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Búsquedas sugeridas: condenó Liliana Hace lugar: ley más benigna N* 25882.-... SAN MARTÍN NÉSTOR LORETO S RECURSO DE REVISION Número expediente 21327 06 Carátula SAN MARTÍN NÉSTOR LORETO S RECURSO DE REVISION Fecha 02 11 2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD VIEDMA FUERO ORIGINARIAS INSTANCIA Unica EXPTE N 21327 06 SENTENCIA N 148 ACTOR SAN MARTIN Néstor Loreto DEMANDADO OBJETO Recurso de Revisión VOCES Hace lugar ley más benigna N 25882 FECHA 01 11 06 MA 1 de noviembre de 2006 VISTO Las presentes actuaciones caratuladas SAN MARTIN NESTOR LORETO Recurso de Revisión Expte N 21327 06 STJ puestas despacho para resolver y CONSIDERANDO 1 Que fs 1 y Vta se presenta Néstor Loreto San Martín en forma pauperis con el fin de interponer recurso de revisión de la sent def N 91 dictada el 16 08 02 por la Cámara Segunda del Crimen de General Roca en los autos San Martín Néstor Loreto robo calificado Expte N 2244 02 Por intermedio de tal resolución se lo condenó la pena única de 10 años de prisión con más accesorias legales y costas comprensiva de la mencionada causa y de la pena de cinco años y seis meses de prisión por Robo con armas recaída en la causa Nro 3793 de la Cámara Primera 2 Que fs 11 13 se presenta la titular de la Defensoría Penal Nro 5 Dra Gabriela Silvia Labat en representación de Néstor Loreto San Martín y como fundamento de su pretensión señala que corresponde en el caso aplicar retroactivamente una ley penal más benigna que la aplicada en la sentencia tal como lo dispone el inciso 5 del artículo 448 del CPP y 2 del Código Penal En tal sentido expresa que la Ley 25882 sustituyó el artículo 166 del Código Penal agregándole un segundo apartado al inc 2 que prevé que si se cometiere el robo con un arma cuya aptitud para el disparo pudiera tenerse de ningún modo acreditada o con un arma de utilería la pena será de tres diez años de reclusión o prisión En el caso de autos manifiesta hubo forma de comprobar si el arma de fuego era apta para el disparo en virtud de que fue secuestrada Por ello solicita que se haga lugar al recurso y se modifique la pena impuesta según la nueva legislación 3 Que corrido el traslado la sra Procuradora Gral doctora Liliana Laura Piccinini ésta se expide fs 16 25 y propugna hacer lugar al recurso de revisión interpuesto y en consecuencia reducir la pena del condenado en forma proporcional la establecida en la nueva norma legal Sostiene que está clara en la sentencia la razón del agravamiento del robo por la utilización de armas de fuego así como también que el empleo de tales armas ha sido acreditado por testigos que nada dijeron acerca de que hayan sido disparadas ni se ha probado que fueran idóneas para el disparo por la sencilla razón de que fueron secuestradas También analiza el art 166 del C P y su modificación por Ley 25882 y afirma que cabe duda de que el cambio coloca el hecho juzgado en esta causa en una situación menos gravosa y torna procedente el recurso de revisión en función de los arts 448 inc 5 y 2 segundo párrafo del código de fondo dado que la condena se encuentra extinguida Finalmente cita como situaciones análogas las de esta causa las resueltas por este S T J en las causas SALAZAR Se 154 04 LEIVA Se 209 04 y SANDOVAL Se 208 04 Luego advierte otra circunstancia planteada por la defensa cual es que la Cámara al momento de sentenciar ha entendido que los delitos de robo con armas y portación de arma de fuego de uso civil sin autorización por los que fuera condenado Néstor