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Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. C- 3274En la ciudad de La Plata a los dos días del mes de julio de dos mil uno, reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces Integrantes de la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctores Jorge Hugo Celesia, Fernando Luis María Mancini y Eduardo Carlos Hortel, para resolver la presente acción de revisión planteada en favor del procesadoJ. C. P., en la presentecausa nº 3274del registro de este Tribunal, practicado el sorteo de ley, resultó que en la votación debía observarse el orden siguiente:CELESIA — MANCINI - HORTEL.A N T E C E D E N T E SEste Tribunal resolvió con fecha 18 de noviembre de 1999 declarar inadmisible el recurso de casación deducido por el Sr. Defensor Particular de J. C. P. contra la sentencia dictada con fecha 15 de junio de 1999 por el Tribunal Oral en lo Criminal nº 3 de Mar del Plata que condenara al imputado P. a la pena de seis años y ocho meses de prisión, accesorias legales y costas como autor penalmente responsable del delito de robo agravado por el uso de armas.-Contra la sentencia de éste Tribunal antes citada plantea a fs. 22/23vta. acción de revisión la Sra. Defensora Oficial del imputado, Dra. Cecilia Boeri.Efectuadas las vistas correspondientes, y hallándose la causa en estado de dictar sentencia, este Tribunal decidió plantear y votar las siguientes:C U E S T I O N E SPrimera:¿Es procedente la acción de revisión planteada?Segunda:¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?A laprimera cuestiónplanteada, el señor Juez doctorCelesiadijo:I.- Se presenta la Sra. Defensora Oficial de J. L. P. a interponer acción de revisión contra la sentencia dictada con fecha 18 de noviembre de 1999 por éste Tribunal que, en la causa registrada bajo el nº 1109, declaró inadmisible el recurso de casación planteado por el entonces Defensor Particular contra el decisorio dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal nº 3 de Mar del Plata que condenara al imputado a la pena de seis años y ocho meses de prisión, accesorias legales y costas.-Sustenta su pretensión la Defensa en lo previsto por los incs. 1, 2 y 4 del art. 467 del C.P.P., señalando que, contrariamente a lo sostenido en la sentencia de éste Tribunal, la reserva de recurrir a Casación fue deducida en término, de modo que los hechos fijados en el decisorio cuestionado resultarían inconciliables con los acontecidos en el proceso principal, fundandose la sentencia en prueba documental incompleta que indujo al equívoco que ponen en evidencia los nuevos elementos ahora aportados por la disconformada.Argumenta que el error judicial en el que ha incurrido éste Tribunal debe ser reparado en tanto resultaría inadmisible que frente a él se haga prevalecer la cosa juzgada consolidando un perjuicio que luego el Estado se vería obligado a subsanar mediante una indemnización patrimonial.II.- Considero que el planteo no puede atenderse, en tanto la situación alegada por la agraviada resulta por completo ajena a los supuestos invocados del art. 467 del C.P.P. o a cualquier otro de los motivos que permitan el conocimiento del agravio a través de la vía excepcional de la acción de revisión que, en principio, siempre debe tender a demostrar la inexistencia del hecho, que el condenado no lo cometió o que falta totalmente la prueba en la que se basó la condena (art. 468 del C.P.P.) y, en consecuencia, no resulta apta para el cuestionamiento de una decisión que no se refiere sino a la ausencia de las condiciones legales de admisibilidad de un recurso extraordinario intentado contra la sentencia condenatoria.-Voto, en consecuencia, por la negativa.-A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorMancinidijo:Adhiero al voto de mi colega preopinante en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorHorteldijo:Adhiero al voto del doctor Celesia en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.A lasegunda cuestiónplanteada, el señor Juez doctorCelesia, dijo:Visto el resultado arrojado en la votación precedente, entiendo corresponde rechazar la acción de revisión intentada por la Sra. Defensora Oficial Dra. Cecilia Boeri, por no encuadrar la situación descripta en los incisos 1,2 o 4 del art. 467 ni en ninguno de los otros supuestos previstos en dicha norma. Con costas (arts. 467, 468, 476, 530 y cctes. del C.P.P.).-A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorMancinidijo:Adhiero al voto de mi colega preopinante en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.A lamisma cuestiónplanteada, el señor Juez doctorHorteldijo:Adhiero al voto del doctor Celesia en igual sentido y por los mismos fundamentos.Así lo voto.Con lo que terminó el acuerdo, dictándose la siguienteS E N T E N C I APor lo expuesto en el acuerdo que antecede, la Sala II del TribunalR E S U E L V E:I.- RECHAZARla presente acción de revisión intentada por la Sra. Defensora Oficial Dra. Cecilia Boeri, por no encuadrar la situación planteada en ninguno de los supuestos del art. 467 del C.P.P.. Con costas (arts. 467, 468, 476, 530 y cctes. del C.P.P.).-Registrese, notifíquese y oportunamente archívese.-CA Alta coincidencia

