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Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. Ac 76592 Alta coincidencia

Herrera, Francisco Roberto y otro c/Bozzano, Guillermo José y otro s/Daños y perjuicios

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2001-06-13
Cita digital
29266
Voces
A C U E R D O En la ciudad...512 y 902 del Código Civil. 3. El recurso merece...Ac. 40.456, sent. del 15-VIII-1989Ac. 43.540, sent del 9-IV-1991Ac. 43.594, sent del 18-VI-1991Ac. 44.440, sent. del 22-XII-1992Ac. 46.039, sent. del 4-VIII-1992, entre muchos otros precedentes de...Civil y Comercial
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a trece de junio de dos mil uno, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores de Lázzari, Pisano, Negri, Pettigiani, Hitters, se reúnen los señores jueces de...

Coincidencia encontrada

...a por la parte actora -que tiene sobre sí el onus probandi - no ha demostrado el presupuesto de hecho de la acción lo cual es corroborado por la testimonial rendida. 2. Contra dicho pronunciamiento se alzó la parte actora por vía del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en el que denunció absurdo y violación de los...

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Herrera, Francisco Roberto y otro c/Bozzano, Guillermo José y otro s/Daños y perjuicios - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2001-06-13 - 29266

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2011 Nro. 178 Alta coincidencia

El expediente AAD Nº 85/2011 caratulado “FARGOSI ALEJANDRO Y CORDOBA STELLA MARIS S/ PROY. PROG. DE CAPACITACION OF. DE LA MUJER”: 1°) Convoca a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de justicia como en el ámbito de las relaciones laborales- en cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado Nacional en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. 2°) Dispone que la realización de los “Talleres de Trabajo para una Justicia con Perspectiva de Género” elaborados por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- cuyo dictado fue ordenado por Resolución 6/2011 de la Presidencia de este Cuerpo- será obligatoria en el ámbito del Consejo de la Magistratura. 3°) Invita a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a garantizar el cumplimiento de los Talleres elaborados por la Oficina de la Mujer disponiendo que su realización sea obligatoria para todo el personal que se desempeña en el ámbito sobre el cual ejercen la superintendencia y valorada en la carrera judicial con el puntaje adicional que cada Tribunal estime adecuado. 4°) Solicita a los Tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación la comunicación a este Consejo de la Magistratura de todas las decisiones adoptadas- y de las que se adopten en el futuro- en consonancia con lo dispuesto en los artículos precedentes. 5°) Encomienda a la Secretaría de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura Nacional- el registro de las comunicaciones referidas en el artículo 4°.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
29-09-2011 00:00:00
Cita digital
PJN 47228
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2011178
Resumen

Expediente AAD Nº 85/2011 caratulado “FARGOSI ALEJANDRO Y CORDOBA STELLA MARIS S/ PROY. PROG. DE CAPACITACION OF. DE LA MUJER”: 1°) Convoca a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de...

Coincidencia encontrada

...aras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a garantizar el cumplimiento de los Talleres elaborados por la Oficina de la Mujer disponiendo que su realización sea obligatoria para todo el personal que se desempeña en el ámbito sobre el cual ejercen la superintendencia y valorada en la carrera judicial con el puntaje adicional que cada...

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El expediente AAD Nº 85/2011 caratulado “FARGOSI ALEJANDRO Y CORDOBA STELLA MARIS S/ PROY. PROG. DE CAPACITACION OF. DE LA MUJER”: 1°) Convoca a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a impulsar el proceso de incorporación de la perspectiva de género tanto en la prestación del servicio de justicia como en el ámbito de las relaciones laborales- en cumplimiento de las obligaciones contraídas por el Estado Nacional en el marco del derecho internacional de los derechos humanos. 2°) Dispone que la realización de los “Talleres de Trabajo para una Justicia con Perspectiva de Género” elaborados por la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- cuyo dictado fue ordenado por Resolución 6/2011 de la Presidencia de este Cuerpo- será obligatoria en el ámbito del Consejo de la Magistratura. 3°) Invita a las Cámaras Nacionales y Federales del Poder Judicial de la Nación a garantizar el cumplimiento de los Talleres elaborados por la Oficina de la Mujer disponiendo que su realización sea obligatoria para todo el personal que se desempeña en el ámbito sobre el cual ejercen la superintendencia y valorada en la carrera judicial con el puntaje adicional que cada Tribunal estime adecuado. 4°) Solicita a los Tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación la comunicación a este Consejo de la Magistratura de todas las decisiones adoptadas- y de las que se adopten en el futuro- en consonancia con lo dispuesto en los artículos precedentes. 5°) Encomienda a la Secretaría de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura Nacional- el registro de las comunicaciones referidas en el artículo 4°. - Consejo de la Magistratura 29-09-2011 00:00:00 - PJN 47228

