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Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Decreto 1351 2015 Transito Registro Provincial De Antecedentes De Transito Infracciones Reglamentacion

Resumen

DECRETO 1351/2015 Tránsito. Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. Infracciones. Reglamentación Art. 1 - Apruébase la Reglamentación parcial de la Ley Provincial N° 10025, la cual adhiere a la Ley Nacional de Tránsito N° 26.363, que modifica y complementa la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, la que agregada como Anexo I...

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...egistro Provincial de Antecedentes de Tránsito. Infracciones. Reglamentación Art. 1 - Apruébase la Reglamentación parcial de la Ley Provincial N° 10025, la cual adhiere a la Ley Nacional de Tránsito N° 26.363, que modifica y complementa la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, la que agregada como Anexo I forma parte integrante del presente Decreto. Art. 2 -...

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Decreto 1351 2015 Transito Registro Provincial De Antecedentes De Transito Infracciones Reglamentacion

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Decreto 242 2022 Licencia De Conducir Modificacion De Puntos A Descontar Por Las Faltas Mas Graves

Resumen

DECRETO 242/2022 Licencia de Conducir. Modificación de puntos a descontar por las faltas más graves VISTO: El Expediente N° EX-2019-68595851-APN-DGA#ANSV, las Leyes Nros.

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DECRETO 242/2022 Licencia de Conducir. Modificación de puntos a descontar por las faltas más graves VISTO: El Expediente N° EX-2019-68595851-APN-DGA#ANSV, las Leyes Nros. 24.449, 26.353 y 26.363 y sus modificatorias y los Decretos Nros. 1842 del 10 de octubre de 1973, 2658 del 23 de octubre de 1979, 779 del 20 de noviembre de 1995, 1232 del 11...

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Decreto 242 2022 Licencia De Conducir Modificacion De Puntos A Descontar Por Las Faltas Mas Graves

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Decreto 437/2011 Apruébase el Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir. Reglaméntase la Ley de Tránsito Nº 24.449.

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TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL Decreto 437/2011 Apruébase el Sistema de Puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir. Reglaméntase la Ley de Tránsito Nº 24.449. Bs. As., 11/4/2011 VISTO el Expediente Nº S02:0003176/2009, Cuerpos I y II, del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, las Leyes...

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Legislación Nacional

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

PROTOCOLO DE REFORMAS A LA CARTA PROTOCOLO DE REFORMAS A LA CARTA DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS "PROTOCOLO DE CARTAGENA DE INDIAS" EN NOMBRE DE SUS PUEBLOS LOS ESTADOS AMERICANOS REPRESENTADOS EN EL DECIMOCUARTO PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL, REUNIDA EN CARTAGENA DE INDIAS, COLOMBIA, CONVIENEN EN...

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PROTOCOLO DE REFORMAS A LA CARTA PROTOCOLO DE REFORMAS A LA CARTA DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS "PROTOCOLO DE CARTAGENA DE INDIAS" EN NOMBRE DE SUS PUEBLOS LOS ESTADOS AMERICANOS REPRESENTADOS EN EL DECIMOCUARTO PERIODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL, REUNIDA EN CARTAGENA DE INDIAS, COLOMBIA, CONVIENEN EN SUSCRIBIR EL SIGUIENTE PROTOCOLO DE REFORMAS...

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Legislación Nacional

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedad legislativa n° 3/2013 (3/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
29/05/2013
Cita digital
PJN 63087
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedad legislativa n° 3/2013 (3/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se...

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...5/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y...

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Novedad legislativa n° 3/2013 (3/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca. - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 29/05/2013 - PJN 63087

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedad legislativa n° 3/2013 (2/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
29/05/2013
Cita digital
PJN 63085
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedad legislativa n° 3/2013 (2/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se...

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...5/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y...

Cita sugerida

Novedad legislativa n° 3/2013 (2/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca. - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 29/05/2013 - PJN 63085

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2017 Nro. 29 Alta coincidencia

1º) Disponer la participación del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en el proceso de creación de un compromiso que sea parte del III Plan de Acción Nacional de Argentina en la Alianza para el Gobierno Abierto. 2º) Encomendar a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana la presentación de un plan para concretar la realización del compromiso- proponer una metodología y proceso para la puesta en marcha del proyecto- lo cual será sometido a consideración del Plenario de este Cuerpo; todo ello en coordinación con el Plan de Acción de Gobierno Abierto de la República Argentina en relación a la iniciativa gubernamental “Alianza para el gobierno abierto” que integra nuestro país. Resol 29/17

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
09-02-2017 00:00:00
Cita digital
PJN 104386
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 201729
Resumen

1º) Disponer la participación del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en el proceso de creación de un compromiso que sea parte del III Plan de Acción Nacional de Argentina en la Alianza para el Gobierno Abierto.

