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79+ resultados encontrados para CONFIRMACION DE SENTENCIA-ACCION REIVINDICATORIA-APRECIACION DE LA PRUEBA con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2019 Nro. 291 Alta coincidencia

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M. Nº 7/14 y modificatorias nº 95/15 y 235/18)- el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 31.- Prueba de oposición y confirmación a examen. Los postulantes deberán confirmar su participación al examen de oposición escrito con diez (10) días de antelación a la fecha fijada para la prueba. La confirmación se realizará únicamente por vía electrónica a través de la página web del Poder Judicial de la Nación- mediante el módulo de confirmación del sistema de concursos- dentro del periodo fijado para cada prueba. El postulante que no confirme por el medio aquí dispuesto y dentro del plazo establecido- será excluido de ese procedimiento de selección. La prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos- reales o imaginarios- para que cada uno de ellos proyecte una resolución o sentencia- como debería hacerlo estando en ejercicio del cargo para el que se postula. La prueba se tomará simultáneamente- y su duración no excederá de ocho (8) horas. Los casos que se planteen versarán sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa- y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Cuando los tribunales tuvieren asignada competencia en materia electoral o penal- o ambos simultáneamente- el temario deberá incluir casos de dichas especialidades; sin perjuicio de los que pudieren proponerse sobre otras cuestiones. Uno de los casos planteados deberá incorporar temas que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. La extensión total de los casos no deberá ser mayor a las diez páginas y deberá preverse que pueda ser resuelto razonablemente por los postulantes en el término que se les conceda para hacerlo. La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso- sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión un temario que indicará un conjunto de institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos- que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nacion y del Consejo de la Magistratura- con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba. En el temario y en los casos se incluirán cuestiones vinculadas a la competencia material de los tribunales- que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión cuatro (4) cosas diferentes por lo menos- en sendos sobre cerrados- de similares características- no identificables- cerrados de modo tal que se garantice su inviolabilidad- que quedarán reservados en Secretaría hasta el día de la prueba de oposición. Antes del comienzo del examen- con suficiente anticipación para la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos; el caso será sorteado por el Consejero a cargo del acto frente a los concursantes- labrándose un acta para constancia. El horario en que se realizará. El horario en que se realizará este sorteo será informado oportunamente en la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistr

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
25-10-2019 00:00:00
Cita digital
PJN 140247
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2019291
Resumen

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M.

Coincidencia encontrada

...modificatorias nº 95/15 y 235/18)- el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 31.- Prueba de oposición y confirmación a examen. Los postulantes deberán confirmar su participación al examen de oposición escrito con diez (10) días de antelación a la fecha fijada para la prueba. La confirmación se realizará únicamente por vía electrónica a través de la...

Cita sugerida

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M. Nº 7/14 y modificatorias nº 95/15 y 235/18)- el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 31.- Prueba de oposición y confirmación a examen. Los postulantes deberán confirmar su participación al examen de oposición escrito con diez (10) días de antelación a la fecha fijada para la prueba. La confirmación se realizará únicamente por vía electrónica a través de la página web del Poder Judicial de la Nación- mediante el módulo de confirmación del sistema de concursos- dentro del periodo fijado para cada prueba. El postulante que no confirme por el medio aquí dispuesto y dentro del plazo establecido- será excluido de ese procedimiento de selección. La prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos- reales o imaginarios- para que cada uno de ellos proyecte una resolución o sentencia- como debería hacerlo estando en ejercicio del cargo para el que se postula. La prueba se tomará simultáneamente- y su duración no excederá de ocho (8) horas. Los casos que se planteen versarán sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa- y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Cuando los tribunales tuvieren asignada competencia en materia electoral o penal- o ambos simultáneamente- el temario deberá incluir casos de dichas especialidades; sin perjuicio de los que pudieren proponerse sobre otras cuestiones. Uno de los casos planteados deberá incorporar temas que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. La extensión total de los casos no deberá ser mayor a las diez páginas y deberá preverse que pueda ser resuelto razonablemente por los postulantes en el término que se les conceda para hacerlo. La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso- sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión un temario que indicará un conjunto de institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos- que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nacion y del Consejo de la Magistratura- con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba. En el temario y en los casos se incluirán cuestiones vinculadas a la competencia material de los tribunales- que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión cuatro (4) cosas diferentes por lo menos- en sendos sobre cerrados- de similares características- no identificables- cerrados de modo tal que se garantice su inviolabilidad- que quedarán reservados en Secretaría hasta el día de la prueba de oposición. Antes del comienzo del examen- con suficiente anticipación para la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos; el caso será sorteado por el Consejero a cargo del acto frente a los concursantes- labrándose un acta para constancia. El horario en que se realizará. El horario en que se realizará este sorteo será informado oportunamente en la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistr - Consejo de la Magistratura 25-10-2019 00:00:00 - PJN 140247

