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89+ resultados encontrados para PARA LA IMPLEMENTACION DE UNA COLONIA FRUTIHORTICOLA. con busqueda amplia. Mostrando 11-20.
Pagina 2 de varias
Legislación San Juan ley Nro. 8132 No vigente, ley caduca Alta coincidencia

Ley 8132/2010 - Ley 8.132 - Aprobacion del 'Protocolo Especifico para el Diseño y Desarrollo de Una Propuesta de Actividades para la Implementacion del Proyecto de Desarrollo Horticola de la Provincia'

Fecha
2010-06-24
Cita digital
8132
Voces
Aprueba el 'Protocolo Especifico para el Diseño y Desarrollo de...Ley8132
Resumen

APROBACION DEL 'PROTOCOLO ESPECIFICO PARA EL DISEÑO Y DESARROLLO DE UNA PROPUESTA DE ACTIVIDADES PARA LA IMPLEMENTACION DEL PROYECTO DE DESARROLLO HORTICOLA DE LA PROVINCIA'

Cita sugerida

Ley 8132/2010 - Ley 8.132 - Aprobacion del 'Protocolo Especifico para el Diseño y Desarrollo de Una Propuesta de Actividades para la Implementacion del Proyecto de Desarrollo Horticola de la Provincia' - 2010-06-24 - 8132

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 344 Alta coincidencia

RESUELVE: 1°) Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación. 2°) Asignar a la Oficina de Estadísticas las funciones y misiones que se enumeran en el Anexo I. 3°) Delegar en la Presidencia del Cuerpo- a instancias del señor Administrador General- la restructuración administrativa de la Oficina de Estadísticas- la que se implementará con personal que actualmente reviste en este Consejo de la Magistratura. 4°) Instruir al señor Administrador General a que- a través de la Oficina de Estadísticas y con la colaboración de las restantes áreas de su organigrama que resulte oportuno convocar- presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición estadística de las variables a cuantificar- de los parámetros de calidad técnica que éstas deberán cumplir y del cronograma de prioridad para su implementación informática- con el objetivo de abastecer las funcionalidades del nuevo desarrollo estadístico- priorizando la automatización de su obtención como estándar ideal. A tal fin- habrán de observarse los lineamientos que surgen del Anexo II. 7°) Impulsar el desarrollo de una herramienta de visualización de trámites y presentaciones- para uso interno de las diferentes dependencias judiciales y administrativas- que se denominará “Panel de Seguimiento”- cuyo empleo será optativo y propenderá a su mejor organización funcional individual- tomándose como prototipo el que surge del Anexo III. 8°) Delegar en la Administración General del Poder Judicial de la Nación la instrumentación de los requerimientos formales de acceso al Sistema de Gestión Judicial que corresponda solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- tanto para la tarea de desarrollo del nuevo sistema de estadísticas del Poder Judicial de la Nación como para su efectiva implementación luego de aprobado. 9°) Instruir a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana para que proceda a realizar un extracto con los puntos centrales de la presente resolución y lo comunique a los Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país- y a las Asociaciones Civiles vinculadas con la labor judicial. Regístrese- comuníquese a la Administración General y por su intermedio a las áreas técnicas vinculadas- a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- a la Presidencia de la Comisión de Administración y Financiera- a la Agencia de Acceso a la Información Pública del Consejo de la Magistratura y a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana. Res 344/24.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179707
Voces
Plan Estadistico, Estadistica, Panel de Gestion, Resoluciones del Plenario -...Resoluciones del Plenario - Año 2024344
Resumen

RESUELVE: 1°) Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación.

Coincidencia encontrada

...resente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto...

