dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal nº 3 de Mar del Plata que condenara al imputado a la pena de seis años y ocho meses de prisión, accesorias legales y costas.-Sustenta su pretensión la Defensa en lo previsto por los incs. 1, 2 y 4 del art. 467 del C.P.P., señalando que, contrariamente a lo sostenido en la sentencia de éste Tribunal, la reserva de recurrir a Casación fue deducida en término, de modo que los hechos fijados en el decisorio cuestionado resultarían inconciliables con los acontecidos en el proceso principal, fundandose la sentencia en prueba documental incompleta que indujo al equívoco que ponen en evidencia los nuevos elementos ahora aportados por la disconformada.Argumenta que el error judicial en el que ha incurrido éste Tribunal debe ser reparado en tanto resultaría inadmisible que frente a él se haga prevalecer la cosa juzgada consolidando un perjuicio que luego el Estado se vería obligado a subsanar mediante una indemnización patrimonial.II.- Considero que el planteo no puede atenderse, en tanto la situación alegada por la agraviada resulta por completo ajena a los supuestos invocados del art. 467 del C.P.P. o a cualquier otro de los motivos que permitan el conocimiento del agravio a través de la vía excepcional de la acción de revisión que, en principio, siempre debe tender a demostrar la inexistencia del hecho, que el condenado no lo cometió o que falta totalmente la prueba en la que se basó la condena (art. 468 del C.P.P.) y, en consecuencia, no resulta apta para el cuestionamiento de una decisión que no se refiere sino a la ausencia de las condiciones legales de admisibilidad de un recurso extraordinario intentado contra la sentencia condenatoria.-Voto, en consecuencia, por la negativa.-A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorMancinidijo:Adhiero al voto de mi colega preopinante en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorHorteldijo:Adhiero al voto del doctor Celesia en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.A lasegunda cuestiónplanteada, el señor Juez doctorCelesia, dijo:Visto el resultado arrojado en la votación precedente, entiendo corresponde rechazar la acción de revisión intentada por la Sra. Defensora Oficial Dra. Cecilia Boeri, por no encuadrar la situación descripta en los incisos 1,2 o 4 del art. 467 ni en ninguno de los otros supuestos previstos en dicha norma. Con costas (arts. 467, 468, 476, 530 y cctes. del C.P.P.).-A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorMancinidijo:Adhiero al voto de mi colega preopinante en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorHorteldijo:Adhiero al voto del doctor Celesia en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.Con lo que terminó el acuerdo, dictándose la siguienteS E N T E N C I APor lo expuesto en el acuerdo que antecede, la Sala II del TribunalR E S U E L V E:I.- RECHAZARla presente acción de revisión intentada por la Sra. Defensora Oficial Dra. Cecilia Boeri, por no encuadrar la situación planteada en ninguno de los supuestos del art. 467 del C.P.P.. Con costas (arts. 467, 468, 476, 530 y cctes. del C.P.P.).-Registrese, notifíquese y oportunamente archívese.-CA Alta coincidencia

P. ,J. C. s/Acción de revisión

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala Ii - La Plata (Tc0002 Lp)
Fecha
2001-06-28
Cita digital
44113
Voces
PenalSentencia DefinitivaC- 3274En la ciudad de La Plata a los dos...
Resumen

P.,J. C. s/Acción de revisión Partes: P.,J. C. s/Acción de revisión Materia: Penal Tribunal: TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) Fecha: 2001-06-28 Tipo: Sentencia Definitiva Numero: C- 3274En la ciudad de La Plata a los dos días del mes de julio de dos mil uno, reunidos en...

Coincidencia encontrada

...UNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) Fecha: 2001-06-28 Tipo: Sentencia Definitiva Numero: C- 3274En la ciudad de La Plata a los dos días del mes de julio de dos mil uno, reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces Integrantes de la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos...

Cita sugerida

P. ,J. C. s/Acción de revisión - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) 2001-06-28 - 44113