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89+ resultados encontrados para SOLICITAR SECRETARIA ESTADO con busqueda amplia. Mostrando 11-20.
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Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Rp 121890 Alta coincidencia

A. ,C. G. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa nº 3712 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Matanza, Sala II

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2014-05-28
Cita digital
140213
Voces
Secretaría Suprema Corte Registrado bajo el N°757 P. 121.890 -...ni a las nulidades articuladas respecto de la declaración indagatoria...y REDUCIR las penas de multa y clausura impuestas en...15 y 20 de la Const. provincial1, 308 y sgtes. del C.P.P. “...lo que denota afectación...PENALSentencia InterlocutoriaRp 121890
Resumen

Secretaría Suprema Corte Registrado bajo el N°757 P. 121.890 - “Attwell, Claudio Guillermo s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa nº 3712 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Matanza, Sala II”.

Coincidencia encontrada

...e la pena de inhabilitación por el término de DIEZ (10) AÑOS para solicitar licencia Provincial para la comercialización de bebidas alcohólicas aplicada por la judicatura ‘a quo’ a Claudio Guillermo Attwell en relación a la falta por la que fuera condenado...” (fs. 119 vta./120 vta. -el resaltado en el original-). 2. Frente a esta decisión, el señor...

Cita sugerida

A. ,C. G. s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa nº 3712 de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Matanza, Sala II - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2014-05-28 - 140213

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 61684 Alta coincidencia

ABN AMRO TRUST COMPANY (ARGENTINA) S.A C/ H.J NAVAS Y CIA S.A Y NAVAS HORACIO JULIO S/ COBRO EJECUTIVO

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - Azul (Cc0001 Az)
Fecha
2016-11-29
Cita digital
140605
Voces
1-61684-2016 - "ABN AMRO TRUST COMPANY (ARGENTINA) S.A. C/H.J.NAVAS Y...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria61684
Resumen

1-61684-2016 - "ABN AMRO TRUST COMPANY (ARGENTINA) S.A. C/H.J.NAVAS Y CIA. S.A. Y NAVAS HORACIO JULIO S/COBRO EJECUTIVO" JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 3 - AZUL Nº Reg...............

Coincidencia encontrada

...ado de documentos en copia- el Sr. Presidente de la empresa coejecutada a fin de solicitar que se deje sin efecto la anotación practicada. Argumenta que el reclamo de marras se encuentra cancelado con la dación en pago de bonos de la deuda pública nacional efectuados al Banco MACRO BANSUD SA / ABN AMRO TRUST, correspondiente a la...

Cita sugerida

ABN AMRO TRUST COMPANY (ARGENTINA) S.A C/ H.J NAVAS Y CIA S.A Y NAVAS HORACIO JULIO S/ COBRO EJECUTIVO - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - AZUL (CC0001 AZ) 2016-11-29 - 140605

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2023 Nro. 12 Alta coincidencia

1°) Crear el Registro de Datos de Género y Procedencia Profesional en el Procedimiento de Selección de Magistrados/as- herramienta de registro digital accesible- a constituirse de acuerdo a las especificaciones- modalidad y metodología que se detallan en el Anexo de la presente resolución. 2°) Actualizar la información publicada en el Mapa Dinámico de los Concursos (disponible en http:// consejoabierto.pjn.gov.ar/mapadeconcursos/)- agregando los datos y especificaciones que se describen en el Anexo del presente dictamen- a cada uno de los concursos en trámite ante este Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- a partir del año 2022 y todos aquellos que se inicien en lo sucesivo. 3°) Encomendar a la Secretaría de Selección de Magistrados y Escuela Judicial el desarrollo e implementación del Registro de Datos de Género y Procedencia Profesional en el Procedimiento de Selección de Magistrados/as- la carga de los datos que se especifican en el anexo del presente de manera sistemática y continua así como la actualización del Mapa Dinámico de Concursos con los nuevos datos que se incorporan y- en coordinación con la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana- la publicación en la página web oficial de este Consejo de la Magistratura de las herramientas detalladas en los puntos anteriores de esta parte dispositiva de manera tal de garantizar su fácil acceso y visualización. 4°) Solicitar a la Dirección General de Tecnología la realización de las adaptaciones necesarias al formulario de inscripción de aspirantes para cubrir cargos de magistrado/as a los fines de incluir la opción “X” para el campo “sexo”- así como también toda gestión que resulte pertinente a los efectos de facilitar la carga y publicación de los datos de género y procedencia profesional de los y las postulantes de manera ágil y dinámica. Res 12/23