Cita sugerida

RESUELVE: 1°) Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación. 2°) Asignar a la Oficina de Estadísticas las funciones y misiones que se enumeran en el Anexo I. 3°) Delegar en la Presidencia del Cuerpo- a instancias del señor Administrador General- la restructuración administrativa de la Oficina de Estadísticas- la que se implementará con personal que actualmente reviste en este Consejo de la Magistratura. 4°) Instruir al señor Administrador General a que- a través de la Oficina de Estadísticas y con la colaboración de las restantes áreas de su organigrama que resulte oportuno convocar- presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición estadística de las variables a cuantificar- de los parámetros de calidad técnica que éstas deberán cumplir y del cronograma de prioridad para su implementación informática- con el objetivo de abastecer las funcionalidades del nuevo desarrollo estadístico- priorizando la automatización de su obtención como estándar ideal. A tal fin- habrán de observarse los lineamientos que surgen del Anexo II. 7°) Impulsar el desarrollo de una herramienta de visualización de trámites y presentaciones- para uso interno de las diferentes dependencias judiciales y administrativas- que se denominará “Panel de Seguimiento”- cuyo empleo será optativo y propenderá a su mejor organización funcional individual- tomándose como prototipo el que surge del Anexo III. 8°) Delegar en la Administración General del Poder Judicial de la Nación la instrumentación de los requerimientos formales de acceso al Sistema de Gestión Judicial que corresponda solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- tanto para la tarea de desarrollo del nuevo sistema de estadísticas del Poder Judicial de la Nación como para su efectiva implementación luego de aprobado. 9°) Instruir a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana para que proceda a realizar un extracto con los puntos centrales de la presente resolución y lo comunique a los Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país- y a las Asociaciones Civiles vinculadas con la labor judicial. Regístrese- comuníquese a la Administración General y por su intermedio a las áreas técnicas vinculadas- a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- a la Presidencia de la Comisión de Administración y Financiera- a la Agencia de Acceso a la Información Pública del Consejo de la Magistratura y a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana. Res 344/24. - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179707

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 344 Alta coincidencia

Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación. 2°) Asignar a la Oficina de Estadísticas las funciones y misiones que se enumeran en el Anexo I. 3°) Delegar en la Presidencia del Cuerpo- a instancias del señor Administrador General- la restructuración administrativa de la Oficina de Estadísticas- la que se implementará con personal que actualmente reviste en este Consejo de la Magistratura. 4°) Instruir al señor Administrador General a que- a través de la Oficina de Estadísticas y con la colaboración de las restantes áreas de su organigrama que resulte oportuno convocar- presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición estadística de las variables a cuantificar- de los parámetros de calidad técnica que éstas deberán cumplir y del cronograma de prioridad para su implementación informática- con el objetivo de abastecer las funcionalidades del nuevo desarrollo estadístico- priorizando la automatización de su obtención como estándar ideal. A tal fin- habrán de observarse los lineamientos que surgen del Anexo II. 7°) Impulsar el desarrollo de una herramienta de visualización de trámites y presentaciones- para uso interno de las diferentes dependencias judiciales y administrativas- que se denominará “Panel de Seguimiento”- cuyo empleo será optativo y propenderá a su mejor organización funcional individual- tomándose como prototipo el que surge del Anexo III. 8°) Delegar en la Administración General del Poder Judicial de la Nación la instrumentación de los requerimientos formales de acceso al Sistema de Gestión Judicial que corresponda solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- tanto para la tarea de desarrollo del nuevo sistema de estadísticas del Poder Judicial de la Nación como para su efectiva implementación luego de aprobado. 9°) Instruir a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana para que proceda a realizar un extracto con los puntos centrales de la presente resolución y lo comunique a los Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país- y a las Asociaciones Civiles vinculadas con la labor judicial. Res. 344/24

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179561
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024344
Resumen

Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación.

Coincidencia encontrada

...presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto...

