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Pagina 2 de varias
Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. L. 118061 Alta coincidencia

Astorri, Jorge Alberto contra Poder Ejecutivo. Enfermedad profesional.

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2017-08-09
Cita digital
143401
Voces
A C U E R D O En la ciudad...v. fs. 235 y vta.). Consideró además el a quo...LABORALSentencia DefinitivaL. 118061
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 9 de agosto de 2017, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Genoud, Soria, Kogan, de Lázzari, Pettigiani, se reúnen los señores jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

...ez que, señaló, había quedado demostrada la existencia de una diferencia sustancial entre el valor mensual del ingreso base establecido por la aseguradora de riesgos del trabajo para liquidar -y abonar- la prestación dineraria en sede administrativa, y aquél al que se arriba tomando en consideración los rubros que no cotizan en el sistema de la seguridad social...

Cita sugerida

Astorri, Jorge Alberto contra Poder Ejecutivo. Enfermedad profesional. - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2017-08-09 - 143401

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. L. 118005 Alta coincidencia

Grisolía, Romi Ethel contra Poder Ejecutivo y otro/a. Enfermedad profesional.

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2018-06-06
Cita digital
161210
Voces
A C U E R D O En la ciudad...LABORALSentencia DefinitivaL. 118005
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 6 de junio de 2018, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Pettigiani, Genoud, Kogan, Soria, de Lázzari, se reúnen los señores Jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

...z que, señaló, había quedado evidenciada la existencia de una diferencia sustancial entre el valor mensual del ingreso base establecido por la aseguradora de riesgos del trabajo para liquidar -y abonar- la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial en sede administrativa, y aquel al que se arriba tomando en consideración los haberes percibidos por la trabajadora durante...

Cita sugerida

Grisolía, Romi Ethel contra Poder Ejecutivo y otro/a. Enfermedad profesional. - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2018-06-06 - 161210

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. L. 119771 Alta coincidencia

Carmona, Adriana Marta contra Poder Ejecutivo. Enfermedad profesional.

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2018-08-08
Cita digital
162084
Voces
A C U E R D O En la ciudad...LABORALSentencia DefinitivaL. 119771
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 8 de agosto de 2018, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Negri, de Lázzari, Pettigiani, Soria, Genoud, Kogan, se reúnen los señores Jueces de la...

Coincidencia encontrada

...vez que, señaló, había quedado demostrada la existencia de una diferencia sustancial entre el valor mensual del ingreso base utilizado por la aseguradora de riesgos del trabajo para liquidar -y abonar- la prestación dineraria en sede administrativa y aquél otro al que se arriba tomando en consideración los haberes percibidos durante los doce meses anteriores a la primera...

Cita sugerida

Carmona, Adriana Marta contra Poder Ejecutivo. Enfermedad profesional. - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2018-08-08 - 162084

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Igual remuneración por igual tarea: La prepaga debe liquidar el premio por rendimiento que percibe la actora en un sanatorio de la demandada, del mismo modo al abonado a los trabajadores de otro establecimiento

Tribunal
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Fecha
21 de mayo de 2025
Partes
Leiva Marta Alicia c/ Galeno Argentina S.A. s/ diferencia de salarios
Cita digital
dj155808-AR
Resumen

Igual remuneración por igual tarea: La prepaga debe liquidar el premio por rendimiento que percibe la actora en un sanatorio de la demandada, del mismo modo al abonado a los trabajadores de otro establecimiento Fuente: doc_06_2025_0015.html Partes: Leiva Marta Alicia c/ Galeno Argentina S.A.

Coincidencia encontrada

Igual remuneración por igual tarea: La prepaga debe liquidar el premio por rendimiento que percibe la actora en un sanatorio de la demandada, del mismo modo al abonado a los trabajadores de otro establecimiento Fuente: doc_06_2025_0015.html Partes: Leiva Marta Alicia c/ Galeno Argentina S.A. s/ diferencia de salarios Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala / Juzgado...

Cita sugerida

Igual remuneración por igual tarea: La prepaga debe liquidar el premio por rendimiento que percibe la actora en un sanatorio de la demandada, del mismo modo al abonado a los trabajadores de otro establecimiento - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo 21 de mayo de 2025 - dj155808-AR

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2013 Nro. 2553 Alta coincidencia

Liquidar al Arq. Conte Mac Donell- $9640.- por diferencia P/causa 8008- P/Juz. Comodoro Rivadavia.- Expte.13-12567/12.

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
18-12-2013 00:00:00
Cita digital
PJN 70778
Voces
Resoluciones - Año 20132553
Resumen

Liquidar al Arq. Conte Mac Donell- $9640.- por diferencia P/causa 8008- P/Juz. Comodoro Rivadavia.- Expte.13-12567/12.