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
26-04-2023 00:00:00
Cita digital
PJN 169231
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 202312
Resumen

1°) Crear el Registro de Datos de Género y Procedencia Profesional en el Procedimiento de Selección de Magistrados/as- herramienta de registro digital accesible- a constituirse de acuerdo a las especificaciones- modalidad y metodología que se detallan en el Anexo de la presente resolución.

Coincidencia encontrada

... de esta parte dispositiva de manera tal de garantizar su fácil acceso y visualización. 4°) Solicitar a la Dirección General de Tecnología la realización de las adaptaciones necesarias al formulario de inscripción de aspirantes para cubrir cargos de magistrado/as a los fines de incluir la opción “X” para el campo “sexo”- así como también toda gestión que...

Cita sugerida

1°) Crear el Registro de Datos de Género y Procedencia Profesional en el Procedimiento de Selección de Magistrados/as- herramienta de registro digital accesible- a constituirse de acuerdo a las especificaciones- modalidad y metodología que se detallan en el Anexo de la presente resolución. 2°) Actualizar la información publicada en el Mapa Dinámico de los Concursos (disponible en http:// consejoabierto.pjn.gov.ar/mapadeconcursos/)- agregando los datos y especificaciones que se describen en el Anexo del presente dictamen- a cada uno de los concursos en trámite ante este Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- a partir del año 2022 y todos aquellos que se inicien en lo sucesivo. 3°) Encomendar a la Secretaría de Selección de Magistrados y Escuela Judicial el desarrollo e implementación del Registro de Datos de Género y Procedencia Profesional en el Procedimiento de Selección de Magistrados/as- la carga de los datos que se especifican en el anexo del presente de manera sistemática y continua así como la actualización del Mapa Dinámico de Concursos con los nuevos datos que se incorporan y- en coordinación con la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana- la publicación en la página web oficial de este Consejo de la Magistratura de las herramientas detalladas en los puntos anteriores de esta parte dispositiva de manera tal de garantizar su fácil acceso y visualización. 4°) Solicitar a la Dirección General de Tecnología la realización de las adaptaciones necesarias al formulario de inscripción de aspirantes para cubrir cargos de magistrado/as a los fines de incluir la opción “X” para el campo “sexo”- así como también toda gestión que resulte pertinente a los efectos de facilitar la carga y publicación de los datos de género y procedencia profesional de los y las postulantes de manera ágil y dinámica. Res 12/23 - Consejo de la Magistratura 26-04-2023 00:00:00 - PJN 169231

Jurisprudencia Pjn informacindeintersgeneral-concursos Alta coincidencia

2023 Concurso público de oposición y antecedentes: Conforme lo dispuesto por Resolución de Presidencia Nº 481 de fecha 18/09/2023- se llama a concurso público de oposición y antecedentes para la provisión de cargos de Secretarias/os de 1ra. Instancia- Prosecretarias/os de Cámara y Secretarias/os de 2da. Instancia- respectivamente. Podrán inscribirse en dichos concursos todas las personas que reúnan los requisitos exigidos por el artículo 8º de la ley 26.861; tengan al menos dos años de antigüedad en el título de abogada/o y demuestren- además- especial versación en derecho del trabajo. El plazo de inscripción será de diez días hábiles y comenzará el día 18 de octubre de 2023 y vencerá a las 13-30 hs. del día 31 de octubre del mismo año. Al inscribirse- las/os postulantes deberán acompañar y acreditar por escrito todos sus antecedentes. Las/os abogadas/os ajenas/os a la Justicia Nacional del Trabajo deberán presentar certificados de reincidencia y de ausencia de sanciones en el orden profesional- expedidos por los organismos competentes. Quedarán excluidas/os del concurso quienes no cumplan estos requisitos- cuya omisión no podrá sanearse luego de vencido el plazo de inscripción. La inscripción deberá efectuarse en forma presencial ante la Prosecretaria General de la Cámara Lavalle 1554- piso 4º- Ciudad Autónoma de Buenos Aires- dentro del plazo antedicho. Se hace saber a las/os concursantes que los formularios de inscripción- antecedentes y toda la información relativa a los concursos para ambas instancias en la Justicia Nacional del Trabajo- estarán publicados en las páginas web https://www.pjn.gov.ar/ y https://sites.google.com/view/secretaria-general-cnat/inicio o bien podrán solicitarlos a la Prosecretaría General de la Cámara a cntrabajo.prosecretaria@pjn.gov.ar en el horario de 7-30 a 13-30 hs.. Dr. Néstor G. Estévez Prosecretario General.