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2015 Nro. 95 Alta coincidencia

Modificar el art. 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación- el que queda redactado de la siguiente manera: “A – Prueba de oposición. Artículo 31- La Prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos reales o imaginarios- para que cada uno de ellos proyecte una resolución o sentencia- como debería hacerlo estando en ejercicio del cargo para el que se postula. La prueba se tomará simultáneamente- y su duración no excederá de ocho (8) horas. Los casos que se planteen versarán sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa- y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Cuando los tribunales tuvieren asignada competencia en materia electoral o penal- o ambas simultáneamente- el temario deberá incluir casos de dichas especialidades- sin perjuicio de los que pudieren proponerse sobre otras cuestiones. La extensión total de los casos no deberá ser mayor a las diez páginas y deberá preverse que pueda ser resuelto razonablemente por los postulantes en el término que se les concede para hacerlo. El postulante deberá confirmar su presencia y participación en la prueba de oposición con una antelación de diez (10) días hábiles judiciales. La confirmación deberá efectuarse a través de un medio y modo fehaciente- dirigido a la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial. Quedan comprendidos dentro de los medios fehacientes; los correos electrónicos remitidos a la dirección institucional de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial. La falta de confirmación dará lugar a exclusión del postulante del Concurso respectivo; salvo causa grave debidamente justificada por escrito en fecha previa a la prueba de oposición. La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso- sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno. El Jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión- un temario que indicará un conjunto de institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos- que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistratura- con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión cuatro (4) casos diferentes- por lo menos- en sendos sobres cerrados- de similares características- no identificables- cerrados de modo tal que se garantice su inviolabilidad- que quedarán reservados en Secretaría hasta el día de la prueba de oposición. Antes del comienzo del examen- con suficiente anticipación para la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos- el caso será sorteado por el Consejero a cargo del acto frente a los concursantes- labrándose un acta para constancia. El horario en que se realizará este sorteo será informado oportunamente en la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistratura”. Resol 95/15

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
16-04-2015 00:00:00
Cita digital
PJN 83160
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 201595
Resumen

Modificar el art. 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación- el que queda redactado de la siguiente manera: “A – Prueba de oposición.

Coincidencia encontrada

...31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación- el que queda redactado de la siguiente manera: “A – Prueba de oposición. Artículo 31- La Prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos reales o imaginarios- para que...

Cita sugerida

Modificar el art. 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la designación de magistrados del Poder Judicial de la Nación- el que queda redactado de la siguiente manera: “A – Prueba de oposición. Artículo 31- La Prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos reales o imaginarios- para que cada uno de ellos proyecte una resolución o sentencia- como debería hacerlo estando en ejercicio del cargo para el que se postula. La prueba se tomará simultáneamente- y su duración no excederá de ocho (8) horas. Los casos que se planteen versarán sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa- y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Cuando los tribunales tuvieren asignada competencia en materia electoral o penal- o ambas simultáneamente- el temario deberá incluir casos de dichas especialidades- sin perjuicio de los que pudieren proponerse sobre otras cuestiones. La extensión total de los casos no deberá ser mayor a las diez páginas y deberá preverse que pueda ser resuelto razonablemente por los postulantes en el término que se les concede para hacerlo. El postulante deberá confirmar su presencia y participación en la prueba de oposición con una antelación de diez (10) días hábiles judiciales. La confirmación deberá efectuarse a través de un medio y modo fehaciente- dirigido a la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial. Quedan comprendidos dentro de los medios fehacientes; los correos electrónicos remitidos a la dirección institucional de la Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial. La falta de confirmación dará lugar a exclusión del postulante del Concurso respectivo; salvo causa grave debidamente justificada por escrito en fecha previa a la prueba de oposición. La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso- sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno. El Jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión- un temario que indicará un conjunto de institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos- que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistratura- con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión cuatro (4) casos diferentes- por lo menos- en sendos sobres cerrados- de similares características- no identificables- cerrados de modo tal que se garantice su inviolabilidad- que quedarán reservados en Secretaría hasta el día de la prueba de oposición. Antes del comienzo del examen- con suficiente anticipación para la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos- el caso será sorteado por el Consejero a cargo del acto frente a los concursantes- labrándose un acta para constancia. El horario en que se realizará este sorteo será informado oportunamente en la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistratura”. Resol 95/15 - Consejo de la Magistratura 16-04-2015 00:00:00 - PJN 83160

