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89+ resultados encontrados para PROCESO PENAL-DERECHO LIBERTAD con busqueda amplia. Mostrando 11-20.
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Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190041
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Principio Penal de Inocencia. Proceso...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PRINCIPIO PENAL DE INOCENCIA. PROCESO PENAL. LIBERTAD DEL IMPUTADO.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190041

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190042
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Principio Penal de Inocencia. Proceso...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PRINCIPIO PENAL DE INOCENCIA. PROCESO PENAL. IMPUTADO. LIBERTAD. FALTA DE MERITO. LEY. INTERPRETACION.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190042

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190040
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Imputado. Falta de...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. PRISION PREVENTIVA. LIBERTAD DEL IMPUTADO. PRINCIPIO PENAL DE INOCENCIA. LEY. INTERPRETACION AMPLIA. INTERPRETACION RESTRICTIVA.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190040

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

D, H. O. s/ Queja por denegación del Recurso de Inconstitucionalidad. Robo calificado. Incidente de libertad ley 24390. Pretensión liberatoria de habeas corpus (Expte. CSJ Nº 802-97)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2000-05-23
Cita digital
J0026124
Voces
Pacto de San Jose de Costa Rica. Ley Nacional 23054....Penal
Resumen

PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA. LEY NACIONAL 23054. PROCESO PENAL. LIBERTAD PROVISIONAL. LEY. INTERPRETACION. PROCESO PENAL. IMPUTADO. PELIGROSIDAD PROCESAL. LEY PROCESAL PENAL. COMPLEMENTARIEDAD.

Coincidencia encontrada

PACTO DE SAN JOSE DE COSTA RICA. LEY NACIONAL 23054. PROCESO PENAL. LIBERTAD PROVISIONAL. LEY. INTERPRETACION. PROCESO PENAL. IMPUTADO. PELIGROSIDAD PROCESAL. LEY PROCESAL PENAL. COMPLEMENTARIEDAD. JUEZ. DEBER. SENTENCIA. FUNDAMENTOS SUFICIENTES.

Cita sugerida

D, H. O. s/ Queja por denegación del Recurso de Inconstitucionalidad. Robo calificado. Incidente de libertad ley 24390. Pretensión liberatoria de habeas corpus (Expte. CSJ Nº 802-97) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2000-05-23 - J0026124

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190058
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Imputado. Falta de...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LIBERTAD BAJO CAUCION JURATORIA. LEY. APLICACION SUBSIDIARIA. INTERPRETACION. CARACTER EXCEPCIONAL. JUEZ. SENTENCIA. FUNDAMENTOS.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190058

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190050
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Imputado. Falta de...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LIBERTAD BAJO CAUCION JURATORIA. EXCARCELACION. LEY. INTERPRETACION.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190050

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190061
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Auto de Procesamiento....Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. AUTO DE PROCESAMIENTO. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LEY. APLICACION TEMPORAL. JUEZ. LIBERTAD DE CRITERIO. FACULTADES. LIMITES.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190061

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190062
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Imputado. Falta de...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LIBERTAD. EXCARCELACION. LEY. APLICACION TEMPORAL. INTERPRETACION. JUEZ. SANA CRITICA. FACULTADES. LIMITES. PRUEBA. APRECIACION.

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LIBERTAD. EXCARCELACION. LEY. APLICACION TEMPORAL. INTERPRETACION. JUEZ. SANA CRITICA. FACULTADES. LIMITES. PRUEBA. APRECIACION. INTERPRETACION.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190062

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190051
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Imputado. Falta de...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LIBERTAD PROVISIONAL. LEY. INTERPRETACION.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190051

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno-

Tribunal
PN
Fecha
1992-10-14
Cita digital
J0190038
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Pleno. Proceso Penal. Imputado. Falta de...Procesal - Penal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENO. PROCESO PENAL. IMPUTADO. FALTA DE MERITO. LIBERTAD BAJO CAUCION JURATORIA.

Cita sugerida

XX s/ Primera cuestión: ¿Es constitucional la disposición del artículo 28 De la ley 10160 en cuanto a la posibilidad de pronunciarse en "Defecto de caso concreto"? Segunda cuestión: ¿Es aplicable el artículo 308 del Código Procesal Penal (libertad por falta de mérito), en cualquier estado del proceso incluso luego de dictado el procesamiento con prisión preventiva y aún en la etapa del plenario? La presente causa, a raíz de un empate en las votaciones, se integra nuevamente con un vocal de Rosario, Dr. Bernardini en fecha 10-12-1992, en fallo registrado en el L.A. Nro. 2, Res. 6, F. 321 -Tribunal Pleno- - PN 1992-10-14 - J0190038