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155+ resultados encontrados para REQUISITOS PARA TRAMITAR LA CARTA con busqueda amplia. Mostrando 31-40.
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Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 341 Alta coincidencia

Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Modificar el punto dispositivo 7° de la Resolución CM Nº 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “7°: Disponer que las modifi

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179560
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024341
Resumen

Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto...

Coincidencia encontrada

... que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo...

Cita sugerida

Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Modificar el punto dispositivo 7° de la Resolución CM Nº 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “7°: Disponer que las modifi - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179560

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. B 66515 Alta coincidencia

Mondet, Alfredo E. c/Municipalidad de Avellaneda s/Daños y perjuicios -cuestión de competencia art. 6º C.C.A.-

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2010-03-23
Cita digital
64840
Voces
66515 "MONDET ALFREDO E. C/MUNIC. DE AVELLANEDA S/DS. Y PS....causa B. 64.553, “Gaineddu”, res. del 23-IV-2003). Sin perjuicio de...2.412.3 de la ley 12.008 –texto según ley 13.101-). Sentado...B. 61.877 “Horquin”, res. Del 8-VIII-2007). En conclusión, cabe señalar...Contencioso AdministrativaSentencia InterlocutoriaB 66515
Resumen

-66515 "MONDET ALFREDO E. C/MUNIC. DE AVELLANEDA S/DS. Y PS. -.CUESTION DE COMPETENCIA ART. 6º C.C.A.-" La Plata, 23 de marzo de 2010.

Coincidencia encontrada

...irtud de no satisfacer dicha presentación lo dispuesto por el Código Contencioso Administrativo (ley 12.008 y mod.) en punto a los requisitos de admisibilidad de la pretensión. Asimismo, adujo verse agraviada al no habérsele corrido traslado al Municipio del escrito antes mencionado. III. Cabe agregar, que la reposición intentada fue desestimada por extemporánea en atención a lo que...

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Mondet, Alfredo E. c/Municipalidad de Avellaneda s/Daños y perjuicios -cuestión de competencia art. 6º C.C.A.- - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2010-03-23 - 64840

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

DISPOSICIÓN 20699/2006 - Dirección Nacional de Migraciones MIGRACIONES EDUCACIÓN EXTRANJEROS Ingresos al Territorio Nacional. Personas extranjeras que desean cursar estudios formales o asistir a cursos educativos no formales.

Coincidencia encontrada

DISPOSICIÓN 20699/2006 - Dirección Nacional de Migraciones MIGRACIONES EDUCACIÓN EXTRANJEROS Ingresos al Territorio Nacional. Personas extranjeras que desean cursar estudios formales o asistir a cursos educativos no formales. Sujetos alcanzados. Estudiantes formales. Asistentes a cursos no formales. Intercambio cultural. Intercambio estudiantil. Pasantes. Estudios parciales. Extranjeros menores de edad. Autorización de ingreso y permanencia del...

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Legislación Nacional

Jurisprudencia Nacional fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia Nacional

Resumen

CREDITO DOCUMENTARIO Transferencia - Efectos - Compraventa internacional Cámara Nacional Comercial, sala C, 05/02/1993 - Yonadi S.A. v. Irana S.A. JA 1994-I-414.

Coincidencia encontrada

CREDITO DOCUMENTARIO Transferencia - Efectos - Compraventa internacional Cámara Nacional Comercial, sala C, 05/02/1993 - Yonadi S.A. v. Irana S.A. JA 1994-I-414. Con nota de CARLOS GUSTAVO GERSCOVICH y FRANCISCO ROMANO RIVAROLA 2a. INSTANCIA. - Buenos Aires, febrero 5 de 1993. - ¿Es arreglada a derecho la sentencia apelada de fs. 326/330? El Dr. Di Tella dijo: 1....

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Jurisprudencia Nacional -- fallo_ide7m941132

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Leasing Inmobiliario Resolucion Contractual Incumplimiento De Ambas Partes Canon Locativo

Partes
del demandado por haber dejado de pagar los cánones locativos correspondientes, y de los actores por no haber...
Resumen

Leasing inmobiliario. Resolución contractual. Incumplimiento de ambas partes. Canon locativo Se confirma el fallo en cuanto declaró resuelto el contrato de leasing por culpa de ambas partes: del demandado por haber dejado de pagar los cánones locativos correspondientes, y de los actores por no haber anoticiado a la contraparte que el inmueble...