Tribunal
Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Fecha
27/09/2023
Cita digital
PJN 172432
Voces
Información de Interés General - Concursos
Resumen

2023 Concurso público de oposición y antecedentes: Conforme lo dispuesto por Resolución de Presidencia Nº 481 de fecha 18/09/2023- se llama a concurso público de oposición y antecedentes para la provisión de cargos de Secretarias/os de 1ra.

Coincidencia encontrada

...y https://sites.google.com/view/secretaria-general-cnat/inicio o bien podrán solicitarlos a la Prosecretaría General de la Cámara a cntrabajo.prosecretaria@pjn.gov.ar en el horario de 7-30 a 13-30 hs.. Dr. Néstor G. Estévez Prosecretario General.

Cita sugerida

2023 Concurso público de oposición y antecedentes: Conforme lo dispuesto por Resolución de Presidencia Nº 481 de fecha 18/09/2023- se llama a concurso público de oposición y antecedentes para la provisión de cargos de Secretarias/os de 1ra. Instancia- Prosecretarias/os de Cámara y Secretarias/os de 2da. Instancia- respectivamente. Podrán inscribirse en dichos concursos todas las personas que reúnan los requisitos exigidos por el artículo 8º de la ley 26.861; tengan al menos dos años de antigüedad en el título de abogada/o y demuestren- además- especial versación en derecho del trabajo. El plazo de inscripción será de diez días hábiles y comenzará el día 18 de octubre de 2023 y vencerá a las 13-30 hs. del día 31 de octubre del mismo año. Al inscribirse- las/os postulantes deberán acompañar y acreditar por escrito todos sus antecedentes. Las/os abogadas/os ajenas/os a la Justicia Nacional del Trabajo deberán presentar certificados de reincidencia y de ausencia de sanciones en el orden profesional- expedidos por los organismos competentes. Quedarán excluidas/os del concurso quienes no cumplan estos requisitos- cuya omisión no podrá sanearse luego de vencido el plazo de inscripción. La inscripción deberá efectuarse en forma presencial ante la Prosecretaria General de la Cámara Lavalle 1554- piso 4º- Ciudad Autónoma de Buenos Aires- dentro del plazo antedicho. Se hace saber a las/os concursantes que los formularios de inscripción- antecedentes y toda la información relativa a los concursos para ambas instancias en la Justicia Nacional del Trabajo- estarán publicados en las páginas web https://www.pjn.gov.ar/ y https://sites.google.com/view/secretaria-general-cnat/inicio o bien podrán solicitarlos a la Prosecretaría General de la Cámara a cntrabajo.prosecretaria@pjn.gov.ar en el horario de 7-30 a 13-30 hs.. Dr. Néstor G. Estévez Prosecretario General. - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo 27/09/2023 - PJN 172432

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2016 Nro. 733 Alta coincidencia

