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Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2019 Nro. 304 Alta coincidencia

El expediente AAD 107/19 caratulado “Lugones Alberto y Culotta Juan (Consejeros) S/Propuesta Dict. Relativa Régimen Caja Chica” (Nº 13-11190/19 del registro de la Administración General del Poder Judicial de la Nación). 1º) Asignar los montos de “Caja Chica”- fijándolo en una suma equivalente a la remuneración total asignada al cargo de Auxiliar (PAT) al 1º de enero de cada año- los módulos asignados serán los indicados en el Anexo II de la presente y- para las áreas dependientes de la Administración General- los que el propio Administrador General establezca. Toda incorporación- modificación o supresión de módulos será decidida por la Comisión de Administración y Financiera. 2º) El reintegro de las sumas pagadas por este régimen se efectuará cuando alcancen- como mínimo- el setenta por ciento (70%) del importe asignado. El monto total anual abonado por cada una de las cajas chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor fijado según lo dispuesto en el artículo 1º. 3º) La responsabilidad por los gastos efectuados recaerá sobre el más alto funcionario del área- quien deberá evaluar la oportunidad- mérito y conveniencia de los gastos solventados con fondos recibidos. 4º) La rendición de cuentas- ante la Dirección General de Administración Financiera- estará integrada por: a) Oficio firmado por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - solicitando la reposición de “Caja Chica” o en su defecto elevando la rendición final por cierre de ejercicio y señalando la documentación respaldatoria y planilla de rendición que se acompaña-. b) Por delante del grupo de comprobantes deberá presentarse- firmada y sellada por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - una planilla de rendición que consigne la asignación de un número correlativo a cada comprobante de gasto- el beneficiario del pago- el tipo y número de comprobante (factura- ticket o ticket-factura)- la CUIT- la fecha de la operación- el concepto y el importe de la erogación. Dicha planilla de rendición deberá confeccionarse en formato planilla de cálculo (se adjunta modelo) la cual sin perjuicio de su remisión junto a la documental de respaldo- será enviada además al mail institucional (daf.departamento.gestion.interna@pjn.gov.ar). c) En todas las operaciones la condición de compra deberá ser contado efectivo. Para el caso de abonar con tarjeta de débito- el comprobante deberá estar a nombre de la máxima autoridad del Área de destino. Para el caso de las Vocalías del Consejo de la Magistratura el comprobante será refrendado por el Consejero o por quienes él mismo autorice dentro de su Vocalía. Los comprobantes señalados deberán adjuntarse en original- completos- sin enmiendas o tachaduras- visados por el responsable de la administración de los fondos y numerados conforme la aludida planilla- los que deberán cumplir con los requisitos de la legalidad exigidos por la AFIP- y deberán ser tipo “B” o “C”. d) No se reconocerán aquellos comprobantes que tengan descripciones genéricas- salvo las excepciones que correspondan a la imposibilidad de emitirlos de otra manera. En tal caso podrán acompañarse remitos de los productos adquiridos. e) En el caso de haberse realizado un gasto fuera de los días hábiles administrativos- se deberá explicitar los motivos que dieron origen a la erogación. 5º) El monto total anual abonado por cada una de las Cajas Chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor f

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
14-11-2019 00:00:00
Cita digital
PJN 141044
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2019304
Resumen

Expediente AAD 107/19 caratulado “Lugones Alberto y Culotta Juan (Consejeros) S/Propuesta Dict. Relativa Régimen Caja Chica” (Nº 13-11190/19 del registro de la Administración General del Poder Judicial de la Nación).

Coincidencia encontrada

... por cada una de las cajas chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor fijado según lo dispuesto en el artículo 1º. 3º) La responsabilidad por los gastos efectuados recaerá sobre el más alto funcionario del área- quien deberá evaluar la oportunidad- mérito y conveniencia de los gastos solventados con fondos recibidos. 4º)...