Loreto San Martín concursaban en forma real sin embargo la doctrina legal sentada por el Superior Tribunal de Justicia indica que el criterio general de la concurrencia ideal del robo con arma y la tenencia portación ilegal de arma en la medida en que la única tenencia considerada sea la del momento del apoderamiento y para él Se 136 del 1 11 02 ANAYA Entiende que también debe proceder la revisión en aquellos casos de doctrina legal obligatoria más benigna por lo que en autos deberá revisarse la sentencia recurrida tanto por la aplicación de ley penal más benigna Jurisprudencia - Pcia. Río Negro El recurso deducido no encuadra en... dilje acuna horacio damian recurso de revision numero expediente 21097 06 caratula dilje acuna horacio damian recurso de revision fecha 16 02 2007 numero de sentencia 14 tipo de sentencia sentencia localidad viedma fuero originarias instancia unica expte 21097 06 sentencia 14 actor dilje acuna horacio damian demandado objeto recurso de revision voces el recurso deducido encuadra en ninguno de los supuestos del art 448 del cpp fecha 16 02 07 ma 16 de febrero de 2007 visto las presentes actuaciones caratuladas dilje acuna horacio damian recurso de revision expte 21097 06 stj puestas despacho para resolver y considerando fs 3 se presenta el condenado horacio damian dilje acuna por propio derecho el fin de interponer recurso de revision respecto de la sent def dictada por la camara 1era en lo criminal de gral roca en los autos dilje horacio damian equiza eduardo romeo robo con escalamiento por la que resulta condenado la pena de tres anos de prision en suspenso como autor del delito de robo calif por efraccion art 167inc 3 cp comienza su presentacion encuadrando la accion en el art 448 inc 5 del codigo procesal penal peticiona la revision invocando su inocencia en la causa por la cual hoy se presenta habiendosele dado intervencion al defensor oficial el doctor gustavo jorge viecens se expide fs 7 8 donde manifiesta que habiendo analizado cuidadosamente y detenidamente el caso planteado por su representado cabe concluir que corresponde motivar o fundar dicha presentacion ya que de la enunciacion de los motivos expresados fs 3 encuadran en ninguno de los supuestos que prescribe el art 448 del c p p al tratar el recurso de revision expresa que contra la sentencia de la camara primera en lo criminal de general roca que condeno horacio damian dilje acuna como autor del delito de robo calificado por efraccion la pena de tres anos de prision en suspenso interpuso recurso de casacion fundado en inobservancia de las normas que el codigo procesal establece bajo pena de nulidad y por arbitrariedad de sentencia recurso rechazado por la camara citada manifiesta que para prosperar el recurso intentado debemos estar en presencia de elementos o evidencias antes desconocidos o por derivar acontecimientos producidos luego del pronunciamiento antes impugnado que por si solos o unidos los ya examinados modifiquen sustancialmente la situacion procesal del imputado encuadrando lo peticionado por su defendido en ninguno de los supuestos que prescribe el art 448 del c p p corrido el traslado la procuracion general fs 13 16 se expide la senora procuradora general doctora liliana laura piccinini y propugna el rechazo del recurso interpuesto por considerar que se dan en el caso los extremos que taxativamente determina el art 448 del rito motiva su postura en que los fundamentos del recurrente encuadran en ninguna de las hipotesis contempladas en la citada norma procesal agrega que