Cita sugerida

Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación. 2°) Asignar a la Oficina de Estadísticas las funciones y misiones que se enumeran en el Anexo I. 3°) Delegar en la Presidencia del Cuerpo- a instancias del señor Administrador General- la restructuración administrativa de la Oficina de Estadísticas- la que se implementará con personal que actualmente reviste en este Consejo de la Magistratura. 4°) Instruir al señor Administrador General a que- a través de la Oficina de Estadísticas y con la colaboración de las restantes áreas de su organigrama que resulte oportuno convocar- presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición estadística de las variables a cuantificar- de los parámetros de calidad técnica que éstas deberán cumplir y del cronograma de prioridad para su implementación informática- con el objetivo de abastecer las funcionalidades del nuevo desarrollo estadístico- priorizando la automatización de su obtención como estándar ideal. A tal fin- habrán de observarse los lineamientos que surgen del Anexo II. 7°) Impulsar el desarrollo de una herramienta de visualización de trámites y presentaciones- para uso interno de las diferentes dependencias judiciales y administrativas- que se denominará “Panel de Seguimiento”- cuyo empleo será optativo y propenderá a su mejor organización funcional individual- tomándose como prototipo el que surge del Anexo III. 8°) Delegar en la Administración General del Poder Judicial de la Nación la instrumentación de los requerimientos formales de acceso al Sistema de Gestión Judicial que corresponda solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- tanto para la tarea de desarrollo del nuevo sistema de estadísticas del Poder Judicial de la Nación como para su efectiva implementación luego de aprobado. 9°) Instruir a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana para que proceda a realizar un extracto con los puntos centrales de la presente resolución y lo comunique a los Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país- y a las Asociaciones Civiles vinculadas con la labor judicial. Res. 344/24 - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179561

Legislación Tucuman ley Nro. 9602 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 9602/2022 - Ley 9.602 - Derechos Humanos. Se Establece Como Política Prioritaria para el Estado Provincial la Implementación de la Perspectiva de Vulnerabilidad de Manera Transversal Como Una Forma de Llegar a la Igualdad

Fecha
2022-09-15
Cita digital
9602
Voces
Derechos Humanos. Se Establece Como Política Prioritaria para el Estado...Ley9602
Resumen

Derechos Humanos. Se establece como política prioritaria para el Estado Provincial la implementación de la perspectiva de vulnerabilidad de manera transversal como una forma de llegar a la igualdad

Cita sugerida

Ley 9602/2022 - Ley 9.602 - Derechos Humanos. Se Establece Como Política Prioritaria para el Estado Provincial la Implementación de la Perspectiva de Vulnerabilidad de Manera Transversal Como Una Forma de Llegar a la Igualdad - 2022-09-15 - 9602

Legislación Buenos Aires ley Nro. 13150 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Alta coincidencia

Ley 13150/2003 - Ley 13.150 - Declaracion de Utilidad Publica y Sujeta a Expropiacion de Una Fraccion de Tierra Ubicada en la Localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown para Ser Adjudicada en Propiedad a Dicha Municipalidad, con Destino a la Implementación de Programas de...

Fecha
2003-12-05
Cita digital
13150
Voces
Declaracion de Utilidad Publica y Sujeta a Expropiacion de Una...Ley13150
Resumen

DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION DE UNA FRACCION DE TIERRA UBICADA EN LA LOCALIDAD DE BURZACO, PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN PARA SER ADJUDICADA EN PROPIEDAD A DICHA MUNICIPALIDAD, CON DESTINO A LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE...

Coincidencia encontrada

...UBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION DE UNA FRACCION DE TIERRA UBICADA EN LA LOCALIDAD DE BURZACO, PARTIDO DE ALMIRANTE BROWN PARA SER ADJUDICADA EN PROPIEDAD A DICHA MUNICIPALIDAD, CON DESTINO A LA IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMAS DE...

Cita sugerida

Ley 13150/2003 - Ley 13.150 - Declaracion de Utilidad Publica y Sujeta a Expropiacion de Una Fraccion de Tierra Ubicada en la Localidad de Burzaco, Partido de Almirante Brown para Ser Adjudicada en Propiedad a Dicha Municipalidad, con Destino a la Implementación de Programas de... - 2003-12-05 - 13150

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2022 Nro. 13 Alta coincidencia