Cita sugerida

El expediente AAD 107/19 caratulado “Lugones Alberto y Culotta Juan (Consejeros) S/Propuesta Dict. Relativa Régimen Caja Chica” (Nº 13-11190/19 del registro de la Administración General del Poder Judicial de la Nación). 1º) Asignar los montos de “Caja Chica”- fijándolo en una suma equivalente a la remuneración total asignada al cargo de Auxiliar (PAT) al 1º de enero de cada año- los módulos asignados serán los indicados en el Anexo II de la presente y- para las áreas dependientes de la Administración General- los que el propio Administrador General establezca. Toda incorporación- modificación o supresión de módulos será decidida por la Comisión de Administración y Financiera. 2º) El reintegro de las sumas pagadas por este régimen se efectuará cuando alcancen- como mínimo- el setenta por ciento (70%) del importe asignado. El monto total anual abonado por cada una de las cajas chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor fijado según lo dispuesto en el artículo 1º. 3º) La responsabilidad por los gastos efectuados recaerá sobre el más alto funcionario del área- quien deberá evaluar la oportunidad- mérito y conveniencia de los gastos solventados con fondos recibidos. 4º) La rendición de cuentas- ante la Dirección General de Administración Financiera- estará integrada por: a) Oficio firmado por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - solicitando la reposición de “Caja Chica” o en su defecto elevando la rendición final por cierre de ejercicio y señalando la documentación respaldatoria y planilla de rendición que se acompaña-. b) Por delante del grupo de comprobantes deberá presentarse- firmada y sellada por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - una planilla de rendición que consigne la asignación de un número correlativo a cada comprobante de gasto- el beneficiario del pago- el tipo y número de comprobante (factura- ticket o ticket-factura)- la CUIT- la fecha de la operación- el concepto y el importe de la erogación. Dicha planilla de rendición deberá confeccionarse en formato planilla de cálculo (se adjunta modelo) la cual sin perjuicio de su remisión junto a la documental de respaldo- será enviada además al mail institucional (daf.departamento.gestion.interna@pjn.gov.ar). c) En todas las operaciones la condición de compra deberá ser contado efectivo. Para el caso de abonar con tarjeta de débito- el comprobante deberá estar a nombre de la máxima autoridad del Área de destino. Para el caso de las Vocalías del Consejo de la Magistratura el comprobante será refrendado por el Consejero o por quienes él mismo autorice dentro de su Vocalía. Los comprobantes señalados deberán adjuntarse en original- completos- sin enmiendas o tachaduras- visados por el responsable de la administración de los fondos y numerados conforme la aludida planilla- los que deberán cumplir con los requisitos de la legalidad exigidos por la AFIP- y deberán ser tipo “B” o “C”. d) No se reconocerán aquellos comprobantes que tengan descripciones genéricas- salvo las excepciones que correspondan a la imposibilidad de emitirlos de otra manera. En tal caso podrán acompañarse remitos de los productos adquiridos. e) En el caso de haberse realizado un gasto fuera de los días hábiles administrativos- se deberá explicitar los motivos que dieron origen a la erogación. 5º) El monto total anual abonado por cada una de las Cajas Chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor f - Consejo de la Magistratura 14-11-2019 00:00:00 - PJN 141044

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. Ac 65622 Alta coincidencia

González Ortquiola, Silvio y otra c/Consorcio Edif. "Torre Playa III" s/Indemnización daños y perjuicios

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1997-05-06
Cita digital
20767
Voces
A C U E R D O En la ciudad...b) no está controvertido el modo como se desarrollaron los...c) no obstante su condición inerte, una pileta de natación...d) las manifestaciones efectuadas por el padre de la menor...Civil y ComercialSentencia DefinitivaAc 65622
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a seis de mayo de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores San Martín, Laborde, Negri, Pisano, Salas, se reúnen los señores...

Coincidencia encontrada

... de la pileta de natación a pesar de su corta edad -10 años- y de no saber nadar. Establece la responsabilidad en un 70% para el consorcio del edificio y la Municipalidad de Villa Gesell y un 30% para los padres de la menor víctima. 2. La Cámara a quo revocó la sentencia eximiendo totalmente de responsabilidad...

Cita sugerida

González Ortquiola, Silvio y otra c/Consorcio Edif. "Torre Playa III" s/Indemnización daños y perjuicios - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1997-05-06 - 20767

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 55996 Alta coincidencia

Vecchi, Hector Luis y Otra c/Volkswagen Argentina S.A. s/Daños y perjuicios

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - San Martin (Cc0001 Sm)
Fecha
2005-03-31
Cita digital
108548
Voces
CAUSA Nro. 55.996 REG. INT. N° D-84 "VECCHI, HECTOR LUIS...omisión de la consideración de la relevancia jurídica de las...moderna y renovada temáticaA Título de Ejemplo la Responsabilidad por Productos Elaborados, Calificada...en el ublite, la lupa del análisis se conforma esbozando...derechos y obligaciones de concedente y concesionario y su relación...Civil y ComercialSentencia Definitiva
Resumen

CAUSA Nro. 55.996 REG. INT. N° D-84 "VECCHI, HECTOR LUIS Y OTRA C/ VOLKSWAGEN ARGENTINA S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS" A C U E R D n General San Martín, a los 31 días del mes de marzo de dos mil cinco, se reúnen en Acuerdo Ordinario los señores Jueces de la...

