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155+ resultados encontrados para Responsabilidad De Los Supermercados Contrato con busqueda amplia. Mostrando 31-40.
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Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Despido Contrato De Trabajo Irregularidad Registral Responsabilidad Solidaria

Partes
Walmart SA lo hizo a fs.738/740, SANCOR COOPERATIVAS... en la ciudad auta noma buenos aires en la fecha...
Resumen

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la fecha de registro que figura en el Sistema LEX 100, la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, procede a dictar sentencia en la causa del epígrafe y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente...

Coincidencia encontrada

En la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la fecha de registro que figura en el Sistema LEX 100, la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, procede a dictar sentencia en la causa del epígrafe y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden: La Doctora Gabriela A. Vázquez...

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Despido Contrato De Trabajo Irregularidad Registral Responsabilidad Solidaria

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51646 Alta coincidencia

Viera, Carlos Alberto c/Municipalidad de Zárate s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1997-12-02
Cita digital
62060
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51646
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a dos de diciembre de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Negri, Pisano, Ghione, Salas, San Martín, se reúnen los señores...

Coincidencia encontrada

...a instrucción de sumario a fin de deslindar responsabilidades en relación a las irregularidades

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Viera, Carlos Alberto c/Municipalidad de Zárate s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1997-12-02 - 62060

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Rl 122847 Alta coincidencia

Federación de Educadores Bonaerenses y otros contra Dirección General de Cultura y Educación. Amparo Sindical.

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2019-08-28
Cita digital
171209
Voces
FEDERACION DE EDUCADORES BONAERENSES Y OTROS C/ DIRECCION GENERAL DE...LABORALSentencia InterlocutoriaRl 122847
Resumen

FEDERACION DE EDUCADORES BONAERENSES Y OTROS C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION S/ AMPARO SINDICAL. La Plata, 28 de agosto de 2019. AUTOS Y VISTOS: El señor Juez doctor Negri, la señora Jueza doctora Kogan y el señor Juez doctor Pettigiani dijeron: I.

Coincidencia encontrada

...ormativa que permita soslayar los derechos laborales de los docentes y directores con relación a la responsabilidad en el incumplimiento de las obligaciones que se les endilga, según lo dispuesto por el art. 52 inc. 7 del decreto 2299/11. En tal sentido, consideró prima facie verosímil el argumento que se expuso en el escrito liminar, acerca de la...

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Federación de Educadores Bonaerenses y otros contra Dirección General de Cultura y Educación. Amparo Sindical. - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2019-08-28 - 171209

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2019 Nro. 304 Alta coincidencia

El expediente AAD 107/19 caratulado “Lugones Alberto y Culotta Juan (Consejeros) S/Propuesta Dict. Relativa Régimen Caja Chica” (Nº 13-11190/19 del registro de la Administración General del Poder Judicial de la Nación). 1º) Asignar los montos de “Caja Chica”- fijándolo en una suma equivalente a la remuneración total asignada al cargo de Auxiliar (PAT) al 1º de enero de cada año- los módulos asignados serán los indicados en el Anexo II de la presente y- para las áreas dependientes de la Administración General- los que el propio Administrador General establezca. Toda incorporación- modificación o supresión de módulos será decidida por la Comisión de Administración y Financiera. 2º) El reintegro de las sumas pagadas por este régimen se efectuará cuando alcancen- como mínimo- el setenta por ciento (70%) del importe asignado. El monto total anual abonado por cada una de las cajas chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor fijado según lo dispuesto en el artículo 1º. 3º) La responsabilidad por los gastos efectuados recaerá sobre el más alto funcionario del área- quien deberá evaluar la oportunidad- mérito y conveniencia de los gastos solventados con fondos recibidos. 4º) La rendición de cuentas- ante la Dirección General de Administración Financiera- estará integrada por: a) Oficio firmado por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - solicitando la reposición de “Caja Chica” o en su defecto elevando la rendición final por cierre de ejercicio y señalando la documentación respaldatoria y planilla de rendición que se acompaña-. b) Por delante del grupo de comprobantes deberá presentarse- firmada y sellada por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - una planilla de rendición que consigne la asignación de un número correlativo a cada comprobante de gasto- el beneficiario del pago- el tipo y número de comprobante (factura- ticket o ticket-factura)- la CUIT- la fecha de la operación- el concepto y el importe de la erogación. Dicha planilla de rendición deberá confeccionarse en formato planilla de cálculo (se adjunta modelo) la cual sin perjuicio de su remisión junto a la documental de respaldo- será enviada además al mail institucional (daf.departamento.gestion.interna@pjn.gov.ar). c) En todas las operaciones la condición de compra deberá ser contado efectivo. Para el caso de abonar con tarjeta de débito- el comprobante deberá estar a nombre de la máxima autoridad del Área de destino. Para el caso de las Vocalías del Consejo de la Magistratura el comprobante será refrendado por el Consejero o por quienes él mismo autorice dentro de su Vocalía. Los comprobantes señalados deberán adjuntarse en original- completos- sin enmiendas o tachaduras- visados por el responsable de la administración de los fondos y numerados conforme la aludida planilla- los que deberán cumplir con los requisitos de la legalidad exigidos por la AFIP- y deberán ser tipo “B” o “C”. d) No se reconocerán aquellos comprobantes que tengan descripciones genéricas- salvo las excepciones que correspondan a la imposibilidad de emitirlos de otra manera. En tal caso podrán acompañarse remitos de los productos adquiridos. e) En el caso de haberse realizado un gasto fuera de los días hábiles administrativos- se deberá explicitar los motivos que dieron origen a la erogación. 5º) El monto total anual abonado por cada una de las Cajas Chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor f