1º) Dar intervención a la Dirección de Estadísticas; Dirección de Tecnología; Dirección de Auditoria Informática; Dirección de Infraestructura Judicial; Dirección de Recursos Humanos; Unidad de Modernización e Innovaciones Tecnológicas; Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana y al Instituto de Investigaciones Penales de este Consejo- con base en las recomendaciones que surgen del informe del señor presidente que forma parte integrante de la resolución nº 707/2016- y a través y en virtud de las directivas que establezca el Cuerpo de Auditores del Consejo. 2º) Poner en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Ministerio de Justicia de la Nación; Servicio Penitenciario Federal; Fuerzas de Seguridad Nacionales- de todas aquellas situaciones indentificadas en el referido informe de la Presidencia- Res. 707/16- y que guardan relación con las funciones y fines de cada uno de los órganos e instituciones señaladas. 3º) Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá proceder al procesamiento y sistematización de la información recibida- con base en lo dispuesto en la resolución 342/16 y lo establecido en el informe de Presidencia que forma parte de la resolución 707/16. 4º) Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá establecer un Programa de Trabajo en consecuencia de los objetivos señalados- el que deberá presentarse el día 31 de mayo de 2017- conjuntamente con el material procesado en la condición que el mismo se encuentre. 5º) Disponer que los datos recibidos hasta el día 30 de Noviembre de 2016- deberán ser puestos a disposición del conjunto de la sociedad- por lo que la información recibida y los consejeros y auditores quedan relevados del deber de confidencialidad (conf. articulo nº 17 del Reglamento del Cuerpo de Auditores del P.J.N).6º) Disponer que la información recibida se pondrá a disposición para su consulta en la sede del Cuerpo de Auditores- quien previamente deberá suprimir las referencias personales o reemplazarlas por sus iniciales- respecto de cada una de las personas que se encuentre identificada de cualquier manera- modo o categoría en el informe respectivo; fijándose como fecha tope para dicha tarea- el primer día hábil judicial de 2017. 7º) Disponer que las solicitudes de consulta sean atendidas por el Cuerpo de Auditores- a medida que sean solicitadas y que los datos hayan sido suprimidos conforme lo referenciado en el párrafo anterior. 8º) Disponer que- a medida que los datos se procesen- los mismo serán cargados en un Portal de Datos de Acceso Abierto y garantizando los derechos subjetivos de las personas que se encuentren mencionadas en cada una de las causas. 9º) Remitir al Cuerpo de Auditores las diferentes presentaciones que se encuentran reservadas por disposición de la Comisión de Coordinación de Labor y la Presidencia en la Secretaría General- en las que se solicitaron auditorías en particular; todo ello a efectos de que el Cuerpo de Auditores lo integre al proceso de Auditoria en trámite. A iguales fines- el Cuerpo de Auditores deberá integrar las presentaciones que le fueron giradas para su agregación desde el inicio de los relevamientos dispuestos mediante resolución 342/2016. 10º) Disponer que- a los fines de mantener actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- el Cuerpo de Auditores Judiciales requerirá a cada uno de los fueros y jurisdicciones relevadas- que informen año a año y a la fecha del 31 de diciem

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
22-12-2016 00:00:00
Cita digital
PJN 103584
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2016733
Resumen

1º) Dar intervención a la Dirección de Estadísticas; Dirección de Tecnología; Dirección de Auditoria Informática; Dirección de Infraestructura Judicial; Dirección de Recursos Humanos; Unidad de Modernización e Innovaciones Tecnológicas; Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana y al Instituto de Investigaciones Penales de este Consejo- con base en las recomendaciones que surgen...

Coincidencia encontrada

...entaciones que se encuentran reservadas por disposición de la Comisión de Coordinación de Labor y la Presidencia en la Secretaría General- en las que se solicitaron auditorías en particular; todo ello a efectos de que el Cuerpo de Auditores lo integre al proceso de Auditoria en trámite. A iguales fines- el Cuerpo de Auditores deberá integrar las presentaciones...