tampoco aporta elemento alguno de prueba que permita constatar la veracidad de sus dichos mas alla de la distinta valoracion que asigna los elementos ya analizados en el El recurso deducido no encuadra en... DILJE ACUÑA HORACIO DAMIÁN S RECURSO DE REVISION Número expediente 21097 06 Carátula DILJE ACUÑA HORACIO DAMIÁN S RECURSO DE REVISION Fecha 16 02 2007 Número de sentencia 14 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD VIEDMA FUERO ORIGINARIAS INSTANCIA Unica EXPTE N 21097 06 SENTENCIA N 14 ACTOR DILJE ACUÑA Horacio Damián DEMANDADO OBJETO Recurso de Revisión VOCES El recurso deducido encuadra en ninguno de los supuestos del art 448 del CPP FECHA 16 02 07 MA 16 de febrero de 2007 VISTO Las presentes actuaciones caratuladas DILJE ACUÑA HORACIO DAMIÁN S RECURSO DE REVISION Expte N 21097 06 STJ puestas despacho para resolver y CONSIDERANDO A fs 3 se presenta el condenado Horacio Damián Dilje Acuña por propio derecho el fin de interponer recurso de revisión respecto de la sent def dictada por la Cámara 1era en lo Criminal de Gral Roca en los autos DILJE Horacio Damián EQUIZA Eduardo Romeo ROBO CON ESCALAMIENTO por la que resulta condenado la pena de tres años de prisión en suspenso como autor del delito de Robo Calif por Efracción art 167inc 3 CP Comienza su presentación encuadrando la acción en el art 448 inc 5 del Código Procesal Penal peticiona la revisión invocando su inocencia en la causa por la cual hoy se presenta Habiéndosele dado intervención al defensor oficial el doctor Gustavo Jorge Viecens se expide fs 7 8 donde manifiesta que habiendo analizado cuidadosamente y detenidamente el caso planteado por su representado cabe concluir que corresponde motivar o fundar dicha presentación ya que de la enunciación de los motivos expresados fs 3 encuadran en ninguno de los supuestos que prescribe el art 448 del C P P al tratar el recurso de revisión Expresa que contra la sentencia de la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca que condenó Horacio Damián Dilje Acuña como autor del delito de robo calificado por efracción la pena de tres años de prisión en suspenso interpuso recurso de casación fundado en inobservancia de las normas que el Código Procesal establece bajo pena de nulidad y por arbitrariedad de sentencia Recurso rechazado por la Cámara citada Manifiesta que para prosperar el recurso intentado debemos estar en presencia de elementos o evidencias antes desconocidos o por derivar acontecimientos producidos luego del pronunciamiento antes impugnado que por si solos o unidos los ya examinados modifiquen sustancialmente la situación procesal del imputado encuadrando lo peticionado por su defendido en ninguno de los supuestos que prescribe el art 448 del C P P Corrido el traslado la Procuración General fs 13 16 se expide la señora Procuradora General doctora Liliana Laura Piccinini y propugna el rechazo del recurso interpuesto por considerar que se dan en el caso los extremos que taxativamente determina el art 448 del rito Motiva su postura en que los fundamentos del recurrente encuadran en ninguna de las hipótesis contempladas en la citada norma procesal Agrega que tampoco aporta elemento alguno de prueba que permita constatar la veracidad de sus dichos más allá de la distinta valoración que asigna los elementos ya analizados en el Jurisprudencia Nacional
89+ resultados encontrados para condenó Liliana Argentina con busqueda amplia. Mostrando 11-20.
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Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

