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Búsquedas sugeridas: AGREGA DISPOSICIONES En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más beneficiosa.-... leon andres recurso de revision numero expediente 20942 06 caratula leon andres recurso de revision fecha 02 11 2006 numero de sentencia 147 tipo de sentencia sentencia localidad viedma fuero originarias instancia unica expte 20942 06 sentencia 147 actor leon andres demandado objeto recurso de revision voces en un juicio abreviado existe una nueva ley mas beneficiosa fecha 01 11 06 ma 1 de noviembre de 2006 visto las presentes actuaciones caratuladas leon andres recurso de revision expte 20942 06 stj y su acumulado leon fabian andres recurso de revision expte 21162 06 stj puestas despacho para resolver y considerando fs 1 y vta se presenta el condenado andres leon alojado en la carcel de encausados de general roca con el fin de interponer recurso de revision contra la sentencia 3 dictada el 17 02 06 en la causa leon fabian andres y figueroa angel amadeo robo calificado por el resultado y portacion de arma de fuego sin la debida autorizacion legal todo en c 139 cr de la camara primera del crimen de la ciudad de general roca y por la cual resulto condenado la pena de seis anos y ocho meses de prision como coautor del delito de robo calificado arts 166 incs 1 y 2 12 y 29 inc 3 c p y arts 110 325 bis inc 5 y 501 del c p p como fundamento de su pretension el interno aduce que se si bien en esta causa se secuestraron armas en la investigacion e incluso en el juicio abreviado quedo claro que el portaba arma alguna y asi mismo se le dio la misma condena que el autor habiendosele dado intervencion su abogado defensor fs 5 manifiesta que habiendo fundamento para recurrir la sentencia recaida en autos y asimismo teniendo en cuenta que sus asistidos se acogieron al instituto del juicio abreviado entiende que corresponde sostener el recurso intentado por el interno corrida la vista la procuracion general fs 10 12 la senora procuradora general doctora liliana piccinini propugna el rechazo del recurso interpuesto afirma que en el proceso surge el secuestro de las armas utilizadas junto sus proyectiles y la idoneidad de las mismas para el disparo segun constancias de fs 2 vta 65 68 y 128 130 del expediente principal que ingresando en el estudio del recurso traido en consideracion debe adelantarse opinion contraria su progreso ante todo es necesario recordar que el recurso de revision es una accion impugnativa destinada modificar una sentencia condenatoria firme en razon de haberse alterado las circunstancias de hecho o de derecho que llevaron su dictado al decir de g r navarro y r r daray codigo procesal penal de la nacion ii pag 244 es un remedio excepcional o extraordinario que se dirige contra la cosa juzgada sustantiva y que supone la verificacion de alguna circunstancia nueva hecho sentencia o ley que permita la revision tiene se ha afirmado un fin juridico practico que es el de reparar una injusticia material verdadera o supuesta c c p sala j p 87 89 141 y el de corregir errores judiciales de apreciacion de la prueba conf se 61 03 en batallan cabe agregar que debido su caracter extraordinario todo lo concerniente al recurso de revision es de interpretacion restrictiva ello en tanto la revision constituye una nueva instancia sino un remedio instituido con el fin de reparar errores judiciales humanamente posibles o bien aplicar retroactivamente una ley penal mas benigna que como bien senala la senora procuradora general ademas de provenir la sentencia de un juicio abreviado se dan fundamentos concretos como para poder analizar el encuadramiento en alguna de las hipotesis contempladas en el art 448 del cpp ni siquiera se invocan nuevas circunstancias ni hechos sentencia o ley que permitan el estudio de la pretendida revision se recuerda que el recurso de revision como pretension impugnativa autonoma tendiente lograr el examen de sentencias condenatorias firmes exige bajo pena de inadmisibilidad la concreta referencia de los motivos en que se funda y la expresa mencion de las disposiciones legales aplicables en el caso se advierte simple vi Jurisprudencia - Pcia. Río Negro En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más beneficiosa.-... LEÓN ANDRÉS S RECURSO DE REVISION Número expediente 20942 06 Carátula LEÓN ANDRÉS S RECURSO DE REVISION Fecha 02 11 2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD VIEDMA FUERO ORIGINARIAS INSTANCIA Unica EXPTE N 20942 06 SENTENCIA N 147 ACTOR LEON Andrés DEMANDADO OBJETO Recurso de Revisión VOCES En un juicio abreviado existe una nueva ley más beneficiosa FECHA 01 11 06 MA 1 de noviembre de 2006 VISTO Las presentes actuaciones caratuladas LEÓN ANDRÉS S RECURSO DE REVISION Expte 20942 06 STJ y su acumulado LEON Fabián Andrés RECURSO DE REVISION Expte 21162 06 STJ puestas despacho para resolver y CONSIDERANDO A fs 1 y vta se presenta el condenado Andrés León alojado en la Cárcel de Encausados de General Roca con el fin de interponer recurso de revisión contra la sentencia N 3 dictada el 17 02 06 en la causa LEON FABIAN ANDRES Y FIGUEROA ANGEL AMADEO Robo Calificado por el resultado y portación de arma de fuego sin la debida autorización legal todo en C I N 139 CR de la Cámara Primera del Crimen de la ciudad de General Roca y por la cual resultó condenado la pena de SEIS AÑOS Y OCHO meses de prisión como coautor del delito de robo calificado arts 166 incs 1 y 2 12 y 29 inc 3 C P y arts 110 325 bis Inc 5 y 501 del C P P Como fundamento de su pretensión el interno aduce que se si bien en esta causa se secuestraron armas en la investigación e incluso en el juicio abreviado quedo claro que él portaba arma alguna y así mismo se le dió la misma condena que el autor Habiéndosele dado intervención su Abogado Defensor fs 5 manifiesta que habiendo fundamento para recurrir la sentencia recaída en autos y asimismo teniendo en cuenta que sus asistidos se acogieron al Instituto del Juicio Abreviado entiende que corresponde sostener el recurso intentado por el interno Corrida la vista la Procuración General fs 10 12 la señora Procuradora General doctora Liliana Piccinini propugna el rechazo del recurso interpuesto Afirma que en el proceso surge el secuestro de las armas utilizadas junto sus proyectiles y la idoneidad de las mismas para el disparo según constancias de fs 2 vta 65 68 y 128 130 del expediente principal Que ingresando en el estudio del recurso traído en consideración debe adelantarse opinión contraria su progreso Ante todo es necesario recordar que el recurso de revisión es una acción impugnativa destinada modificar una sentencia condenatoria firme en razón de haberse alterado las circunstancias de hecho o de derecho que llevaron su dictado Al decir de G R Navarro y R R Daray Código Procesal Penal de la Nación T II pág 244 es un remedio excepcional o extraordinario que se dirige contra la cosa juzgada sustantiva y que supone la verificación de alguna circunstancia nueva hecho sentencia o ley que permita la revisión Tiene se ha afirmado un fin jurídico práctico que es el de reparar una injusticia material verdadera o supuesta C N C P Sala I J P B A 87 89 141 y el de corregir errores judiciales de apreciación de la prueba conf Se 61 03 en BATALLÁN Cabe agregar que debido su carácter extraordinario todo lo concerniente al recurso de revisión es de interpretación restrictiva Ello en tanto la revisión constituye una nueva instancia sino un remedio instituido con el fin de reparar errores judiciales humanamente posibles o bien aplicar retroactivamente una ley penal más benigna Que como bien señala la señora Procuradora General además de provenir la sentencia de un juicio abreviado se dan fundamentos concretos como para poder analizar el encuadramiento en alguna de las hipótesis contempladas en el art 448 del CPP ni siquiera se invocan nuevas circunstancias ni hechos sentencia o ley que permitan el estudio de la pretendida revisión se recuerda que el recurso de revisión como pretensión impugnativa autónoma tendiente lograr el examen de sentencias condenatorias firmes exige bajo pena de inadmisibilidad la concreta referencia de los motivos en que se funda y la expresa mención de las disposiciones legales aplicables En En la ciudad de La Plata a 1 de marzo de 1994
115+ resultados encontrados para AGREGA DISPOSICIONES ARTS. con busqueda amplia. Mostrando 21-30.
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Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más...
Resumen

LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 20942/06 Carátula LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 20942/06 Carátula LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 20942/06.- SENTENCIA: N* 147.- ACTOR: LEON, Andrés.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más...
Resumen

LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 20942/06 Carátula LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 20942/06 Carátula LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 20942/06.- SENTENCIA: N* 147.- ACTOR: LEON, Andrés.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más...

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Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más...
Resumen

LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 20942/06 Carátula LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 20942/06 Carátula LEÓN, ANDRÉS S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 147 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 20942/06.- SENTENCIA: N* 147.- ACTOR: LEON, Andrés.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: En un juicio abreviado no existe una \"nueva ley\" más...

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Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51962 Alta coincidencia

Acastelli, Ana Lía c/Municipalidad de Colón s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1994-03-01
Cita digital
25950
Voces
En la ciudad de La Plata, a 1 de marzo...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51962
Resumen

En la ciudad de La Plata, a 1 de marzo de 1994, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Vivanco, Mercader, Negri, Pisano, Rodríguez Villar, Salas, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo...

Coincidencia encontrada

...ia interpuesto contra aquélla el día 25-IV-88. Solicitud que -agrega- fue desestimada por el decreto municipal 4024 del 26-IV-88. II. Al contestar la demanda, la Municipalidad de Colón opone al progreso de la acción la excepción de incompetencia, argumentando que el prolongado tiempo transcurrido desde que la actora fue separada de su cargo hasta que efectuó la solicitud...