Cita sugerida

1º) Dar intervención a la Dirección de Estadísticas; Dirección de Tecnología; Dirección de Auditoria Informática; Dirección de Infraestructura Judicial; Dirección de Recursos Humanos; Unidad de Modernización e Innovaciones Tecnológicas; Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana y al Instituto de Investigaciones Penales de este Consejo- con base en las recomendaciones que surgen del informe del señor presidente que forma parte integrante de la resolución nº 707/2016- y a través y en virtud de las directivas que establezca el Cuerpo de Auditores del Consejo. 2º) Poner en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Ministerio de Justicia de la Nación; Servicio Penitenciario Federal; Fuerzas de Seguridad Nacionales- de todas aquellas situaciones indentificadas en el referido informe de la Presidencia- Res. 707/16- y que guardan relación con las funciones y fines de cada uno de los órganos e instituciones señaladas. 3º) Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá proceder al procesamiento y sistematización de la información recibida- con base en lo dispuesto en la resolución 342/16 y lo establecido en el informe de Presidencia que forma parte de la resolución 707/16. 4º) Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá establecer un Programa de Trabajo en consecuencia de los objetivos señalados- el que deberá presentarse el día 31 de mayo de 2017- conjuntamente con el material procesado en la condición que el mismo se encuentre. 5º) Disponer que los datos recibidos hasta el día 30 de Noviembre de 2016- deberán ser puestos a disposición del conjunto de la sociedad- por lo que la información recibida y los consejeros y auditores quedan relevados del deber de confidencialidad (conf. articulo nº 17 del Reglamento del Cuerpo de Auditores del P.J.N).6º) Disponer que la información recibida se pondrá a disposición para su consulta en la sede del Cuerpo de Auditores- quien previamente deberá suprimir las referencias personales o reemplazarlas por sus iniciales- respecto de cada una de las personas que se encuentre identificada de cualquier manera- modo o categoría en el informe respectivo; fijándose como fecha tope para dicha tarea- el primer día hábil judicial de 2017. 7º) Disponer que las solicitudes de consulta sean atendidas por el Cuerpo de Auditores- a medida que sean solicitadas y que los datos hayan sido suprimidos conforme lo referenciado en el párrafo anterior. 8º) Disponer que- a medida que los datos se procesen- los mismo serán cargados en un Portal de Datos de Acceso Abierto y garantizando los derechos subjetivos de las personas que se encuentren mencionadas en cada una de las causas. 9º) Remitir al Cuerpo de Auditores las diferentes presentaciones que se encuentran reservadas por disposición de la Comisión de Coordinación de Labor y la Presidencia en la Secretaría General- en las que se solicitaron auditorías en particular; todo ello a efectos de que el Cuerpo de Auditores lo integre al proceso de Auditoria en trámite. A iguales fines- el Cuerpo de Auditores deberá integrar las presentaciones que le fueron giradas para su agregación desde el inicio de los relevamientos dispuestos mediante resolución 342/2016. 10º) Disponer que- a los fines de mantener actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- el Cuerpo de Auditores Judiciales requerirá a cada uno de los fueros y jurisdicciones relevadas- que informen año a año y a la fecha del 31 de diciem - Consejo de la Magistratura 22-12-2016 00:00:00 - PJN 103584

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2016 Nro. 733 Alta coincidencia