Coincidencia encontrada

...elevancia jurídica de las redes contractuales y omisión de la atribución de responsabilidad a la demandada, cuyos argumentos iré desplegando con el tratamiento conjunto de las cuestiones sometidas a debate y para cuyos antecedentes me remito, por su completo desarrollo, a los dos primeros ítems de los Resultando de la sentencia en crisis.- La excepción de falta de...

Cita sugerida

Vecchi, Hector Luis y Otra c/Volkswagen Argentina S.A. s/Daños y perjuicios - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - SAN MARTIN (CC0001 SM) 2005-03-31 - 108548

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 144504 Alta coincidencia

DE LA PIEDRA JORGE ADOLFO C/ VALENCIA NESTOR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS-RESP.EST.-POR DELITOS Y CUASID.SIN USO AUTOMOT.

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - Mar del Plata (Cc0101 Mp)
Fecha
2015-04-28
Cita digital
132700
Voces
REGISTRO Nº106.R FOLIO Nº202 Expte. Nº 144504 - Cámara de...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria144504
Resumen

REGISTRO Nº106.R FOLIO Nº202 Expte. Nº 144504 - Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata - Sala I.

Coincidencia encontrada

... Ley no hace imputación alguna ni divide ese porcentual entre los co-condenados, sino que establece el límite de la condena en costas. Considera que corresponde limitar la responsabilidad por el pago de las costas, incluidos los honorarios profesionales de todo tipo allí devengados, en los términos del art. 505, siendo sólo los pertenecientes a Primera Instancia, sin...

Cita sugerida

DE LA PIEDRA JORGE ADOLFO C/ VALENCIA NESTOR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS-RESP.EST.-POR DELITOS Y CUASID.SIN USO AUTOMOT. - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - MAR DEL PLATA (CC0101 MP) 2015-04-28 - 132700

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 44256 Alta coincidencia

Vazquez jorge L. c/ Montenegro José s/ Ds. y Ps.

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - Lomas de Zamora (Cc0002 Lz)
Fecha
2015-02-20
Cita digital
140327
Voces
" VAZQUEZ, JORGE LUIS Y OTRO/A C/ MONTENEGRO, JOSE ALEJANDRO...dio el siguiente orden de votación: Dres. Guillermo Fabián Rabino...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva44256
Resumen

" VAZQUEZ, JORGE LUIS Y OTRO/A C/ MONTENEGRO, JOSE ALEJANDRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS " J. 5 -SALA II-CAUSA 44256 REG.DEF 14 FOLIO 68 En Lomas de Zamora, a los 20 días del mes de Febrero de 2015, reunidos en Acuerdo Ordinario los Jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil...

Coincidencia encontrada

...ando la demanda de daños y perjuicios iniciada por Jorge Luis Vazquez y Pedro Lionel Berrios contra José Alejandro Montenegro.- Asimismo, eximió de responsabilidad a "Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada".- Finalmente, impuso las costas a los actores vencidos y difirió la regulación de los honorarios para la oportunidad en que la presente quede firme.- II.- Únicamente apela dicho...

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Vazquez jorge L. c/ Montenegro José s/ Ds. y Ps. - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - LOMAS DE ZAMORA (CC0002 LZ) 2015-02-20 - 140327

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 166913 Alta coincidencia

LABERNE, HORACIO RICARDO Y OTRO C/ CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO NOELIA I S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - Mar del Plata (Cc0102 Mp)
Fecha
2019-04-04
Cita digital
168802
Voces
REGISTRADA BAJO EL N º 76-S Fo. 404/13 Expte. N...en virtud de dicha circunstancia, y teniendo en cuenta que...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva166913
Resumen

REGISTRADA BAJO EL N º 76-S Fo. 404/13 Expte. N ° 166.913 Juzgado Civil y Comercial Nº 10. En la ciudad de Mar del Plata, a los 1 días del mes de abril de dos mil diecinueve, reunida la Excma.

Coincidencia encontrada

...rimer lugar, la normativa aplicable al caso, expresando que en materia de responsabilidad civil debía regir la ley vigente al momento de la producción del daño. Concluyó que atento la fecha en que acaeció el hecho central que sustentaba la pretensión indemnizatoria, la atribución de responsabilidad debía resolverse según las normas contenidas en el derogado Código Civil cfr....