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
14-11-2019 00:00:00
Cita digital
PJN 141044
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2019304
Resumen

Expediente AAD 107/19 caratulado “Lugones Alberto y Culotta Juan (Consejeros) S/Propuesta Dict. Relativa Régimen Caja Chica” (Nº 13-11190/19 del registro de la Administración General del Poder Judicial de la Nación).

Coincidencia encontrada

... por cada una de las cajas chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor fijado según lo dispuesto en el artículo 1º. 3º) La responsabilidad por los gastos efectuados recaerá sobre el más alto funcionario del área- quien deberá evaluar la oportunidad- mérito y conveniencia de los gastos solventados con fondos recibidos. 4º)...

Cita sugerida

El expediente AAD 107/19 caratulado “Lugones Alberto y Culotta Juan (Consejeros) S/Propuesta Dict. Relativa Régimen Caja Chica” (Nº 13-11190/19 del registro de la Administración General del Poder Judicial de la Nación). 1º) Asignar los montos de “Caja Chica”- fijándolo en una suma equivalente a la remuneración total asignada al cargo de Auxiliar (PAT) al 1º de enero de cada año- los módulos asignados serán los indicados en el Anexo II de la presente y- para las áreas dependientes de la Administración General- los que el propio Administrador General establezca. Toda incorporación- modificación o supresión de módulos será decidida por la Comisión de Administración y Financiera. 2º) El reintegro de las sumas pagadas por este régimen se efectuará cuando alcancen- como mínimo- el setenta por ciento (70%) del importe asignado. El monto total anual abonado por cada una de las cajas chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor fijado según lo dispuesto en el artículo 1º. 3º) La responsabilidad por los gastos efectuados recaerá sobre el más alto funcionario del área- quien deberá evaluar la oportunidad- mérito y conveniencia de los gastos solventados con fondos recibidos. 4º) La rendición de cuentas- ante la Dirección General de Administración Financiera- estará integrada por: a) Oficio firmado por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - solicitando la reposición de “Caja Chica” o en su defecto elevando la rendición final por cierre de ejercicio y señalando la documentación respaldatoria y planilla de rendición que se acompaña-. b) Por delante del grupo de comprobantes deberá presentarse- firmada y sellada por el responsable de la administración y custodia de los recursos recibidos - una planilla de rendición que consigne la asignación de un número correlativo a cada comprobante de gasto- el beneficiario del pago- el tipo y número de comprobante (factura- ticket o ticket-factura)- la CUIT- la fecha de la operación- el concepto y el importe de la erogación. Dicha planilla de rendición deberá confeccionarse en formato planilla de cálculo (se adjunta modelo) la cual sin perjuicio de su remisión junto a la documental de respaldo- será enviada además al mail institucional (daf.departamento.gestion.interna@pjn.gov.ar). c) En todas las operaciones la condición de compra deberá ser contado efectivo. Para el caso de abonar con tarjeta de débito- el comprobante deberá estar a nombre de la máxima autoridad del Área de destino. Para el caso de las Vocalías del Consejo de la Magistratura el comprobante será refrendado por el Consejero o por quienes él mismo autorice dentro de su Vocalía. Los comprobantes señalados deberán adjuntarse en original- completos- sin enmiendas o tachaduras- visados por el responsable de la administración de los fondos y numerados conforme la aludida planilla- los que deberán cumplir con los requisitos de la legalidad exigidos por la AFIP- y deberán ser tipo “B” o “C”. d) No se reconocerán aquellos comprobantes que tengan descripciones genéricas- salvo las excepciones que correspondan a la imposibilidad de emitirlos de otra manera. En tal caso podrán acompañarse remitos de los productos adquiridos. e) En el caso de haberse realizado un gasto fuera de los días hábiles administrativos- se deberá explicitar los motivos que dieron origen a la erogación. 5º) El monto total anual abonado por cada una de las Cajas Chicas no podrá exceder del equivalente a cuatro (4) veces el valor f - Consejo de la Magistratura 14-11-2019 00:00:00 - PJN 141044