Cita sugerida

Liquidar al Arq. Conte Mac Donell- $9640.- por diferencia P/causa 8008- P/Juz. Comodoro Rivadavia.- Expte.13-12567/12. - Administración General del Poder Judicial 18-12-2013 00:00:00 - PJN 70778

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2025 Nro. 168 Alta coincidencia

El expediente Nº 14-04184/24, caratulado “Haberes. Diferencia bonificación adicional por título. Romero Osvaldo Javier (Leg. 41502) Gasista Domiciliario”. 1°) Hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de la bonificación adicional por el título de Gasista Domiciliario, solicitado por el agente Osvaldo Javier Romero, en los términos del apartado I, inciso g), del artículo 44 del Decreto PEN n° 1428/73 ─conforme Decreto PEN n° 4107/84─, Acordada CSJN n° 21/11; y liquidar el beneficio requerido a partir de la fecha de presentación de los certificados correspondientes. 2°) Poner en conocimiento del agente que el beneficio del reconocimiento del título se mantendrá mientras continúe desempeñando sus funciones en la actual oficina u otras cuya actividad pueda ser considerada análoga. Res. 168/25.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
15-10-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 207139
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2025168
Resumen

Expediente Nº 14-04184/24, caratulado “Haberes. Diferencia bonificación adicional por título. Romero Osvaldo Javier (Leg. 41502) Gasista Domiciliario”. 1°) Hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de la bonificación adicional por el título de Gasista Domiciliario, solicitado por el agente Osvaldo Javier Romero, en los términos del apartado I, inciso g), del artículo...

Coincidencia encontrada

... artículo 44 del Decreto PEN n° 1428/73 ─conforme Decreto PEN n° 4107/84─, Acordada CSJN n° 21/11; y liquidar el beneficio requerido a partir de la fecha de presentación de los certificados correspondientes. 2°) Poner en conocimiento del agente que el beneficio del reconocimiento del título se mantendrá mientras continúe desempeñando sus funciones en la actual oficina u...

Cita sugerida

El expediente Nº 14-04184/24, caratulado “Haberes. Diferencia bonificación adicional por título. Romero Osvaldo Javier (Leg. 41502) Gasista Domiciliario”. 1°) Hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de la bonificación adicional por el título de Gasista Domiciliario, solicitado por el agente Osvaldo Javier Romero, en los términos del apartado I, inciso g), del artículo 44 del Decreto PEN n° 1428/73 ─conforme Decreto PEN n° 4107/84─, Acordada CSJN n° 21/11; y liquidar el beneficio requerido a partir de la fecha de presentación de los certificados correspondientes. 2°) Poner en conocimiento del agente que el beneficio del reconocimiento del título se mantendrá mientras continúe desempeñando sus funciones en la actual oficina u otras cuya actividad pueda ser considerada análoga. Res. 168/25. - Consejo de la Magistratura 15-10-2025 00:00:00 - PJN 207139

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2017 Nro. 488 Alta coincidencia

El Expediente AAD 230/2017- caratulado “Oficio 1158/17 de la Administración General s/Modificación del Régimen General de Asignación de Viáticos”. 1º) Modifíquese el artículo 4º la Resolución CM n° 617/05 según el siguiente texto: “El importe del viático diario será el equivalente a la veinteava parte de la remuneración y adicionales que con carácter general correspondan a la categoría escalafonaria que posea el solicitante- con prescindencia de los que obedecen a las características individuales de revista de la persona. Cuando la comisión de servicio deba realizarse fuera de los límites territoriales de la República Argentina y el costo de vida del país de destino resulte evidentemente más oneroso- el importe del viático diario previsto en el párrafo anterior se considerará expresado en la moneda de curso legal del lugar de destino- y- por lo tanto- se deberá liquidar la cantidad de pesos necesaria para afrontar la diferencia de cambio que origine la respectiva conversión monetaria. El viático diario a ser asignado no podrá superar al correspondiente a la categoría escalafonaria de Juez de Primera Instancia y no será inferior al correspondiente al cargo de Jefe de Despacho (P.A.T.)”. 2º) Regístrese y por intermedio de la Dirección General de Administración Financiera- comuníquese a todos los tribunales y organismos dependientes del Consejo de la Magistratura. Res 488/17

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
30-11-2017 00:00:00
Cita digital
PJN 113863
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2017488
Resumen

Expediente AAD 230/2017- caratulado “Oficio 1158/17 de la Administración General s/Modificación del Régimen General de Asignación de Viáticos”. 1º) Modifíquese el artículo 4º la Resolución CM n° 617/05 según el siguiente texto: “El importe del viático diario será el equivalente a la veinteava parte de la remuneración y adicionales que con carácter...

Coincidencia encontrada

...rá expresado en la moneda de curso legal del lugar de destino- y- por lo tanto- se deberá liquidar la cantidad de pesos necesaria para afrontar la diferencia de cambio que origine la respectiva conversión monetaria. El viático diario a ser asignado no podrá superar al correspondiente a la categoría escalafonaria de Juez de Primera Instancia y no...

