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89+ resultados encontrados para PROCESO JUDICIAL-EXCEPCIONES con busqueda amplia. Mostrando 11-20.
Pagina 2 de varias
Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2025 Nro. 225 Alta coincidencia

Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica. Se definen sus funciones principales: brindar asesoramiento legal y asumir la defensa judicial del Consejo y/o del Poder Judicial, salvo en casos propios del servicio jurídico de la Corte Suprema. Se determina que los aspectos administrativos no judiciales serán gestionados por la Presidencia o Vicepresidencia del Consejo. También se aprueban anexos que detallan la estructura, competencias, pautas de actuación y los procesos prioritarios de la Secretaría. De manera transitoria, la representación legal seguirá a cargo del Ministerio de Justicia, mientras la Secretaría asume progresivamente los casos, priorizando aquellos de relevancia institucional, económica, concursos y procesos disciplinarios. Se instruye a la Secretaría a recuperar sumas por pericias, presentar informes mensuales y proponer criterios para determinar deudas incobrables. Además, deberá impulsar un Sistema Informático de Gestión Judicial para centralizar información de todos los procesos. La Vicepresidencia deberá gestionar la habilitación de un usuario DEOX, determinar direcciones oficiales para notificaciones y suscribir convenios necesarios. Se establece la forma válida de notificación judicial y la obligación de comunicar inmediatamente decisiones judiciales relevantes. Se autoriza a los abogados del Departamento de Asuntos Contenciosos a matricularse y actuar judicialmente en defensa del Poder Judicial/Consejo, y se habilita al titular de la Secretaría a emitir certificaciones que acrediten representación. Los honorarios que se regulen deberán depositarse en una cuenta del Consejo, destinándose parte a capacitación e insumos. Se dispone que los gastos y condenas judiciales se afronten con los créditos presupuestarios correspondientes y se ordena la rápida cobertura de gastos procesales. Finalmente, se derogan normas previas vinculadas y se establece la entrada en vigencia al día siguiente de su publicación. Res. 225/25.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
02-12-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 208267
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2025225
Resumen

Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica.

Coincidencia encontrada

...ermina que los aspectos administrativos no judiciales serán gestionados por la Presidencia o Vicepresidencia del Consejo. También se aprueban anexos que detallan la estructura, competencias, pautas de actuación y los procesos prioritarios de la Secretaría. De manera transitoria, la representación legal seguirá a cargo del Ministerio de Justicia, mientras la Secretaría asume progresivamente los casos, priorizando aquellos de...

Cita sugerida

Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica. Se definen sus funciones principales: brindar asesoramiento legal y asumir la defensa judicial del Consejo y/o del Poder Judicial, salvo en casos propios del servicio jurídico de la Corte Suprema. Se determina que los aspectos administrativos no judiciales serán gestionados por la Presidencia o Vicepresidencia del Consejo. También se aprueban anexos que detallan la estructura, competencias, pautas de actuación y los procesos prioritarios de la Secretaría. De manera transitoria, la representación legal seguirá a cargo del Ministerio de Justicia, mientras la Secretaría asume progresivamente los casos, priorizando aquellos de relevancia institucional, económica, concursos y procesos disciplinarios. Se instruye a la Secretaría a recuperar sumas por pericias, presentar informes mensuales y proponer criterios para determinar deudas incobrables. Además, deberá impulsar un Sistema Informático de Gestión Judicial para centralizar información de todos los procesos. La Vicepresidencia deberá gestionar la habilitación de un usuario DEOX, determinar direcciones oficiales para notificaciones y suscribir convenios necesarios. Se establece la forma válida de notificación judicial y la obligación de comunicar inmediatamente decisiones judiciales relevantes. Se autoriza a los abogados del Departamento de Asuntos Contenciosos a matricularse y actuar judicialmente en defensa del Poder Judicial/Consejo, y se habilita al titular de la Secretaría a emitir certificaciones que acrediten representación. Los honorarios que se regulen deberán depositarse en una cuenta del Consejo, destinándose parte a capacitación e insumos. Se dispone que los gastos y condenas judiciales se afronten con los créditos presupuestarios correspondientes y se ordena la rápida cobertura de gastos procesales. Finalmente, se derogan normas previas vinculadas y se establece la entrada en vigencia al día siguiente de su publicación. Res. 225/25. - Consejo de la Magistratura 02-12-2025 00:00:00 - PJN 208267

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Rl 120033 Alta coincidencia

Municipalidad de General Pueyrredón contra Belmonte, Juan. Exclusión de Tutela Sindical.

