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89+ resultados encontrados para ADMINISTRACION PUBLICA-DICTAMEN JURIDICO PREVIO-DEBIDO PROCESO con busqueda amplia. Mostrando 11-20.
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Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2011-02-03
Cita digital
Q0024704
Voces
Aplicacion de la Ley Penal - Ambito Temporal de la...Penal
Resumen

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en...

Coincidencia encontrada

APLICACION DE LA LEY PENAL-AMBITO TEMPORAL DE LA LEY PENAL

Cita sugerida

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2011-02-03 - Q0024704

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2011-02-03
Cita digital
Q0024698
Voces
Aplicacion de la Ley Penal - Ambito Temporal de la...Penal
Resumen

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en...

Coincidencia encontrada

APLICACION DE LA LEY PENAL-AMBITO TEMPORAL DE LA LEY PENAL

Cita sugerida

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2011-02-03 - Q0024698

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2011-02-03
Cita digital
Q0024707
Voces
Derechos y Garantias Constitucionales - Retroactividad de la LeyConstitucional
Resumen

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en...

Coincidencia encontrada

DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES-RETROACTIVIDAD DE LA LEY

Cita sugerida

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2011-02-03 - Q0024707

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2011-02-03
Cita digital
Q0024706
Voces
Aplicacion de la Ley Penal - Irretroactividad de la LeyPenal
Resumen

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en...

Coincidencia encontrada

APLICACION DE LA LEY PENAL-IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY

Cita sugerida

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2011-02-03 - Q0024706

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2011-02-03
Cita digital
Q0024701
Voces
Aplicacion de la Ley Penal - Ambito Temporal de la...Penal
Resumen

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en...

Coincidencia encontrada

APLICACION DE LA LEY PENAL-AMBITO TEMPORAL DE LA LEY PENAL-LEY PENAL MAS BENIGNA

Cita sugerida

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2011-02-03 - Q0024701

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2011-02-03
Cita digital
Q0024703
Voces
Aplicacion de la Ley Penal - Ambito Temporal de la...Penal
Resumen

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en...

Coincidencia encontrada

APLICACION DE LA LEY PENAL-AMBITO TEMPORAL DE LA LEY PENAL

Cita sugerida

V., M. G., P., J. H., M., A. N., B., A., M., R. Á., S., R. A., S., S. N. s/ Fraude en perjuicio de la Administración Pública en concurso ideal con abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público, en concurso real, en calidad de partícipe necesario en negociaciones incompatibles con el ejercicio de las funciones públicas (la primera, la tercera, el cuarto, el quinto y el sexto); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso ideal con violación de los deberes de funcionario público y Abuso de autoridad, en concurso real, en calidad de partícipe necesario del delito de fraude en perjuicio de la administración pública (el segundo); Negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en concurso real con fraude en perjuicio de la Administración pública (la séptima) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2011-02-03 - Q0024703

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 46247 Alta coincidencia

C. ,A. E. s/Recurso de casación

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala Iii - La Plata (Tc0003 Lp)
Fecha
2012-05-15
Cita digital
104119
Voces
ACUERDO: En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos...PENALSentencia Definitiva46247
Resumen

ACUERDO: En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, sede de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, el 15 de mayo de dos mil doce se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores jueces doctores Ricardo Borinsky, Víctor Violini y Daniel Carral, con la presidencia del primero de los...

Coincidencia encontrada

ACUERDO: En la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, sede de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, el 15 de mayo de dos mil doce se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores jueces doctores Ricardo Borinsky, Víctor Violini y Daniel Carral, con la presidencia del primero de los nombrados, a los efectos de dictar...

Cita sugerida

C. ,A. E. s/Recurso de casación - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA III - LA PLATA (TC0003 LP) 2012-05-15 - 104119

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Ben, Carlos y otros c/ s/ defraudación contra la administración pública

Tribunal
KN
Fecha
2020-07-24
Cita digital
33026694
Voces
Fraude a la Administracion Publica - Administracion Fraudulenta - Cohecho...Penal
Resumen

FRAUDE A LA ADMINISTRACION PUBLICA-ADMINISTRACION FRAUDULENTA-COHECHO-LICITACION PUBLICA-SERVICIO DE AGUA POTABLE-EMPRESAS ESTATALES DE SERVICIOS PUBLICOS-DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA-ANIMO DE LUCRO

Cita sugerida

Ben, Carlos y otros c/ s/ defraudación contra la administración pública - KN 2020-07-24 - 33026694

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2020 Nro. 175 Alta coincidencia

El Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia nos 1- 2 y 3 de Morón- en los términos de los artículo 58º y 59º de la Ley nº 21.499- hasta tanto la Administración General culmine con la relocalización de los Juzgados Federales nos 1- 2 y 3 de Morón; o bien- se disponga la ocupación temporánea normal o se proceda a la expropiación del inmueble por causa de utilidad pública- lo que ocurra primero; debiendo aplicarse -para el presente caso y de manera excepcional- el régimen indemnizatorio dispuesto en el artículo 62º de la mencionada Ley- a devengarse en forma mensual y quedando facultada la Administración General a efectuar todas las diligencias pertinentes para la consecución de lo aquí ordenado. 2°) Encomendar al Sr. Consejero representante del Poder Ejecutivo de la Nación que solicite- por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación- la remisión al Honorable Congreso de la Nación del correspondiente proyecto de ley para que se declare de utilidad pública el inmueble de referencia- a los efectos de establecer la ocupación temporánea por razones normales- en los términos del artículo 61º de la Ley n° 21.499. 3°) Rechazar parcialmente el reclamo efectuado por el Sr. Azariu- por encontrarse debidamente abonados los períodos que van desde mayo de 2.013 hasta enero de 2.014- de acuerdo al artículo 1.622º del derogado Código Civil de la Nación y por encontrase prescriptos los períodos que van desde febrero de 2.014 hasta agosto de 2.016- en virtud de lo establecido en el artículo 4.027º del mismo cuerpo legal y el artículo 2.537º del Código Civil y Comercial de la Nación- de acuerdo a los fundamentos expresados en los considerandos 8º) y 11º) del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 4°) Reconocer el pago de una compensación económica por la ocupación del solar sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77- de la ciudad de Morón- provincia de Buenos Aires- para el período a contarse desde el mes de septiembre de 2.016 hasta la fecha de notificación fehaciente al Sr. Jorge Azariu de la resolución conforme a lo manifestado en el considerando 14º del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 5°) Encomendar a la Administración General que solicite al Tribunal de Tasaciones de la Nación o al Cuerpo de Peritos Tasadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o- en su defecto- otro organismo público- la realización de una tasación oficial que establezca el valor del canon locativo correspondiente al mes de septiembre del año 2.016- a partir del cual se calculará el monto a ser reconocido al reclamante. 6°) Hágase saber al reclamante que tendrá 15 días hábiles judiciales para concurrir a percibir el importe que se reconozca en virtud de lo resuelto en los artículos precedentes- bajo apercibimiento de ser constituido en mora y consignarse judicialmente la compensación reconocida- de acuerdo a lo previsto en el artículo 904º del Código Civil y Comercial de la Nación. 7°) Regístrese- notifíquese y hágase saber al interesado con la indicación que el presente acto agota la instancia administrativa. Cumplido- remítase a la Administración General para la continu

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
30-07-2020 00:00:00
Cita digital
PJN 146503
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2020175
Resumen

Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia...

Coincidencia encontrada

El Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia nos 1- 2 y 3...

Cita sugerida

El Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia nos 1- 2 y 3 de Morón- en los términos de los artículo 58º y 59º de la Ley nº 21.499- hasta tanto la Administración General culmine con la relocalización de los Juzgados Federales nos 1- 2 y 3 de Morón; o bien- se disponga la ocupación temporánea normal o se proceda a la expropiación del inmueble por causa de utilidad pública- lo que ocurra primero; debiendo aplicarse -para el presente caso y de manera excepcional- el régimen indemnizatorio dispuesto en el artículo 62º de la mencionada Ley- a devengarse en forma mensual y quedando facultada la Administración General a efectuar todas las diligencias pertinentes para la consecución de lo aquí ordenado. 2°) Encomendar al Sr. Consejero representante del Poder Ejecutivo de la Nación que solicite- por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación- la remisión al Honorable Congreso de la Nación del correspondiente proyecto de ley para que se declare de utilidad pública el inmueble de referencia- a los efectos de establecer la ocupación temporánea por razones normales- en los términos del artículo 61º de la Ley n° 21.499. 3°) Rechazar parcialmente el reclamo efectuado por el Sr. Azariu- por encontrarse debidamente abonados los períodos que van desde mayo de 2.013 hasta enero de 2.014- de acuerdo al artículo 1.622º del derogado Código Civil de la Nación y por encontrase prescriptos los períodos que van desde febrero de 2.014 hasta agosto de 2.016- en virtud de lo establecido en el artículo 4.027º del mismo cuerpo legal y el artículo 2.537º del Código Civil y Comercial de la Nación- de acuerdo a los fundamentos expresados en los considerandos 8º) y 11º) del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 4°) Reconocer el pago de una compensación económica por la ocupación del solar sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77- de la ciudad de Morón- provincia de Buenos Aires- para el período a contarse desde el mes de septiembre de 2.016 hasta la fecha de notificación fehaciente al Sr. Jorge Azariu de la resolución conforme a lo manifestado en el considerando 14º del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 5°) Encomendar a la Administración General que solicite al Tribunal de Tasaciones de la Nación o al Cuerpo de Peritos Tasadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o- en su defecto- otro organismo público- la realización de una tasación oficial que establezca el valor del canon locativo correspondiente al mes de septiembre del año 2.016- a partir del cual se calculará el monto a ser reconocido al reclamante. 6°) Hágase saber al reclamante que tendrá 15 días hábiles judiciales para concurrir a percibir el importe que se reconozca en virtud de lo resuelto en los artículos precedentes- bajo apercibimiento de ser constituido en mora y consignarse judicialmente la compensación reconocida- de acuerdo a lo previsto en el artículo 904º del Código Civil y Comercial de la Nación. 7°) Regístrese- notifíquese y hágase saber al interesado con la indicación que el presente acto agota la instancia administrativa. Cumplido- remítase a la Administración General para la continu - Consejo de la Magistratura 30-07-2020 00:00:00 - PJN 146503

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 78589 Alta coincidencia

S. ,J. E. s/Falsificación de instrumento público

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2006-04-12
Cita digital
42133
Voces
A C U E R D O En la ciudad...confianza que deposita en los funcionarios públicos designados al efecto,...PenalSentencia DefinitivaP 78589
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 12 de abril de 2006, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Roncoroni, Genoud, Kogan, de Lázzari, Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 12 de abril de 2006, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Roncoroni, Genoud, Kogan, de Lázzari, Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario...

Cita sugerida

S. ,J. E. s/Falsificación de instrumento público - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2006-04-12 - 42133