Cita sugerida

LABERNE, HORACIO RICARDO Y OTRO C/ CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO NOELIA I S/ DAÑOS Y PERJUICIOS - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - MAR DEL PLATA (CC0102 MP) 2019-04-04 - 168802

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 17577 Alta coincidencia

LEDESMA LEONARDO DAVID ALBERFTO Y OTRO/A C/ IREN OSCAR FELIPE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES O MUERTE (EXC. ESTADO)

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - Moron (Cc0002 Mo)
Fecha
2019-11-19
Cita digital
172992
Voces
“ LEDESMA LEONARDO DAVID ALBERTO Y OTRO/AC/ IREN OSCAR FELIPE...los mismos fueron concedidos libremente a fs. 607 y 610...conferidos los pertinentes traslados, la primera fue replicada con el...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva17577
Resumen

“ LEDESMA LEONARDO DAVID ALBERTO Y OTRO/AC/ IREN OSCAR FELIPE Y OTRO/A S(N0)/DA ÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) ” Causa Nº MO-17577-2010 R.S.273/2019 ///la Ciudad de Morón, Provincia de Buenos Aires, el 19 de Noviembre de 2019, reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los Señores Jueces de la...

Coincidencia encontrada

...trapatrimonial y los intereses, la demandada y su garante atacan la atribución de responsabilidad, para luego atacar la cuantificación de los rubros admitidos y los accesorios que se mandan a aplicar.- A los términos de sendas expresiones de agravios cabe remitirse, en homenaje a la brevedad.- III.- La soluci ón desde la óptica del suscripto A fin de...

Cita sugerida

LEDESMA LEONARDO DAVID ALBERFTO Y OTRO/A C/ IREN OSCAR FELIPE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES O MUERTE (EXC. ESTADO) - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - MORON (CC0002 MO) 2019-11-19 - 172992

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51136 Alta coincidencia

Mendez, Raúl Horacio Francisco c/Provincia de Buenos Aires (Tribunal de Cuentas) s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1997-12-23
Cita digital
82968
Voces
A C U E R D O En la ciudad...que las puertas de acceso al Servicio se cerraban con...el que por otra parte fuera suspendido por razones económicas....Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51136
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a veintitrés de diciembre de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Pisano, Negri, Laborde, Ghione, Hitters, Pettigiani, Salas, de Lázzari, se...

Coincidencia encontrada

...to al aludido fallo está referido por parte del actor a la imposición que como deudor del fisco le formula el Tribunal de Cuentas por la suma antes referida, por responsabilidad administrativo patrimonial en su carácter de Jefe de Servicio de Oftalmología del Hospital Interzonal General de Agudos "General San Martín", por el hurto producido de una máquina...

Cita sugerida

Mendez, Raúl Horacio Francisco c/Provincia de Buenos Aires (Tribunal de Cuentas) s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1997-12-23 - 82968

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 52119 Alta coincidencia

Gorchs, Jorge Gustavo c/Municipalidad de La Plata s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1994-03-15
Cita digital
112450
Voces
En la ciudad de la Plata, a 15 de marzo...107, apartado II, inc. b) y 109 incs. 4º y...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 52119
Resumen

En la ciudad de la Plata, a 15 de marzo de 1994, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Rodríguez Villar, Mercader, Vivanco, Negri, Pisano, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario...

Coincidencia encontrada

...a ciudad de La Plata ordena la instrucción de un sumario administrativo para determinar la responsabilidad del hoy actor en la comisión de transgresiones a los arts. 88 inc. “k” y 89 inc. “b” de la Ord. 5812, a raíz de la presentación de un presupuesto atribuido a una empresa de su propiedad en el trámite de adquisición...

Cita sugerida

Gorchs, Jorge Gustavo c/Municipalidad de La Plata s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1994-03-15 - 112450

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Rl 117293 Alta coincidencia

Cincotta, Norberto c/Consolidar Seg. de Retiro S.A. y ot. s/Despido

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2013-06-05
Cita digital
31651
Voces
L117293 - "Cincotta, Norberto C/ Consolidar Seg. de Retiro S.a....así como también de las indemnizaciones derivadas del despido y...circunstancias que -a su criterio- difuminan la pretensión de cobrar...LaboralSentencia InterlocutoriaRl 117293
Resumen

L117293 - "CINCOTTA, NORBERTO C/ CONSOLIDAR SEG. DE RETIRO S.A. Y OT S/ DESPIDO". //Plata, 5 de Junio de 2013. AUTOS Y VISTO: Los señores jueces doctores Soria, Genoud, Kogan y Pettigiani dijeron: I.

Coincidencia encontrada

...inción de la relación laboral se consumó en los términos del art. 241, última parte, de la L.C.T. En otro orden, juzgó abstracto el tratamiento de la responsabilidad de BBVA Banco Francés S.A. en los términos invocados en la demanda. Finalmente, estimó que los certificados del art. 80 de la L.C.T. glosados a la causa (fs. 183/186, 190/193,...

Cita sugerida

Cincotta, Norberto c/Consolidar Seg. de Retiro S.A. y ot. s/Despido - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2013-06-05 - 31651