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2016-08-17
Cita digital
136305
Voces
MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON C/ BELMONTE, JUAN C. S/ EXCLUSION...Ac. 93.580 "Cinti", res. de 2-XI-2005Ac. 101.319 "Carranza", res. de 5-XII-2007L. 113.562 "Hertas", res. de 2-III-2011L. 113.727 "Cuadrado", res. de 15-VI-2011), situación que se halla...LABORALSentencia InterlocutoriaRl 120033
Resumen

MUNICIPALIDAD DE GENERAL PUEYRREDON C/ BELMONTE, JUAN C. S/ EXCLUSION TUTELA SINDICAL. La Plata, 17 de agosto de 2016. AUTOS Y VISTOS: I. El señor Mariano R.

Coincidencia encontrada

...e Tribunal ha sostenido que la conexidad entre dos o más causas para incidir sobre la competencia de los órganos debe ser actual, es decir, darse entre procesos pendientes (cfr. doctr. causas Ac. 92.469 "Quintana", res. de 18-VIII-2004; Ac. 93.580 "Cinti", res. de 2-XI-2005; Ac. 101.319 "Carranza", res. de 5-XII-2007; L. 113.562 "Hertas", res. de 2-III-2011; L. 113.727...

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Municipalidad de General Pueyrredón contra Belmonte, Juan. Exclusión de Tutela Sindical. - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2016-08-17 - 136305

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 992 Alta coincidencia

G. ,N. A. s/Recurso de casación

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala I - La Plata (Tc0001 Lp)
Fecha
2000-04-05
Cita digital
82947
Voces
Causa nro. 992 G., N. A. En la Ciudad de...practicado el sorteo de ley, resultó que en la votación...PenalSentencia Definitiva992
Resumen

Causa nro. 992 G., N. A. En la Ciudad de La Plata a los cinco días del mes de abril del año dos mil, reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces de la Sala Primera del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctores Carlos Angel Natiello, Horacio Daniel...

Coincidencia encontrada

...libertad que no pueden ser zanjados dentro del desarrollo normal del proceso. IV. Al tomar intervención la Fiscalía del Tribunal, subrogado en el caso por el Fiscal General del Departamento Capital, este magistrado se expide negativ

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G. ,N. A. s/Recurso de casación - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA I - LA PLATA (TC0001 LP) 2000-04-05 - 82947

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 73562 Alta coincidencia

G. ,H. O. y o. s/Robo calificado

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2003-12-09
Cita digital
99250
Voces
A C U E R D O En la ciudad...PenalSentencia DefinitivaP 73562
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 9 de diciembre de 2003, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Soria, Kogan, Roncoroni, Genoud, Negri, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte...

Coincidencia encontrada

...e se han violado el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio consagrados por el art. 18 de la Constitución nacional, puesto que a partir del vicio reconocido en el fallo “nunca sabremos si lo que dijeron la víctima y su acompañante en sede judicial es efectivamente lo que vivenciaron, o bien, lo que vio...

Cita sugerida

G. ,H. O. y o. s/Robo calificado - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2003-12-09 - 99250

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. B 72273 Alta coincidencia

Añón, Daniel Alejandro c/IMPAG S.A. y ot. s/Daños y perjuicios. Conflicto de competencia art. 7 inc. 1º, ley 12.008

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2013-04-24
Cita digital
48830
Voces
B.72.273 "AÑON DANIEL ALEJANDRO C/ IMPAG S.A. Y OT. S/...Contencioso AdministrativaSentencia InterlocutoriaB 72273
Resumen

B.72.273 "AÑON DANIEL ALEJANDRO C/ IMPAG S.A. Y OT. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS. --CONFL. DE COMPETENCIA ART. 7º INC. 1º LEY 12.008--" La Plata, 24 de abril de 2013.

Coincidencia encontrada

...l juez que los había remitido, al solo efecto de evitar mayores dilaciones procesales y en salvaguarda del principio de economía procesal que debe gobernar todo proceso judicial, éste decidió aceptar la competencia en su resolución de fs. 213, por lo que a fs. 215 y 218 le imprimió el trámite del juicio sumario previsto en los artículos...

Cita sugerida

Añón, Daniel Alejandro c/IMPAG S.A. y ot. s/Daños y perjuicios. Conflicto de competencia art. 7 inc. 1º, ley 12.008 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2013-04-24 - 48830

Legislación Rio Negro ley Nro. 3077 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Alta coincidencia

Ley 3077/1997 - Ley 3077 - Casos en los Cuales los Honorarios Correspondientes a Conjueces, Funcionarios 'Ad Hoc' y Demas Auxiliares de la Justicia Deberan Abonarse con Fondos del Poder Judicial.