P. ,J. C. s/Acción de revisión

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala Ii - La Plata (Tc0002 Lp)
Fecha
2001-06-28
Cita digital
44113
Voces
PenalSentencia DefinitivaC- 3274En la ciudad de La Plata a los dos...
Resumen

P.,J. C. s/Acción de revisión Partes: P.,J. C. s/Acción de revisión Materia: Penal Tribunal: TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) Fecha: 2001-06-28 Tipo: Sentencia Definitiva Numero: C- 3274En la ciudad de La Plata a los dos días del mes de julio de dos mil uno, reunidos en...

Coincidencia encontrada

P.,J. C. s/Acción de revisión Partes: P.,J. C. s/Acción de revisión Materia: Penal Tribunal: TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) Fecha: 2001-06-28 Tipo: Sentencia Definitiva Numero: C- 3274En la ciudad de La Plata a los dos días del mes de julio de dos mil uno, reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces Integrantes...

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P. ,J. C. s/Acción de revisión - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) 2001-06-28 - 44113

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 71757 Alta coincidencia

C. ,H. A. s/ Recurso de Casación

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala V - La Plata (Tc0005 Lp)
Fecha
2016-04-07
Cita digital
132628
Voces
En la ciudad de La Plata, a los 07 días...PENALSentencia Definitiva71757
Resumen

En la ciudad de La Plata, a los 07 días del mes de abril de dos mil dieciséis, se reúnen en acuerdo ordinario los señores jueces de la Sala V del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctores Martín Manuel Ordoqui y Jorge Hugo Celesia, bajo la presidencia...

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... escrito de fs. 64/77 del expediente acumulado. Efectuadas las vistas correspondientes, este Tribunal decidió plantear y votar las siguientes C U E S T I O N E S Primera: ¿Son admisibles los recursos casatorios articulados? Segunda: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar en el marco del recurso fiscal? Tercera: ¿Cómo debe pronunciarse este Tribunal en cuanto a los...

Cita sugerida

C. ,H. A. s/ Recurso de Casación - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA V - LA PLATA (TC0005 LP) 2016-04-07 - 132628

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 17988 Alta coincidencia

C. ,A. s/Recurso de casación

Tribunal
Tribunal de Casacion Penal Sala Ii - La Plata (Tc0002 Lp)
Fecha
2011-12-20
Cita digital
100664
Voces
Pedido de Precios 004/08 En la ciudad de La Plata...practicado el sorteo de ley, resultó que en la votación...PenalSentencia Definitiva17988
Resumen

Pedido de Precios 004/08 En la ciudad de La Plata a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil once, reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces de la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, doctores Fernando Luís María Mancini y Jorge...

Coincidencia encontrada

...o años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor penalmente responsable del delito de robo calificado en los términos del art. 166 inc. 2° del C.P. Efectuadas las vistas correspondientes, y hallándose la causa en estado de dictar sentencia, este Tribunal decidió plantear y votar la siguiente: C U E S T I Ó N ¿Qué...

Cita sugerida

C. ,A. s/Recurso de casación - TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA II - LA PLATA (TC0002 LP) 2011-12-20 - 100664

Jurisprudencia Nacional fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia Nacional

Resumen

DERECHOS REALES Restricciones al dominio - Ventana corrediza en el muro privativo frente al espacio de aire y luz del edificio lindero - Vista directa - Legitimación del consorcista C.

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...rraga Penido 2ª INSTANCIA.- Buenos Aires, septiembre 18 de 2001. El Dr. Galmarini dijo: 1. El consorcio actor demanda por supresión de construcciones que considera...

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Jurisprudencia Nacional -- fallo_lwa220030482

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 53420 Alta coincidencia

Aldazábal, Raúl A. c/Banco de la Pcia. de Bs. As. s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2002-12-27
Cita digital
90070
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 53420
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 27 de diciembre de 2000 2, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores de Lázzari, Negri, Pettigiani, Salas, Roncoroni, se reúnen los señores jueces de la...