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...ncomendar a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana la presentación de un plan para concretar la realización del compromiso- proponer una metodología y proceso para la puesta en marcha del proyecto- lo cual será sometido a consideración del Plenario de este Cuerpo; todo ello en coordinación con el Plan de Acción de Gobierno Abierto de la...

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1º) Disponer la participación del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en el proceso de creación de un compromiso que sea parte del III Plan de Acción Nacional de Argentina en la Alianza para el Gobierno Abierto. 2º) Encomendar a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana la presentación de un plan para concretar la realización del compromiso- proponer una metodología y proceso para la puesta en marcha del proyecto- lo cual será sometido a consideración del Plenario de este Cuerpo; todo ello en coordinación con el Plan de Acción de Gobierno Abierto de la República Argentina en relación a la iniciativa gubernamental “Alianza para el gobierno abierto” que integra nuestro país. Resol 29/17 - Consejo de la Magistratura 09-02-2017 00:00:00 - PJN 104386

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2011 Nro. 178 Alta coincidencia

El expediente AAD Nº 85/2011 caratulado “FARGOSI ALEJANDRO Y CORDOBA STELLA MARIS S/ PROY. PROG. DE CAPACITACION OF. DE LA MUJER”: 1°) Convoca a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de justicia como en el ámbito de las relaciones laborales- en cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado Nacional en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. 2°) Dispone que la realización de los “Talleres de Trabajo para una Justicia con Perspectiva de Género” elaborados por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- cuyo dictado fue ordenado por Resolución 6/2011 de la Presidencia de este Cuerpo- será obligatoria en el ámbito del Consejo de la Magistratura. 3°) Invita a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a garantizar el cumplimiento de los Talleres elaborados por la Oficina de la Mujer disponiendo que su realización sea obligatoria para todo el personal que se desempeña en el ámbito sobre el cual ejercen la superintendencia y valorada en la carrera judicial con el puntaje adicional que cada Tribunal estime adecuado. 4°) Solicita a los Tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación la comunicación a este Consejo de la Magistratura de todas las decisiones adoptadas- y de las que se adopten en el futuro- en consonancia con lo dispuesto en los artículos precedentes. 5°) Encomienda a la Secretaría de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura Nacional- el registro de las comunicaciones referidas en el artículo 4°.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
29-09-2011 00:00:00
Cita digital
PJN 47228
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2011178
Resumen

Expediente AAD Nº 85/2011 caratulado “FARGOSI ALEJANDRO Y CORDOBA STELLA MARIS S/ PROY. PROG. DE CAPACITACION OF. DE LA MUJER”: 1°) Convoca a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de...

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El expediente AAD Nº 85/2011 caratulado “FARGOSI ALEJANDRO Y CORDOBA STELLA MARIS S/ PROY. PROG. DE CAPACITACION OF. DE LA MUJER”: 1°) Convoca a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de justicia como en el ámbito de las relaciones laborales- en cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado Nacional en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. 2°) Dispone que la realización de los “Talleres de Trabajo para una Justicia con Perspectiva de Género” elaborados por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- cuyo dictado fue ordenado por Resolución 6/2011 de la Presidencia de este Cuerpo- será obligatoria en el ámbito del Consejo de la Magistratura. 3°) Invita a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a garantizar el cumplimiento de los Talleres elaborados por la Oficina de la Mujer disponiendo que su realización sea obligatoria para todo el personal que se desempeña en el ámbito sobre el cual ejercen la superintendencia y valorada en la carrera judicial con el puntaje adicional que cada Tribunal estime adecuado. 4°) Solicita a los Tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación la comunicación a este Consejo de la Magistratura de todas las decisiones adoptadas- y de las que se adopten en el futuro- en consonancia con lo dispuesto en los artículos precedentes. 5°) Encomienda a la Secretaría de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura Nacional- el registro de las comunicaciones referidas en el artículo 4°. - Consejo de la Magistratura 29-09-2011 00:00:00 - PJN 47228

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedad legislativa n° 3/2013 (1/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
29/05/2013
Cita digital
PJN 63086
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedad legislativa n° 3/2013 (1/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se...

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...5/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y...