Fecha
1997-03-20
Cita digital
3077
Voces
Poder Judicial - Honorarios - Gastos del Proceso - Proceso...Ley3077
Resumen

CASOS EN LOS CUALES LOS HONORARIOS CORRESPONDIENTES A CONJUECES, FUNCIONARIOS 'AD HOC' Y DEMAS AUXILIARES DE LA JUSTICIA DEBERAN ABONARSE CON FONDOS DEL PODER JUDICIAL.

Cita sugerida

Ley 3077/1997 - Ley 3077 - Casos en los Cuales los Honorarios Correspondientes a Conjueces, Funcionarios 'Ad Hoc' y Demas Auxiliares de la Justicia Deberan Abonarse con Fondos del Poder Judicial. - 1997-03-20 - 3077

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 9072 2015 Alta coincidencia

BARBERIS ROGELIO PEDRO C/ DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS.-

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2015-11-05
Cita digital
140812
Voces
BARBERIS ROGELIO PEDRO C/ DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS S/ DAÑOS...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 9072 2015
Resumen

BARBERIS ROGELIO PEDRO C/ DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS.- Mercedes, de Noviembre de 2015.-GP AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados “BARBERIS ROGELIO PEDDRO C/DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" expediente Nº 9072 en tramite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1...

Coincidencia encontrada

... y perjuicios que le ocasionara la privación del salario en el periodo de tiempo que no trabajó y el indebido proceso al que fue sometido.- Sobre los hechos en particular, relata que desde hace años es empleado de la Dirección General de Rentas de la Provincia de Buenos Aires, cumpliendo tareas en la Delegación de la ciudad...

Cita sugerida

BARBERIS ROGELIO PEDRO C/ DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS.- - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2015-11-05 - 140812

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 63392 Alta coincidencia

N, O.C. c/M, E s/Daños y perjuicios

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - Lomas de Zamora (Cc0001 Lz)
Fecha
2007-06-19
Cita digital
108178
Voces
En Lomas de Zamora, a los 19 días de junio...no hubo réplicas.- II) ALCANCE DE LOS RECURSOS II-1) Parte...tergiversa y altera la pretensión deducida en autos, al decidir...sostiene que son inncesarias las citas acerca de la exceptio...no se acciona esclusivamente por el proceso penal en sí,...desarrolla un análisis a partir de la norma del art....cita una serie de artículos del Código Civil en los...agrega que el fallo contraría la doctrina de la SCBA...
Resumen

En Lomas de Zamora, a los 19 días de junio de dos mil siete, reunidos en Acuerdo Ordinario los Señores Jueces de la Excma.

Coincidencia encontrada

... pretensión deducida en autos, al decidir que han instado la acción de daños y perjuicios desde la base de considerar la existencia de un delito penal de calumnias, y desde ese error comete un error in judicando esencial del proceso y decide arbitrariamente; sostiene que son inncesarias las citas acerca de la exceptio veritatis, porque – dice...

Cita sugerida

N, O.C. c/M, E s/Daños y perjuicios - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - LOMAS DE ZAMORA (CC0001 LZ) 2007-06-19 - 108178

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 56331 Alta coincidencia

F. ,E. A. s/Lesiones culposas

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1997-10-07
Cita digital
39802
Voces
DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala I de la...PenalSentencia DefinitivaP 56331
Resumen

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional del Departamento Judicial de San Isidro revocó la sentencia de Primera Instancia y declaró extinguida la acción penal respecto de Eduardo Adrián Fredo, en orden al delito de lesiones culposas.

Coincidencia encontrada

...e ésta se interrumpe cuando hay actos de real persecución que son indispensables para llevar el proceso a su culminación, y que dan impulso de manera inequívoca al procedimiento. Estos actos deben ser considerados como "secuela". Agrega que la palabra "juicio" no puede ser restringida a la etapa plenaria, sino que debe ser entendida como proceso. En el...

Cita sugerida

F. ,E. A. s/Lesiones culposas - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1997-10-07 - 39802

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 341 Alta coincidencia

El expediente AAD 163/2023 caratulado “Lugones Alberto (Consejero) s/ proyecto de modificación de reglamento para pago de pericias”. 1°) Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Mod

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179783
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024341
Resumen

Expediente AAD 163/2023 caratulado “Lugones Alberto (Consejero) s/ proyecto de modificación de reglamento para pago de pericias”. 1°) Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el...

Coincidencia encontrada

...resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas ximición total de costas por...

Cita sugerida

El expediente AAD 163/2023 caratulado “Lugones Alberto (Consejero) s/ proyecto de modificación de reglamento para pago de pericias”. 1°) Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Mod - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179783