1º) Dar intervención a la Dirección de Estadísticas; Dirección de Tecnología; Dirección de Auditoria Informática; Dirección de Infraestructura Judicial; Dirección de Recursos Humanos; Unidad de Modernización e Innovaciones Tecnológicas; Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana y al Instituto de Investigaciones Penales de este Consejo- con base en las recomendaciones que surgen del informe del señor presidente que forma parte integrante de la resolución nº 707/2016- y a través y en virtud de las directivas que establezca el Cuerpo de Auditores del Consejo. 2º) Poner en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Ministerio de Justicia de la Nación; Servicio Penitenciario Federal; Fuerzas de Seguridad Nacionales- de todas aquellas situaciones indentificadas en el referido informe de la Presidencia- Res. 707/16- y que guardan relación con las funciones y fines de cada uno de los órganos e instituciones señaladas. 3º)Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá proceder al procesamiento y sistematización de la información recibida- con base en lo dispuesto en la resolución 342/16 y lo establecido en el informe de Presidencia que forma parte de la resolución 707/16. 4º) Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá establecer un Programa de Trabajo en consecuencia de los objetivos señalados- el que deberá presentarse el día 31 de mayo de 2017- conjuntamente con el material procesado en la condición que el mismo se encuentre. 5º) Disponer que los datos recibidos hasta el día 30 de Noviembre de 2016- deberán ser puestos a disposición del conjunto de la sociedad- por lo que la información recibida y los consejeros y auditores quedan relevados del deber de confidencialidad (conf. articulo nº 17 del Reglamento del Cuerpo de Auditores del P.J.N).6º) Disponer que la información recibida se pondrá a disposición para su consulta en la sede del Cuerpo de Auditores- quien previamente deberá suprimir las referencias personales o reemplazarlas por sus iniciales- respecto de cada una de las personas que se encuentre identificada de cualquier manera- modo o categoría en el informe respectivo; fijándose como fecha tope para dicha tarea- el primer día hábil judicial de 2017. 7º) Disponer que las solicitudes de consulta sean atendidas por el Cuerpo de Auditores- a medida que sean solicitadas y que los datos hayan sido suprimidos conforme lo referenciado en el párrafo anterior. 8º) Disponer que- a medida que los datos se procesen- los mismo serán cargados en un Portal de Datos de Acceso Abierto y garantizando los derechos subjetivos de las personas que se encuentren mencionadas en cada una de las causas. 9º) Remitir al Cuerpo de Auditores las diferentes presentaciones que se encuentran reservadas por disposición de la Comisión de Coordinación de Labor y la Presidencia en la Secretaría General- en las que se solicitaron auditorías en particular; todo ello a efectos de que el Cuerpo de Auditores lo integre al proceso de Auditoria en trámite. A iguales fines- el Cuerpo de Auditores deberá integrar las presentaciones que le fueron giradas para su agregación desde el inicio de los relevamientos dispuestos mediante resolución 342/2016. 10º) Disponer que- a los fines de mantener actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- el Cuerpo de Auditores Judiciales requerirá a cada uno de los fueros y jurisdicciones relevadas- que informen año a año y a la fecha del 31 de diciemb

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
22-12-2016 00:00:00
Cita digital
PJN 103494
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2016733
Resumen

1º) Dar intervención a la Dirección de Estadísticas; Dirección de Tecnología; Dirección de Auditoria Informática; Dirección de Infraestructura Judicial; Dirección de Recursos Humanos; Unidad de Modernización e Innovaciones Tecnológicas; Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana y al Instituto de Investigaciones Penales de este Consejo- con base en las recomendaciones que surgen...

Coincidencia encontrada

...entaciones que se encuentran reservadas por disposición de la Comisión de Coordinación de Labor y la Presidencia en la Secretaría General- en las que se solicitaron auditorías en particular; todo ello a efectos de que el Cuerpo de Auditores lo integre al proceso de Auditoria en trámite. A iguales fines- el Cuerpo de Auditores deberá integrar las presentaciones...