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedad legislativa n° 3/2013 (3/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
29/05/2013
Cita digital
PJN 63087
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedad legislativa n° 3/2013 (3/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se...

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...5/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y...

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Novedad legislativa n° 3/2013 (3/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca. - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 29/05/2013 - PJN 63087

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedad legislativa n° 3/2013 (2/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
29/05/2013
Cita digital
PJN 63085
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedad legislativa n° 3/2013 (2/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se...

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...5/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y...

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Novedad legislativa n° 3/2013 (2/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca. - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 29/05/2013 - PJN 63085

Jurisprudencia Pjn novedadeslegislativas Alta coincidencia

Novedad legislativa n° 3/2013 (1/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca.

Tribunal
Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca
Fecha
29/05/2013
Cita digital
PJN 63086
Voces
Novedades Legislativas
Resumen

Novedad legislativa n° 3/2013 (1/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se...

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...5/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y...

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Novedad legislativa n° 3/2013 (1/3): Ley 26.857 y 26.856- Acordada C.S.J.N. 14/13 y C.S.J.N. 15/13.- El texto de la ley 26.856 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 574/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- a través de la cual se establece obligatoriedad de la publicación íntegra de acordadas y resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y tribunales de segunda instancia dicten- el mismo día de su dictado- una vez notificadas a todas las partes. Asimismo dispone que la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los demás tribunales inferiores publiquen una lista de la totalidad de las causas que se encuentren en trámite con indicación de número de expediente- carátula y objeto de la causa- fuero de origen- fecha de inicio de las actuaciones- estado procesal y fecha de ingreso al respectivo tribunal- la que deberá ser actualizada diariamente. Que las publicaciones referidas se realizarán a través de un diario judicial en formato digital que será accesible al público- en forma gratuita- por medio de la página de internet de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resguardando el derecho a la intimidad- a la dignidad y al honor de las personas- y en especial los derechos de los trabajadores y los derechos de los niños- niñas y adolescentes. Por último- la ley establece que entrará en vigencia el día de su publicación oficial. Enviamos la Acordada nº 15/13 del 21 de mayo del presente año que establece- entre otras cuestiones- que las cámaras federales o nacionales y los tribunales orales deberán publicar todas las sentencias y resoluciones a través del Centro de Información Judicial con los resguardos legales correspondientes y que los tribunales indicados deberán disponer en sus sentencias- acordadas y resoluciones la comunicación a la Dirección de Comunicación Pública. También se hace llegar a los usuarios el texto de la ley 26.857 sancionada el 8 de mayo de 2013- promulgada el 21 de mayo (Decreto 575/2013)- y publicada en el Boletín Oficial el 23 de corriente mes- sobre “Ética en el ejercicio de la función pública”- que establece la obligación de presentar la declaración jurada patrimonial ante- en principio ante la Oficina Anticorrupción –luego ante la oficina que el Poder Judicial designe-- y la publicidad de su contenido en Internet para los magistrados del Poder Judicial de la Nación- los magistrados del Ministerio Público de la Nación- el personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación- con categoría no inferior a secretario o equivalente. Por último se envía la Acordada nº 14/13 que establece la obligatoriedad del uso del Sistema Informático de Gestión Judicial. Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca. - Secretaría de Jurisprudencia y Biblioteca 29/05/2013 - PJN 63086

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

RESOLUCIÓN CONJUNTA 593/2005 y 2238/2005 - Secretaría de Empleo y Secretaría de Políticas Sociales y Desarrollo Humano EMPLEO Programas. Jefes de Hogar Emergencia ocupacional nacional.