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Hace lugar: ley más benigna N* 25882.-... SAN MARTÍN NÉSTOR...
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SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

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SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21327/06.- SENTENCIA: N* 148.- ACTOR: SAN MARTIN, Néstor Loreto.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: Hace lugar: ley más...

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Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

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El recurso deducido no encuadra en... dilje acuna horacio damian...
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DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21097/06 Carátula DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Fecha 16/02/2007 Número de sentencia 14 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

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DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21097/06 Carátula DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Fecha 16/02/2007 Número de sentencia 14 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21097/06.- SENTENCIA: N* 14.- ACTOR: DILJE ACUÑA, Horacio Damián.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: El recurso deducido no...

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Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
El recurso deducido no encuadra en... DILJE ACUÑA HORACIO DAMIÁN...
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DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21097/06 Carátula DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Fecha 16/02/2007 Número de sentencia 14 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

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DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21097/06 Carátula DILJE ACUÑA, HORACIO DAMIÁN S/ RECURSO DE REVISION Fecha 16/02/2007 Número de sentencia 14 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21097/06.- SENTENCIA: N* 14.- ACTOR: DILJE ACUÑA, Horacio Damián.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: El recurso deducido no...

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Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Nacional fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia Nacional

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C. Nac. Casación Penal, sala 1ª, 20/03/1996 - Blanco, Liliana María s/recurso de casación. Buenos Aires, marzo 20 de 1996.- Considerando: 1. Que el Tribunal Oral Criminal Federal de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, por sent.

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...os Aires, marzo 20 de 1996.- Considerando: 1. Que el Tribunal Oral Criminal Federal de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires, por sent. del 28/12/1995 condenó a la Sra. Liliana M. Blanco a las penas de cuatro años de prisión, $ 1000 de multa y costas por ser autora de los delitos de suministro gratuito de estupefacientes...

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Jurisprudencia Nacional -- fallo_ide9yb60001332

Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Buenos Aires

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Sup. Corte Bs. As., 08/07/1997 - Cresta, Liliana M. S/ Homicidio. Expediente: P54262 DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: Francisco E. Pena La C. Crim. y Corr.

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...P54262 DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: Francisco E. Pena La C. Crim. y Corr. La Plata, sala 2ª, en lo que interesa destacar, condenó -en juicio oral de instancia única- a Liliana Mabel Cresta, a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlo partícipe necesario de homicidio simple; arts. 45 y 79 del...

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Jurisprudencia - Pcia. Buenos Aires

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Jurisprudencia - Pcia. Buenos Aires

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...P54262 DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: Francisco E. Pena La C. Crim. y Corr. La Plata, sala 2ª, en lo que interesa destacar, condenó -en juicio oral de instancia única- a Liliana Mabel Cresta, a la pena de ocho años de prisión, accesorias legales y costas, por considerarlo partícipe necesario de homicidio simple; arts. 45 y 79 del...

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Jurisprudencia Destacada fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia Destacada

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5177 POZO BANFIELD Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario //Plata, 15 de junio de 2010. Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el nro.

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5177 POZO BANFIELD Poder Judicial de la Nación Año del Bicentenario //Plata, 15 de junio de 2010. Y VISTOS: Para resolver en la presente causa registrada bajo el nro. 5177/I caratulada: "AVERIGUACIÓN DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS (`POZO DE BANFIELD')" procedente del Juzgado Federal Nro. 3 de La Plata; y --------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO: I. Que contra la resolución obrante a...

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Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Buenos Aires

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Dictamen de la Procuración General: La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de San Martín condenó en lo que interesa destacar a Claudia Liliana Vila a la pena única de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por hallarla autora responsable de robo -hecho de la presente causa-...

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...Dictamen de la Procuración General: La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de San Martín condenó en lo que interesa destacar a Claudia Liliana Vila a la pena única de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por hallarla autora responsable de robo -hecho de la presente causa- y robo -dos hechos- en concurso...

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Jurisprudencia - Pcia. Buenos Aires

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Buenos Aires

Resumen

Dictamen de la Procuración General: La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de San Martín condenó en lo que interesa destacar a Claudia Liliana Vila a la pena única de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por hallarla autora responsable de robo -hecho de la presente causa-...

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...Dictamen de la Procuración General: La Cámara de Apelaciones en lo Criminal de San Martín condenó en lo que interesa destacar a Claudia Liliana Vila a la pena única de tres años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas, por hallarla autora responsable de robo -hecho de la presente causa- y robo -dos hechos- en concurso...

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Jurisprudencia Destacada fallo Alta coincidencia

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//mero 6/12-C Rosario, 17 de febrero de 2012.- Visto, en Acuerdo de la Sala "A", el expediente n° 7302-C "SWACZIY, Andrés J. c/ FERROCARRILES ARGENTINOS p/ Diferencia de Indemnización - Laboral ", (n° 17.817 del Juzgado Federal de San Nicolás), de los que resulta: La Dra.

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...el 28 de octubre de 2008, el juez Alberto Martinez hizo lugar Dr. Martín parcialmente a la demanda y en consecuencia condenó a Ferrocarriles Argentinos a abonar a la...

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