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Danos Y Perjuicios Defensa Del Consumidor Relacion De Consumo Responsabilidad De Los Supermercados Ley 24240 Trato Digno Dano Moral

Resumen

Daños y perjuicios. Defensa del consumidor. Relación de consumo. Responsabilidad de los supermercados. Ley 24240. Trato digno. Daño moral Se condena a un supermercado a reparar el daño moral sufrido por un cliente que padeció malos tratos por parte del personal de vigilancia al activarse una alarma de seguridad, en la medida...

Coincidencia encontrada

Daños y perjuicios. Defensa del consumidor. Relación de consumo. Responsabilidad de los supermercados. Ley 24240. Trato digno. Daño moral Se condena a un supermercado a reparar el daño moral sufrido por un cliente que padeció malos tratos por parte del personal de vigilancia al activarse una alarma de seguridad, en la medida en que se verificó una afectación...

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Danos Y Perjuicios Defensa Del Consumidor Relacion De Consumo Responsabilidad De Los Supermercados Ley 24240 Trato Digno Dano Moral

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. Ac 65622 Alta coincidencia

González Ortquiola, Silvio y otra c/Consorcio Edif. "Torre Playa III" s/Indemnización daños y perjuicios

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1997-05-06
Cita digital
20767
Voces
A C U E R D O En la ciudad...b) no está controvertido el modo como se desarrollaron los...c) no obstante su condición inerte, una pileta de natación...d) las manifestaciones efectuadas por el padre de la menor...Civil y ComercialSentencia DefinitivaAc 65622
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a seis de mayo de mil novecientos noventa y siete, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores San Martín, Laborde, Negri, Pisano, Salas, se reúnen los señores...

Coincidencia encontrada

... de la pileta de natación a pesar de su corta edad -10 años- y de no saber nadar. Establece la responsabilidad en un 70% para el consorcio del edificio y la Municipalidad de Villa Gesell y un 30% para los padres de la menor víctima. 2. La Cámara a quo revocó la sentencia eximiendo totalmente de responsabilidad...

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González Ortquiola, Silvio y otra c/Consorcio Edif. "Torre Playa III" s/Indemnización daños y perjuicios - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1997-05-06 - 20767

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 144504 Alta coincidencia

DE LA PIEDRA JORGE ADOLFO C/ VALENCIA NESTOR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS-RESP.EST.-POR DELITOS Y CUASID.SIN USO AUTOMOT.

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - Mar del Plata (Cc0101 Mp)
Fecha
2015-04-28
Cita digital
132700
Voces
REGISTRO Nº106.R FOLIO Nº202 Expte. Nº 144504 - Cámara de...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria144504
Resumen

REGISTRO Nº106.R FOLIO Nº202 Expte. Nº 144504 - Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata - Sala I.

