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Búsquedas sugeridas: Calguin José Jurisprudencia - Pcia. Río Negro Deniega recurso extraordinario federal por no haberse demostrado la... SAVIOLI MARIA MARCELA S AMPARO S APELACIÓN Número expediente 19925 05 Carátula SAVIOLI MARIA MARCELA S AMPARO S APELACIÓN Fecha 23 02 2006 Número de sentencia 12 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD VIEDMA FUERO ORIGINARIAS INSTANCIA Unica EXPTE N 19925 05 SENTENCIA N 12 ACTOR SAVIOLI María Marcela DEMANDADO OBJETO Amparo Apelación VOCES Deniega recurso extraordinario federal por haberse demostrado la relación directa e inmediata entre las cláusulas constituciones que se dicen vulneradas y el objeto del pleito que exige la Ley N 48 FECHA 23 02 06 MA 23 de febrero del 2 006 VISTO Las presentes actuaciones caratuladas SAVIOLI MARIA MARCELA AMPARO APELACION Expte N 19925 05 STJ puestas despacho para resolver el recurso extraordinario federal deducido fs 408 432 de las presentes actuaciones y CONSIDERANDO El señor Juez doctor Víctor H SODERO NIEVAS dijo Que pasan nuevamente las presentes actuaciones consideración de este Superior Tribunal de Justicia en virtud del recurso extraordinario federal interpuesto fs 408 432 por la actora contra la Sentencia N 101 de fecha 10 de noviembre del 2005 obrante fs 396 402 por la cual este Cuerpo rechazó parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Dra María M SAVIOLI en representación de su hija deducido fs 238 y vta fundado fs 251 259 de las presentes actuaciones por el cual intentaba desvirtuar la sentencia obrante fs 224 227 que hizo lugar parcialmente al amparo promovido favor de la niña Agustina Casado y ordenó la Caja Forense de la Provincia de Río Negro Obra Social suministrar en forma inmediata todo lo necesario para el tratamiento domiciliario de acuerdo la nómina prestada por ACLA y con el grado de cobertura que sea menos costoso para la afiliada por lo que quedó cargo de ésta la diferencia por coseguro todo ello bajo apercibimiento de astreintes en caso de incumplimiento Es conveniente destacar que en la sentencia aquí impugnada en el voto de mi distinguido colega Dr Lutz al tratar la apelación incoada señala que En el caso de autos debe soslayarse que la fecha la Caja Forense ha cubierto el 100 de las prestaciones requeridas por la amparista y la niña ha sufrido la negativa de prestación alguna por parte de su Obra Social La discusión de la cobertura para el futuro deberá ser acordada por las partes dentro del ámbito del contrato que vincula las mismas y los conflictos derivados de ello resueltos en la jurisdicción que corresponda Así lo evidencia la complejidad de la discusión que genera el informe del médico auditor agregado por cuerda fs 337 y la contestación de la amparista Asimismo precisó que En situaciones en las que se presentan complejidades de evaluación se requiere un marco procedimental en el cual exista mayor amplitud de debate discusión y ejercicio de las pruebas que pudieran hacer valer las partes cuestiones ajenas al ámbito procesal de esta naturaleza tornando inviable su tratamiento por vía del amparo Cf Se N 144 del 21 de noviembre del 2 001 en actuaciones caratuladas MARTINEL FERREIRA Fernando Amparo Apelación Expte N 16224 01 STJ GARCIA ZAPONE Se N 30 del 05 05 00 TSCHERIG Sandra Acción de Amparo Apelación Expte N 19064 04 STJ 23 de febrero del 2 004 Protocolización Tomo I Se N 6 Folios 44 51 Sec N 4 Finalmente advierte que la cuestión al momento de decidir ha devenido abstracta porque el servicio ha sido prestado y así continúa Por todo ello y en virtud de la adhesión al voto referido este Cuerpo resuelve rechazar parcialmente el recurso de apelación intentado por la doctora María M SAVIOLI en representación de su hija fs 238 y vta fundado fs 251 259 de autos estableciendo un plazo de CUARENTA Y CINCO 45 días en los que se mantendrá la cobertura que actualmente asumió la Caja Forense plazo dentro del cual la actora deberá ocurrir jurisdiccionalmente por la vía pertinente fin de iniciar las acciones de fondo y las medidas cautelares que hagan su derecho en la eventualidad de que los obligados incumplan los deberes que están sujetos para con su hija Deniega recurso extraordinario federal: sentencia arbitraria ... RIVERO GLADYS ELIZABETH S AMPARO S APELACIÓN Número expediente 21104 06 Carátula RIVERO GLADYS ELIZABETH S AMPARO S APELACIÓN Fecha 29 11 2006 Número de sentencia 165 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD VIEDMA FUERO ORIGINARIAS INSTANCIA Unica EXPTE N 21104 06 SENTENCIA N 165 ACTOR RIVERO Gladys Elizabeth DEMANDADO OBJETO Amparo Apelación VOCES Deniega recurso extraordinario federal sentencia arbitraria carácter excepcional y restringido del R E F falta de demostración de relación directa e inmediata entr la cláusulas constitucionales vulneradas y la cuestión objeto del pelito gravedad institucional imposición de costas es una cuestión susceptible de tratamiento en el R E F FECHA 29 11 06 MA 29 de noviembre de 2 006 VISTO Las presentes actuaciones caratuladas RIVERO GLADYS ELIZABETH AMPARO APELACIÓN Expte N 21104 06 STJ puestas despacho para resolver el recurso extraordinario federal y CONSIDERANDO El señor Juez doctor Víctor H SODERO NIEVAS dijo Que pasan nuevamente las presentes actuaciones consideración de este Superior Tribunal de Justicia en virtud del recurso extraordinario federal interpuesto fs 153 188 por la actora contra la Sentencia N 75 de fecha 29 de junio de 2006 obrante fs 138 149 que hizo lugar parcialmente al recurso de apelación deducido fs 115 120 de las presentes actuaciones por el cual se intentaba desvirtuar la sentencia obrante fs 107 113 que hizo lugar parcialmente al amparo promovido por la Sra Gladys Elizabeth Rivero en representación de su hija menor discapacitada Vanesa Belén Belloso y ordenó la Obra Social I PRO S S asumir el costo integral que demande las prestaciones de fonoudiología y respectiva movilidad con la modalidad de reintegro en el plazo prudencial de diez días partir de la presentación de las facturas correspondientes cada mes Asimismo el Juez del amparo conforme el criterio del Superior Tribunal sentado en los precedentes SALAZAR Se N 41 05 y GENOVESE Se N 65 05 advirtió al I PRO S S que debía encuadrar la accionante dentro de los alcances de la operatividad de los derechos de los arts 59 36 y cc de la Constitución Provincial de la Ley Nacional N 24091 y de la Ley Provincial N 3467 dando participación o derivando en cuanto así corresponda otros organismos del Estado vinculados la casuística en el caso al Consejo Provincial del Discapacitado para que garantice la plenitud y complementen tales derechos Es conveniente destacar que en la sentencia aquí impugnada conforme precedentes del Superior Tribunal de Justicia se señaló que la Ley Nacional N 24 901 de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral favor de las personas con discapacidad establece en su Art 2 que las obras sociales comprendiendo por tal concepto las entidades enunciadas en el artículo 1 de la Ley N 23 660 tendrán su cargo con carácter obligatorio la cobertura total de las prestaciones básicas enunciadas en la presente ley que necesiten las personas con discapacidad afiliadas las mismas Asimismo que las prestaciones básicas incluyen las preventivas Art 14 las prestaciones de rehabilitación Art 15 las prestaciones terapéuticas educativas Art 16 las prestaciones educativas Art 17 y las prestaciones asistenciales Art 18 Por otro lado también se advirtió que la autoridad de aplicación en el orden provincial de la Ley N 3467 es el Consejo Provincial del Discapacitado el I PRO S S ante quien se acreditaba haber cumplido ninguna tramitación ni gestión y en lo referido la Ley N 3280 es el Consejo Provincial de Salud Pública En virtud de ello se sostuvo que ninguno de esos Consejos han asumido el rol de requerido en el presente amparo así como el Jefe de la Administración y superior jerárquico de todos ellos el Gobernador de la Provincia ver art 181 de la C P y art 341 y cc del CPPyC En esencia mas allá de la opinión personal del quo compartida por la apelante se reiteró la postura sostenida por este Cuerpo en cuanto al carácter público del I PRO S S que funciona con una ecuación financiera para sus prestaci
43+ resultados encontrados para Calguin José Filadoro con busqueda amplia. Mostrando 21-24.
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Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Resumen