Coincidencia encontrada

...rama de Atención a Grupos Vulnerables - Componente de Ingreso para el Desarrollo Humano (I.D.H.) incorporado al Programa Familias por la Inclusión Social. Beneficiarios. Traspaso del 29/8/2005; publ....

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Legislación Nacional

Jurisprudencia Nacional fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia Nacional

Resumen

DONACIÓN Objeto - Totalidad del patrimonio del donante - Nulidad - Plazo de prescripción de la acción C. Nac. Civ., sala F, 31/03/1993 - Cárcamo, María L.

Coincidencia encontrada

DONACIÓN Objeto - Totalidad del patrimonio del donante - Nulidad - Plazo de prescripción de la acción C. Nac. Civ., sala F, 31/03/1993 - Cárcamo, María L. v. Schaefer, Gustavo C. JA 1993-III-175. 2a. INSTANCIA.- Buenos Aires, marzo 31 de 1993.- ¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada? El Dr. Posse Saguier dijo: 1. María Luisa Cárcamo promueve...

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Jurisprudencia Nacional -- fallo_ide7m93300046

Legislación La Rioja ley Nro. 6828 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Alta coincidencia

Ley 6828/1999 - Ley N. 6.828 - Inmuebles

Fecha
1999-11-18
Cita digital
6828
Voces
Declaracion de Utilidad Publica - Inmuebles - Expropiacion - Regularizacion...Ley6828
Resumen

Ley 6828/1999 - Ley N. 6.828 - Inmuebles Inmuebles Fecha: 1999-11-18 Tipo: Ley Numero: 6828 Provincia: La Rioja Estado: Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Voces: DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA-INMUEBLES-EXPROPIACION-REGULARIZACION DOMINIAL-SE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION UNA FRACCION DE TERRENO DE ESTA CIUDAD,EL CUAL SERA DESTINADO A LA REGULARIZACION...

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Inmuebles

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Ley 6828/1999 - Ley N. 6.828 - Inmuebles - 1999-11-18 - 6828

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. me 22425 Alta coincidencia

FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA C/ MUNICIPALIDAD DE LUJAN S/ PRETENSION ANULATORIA .-

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2018-12-12
Cita digital
171078
Voces
AUTOS Y VISTOS I.- Que a fs. 8/21 se presenta...CONSIDERANDO : I.- Respecto del pedido de inconstitucionalidad, el art....CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia Interlocutoriame 22425
Resumen

AUTOS Y VISTOS I.- Que a fs. 8/21 se presenta el Dr. German Alberto Stopiello, apoderado de Federación Patronal Seguros S.A., interpone demanda solicitando la nulidad de la Resolución de fecha 13/06/2016, emitida por el Organo de Defensa al Consumidor y Control de Concesiones de la Municipalidad de Lujan en las actuaciones...

Coincidencia encontrada

...Control de Concesiones de la Municipalidad de Lujan en las actuaciones administrativas N° 40692664/2015, mediante la cual se le impuso una multa por infracción a lo previsto en el art. 4 de la ley 24.240.- Plantea también, la inconstitucionalidad del art. 70 de la Ley 13.133, refiriendo que el mismo, lesiona principios constitucionales tales como el debido proceso,...

Cita sugerida

FEDERACION PATRONAL SEGUROS SA C/ MUNICIPALIDAD DE LUJAN S/ PRETENSION ANULATORIA .- - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2018-12-12 - 171078

Legislación Mendoza norma Alta coincidencia

Legislación - Pcia. de Mendoza

Resumen

1 al 16 DECRETO 500/1999 MUNICIPALIDADES Atención de servicios sociales. Régimen de descentralización del 19/3/1999; publ. 18/6/1999 El gobernador de la provincia de Mendoza decreta: Art.

Coincidencia encontrada

... Establézcase a través del presente decreto y sus anexos, el régimen de descentralización de la atención de servicios sociales a los municipios para el año 1999. Art. 2.- El presente régimen de descentralización tiene como finalidad incrementar el apoyo social a familias en riesgo, mejorar la distribución..

Cita sugerida

Legislación - Pcia. de Mendoza