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Jurisprudencia Buenos Aires plenario Nro. 10383 Alta coincidencia

D. O. a. e. T. d. C. P. s/ Pedido de Acuerdo Plenario

Tribunal
PLENARIO TRIBUNAL DE CASACION PENAL (TCPLEN LP)
Fecha
2007-05-10
Cita digital
121819
Voces
PenalPlenario10383
Resumen

D. O. a. e. T. d. C. P. s/ Pedido de Acuerdo Plenario Partes: D. O. a. e. T. d. C. P. s/ Pedido de Acuerdo Plenario Materia: PENAL Tribunal: PLENARIO TRIBUNAL DE CASACION PENAL (TCPLEN LP) Fecha: 2007-05-10 Tipo: Plenario Numero: 10383

Cita sugerida

D. O. a. e. T. d. C. P. s/ Pedido de Acuerdo Plenario - PLENARIO TRIBUNAL DE CASACION PENAL (TCPLEN LP) 2007-05-10 - 121819

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198127
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Constitucion. Integracion. Fallo PlenarioProcesal
Resumen

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario?

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. CONSTITUCION. INTEGRACION. FALLO PLENARIO.

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198127

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198128
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Constitucion. Integracion. Fallo PlenarioProcesal
Resumen

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario?

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. CONSTITUCION. INTEGRACION. FALLO PLENARIO.

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198128

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198130
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Constitucion. Integracion. Fallo PlenarioProcesal
Resumen

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario?

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. CONSTITUCION. INTEGRACION. FALLO PLENARIO.

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198130

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la Constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal Plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El Instituto de la suspensión del Juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter Y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198174
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Fallo Plenario. Derecho. Fuentes. Jurisprudencia....Filosofia
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. FALLO PLENARIO. DERECHO. FUENTES. JURISPRUDENCIA. UNIFICACION.

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la Constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal Plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El Instituto de la suspensión del Juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter Y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198174

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198131
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Constitucion. Vocal. Voto. Abstension. Fallo...Procesal
Resumen

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. CONSTITUCION. VOCAL. VOTO. ABSTENSION. FALLO PLENARIO.

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198131

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198124
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Fallo Plenario. ConstitucionProcesal
Resumen

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario?

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. FALLO PLENARIO. CONSTITUCION

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198124

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198126
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Fallo Plenario. ConstitucionProcesal
Resumen

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario?

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. FALLO PLENARIO. CONSTITUCION

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198126

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario)

Tribunal
PN
Fecha
1998-12-22
Cita digital
J0198125
Voces
Camara de Apelacion. Tribunal Plenario. Fallo Plenario. ConstitucionProcesal
Resumen

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario?

Coincidencia encontrada

CAMARA DE APELACION. TRIBUNAL PLENARIO. FALLO PLENARIO. CONSTITUCION

Cita sugerida

Z, E R s/ Estafa. Incidente de suspensión del juicio a prueba. Cuestión previa: ¿Corresponde integrar un cargo de Juez de Cámara, vacante en una sala de una de las Cámaras de Apelación en lo Penal convocadas, para la constitución y funcionamiento válido de éste Tribunal plenario? Cuestión de fondo: 1) ¿El instituto de la suspensión del juicio a prueba, incorporado al Código Penal por la Ley 24316 como artículos 76 bis, 76 ter y 76 quater, resulta aplicable a los imputados por delito o delitos cuya escala penal en abstracto exceda los tres años de reclusión o prisión?; 2) En su caso ¿El consentimiento del Fiscal previsto en el artículo 76 bis, cuarto párrafo del Código Penal, es exigible para todos los casos de concesión de tal beneficio? (Expte. Nro. 1021-97) (Tribunal plenario) - PN 1998-12-22 - J0198125

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Plenario Procedimiento Intereses Modificacion De La Tasa Aplicable

Resumen

Plenario. Procedimiento. Intereses. Modificación de la tasa aplicable Se resuelve modificar la doctrina fijada por esta Suprema Corte en el Plenario “Aguirre” sobre intereses moratorios para litigios tramitados en la Provincia en los casos en que no exista tasa prevista por convención o ley especial.

Coincidencia encontrada

Plenario. Procedimiento. Intereses. Modificación de la tasa aplicable Se resuelve modificar la doctrina fijada por esta Suprema Corte en el Plenario “Aguirre” sobre intereses moratorios para litigios tramitados en la Provincia en los casos en que no exista tasa prevista por convención o ley especial. Se dispone que corresponde aplicar la tasa para la línea de préstamos personales...

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Plenario Procedimiento Intereses Modificacion De La Tasa Aplicable