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Acastelli, Ana Lía c/Municipalidad de Colón s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1994-03-01 - 25950

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 55497 Alta coincidencia

M. ,E. M. c/P. d. B. A. (. s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2006-10-04
Cita digital
63040
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 55497
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 4 de octubre de 2006, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Roncoroni, Kogan, Genoud, Hitters, Soria, Negri, de Lázzari, se reúnen los señores jueces de...

Coincidencia encontrada

...aslado de ley se presenta a juicio la Fiscalía de Estado que, sosteniendo la legitimidad de la decisión impugnada solicita el rechazo de la demanda. III. Agregadas las actuaciones administrativas, el cuaderno de prueba de la actora y los alegatos de ambas partes, hallándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente C...

Cita sugerida

M. ,E. M. c/P. d. B. A. (. s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2006-10-04 - 63040

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51912 Alta coincidencia

Ferreyra, Alejandro C/Municipalidad de la Costa S/Cesantía - Demanda Contencioso Administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1991-12-27
Cita digital
83056
Voces
En la ciudad de La Plata, a 27 de diciembre...debe “observar en el servicio y fuera de él una...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51912
Resumen

En la ciudad de La Plata, a 27 de diciembre de 1991, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Negri, Pisano, Rodríguez Villar, Vivanco, Mercader, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario...

Coincidencia encontrada

...ue se impongan las costas a la demandada. II. El apoderado de la Municipalidad de la Costa contestó la demanda solicitando su rechazo. III. Agregadas las actuaciones administrativas, producida la prueba, glosado el alegato de la actora y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, corresponde plantear y votar la siguiente C U E S T I...

Cita sugerida

Ferreyra, Alejandro C/Municipalidad de la Costa S/Cesantía - Demanda Contencioso Administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1991-12-27 - 83056

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 59122 Alta coincidencia

Huertas Diaz, Carlos A. c/Municipalidad de Chascomús s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2003-10-22
Cita digital
84322
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 59122
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 22 de octubre de 2003, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Soria, Negri, de Lázzari, Salas, Roncoroni, se reúnen los señores jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

...ley se presenta a juicio la Municipalidad de Chascomús que, por intermedio de su representante legal, solicita el rechazo de la demanda sosteniendo la legitimidad de los actos administrativos impugnados. III. Agregadas las actuaciones administrativas, los cuadernos de prueba de ambas partes, el alegato de la parte actora, hallándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear...

Cita sugerida

Huertas Diaz, Carlos A. c/Municipalidad de Chascomús s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2003-10-22 - 84322

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51992 Alta coincidencia

P., A. A. c/M. d. C. d. P. s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1996-11-27
Cita digital
89692
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51992
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a veintisiete de noviembre de mil novecientos noventa y seis, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Laborde, Mercader, Negri, Hitters, San Martín, se reúnen los señores...

Coincidencia encontrada

...o de ley se presenta a juicio la Municipalidad de Carmen de Patagones que, a través de su representante legal, solicita el rechazo de la pretensión actora argumentando en favor de la resolución cuestionada. III. Agregadas las actuaciones administrativas, sustanciada la prueba producida por la actora y agregados los alegatos, hallándose la causa en estado de ser resuelta,...

Cita sugerida

P., A. A. c/M. d. C. d. P. s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1996-11-27 - 89692

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51977 Alta coincidencia

Ghys, Yves Marcelo L.A. c/Municipalidad Gra. Pueyrredón s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1991-07-30
Cita digital
112443
Voces
En la ciudad de La Plata, a 30 de julio...120 inc. b) y 121 inc. 7, de la Ordenanza...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51977
Resumen

En la ciudad de La Plata, a 30 de julio de 1991, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Negri Pisano, Rodríguez Villar, Vivanco, Mercader, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario...

Coincidencia encontrada

...o de ley se presenta en juicio la Municipalidad de General Pueyrredón solicitando el rechazo de la demanda, con costas. III. Agregadas las actuaciones administrativas, el cuaderno de prueba de la demandada y los alegatos de ambas partes, hallándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente C U E S T I...

Cita sugerida

Ghys, Yves Marcelo L.A. c/Municipalidad Gra. Pueyrredón s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1991-07-30 - 112443

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. A 72829 Alta coincidencia

Romero, Guillermo Javier c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2017-05-10
Cita digital
142595
Voces
A C U E R D O En la ciudad...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaA 72829
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 10 de mayo de 2017, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Soria, de Lázzari, Negri, Pettigiani, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte...

Coincidencia encontrada

...l que fue concedido por la Cámara interviniente a fs. 297/298. Dictada la providencia de autos (fs. 302), agregada la memoria presentada por la parte demandada (fs. 305/315), y encontrándose la causa en estado de pronunciar sentencia, corresponde plantear y votar la siguiente C U E S T I Ó N ¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad...

Cita sugerida

Romero, Guillermo Javier c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2017-05-10 - 142595