Coincidencia encontrada

Leasing inmobiliario. Resolución contractual. Incumplimiento de ambas partes. Canon locativo Se confirma el fallo en cuanto declaró resuelto el contrato de leasing por culpa de ambas partes: del demandado por haber dejado de pagar los cánones locativos correspondientes, y de los actores por no haber anoticiado a la contraparte que el inmueble estaba en condiciones de ser escriturado....

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Leasing Inmobiliario Resolucion Contractual Incumplimiento De Ambas Partes Canon Locativo

Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa

Tribunal
CS CS CS CS CS
Fecha
1998-02-24|1997-06-17|1999-08-31|2000-02-02|2001-10-24
Cita digital
B0085446
Voces
Regimenes Jubilatorios Especiales - Ingenieros:RequisitosAdministrativo
Resumen

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión...

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REGIMENES JUBILATORIOS ESPECIALES-INGENIEROS:REQUISITOS

Cita sugerida

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa - CS CS CS CS CS 1998-02-24|1997-06-17|1999-08-31|2000-02-02|2001-10-24 - B0085446

Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa

Tribunal
CS CS CS CS CS
Fecha
1998-02-24|1997-06-17|1999-08-31|2000-02-02|2001-10-24
Cita digital
B0085451
Voces
Regimenes Jubilatorios Especiales - Ingenieros:Requisitos - Ley AplicableAdministrativo
Resumen

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión...

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REGIMENES JUBILATORIOS ESPECIALES-INGENIEROS:REQUISITOS-LEY APLICABLE

Cita sugerida

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa - CS CS CS CS CS 1998-02-24|1997-06-17|1999-08-31|2000-02-02|2001-10-24 - B0085451

Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa

Tribunal
CS CS CS CS CS
Fecha
1998-02-24|1997-06-17|1999-08-31|2000-02-02|2001-10-24
Cita digital
B0085450
Voces
Regimenes Jubilatorios Especiales - Ingenieros:RequisitosAdministrativo
Resumen

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión...

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REGIMENES JUBILATORIOS ESPECIALES-INGENIEROS:REQUISITOS

Cita sugerida

Heras, Raúl Isidro c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Garea, Antonio Armando c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Dessal, Néstor c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Baldomir, Eric c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa Masciovecchio, José M. c/ Caja de Previsión Social para Profesionales de la Ingeniería de la Provincia de Buenos Aires s/ Demanda contencioso administrativa - CS CS CS CS CS 1998-02-24|1997-06-17|1999-08-31|2000-02-02|2001-10-24 - B0085450

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 75059 Alta coincidencia

Cartasur Cards S.A. C/ Guerrero Oscar Ariel S/ Cobro Ejecutivo

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - Lomas de Zamora (Cc0001 Lz)
Fecha
2017-11-14
Cita digital
145965
Voces
CARTASUR CARDS S.A. C/ GUERRERO OSCAR ARIEL S/ COBRO EJECUTIVO...id. Causa H. 270. XLII, “Halabi”, sent. Del 24-II-2009), consid....doct. Causa C. 98.790, sent. Del 12-VIII-2009). Como lo ha...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria75059
Resumen

CARTASUR CARDS S.A. C/ GUERRERO OSCAR ARIEL S/ COBRO EJECUTIVO Exp Nº: 75059 Jz 3 Reg. Sent. Int:: 393 Folio Sent. Int: 654 Lomas de Zamora, 14 de Noviembre de 2017.- AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: Vienen los autos a esta Alzada, en virtud del recurso de apelación deducido en forma subsidiaria por...

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... por la cual considerando que en el caso existe una relación de consumo, a los fines de proseguir con la ejecución dispone que el cartular objeto de la presente, sea integrado con la documentación adicional relativa al negocio causal y con los requisitos del artículo 36 de la ley 24.240. Analizadas las constancias de la causa, es...

Cita sugerida

Cartasur Cards S.A. C/ Guerrero Oscar Ariel S/ Cobro Ejecutivo - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - LOMAS DE ZAMORA (CC0001 LZ) 2017-11-14 - 145965

Jurisprudencia Pjn documentos Alta coincidencia

Requisitos para solicitar carta de ciudadanía

Tribunal
Secretaría Civil
Fecha
17/07/2012
Cita digital
PJN 54784
Voces
Documentos
Resumen

Requisitos para solicitar carta de ciudadanía Tipo/numero: Documentos Dependencia: Secretaría Civil Rubro: Documentos Fecha/publicacion: 17/07/2012

Coincidencia encontrada

Requisitos para solicitar carta de ciudadanía

Cita sugerida

Requisitos para solicitar carta de ciudadanía - Secretaría Civil 17/07/2012 - PJN 54784