El expediente ADD- 111/2021 caratulado “Proyecto de creación de un repositorio audiovisual de procesos jud. de Del. de Lesa Humanid”. 1º) Crear en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Nación y dependiendo de la “Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de personas y Narcotráfico” el “Repositorio Audiovisual de procesos judiciales en delitos de Lesa Humanidad”. 2º) El “Repositorio” conservará copias todas las audiencias de juicios orales que investiguen delitos de Lesa Humanidad- que hayan sido registradas total o parcialmente en cualquier formato- así como también los que en el futuro se registre. 3º) El registro- en formato audiovisual- de todas las audiencias desarrolladas en los juicios por delitos de Lesa Humanidad que se lleven a cabo ante los Tribunales Federales de todo el país- constituirán parte del patrimonio archivístico del Poder Judicial de la Nación y su accesibilidad quedará garantizada para toda la ciudadanía de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente. 4º) Una vez finalizado un juicio por delitos de Lesa Humanidad- el órgano jurisdiccional remitirá una copia del material audiovisual a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico del Consejo de la Magistratura de la Nación. Para el caso que el tribunal dispusiera que alguna audiencia no es de contenido público deberá dejar expresa constancia al momento de su remisión. 5º) La “Unidad”- dependiente del CMN- será la depositaria de una copia del material audiovisual producido- debiendo garantizar su preservación- identificación- clasificación- y difusión. 6º) Para todos los juicios celebrados previos a la sanción de la presente y en los cuales se haya realizado un registro audiovisual- la “Unidad” procederá a la recopilación y preservación de una copia audiovisual de modo tal que permita asegurar su conservación histórica en las mejores condiciones de calidad técnica y que- incluso- permitan superar las posibles deficiencias del registro original- debiendo proceder a su incorporación al “repositorio”. 7º) Autorizase a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico a incorporar al Repositorio de Lesa Humanidad- material audiovisual y/o cualquier otro formato en el que se hayan registrado o se registren audiencias vinculadas a juicios donde se investiguen la comisión de delitos de Lesa Humanidad- proveniente de otras entidades públicas o privadas. 8º) Autorizase a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico a entregar copia de los registros audiovisuales a otros organismos del Estado cuando así lo requieran. 9º) Instruir a la Dirección General de Tecnología y a la Dirección General de Seguridad Informática y/o cualquier otro órgano del Consejo de la Magistratura de la Nación con competencia específica técnica- a prestar colaboración para la implementación y funcionamiento del repositorio; como así también- para la adecuada preservación y accesibilidad a largo plazo de los documentos audiovisuales- sea que se encuentren en soporte físico o electrónico que se encuentren a cargo de la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico autorizados en la presente norma. 10º) Regístrese- comuníquese- y póngase en conocimiento de los Tribunales Nacionales y Federales- vía correo electrónico. Res. 13/22

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
17-02-2022 00:00:00
Cita digital
PJN 159425
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 202213
Resumen

Expediente ADD- 111/2021 caratulado “Proyecto de creación de un repositorio audiovisual de procesos jud. de Del. de Lesa Humanid”. 1º) Crear en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Nación y dependiendo de la “Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de personas y Narcotráfico” el “Repositorio Audiovisual de procesos judiciales...

Coincidencia encontrada

... patrimonio archivístico del Poder Judicial de la Nación y su accesibilidad quedará garantizada para toda la ciudadanía de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente. 4º) Una vez finalizado un juicio por delitos de Lesa Humanidad- el órgano jurisdiccional remitirá una copia del material audiovisual a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y...