Coincidencia encontrada

...da preventiva dispuesta se consideró despedido, circunstancia que determinó como extemporáneas todas las vistas y comunicaciones que le realizó la instrucción debido a su falta de relación laboral con la accionada. Refiere que mantuvo una copiosa comunicación epistolar con la accionada -y de la cual no tuvo respuesta- en cuyo marco solicitó la nulidad de las actuaciones, impugnó...

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Aldazábal, Raúl A. c/Banco de la Pcia. de Bs. As. s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2002-12-27 - 90070

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

SANCHEZ, MOURENTE Y VILLAR S.A. s/ Régimen penal tributario, Incidente de apelación de denegatoria de vistas interpuesto por la Dirección General Impositiva Causa Nro. 33059.

Tribunal
PE
Fecha
1993-11-11
Cita digital
T0002803
Voces
Impuestos - Regimen Penal Tributario - Direccion General Impositiva: Facultades...Penal
Resumen

-IMPUESTOS-REGIMEN PENAL TRIBUTARIO-DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA: FACULTADES-EXAMEN DE LAS ACTUACIONES:PROCEDENCIA. VISTA-COMPULSA-QUERELLANTE-REVISION-DELITOS TRIBUTARIOS-EXPEDIENTES:REVISACION-

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SANCHEZ, MOURENTE Y VILLAR S.A. s/ Régimen penal tributario, Incidente de apelación de denegatoria de vistas interpuesto por la Dirección General Impositiva Causa Nro. 33059. - PE 1993-11-11 - T0002803

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Gianinno, Mirna s/ Vistas

Tribunal
PN
Fecha
1994-03-18
Cita digital
G0010053
Voces
Vista de las Actuaciones - Denuncia - Plazos Procesales -...Procesal
Resumen

Gianinno, Mirna s/ Vistas VISTA DE LAS ACTUACIONES-DENUNCIA-PLAZOS PROCESALES-NULIDAD PROCESAL:IMPROCEDENCIA Partes: Gianinno, Mirna s/ Vistas Materia: PROCESAL Tribunal: PN Fecha: 1994-03-18 Provincia: Ciudad Autónoma de Buenos Aires Voces: VISTA DE LAS ACTUACIONES-DENUNCIA-PLAZOS PROCESALES-NULIDAD PROCESAL:IMPROCEDENCIA

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VISTA DE LAS ACTUACIONES-DENUNCIA-PLAZOS PROCESALES-NULIDAD PROCESAL:IMPROCEDENCIA

Cita sugerida

Gianinno, Mirna s/ Vistas - PN 1994-03-18 - G0010053

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Speroni, Alejandro s/ Vistas

Tribunal
PN
Fecha
1993-11-11
Cita digital
G0010057
Voces
Vista de las Actuaciones - Codigo Procesal Penal de la...Procesal
Resumen

VISTA DE LAS ACTUACIONES-CODIGO PROCESAL PENAL DE LA NACION-PROCESO PENAL-DEFENSOR PARTICULAR-ACEPTACION DEL CARGO-FACULTADES DEL JUEZ

Cita sugerida

Speroni, Alejandro s/ Vistas - PN 1993-11-11 - G0010057

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Trafico De Estupefacientes Comercio Estupefacientes Agravada Asociacion Ilicita Procesamiento Prision Preventiva

Resumen

Tráfico de estupefacientes. Comercio. Estupefacientes. Agravada. Asociación ilícita. Procesamiento. Prisión preventiva Se dicta el auto de procesamiento -con prisión preventiva respecto a algunos de los imputados y sin prisión respecto a otros-, en relación con el delito de comercio de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes.

Coincidencia encontrada

...sión preventiva Se dicta el auto de procesamiento -con prisión preventiva respecto a algunos de los imputados y sin prisión respecto a otros-, en relación con el delito de comercio de estupefacientes agravado por el número de personas intervinientes. Para decidir de este modo, se dijo que, dentro del grado de probabilidad exigido para este tipo de pronunciamientos,...

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Trafico De Estupefacientes Comercio Estupefacientes Agravada Asociacion Ilicita Procesamiento Prision Preventiva

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral Preámbulo La Comisión ultimó las Notas en su 29.º período de sesiones (Nueva York, 28 de mayo a 14 de junio de 1996).

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...ón del proceso arbitral Notas de la CNUDMI sobre la organización del proceso arbitral Preámbulo La Comisión ultimó las Notas en su 29.º período de sesiones (Nueva York, 28 de mayo a 14 de junio de 1996). Además de los 36 Estados miembros de la Comisión, participaron en las deliberaciones muchos otros Estados y algunas organizaciones internacionales. Al...

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Legislación Nacional