Cita sugerida

1º) Dar intervención a la Dirección de Estadísticas; Dirección de Tecnología; Dirección de Auditoria Informática; Dirección de Infraestructura Judicial; Dirección de Recursos Humanos; Unidad de Modernización e Innovaciones Tecnológicas; Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana y al Instituto de Investigaciones Penales de este Consejo- con base en las recomendaciones que surgen del informe del señor presidente que forma parte integrante de la resolución nº 707/2016- y a través y en virtud de las directivas que establezca el Cuerpo de Auditores del Consejo. 2º) Poner en conocimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Ministerio de Justicia de la Nación; Servicio Penitenciario Federal; Fuerzas de Seguridad Nacionales- de todas aquellas situaciones indentificadas en el referido informe de la Presidencia- Res. 707/16- y que guardan relación con las funciones y fines de cada uno de los órganos e instituciones señaladas. 3º)Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá proceder al procesamiento y sistematización de la información recibida- con base en lo dispuesto en la resolución 342/16 y lo establecido en el informe de Presidencia que forma parte de la resolución 707/16. 4º) Disponer que el Cuerpo de Auditores deberá establecer un Programa de Trabajo en consecuencia de los objetivos señalados- el que deberá presentarse el día 31 de mayo de 2017- conjuntamente con el material procesado en la condición que el mismo se encuentre. 5º) Disponer que los datos recibidos hasta el día 30 de Noviembre de 2016- deberán ser puestos a disposición del conjunto de la sociedad- por lo que la información recibida y los consejeros y auditores quedan relevados del deber de confidencialidad (conf. articulo nº 17 del Reglamento del Cuerpo de Auditores del P.J.N).6º) Disponer que la información recibida se pondrá a disposición para su consulta en la sede del Cuerpo de Auditores- quien previamente deberá suprimir las referencias personales o reemplazarlas por sus iniciales- respecto de cada una de las personas que se encuentre identificada de cualquier manera- modo o categoría en el informe respectivo; fijándose como fecha tope para dicha tarea- el primer día hábil judicial de 2017. 7º) Disponer que las solicitudes de consulta sean atendidas por el Cuerpo de Auditores- a medida que sean solicitadas y que los datos hayan sido suprimidos conforme lo referenciado en el párrafo anterior. 8º) Disponer que- a medida que los datos se procesen- los mismo serán cargados en un Portal de Datos de Acceso Abierto y garantizando los derechos subjetivos de las personas que se encuentren mencionadas en cada una de las causas. 9º) Remitir al Cuerpo de Auditores las diferentes presentaciones que se encuentran reservadas por disposición de la Comisión de Coordinación de Labor y la Presidencia en la Secretaría General- en las que se solicitaron auditorías en particular; todo ello a efectos de que el Cuerpo de Auditores lo integre al proceso de Auditoria en trámite. A iguales fines- el Cuerpo de Auditores deberá integrar las presentaciones que le fueron giradas para su agregación desde el inicio de los relevamientos dispuestos mediante resolución 342/2016. 10º) Disponer que- a los fines de mantener actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- actualizado el relevamiento de datos- a partir del presente- el Cuerpo de Auditores Judiciales requerirá a cada uno de los fueros y jurisdicciones relevadas- que informen año a año y a la fecha del 31 de diciemb - Consejo de la Magistratura 22-12-2016 00:00:00 - PJN 103494

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 4366 Alta coincidencia

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor de la señora Laura Elena Viglioglia -a quien se le aceptó la renuncia al cargo de Secretaria de Juzgado de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Sala II-, a partir del 1° de agosto de 2025, correspondiente a once (11) dias del mes enero de 2019, cinco (05) dias del mes de julio de 2019 y dieciséis (16) dias del mes de enero de 2020, por haber operado el plazo de caducidad del derecho a solicitar la correspondiente compensación dineraria, conforme lo dispuesto por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 24/2022. 16-10782/25

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
29-12-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 208796
Voces
Resoluciones - Año 20254366
Resumen

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor de la señora Laura Elena Viglioglia -a quien se le aceptó la renuncia al cargo de Secretaria de Juzgado de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Sala II-, a partir del 1°...

Coincidencia encontrada

...ulio de 2019 y dieciséis (16) dias del mes de enero de 2020, por haber operado el plazo de caducidad del derecho a solicitar la correspondiente compensación dineraria, conforme lo dispuesto por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 24/2022. 16-10782/25

Cita sugerida

No hacer lugar a la solicitud de reconocimiento de las vacaciones no gozadas a favor de la señora Laura Elena Viglioglia -a quien se le aceptó la renuncia al cargo de Secretaria de Juzgado de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, Sala II-, a partir del 1° de agosto de 2025, correspondiente a once (11) dias del mes enero de 2019, cinco (05) dias del mes de julio de 2019 y dieciséis (16) dias del mes de enero de 2020, por haber operado el plazo de caducidad del derecho a solicitar la correspondiente compensación dineraria, conforme lo dispuesto por la Acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 24/2022. 16-10782/25 - Administración General del Poder Judicial 29-12-2025 00:00:00 - PJN 208796

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2017 Nro. 382 Alta coincidencia