Cita sugerida

El expediente ADD- 111/2021 caratulado “Proyecto de creación de un repositorio audiovisual de procesos jud. de Del. de Lesa Humanid”. 1º) Crear en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Nación y dependiendo de la “Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de personas y Narcotráfico” el “Repositorio Audiovisual de procesos judiciales en delitos de Lesa Humanidad”. 2º) El “Repositorio” conservará copias todas las audiencias de juicios orales que investiguen delitos de Lesa Humanidad- que hayan sido registradas total o parcialmente en cualquier formato- así como también los que en el futuro se registre. 3º) El registro- en formato audiovisual- de todas las audiencias desarrolladas en los juicios por delitos de Lesa Humanidad que se lleven a cabo ante los Tribunales Federales de todo el país- constituirán parte del patrimonio archivístico del Poder Judicial de la Nación y su accesibilidad quedará garantizada para toda la ciudadanía de acuerdo con lo establecido en la normativa correspondiente. 4º) Una vez finalizado un juicio por delitos de Lesa Humanidad- el órgano jurisdiccional remitirá una copia del material audiovisual a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico del Consejo de la Magistratura de la Nación. Para el caso que el tribunal dispusiera que alguna audiencia no es de contenido público deberá dejar expresa constancia al momento de su remisión. 5º) La “Unidad”- dependiente del CMN- será la depositaria de una copia del material audiovisual producido- debiendo garantizar su preservación- identificación- clasificación- y difusión. 6º) Para todos los juicios celebrados previos a la sanción de la presente y en los cuales se haya realizado un registro audiovisual- la “Unidad” procederá a la recopilación y preservación de una copia audiovisual de modo tal que permita asegurar su conservación histórica en las mejores condiciones de calidad técnica y que- incluso- permitan superar las posibles deficiencias del registro original- debiendo proceder a su incorporación al “repositorio”. 7º) Autorizase a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico a incorporar al Repositorio de Lesa Humanidad- material audiovisual y/o cualquier otro formato en el que se hayan registrado o se registren audiencias vinculadas a juicios donde se investiguen la comisión de delitos de Lesa Humanidad- proveniente de otras entidades públicas o privadas. 8º) Autorizase a la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico a entregar copia de los registros audiovisuales a otros organismos del Estado cuando así lo requieran. 9º) Instruir a la Dirección General de Tecnología y a la Dirección General de Seguridad Informática y/o cualquier otro órgano del Consejo de la Magistratura de la Nación con competencia específica técnica- a prestar colaboración para la implementación y funcionamiento del repositorio; como así también- para la adecuada preservación y accesibilidad a largo plazo de los documentos audiovisuales- sea que se encuentren en soporte físico o electrónico que se encuentren a cargo de la Unidad de Derechos Humanos- Género- Trata de Personas y Narcotráfico autorizados en la presente norma. 10º) Regístrese- comuníquese- y póngase en conocimiento de los Tribunales Nacionales y Federales- vía correo electrónico. Res. 13/22 - Consejo de la Magistratura 17-02-2022 00:00:00 - PJN 159425

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. B 73879 Alta coincidencia

Ford Argentina S.C.A. c/ Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Tigre s/ Amparo. Conflicto de competencia art. 7 inc. 1º, ley 12.008

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2015-10-14
Cita digital
129069
Voces
B.73.879 "FORD ARGENTINA S.C.A. C/ SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia InterlocutoriaB 73879
Resumen

B.73.879 "FORD ARGENTINA S.C.A. C/ SUBSECRETARIA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR DE LA MUNIC. DE TIGRE S/ AMPARO. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7º INC.

Coincidencia encontrada

...a ley penal más benigna (cfr. arts. 18, Const. Nac. y 2 del Cód. Penal). A todo evento, solicita que para el caso que el magistrado actuante considerase que la vía del amparo no fuere idónea, la pretensión sea reconducida con las formalidades propias de un proceso sumarísimo. 2. La causa se inició ante el Juzgado de Primera...

Cita sugerida

Ford Argentina S.C.A. c/ Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Tigre s/ Amparo. Conflicto de competencia art. 7 inc. 1º, ley 12.008 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2015-10-14 - 129069

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 328 Alta coincidencia

La implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) y las atribuciones asignadas a este Consejo de la Magistratura de la Nación. 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del CÓDGIO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019). 2º) Delegar en la Comisión de Administración y Financiera la facultad de autorizar al Administrador General a suscribir- en representación de este Consejo de la Magistratura de la Nación- los convenios o acuerdos de colaboración específicos con entes públicos estatales- para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo primero- y a fin de atender las necesidades de infraestructura- tecnología- seguridad informática- logística o gastos similares. A tal fin- el Administrador General pondrá a consideración de la Comisión de Administración y Financiera el proyecto de convenio con sus antecedentes- con copia al Plenario. Una vez autorizado y suscripto- deberá ser puesto en conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera y del Plenario. Según el caso- el convenio debe contemplar como mínimo: carácter de los bienes recibidos por este Consejo; términos del financiamiento; carácter reintegrable o no de fondos; responsabilidad frente a terceros; mecanismo de certificación y pago; etc. 3º) Encomendar a la Administración General a solicitar los refuerzos de partidas presupuestarias- financiamiento o reintegro de los gastos que demande el cumplimiento del objetivo indicado en el punto dispositivo 1º). 4º) La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente inmediato hábil posterior de su publicación. Res 328/24.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179691
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024328
Resumen

Implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) y las atribuciones asignadas a este Consejo de la Magistratura de la Nación.

Coincidencia encontrada

... Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del CÓDGIO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019). 2º) Delegar en la Comisión de Administración y Financiera la facultad de autorizar al Administrador General a suscribir- en representación de este...

Cita sugerida

La implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) y las atribuciones asignadas a este Consejo de la Magistratura de la Nación. 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del CÓDGIO PROCESAL PENAL FEDERAL (T.O. 2019). 2º) Delegar en la Comisión de Administración y Financiera la facultad de autorizar al Administrador General a suscribir- en representación de este Consejo de la Magistratura de la Nación- los convenios o acuerdos de colaboración específicos con entes públicos estatales- para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo primero- y a fin de atender las necesidades de infraestructura- tecnología- seguridad informática- logística o gastos similares. A tal fin- el Administrador General pondrá a consideración de la Comisión de Administración y Financiera el proyecto de convenio con sus antecedentes- con copia al Plenario. Una vez autorizado y suscripto- deberá ser puesto en conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera y del Plenario. Según el caso- el convenio debe contemplar como mínimo: carácter de los bienes recibidos por este Consejo; términos del financiamiento; carácter reintegrable o no de fondos; responsabilidad frente a terceros; mecanismo de certificación y pago; etc. 3º) Encomendar a la Administración General a solicitar los refuerzos de partidas presupuestarias- financiamiento o reintegro de los gastos que demande el cumplimiento del objetivo indicado en el punto dispositivo 1º). 4º) La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente inmediato hábil posterior de su publicación. Res 328/24. - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179691

Jurisprudencia Pjn resolucion Nro. 463 Alta coincidencia

Autoriza al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 94 para continuar con la implementación de las normas ISO 9001-2000 y que- asimismo- autorice la auditoría externa de una institución independiente con el objeto de certificar la debida implementación.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
28-10-2004 00:00:00
Cita digital
PJN 4602
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2004Resolucion463
Resumen

Autoriza al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 94 para continuar con la implementación de las normas ISO 9001-2000 y que- asimismo- autorice la auditoría externa de una institución independiente con el objeto de certificar la debida implementación.

Cita sugerida

Autoriza al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 94 para continuar con la implementación de las normas ISO 9001-2000 y que- asimismo- autorice la auditoría externa de una institución independiente con el objeto de certificar la debida implementación. - Consejo de la Magistratura 28-10-2004 00:00:00 - PJN 4602

Jurisprudencia Pjn dictamen Nro. 53 Alta coincidencia

Propone autorizar al Juzgado Nacional en lo Civil N°94 para continuar con la implementación de las normas ISO 9001-2000 y que- asimismo- se autorice la auditoría externa de una institución independiente con el objeto de certificar la debida implementación

Tribunal
Comisión de Administración y Financiera
Fecha
16/11/2004
Cita digital
PJN 173
Voces
Dictámenes - Año 2004Dictamen53
Resumen

Propone autorizar al Juzgado Nacional en lo Civil N°94 para continuar con la implementación de las normas ISO 9001-2000 y que- asimismo- se autorice la auditoría externa de una institución independiente con el objeto de certificar la debida implementación

Cita sugerida

Propone autorizar al Juzgado Nacional en lo Civil N°94 para continuar con la implementación de las normas ISO 9001-2000 y que- asimismo- se autorice la auditoría externa de una institución independiente con el objeto de certificar la debida implementación - Comisión de Administración y Financiera 16/11/2004 - PJN 173