PONCE, RUBEN S/ QUEJA EN: PONCE RUBEN C/ DALCAHUE S.A. S/ SUMARIO S/ QUEJA Número expediente 19695/04 Carátula PONCE, RUBEN S/ QUEJA EN: PONCE RUBEN C/ DALCAHUE S.A.

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PONCE, RUBEN S/ QUEJA EN: PONCE RUBEN C/ DALCAHUE S.A. S/ SUMARIO S/ QUEJA Número expediente 19695/04 Carátula PONCE, RUBEN S/ QUEJA EN: PONCE RUBEN C/ DALCAHUE S.A. S/ SUMARIO S/ QUEJA Fecha 01/12/2005 Número de sentencia 156 Tipo de sentencia D Sentencia ///MA, 30 de noviembre de 2005.- VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “PONCE, RUBEN S/ QUEJA...

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Deniega recurso extraordinario federal por no haberse demostrado la... SAVIOLI...
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SAVIOLI, MARIA MARCELA S/ AMPARO S/ APELACIÓN Número expediente 19925/05 Carátula SAVIOLI, MARIA MARCELA S/ AMPARO S/ APELACIÓN Fecha 23/02/2006 Número de sentencia 12 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

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SAVIOLI, MARIA MARCELA S/ AMPARO S/ APELACIÓN Número expediente 19925/05 Carátula SAVIOLI, MARIA MARCELA S/ AMPARO S/ APELACIÓN Fecha 23/02/2006 Número de sentencia 12 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 19925/05.- SENTENCIA: N* 12.- ACTOR: SAVIOLI, María Marcela.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Amparo s/Apelación.- VOCES: Deniega recurso extraordinario federal por no haberse demostrado...

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BUSTELO DE LA RIVA, Pablo Patricio s/Amparo s/Apelación.- Número expediente 17524/02.- Carátula BUSTELO DE LA RIVA, Pablo Patricio s/Amparo s/Apelación.- Fecha 27/05/2003 Número de sentencia 59 Tipo de sentencia D Sentencia ///MA, 27 de mayo del 2.003.-VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas:\"BUSTELO DE LA RIVA, Pablo Patricio s/Amparo s/Apelación\" (Expte.

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BUSTELO DE LA RIVA, Pablo Patricio s/Amparo s/Apelación.- Número expediente 17524/02.- Carátula BUSTELO DE LA RIVA, Pablo Patricio s/Amparo s/Apelación.- Fecha 27/05/2003 Número de sentencia 59 Tipo de sentencia D Sentencia ///MA, 27 de mayo del 2.003.-VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas:\"BUSTELO DE LA RIVA, Pablo Patricio s/Amparo s/Apelación\" (Expte. N* 17524/02-STJ-), puestas a despacho para resolver el recurso...

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Deniega recurso extraordinario federal: sentencia arbitrariaRIVERO GLADYS ELIZABETH S AMPARO S APELACIÓN Número expediente 21104...
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RIVERO GLADYS ELIZABETH S/ AMPARO S/ APELACIÓN Número expediente 21104/06 Carátula RIVERO GLADYS ELIZABETH S/ AMPARO S/ APELACIÓN Fecha 29/11/2006 Número de sentencia 165 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

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RIVERO GLADYS ELIZABETH S/ AMPARO S/ APELACIÓN Número expediente 21104/06 Carátula RIVERO GLADYS ELIZABETH S/ AMPARO S/ APELACIÓN Fecha 29/11/2006 Número de sentencia 165 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21104/06.- SENTENCIA: N* 165.- ACTOR: RIVERO, Gladys Elizabeth.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Amparo s/Apelación.- VOCES: Deniega recurso extraordinario federal: sentencia arbitraria;...

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