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Novedad legislativa n° 3/2013 (1/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca. - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 29/05/2013 - PJN 63086

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedades Legislativas n° 1: Ley 26679: "Delitos contra la libertad (BO 9-5-2011)" - Reforma al Código Penal y al Código Procesal Penal de la Nación. El texto de la Ley 26.679 sobre delitos contra la libertad (publicada en el Boletín Oficial el día de hoy lunes 9 de mayo de 2011) la cual incorpora el artículo 142 ter del Código Penal- imponiendo prisión de diez a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y para tareas de seguridad privada- al funcionario público o a la persona o miembro de un grupo de personas que- actuando con la autorización- el apoyo o la aquiescencia del Estado- de cualquier forma- privare de la libertad a una o más personas- cuando este accionar fuera seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona- y la pena será de prisión perpetua si resultare la muerte o si la víctima fuere una mujer embarazada- una persona menor de dieciocho años o mayor de setenta o una persona con discapacidad. A su vez- dispone que la misma pena se impondrá cuando la víctima sea una persona nacida durante la desaparición forzada de su madre. La escala penal prevista en el artículo podrá reducirse en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo respecto de los autores o partícipes que liberen con vida a la víctima o proporcionen información que permita su efectiva aparición con vida. Asimismo- se sustituye el inciso primero apartado "e" del Código Procesal Penal de la Nación- quedando así- el delito tipificado en el artículo 142 ter del C. Penal- bajo la competencia federal. A su vez- se incorpora el artículo 194 bis del Código Procesal Penal de la Nación- permitiendo al Juez- de oficio o a pedido de parte- apartar a las fuerzas de seguridad que intervengan en la investigación cuando de las circunstancias de la causa surja que miembros de las mismas pudieran estar involucrados como autores o partícipes de los hechos que se investigan- aunque la situación sea de mera sospecha. Por último- incorpora el artículo 215 bis del Código Procesal Penal de la Nación que establece que el Juez no podrá disponer el archivo de las causas en que se investigue el delito previsto en el artículo 142 ter del Código Penal- hasta tanto la persona no sea hallada o restituida su identidad. Igual impedimento rige para el Ministerio Público Fiscal. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.-

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
09/05/2011
Cita digital
PJN 43627
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedades Legislativas n° 1: Ley 26679: "Delitos contra la libertad (BO 9-5-2011)" - Reforma al Código Penal y al Código Procesal Penal de la Nación.

Coincidencia encontrada

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Novedades Legislativas n° 1: Ley 26679: "Delitos contra la libertad (BO 9-5-2011)" - Reforma al Código Penal y al Código Procesal Penal de la Nación. El texto de la Ley 26.679 sobre delitos contra la libertad (publicada en el Boletín Oficial el día de hoy lunes 9 de mayo de 2011) la cual incorpora el artículo 142 ter del Código Penal- imponiendo prisión de diez a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua para el ejercicio de cualquier función pública y para tareas de seguridad privada- al funcionario público o a la persona o miembro de un grupo de personas que- actuando con la autorización- el apoyo o la aquiescencia del Estado- de cualquier forma- privare de la libertad a una o más personas- cuando este accionar fuera seguido de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona- y la pena será de prisión perpetua si resultare la muerte o si la víctima fuere una mujer embarazada- una persona menor de dieciocho años o mayor de setenta o una persona con discapacidad. A su vez- dispone que la misma pena se impondrá cuando la víctima sea una persona nacida durante la desaparición forzada de su madre. La escala penal prevista en el artículo podrá reducirse en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo respecto de los autores o partícipes que liberen con vida a la víctima o proporcionen información que permita su efectiva aparición con vida. Asimismo- se sustituye el inciso primero apartado "e" del Código Procesal Penal de la Nación- quedando así- el delito tipificado en el artículo 142 ter del C. Penal- bajo la competencia federal. A su vez- se incorpora el artículo 194 bis del Código Procesal Penal de la Nación- permitiendo al Juez- de oficio o a pedido de parte- apartar a las fuerzas de seguridad que intervengan en la investigación cuando de las circunstancias de la causa surja que miembros de las mismas pudieran estar involucrados como autores o partícipes de los hechos que se investigan- aunque la situación sea de mera sospecha. Por último- incorpora el artículo 215 bis del Código Procesal Penal de la Nación que establece que el Juez no podrá disponer el archivo de las causas en que se investigue el delito previsto en el artículo 142 ter del Código Penal- hasta tanto la persona no sea hallada o restituida su identidad. Igual impedimento rige para el Ministerio Público Fiscal. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.- - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 09/05/2011 - PJN 43627