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El Expediente AAD 230/2017- caratulado “Oficio 1158/17 de la Administración General s/Modificación del Régimen General de Asignación de Viáticos”. 1º) Modifíquese el artículo 4º la Resolución CM n° 617/05 según el siguiente texto: “El importe del viático diario será el equivalente a la veinteava parte de la remuneración y adicionales que con carácter general correspondan a la categoría escalafonaria que posea el solicitante- con prescindencia de los que obedecen a las características individuales de revista de la persona. Cuando la comisión de servicio deba realizarse fuera de los límites territoriales de la República Argentina y el costo de vida del país de destino resulte evidentemente más oneroso- el importe del viático diario previsto en el párrafo anterior se considerará expresado en la moneda de curso legal del lugar de destino- y- por lo tanto- se deberá liquidar la cantidad de pesos necesaria para afrontar la diferencia de cambio que origine la respectiva conversión monetaria. El viático diario a ser asignado no podrá superar al correspondiente a la categoría escalafonaria de Juez de Primera Instancia y no será inferior al correspondiente al cargo de Jefe de Despacho (P.A.T.)”. 2º) Regístrese y por intermedio de la Dirección General de Administración Financiera- comuníquese a todos los tribunales y organismos dependientes del Consejo de la Magistratura. Res 488/17 - Consejo de la Magistratura 30-11-2017 00:00:00 - PJN 113863

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2011 Nro. 499 Alta coincidencia

Renovar la locación del inmueble de la calle Padre Patiño 575 -Formosa-- liquidar y pagar diferencia de cánon locativo y autorizar a la D.G.A.F. a Contratación Directa P/locación de inmueble. Exp. 13-9337/09

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
28-03-2011 00:00:00
Cita digital
PJN 42952
Voces
Resoluciones - Año 2011499
Resumen

Renovar la locación del inmueble de la calle Padre Patiño 575 -Formosa-- liquidar y pagar diferencia de cánon locativo y autorizar a la D.G.A.F.

Coincidencia encontrada

Renovar la locación del inmueble de la calle Padre Patiño 575 -Formosa-- liquidar y pagar diferencia de cánon locativo y autorizar a la D.G.A.F. a Contratación Directa P/locación de inmueble. Exp. 13-9337/09

Cita sugerida

Renovar la locación del inmueble de la calle Padre Patiño 575 -Formosa-- liquidar y pagar diferencia de cánon locativo y autorizar a la D.G.A.F. a Contratación Directa P/locación de inmueble. Exp. 13-9337/09 - Administración General del Poder Judicial 28-03-2011 00:00:00 - PJN 42952

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2024 Nro. 96 Alta coincidencia

Liquidar la diferencia entre el Anticipo de Fondos otorgado mediante Resolución A.G. N® 4370/23 ($843.857-04)- y el nuevo monto consignado ($1.147.200)- a favor de la Habilitación del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa- por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($303.342-96)- para afrontar los gastos correspondientes a la adquisición de cuatro (4) neumáticos en el vehículo oficial Renault Fluence- dominio MMR-080 asignado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa. Exp. N°13-16984/23

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
31-01-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 174601
Voces
Resoluciones - Año 202496
Resumen

Liquidar la diferencia entre el Anticipo de Fondos otorgado mediante Resolución A.G. N® 4370/23 ($843.857-04)- y el nuevo monto consignado ($1.147.200)- a favor de la Habilitación del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa- por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y...

Coincidencia encontrada

Liquidar la diferencia entre el Anticipo de Fondos otorgado mediante Resolución A.G. N® 4370/23 ($843.857-04)- y el nuevo monto consignado ($1.147.200)- a favor de la Habilitación del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa- por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($303.342-96)- para afrontar los...

Cita sugerida

Liquidar la diferencia entre el Anticipo de Fondos otorgado mediante Resolución A.G. N® 4370/23 ($843.857-04)- y el nuevo monto consignado ($1.147.200)- a favor de la Habilitación del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa- por la suma total de PESOS TRESCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($303.342-96)- para afrontar los gastos correspondientes a la adquisición de cuatro (4) neumáticos en el vehículo oficial Renault Fluence- dominio MMR-080 asignado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Rosa. Exp. N°13-16984/23 - Administración General del Poder Judicial 31-01-2024 00:00:00 - PJN 174601

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2022 Nro. 3474 Alta coincidencia

Liquidar- del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7- reintegro en función de la diferencia del gasto ocasionado por el recambio de neumáticos. 13-10091/22

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
19-09-2022 00:00:00
Cita digital
PJN 165206
Voces
Resoluciones - Año 20223474
Resumen

Liquidar- del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7- reintegro en función de la diferencia del gasto ocasionado por el recambio de neumáticos.

Coincidencia encontrada

Liquidar- del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7- reintegro en función de la diferencia del gasto ocasionado por el recambio de neumáticos. 13-10091/22

Cita sugerida

Liquidar- del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7- reintegro en función de la diferencia del gasto ocasionado por el recambio de neumáticos. 13-10091/22 - Administración General del Poder Judicial 19-09-2022 00:00:00 - PJN 165206