El expediente Nº 13-18022/2015- caratulado “Honorario- Cagnasso Carla Beatriz $50.000- 1627/07 Causa”. 1º) Hacer lugar excepcionalmente a la solicitud de pago de honorarios de la traductora Carla Beatriz Cagnasso en el marco de su desempeño en la causa Nro. 1627 “Guillamondegui- Néstor Horacio y otros s/privación de la libertad agravada- imposición de tormentos y homicidio calificado” ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de esta ciudad. 2º) Solicitar al mencionado Tribunal que en lo sucesivo y en cumplimiento con la Resolución C.M. nº 339/2016- notifique la regulación de honorarios en causas en las que el Poder Judicial de la Nación aun no siendo parte pudiera resultar obligado al pago- a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- Secretaría de Asuntos Jurídicos- - a efectos de su intervención y defensa. Resol 382/17

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
26-10-2017 00:00:00
Cita digital
PJN 112105
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2017382
Resumen

Expediente Nº 13-18022/2015- caratulado “Honorario- Cagnasso Carla Beatriz $50.000- 1627/07 Causa”. 1º) Hacer lugar excepcionalmente a la solicitud de pago de honorarios de la traductora Carla Beatriz Cagnasso en el marco de su desempeño en la causa Nro.

Coincidencia encontrada

...“Guillamondegui- Néstor Horacio y otros s/privación de la libertad agravada- imposición de tormentos y homicidio calificado” ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de esta ciudad. 2º) Solicitar al mencionado Tribunal que en lo sucesivo y en cumplimiento con la Resolución C.M. nº 339/2016- notifique la regulación de honorarios en causas en las que el Poder...

Cita sugerida

El expediente Nº 13-18022/2015- caratulado “Honorario- Cagnasso Carla Beatriz $50.000- 1627/07 Causa”. 1º) Hacer lugar excepcionalmente a la solicitud de pago de honorarios de la traductora Carla Beatriz Cagnasso en el marco de su desempeño en la causa Nro. 1627 “Guillamondegui- Néstor Horacio y otros s/privación de la libertad agravada- imposición de tormentos y homicidio calificado” ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº1 de esta ciudad. 2º) Solicitar al mencionado Tribunal que en lo sucesivo y en cumplimiento con la Resolución C.M. nº 339/2016- notifique la regulación de honorarios en causas en las que el Poder Judicial de la Nación aun no siendo parte pudiera resultar obligado al pago- a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- Secretaría de Asuntos Jurídicos- - a efectos de su intervención y defensa. Resol 382/17 - Consejo de la Magistratura 26-10-2017 00:00:00 - PJN 112105

Jurisprudencia Pjn dictamen Nro. 17 Alta coincidencia

Solicitar a la Secretaría de Comunicaciones- la asignación en uso a título gratuito al Poder Judicial de la Nación de un inmueble ubicado en la Ciudad de Mendoza

Tribunal
Comisión de Administración y Financiera
Fecha
16/07/2004
Cita digital
PJN 184
Voces
Dictámenes - Año 2004Dictamen17
Resumen

Solicitar a la Secretaría de Comunicaciones- la asignación en uso a título gratuito al Poder Judicial de la Nación de un inmueble ubicado en la Ciudad de Mendoza

Cita sugerida

Solicitar a la Secretaría de Comunicaciones- la asignación en uso a título gratuito al Poder Judicial de la Nación de un inmueble ubicado en la Ciudad de Mendoza - Comisión de Administración y Financiera 16/07/2004 - PJN 184

Jurisprudencia Pjn documentos Alta coincidencia

Requisitos para solicitar regulacion de honorarios

Tribunal
Secretaría Civil
Fecha
17/07/2012
Cita digital
PJN 54785
Voces
Documentos
Resumen

Requisitos para solicitar regulacion de honorarios Tipo/numero: Documentos Dependencia: Secretaría Civil Rubro: Documentos Fecha/publicacion: 17/07/2012

Coincidencia encontrada

Requisitos para solicitar regulacion de honorarios

Cita sugerida

Requisitos para solicitar regulacion de honorarios - Secretaría Civil 17/07/2012 - PJN 54785