Coincidencia encontrada

... Ley no hace imputación alguna ni divide ese porcentual entre los co-condenados, sino que establece el límite de la condena en costas. Considera que corresponde limitar la responsabilidad por el pago de las costas, incluidos los honorarios profesionales de todo tipo allí devengados, en los términos del art. 505, siendo sólo los pertenecientes a Primera Instancia, sin...

Cita sugerida

DE LA PIEDRA JORGE ADOLFO C/ VALENCIA NESTOR Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS-RESP.EST.-POR DELITOS Y CUASID.SIN USO AUTOMOT. - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - MAR DEL PLATA (CC0101 MP) 2015-04-28 - 132700

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 44256 Alta coincidencia

Vazquez jorge L. c/ Montenegro José s/ Ds. y Ps.

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - Lomas de Zamora (Cc0002 Lz)
Fecha
2015-02-20
Cita digital
140327
Voces
" VAZQUEZ, JORGE LUIS Y OTRO/A C/ MONTENEGRO, JOSE ALEJANDRO...dio el siguiente orden de votación: Dres. Guillermo Fabián Rabino...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva44256
Resumen

" VAZQUEZ, JORGE LUIS Y OTRO/A C/ MONTENEGRO, JOSE ALEJANDRO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS " J. 5 -SALA II-CAUSA 44256 REG.DEF 14 FOLIO 68 En Lomas de Zamora, a los 20 días del mes de Febrero de 2015, reunidos en Acuerdo Ordinario los Jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil...

Coincidencia encontrada

...ando la demanda de daños y perjuicios iniciada por Jorge Luis Vazquez y Pedro Lionel Berrios contra José Alejandro Montenegro.- Asimismo, eximió de responsabilidad a "Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada".- Finalmente, impuso las costas a los actores vencidos y difirió la regulación de los honorarios para la oportunidad en que la presente quede firme.- II.- Únicamente apela dicho...

Cita sugerida

Vazquez jorge L. c/ Montenegro José s/ Ds. y Ps. - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - LOMAS DE ZAMORA (CC0002 LZ) 2015-02-20 - 140327

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 166913 Alta coincidencia

LABERNE, HORACIO RICARDO Y OTRO C/ CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO NOELIA I S/ DAÑOS Y PERJUICIOS

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Ii - Mar del Plata (Cc0102 Mp)
Fecha
2019-04-04
Cita digital
168802
Voces
REGISTRADA BAJO EL N º 76-S Fo. 404/13 Expte. N...en virtud de dicha circunstancia, y teniendo en cuenta que...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva166913
Resumen

REGISTRADA BAJO EL N º 76-S Fo. 404/13 Expte. N ° 166.913 Juzgado Civil y Comercial Nº 10. En la ciudad de Mar del Plata, a los 1 días del mes de abril de dos mil diecinueve, reunida la Excma.

Coincidencia encontrada

...rimer lugar, la normativa aplicable al caso, expresando que en materia de responsabilidad civil debía regir la ley vigente al momento de la producción del daño. Concluyó que atento la fecha en que acaeció el hecho central que sustentaba la pretensión indemnizatoria, la atribución de responsabilidad debía resolverse según las normas contenidas en el derogado Código Civil cfr....

Cita sugerida

LABERNE, HORACIO RICARDO Y OTRO C/ CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO NOELIA I S/ DAÑOS Y PERJUICIOS - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - MAR DEL PLATA (CC0102 MP) 2019-04-04 - 168802

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 51661 Alta coincidencia

Alvarez, Rodolfo Andrés c/Provincia de Buenos Aires (Poder Judicial) s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2001-03-28
Cita digital
83006
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 51661
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a veintiocho de marzo de 2000 1, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores San Martín, Ghione, Hitters, Pettigiani, de Lázzari, Pisano, Ferrer, se reúnen los señores...

Coincidencia encontrada

...o y respetando el orden jerárquico administrativo establecido. La responsabilidad administrativa o disciplinaria es sólo una parte o un aspecto de la responsabilidad propia de los agentes públicos y que puede abarcar tanto la responsabilidad civil como penal y en ciertos casos, la política. Es por ello que en el régimen disciplinario derivado de la relación de empleo...

Cita sugerida

Alvarez, Rodolfo Andrés c/Provincia de Buenos Aires (Poder Judicial) s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2001-03-28 - 83006