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Ford Motor Argentina S.A. c/ A.N.A. s/ Confirmación de Sentencia.

Tribunal
CA
Fecha
1993-08-09
Cita digital
K0006563
Voces
Confirmacion de Sentencia - AstreintesProcesal
Resumen

Ford Motor Argentina S.A. c/ A.N.A. s/ Confirmación de Sentencia. CONFIRMACION DE SENTENCIA-ASTREINTES Partes: Ford Motor Argentina S.A. c/ A.N.A.

Coincidencia encontrada

CONFIRMACION DE SENTENCIA-ASTREINTES

Cita sugerida

Ford Motor Argentina S.A. c/ A.N.A. s/ Confirmación de Sentencia. - CA 1993-08-09 - K0006563

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Beltrametti, Juan Antonio y otro s/ recurso de casación

Tribunal
NP
Fecha
2011-03-09
Cita digital
33018532
Voces
Confirmacion de Sentencia - Improcedencia del Recurso - Recurso de...Penal
Resumen

CONFIRMACION DE SENTENCIA-IMPROCEDENCIA DEL RECURSO-RECURSO DE CASACION-SENTENCIA ARBITRARIA-HOMICIDIO CALIFICADO-PRUEBA-VALORACION DE LA PRUEBA-IMPUTADO-PERSONAL MILITAR-CENTRO CLANDESTINO DE DETENCION-DESAPARECIDOS-PRUEBA TESTIMONIAL-PUBLICACION DE FOTOGRAFIAS-PRUEBA DOCUMENTAL-DICTADURA MILITAR-PROCESO DE REORGANIZACION NACIONAL

Cita sugerida

Beltrametti, Juan Antonio y otro s/ recurso de casación - NP 2011-03-09 - 33018532

Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Pachelo Ryan Nicolás y Marasco M. O. c/ s/ Recursos de casación // Pachelo Ryan Nicolás s/Recursos de casación interpuestos por particular damnificado y fiscal

Tribunal
AS
Fecha
2025-02-18
Cita digital
B0964186
Voces
Fundamentacion de Sentencias - Confirmacion de Sentencia - Codigo Penal...Penal - Procesal
Resumen

FUNDAMENTACION DE SENTENCIAS-CONFIRMACION DE SENTENCIA-CODIGO PENAL-ROBO CON EFRACCION-PRISION PERPETUA-CONCURSO REAL-HOMICIDIO CRIMINIS CAUSA-ARMA DE FUEGO-COUNTRIES-SANA CRITICA RACIONAL-MEDIOS DE PRUEBA-PRUEBA TESTIMONIAL-PRUEBA DE INFORMES-PRUEBA INDICIARIA-VOTO EN DISIDENCIA-TESTIGOS-AUTORIA

Cita sugerida

Pachelo Ryan Nicolás y Marasco M. O. c/ s/ Recursos de casación // Pachelo Ryan Nicolás s/Recursos de casación interpuestos por particular damnificado y fiscal - AS 2025-02-18 - B0964186

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14)

Tribunal
PJ
Fecha
2025-07-10
Cita digital
C2006673
Voces
Confirmacion de Sentencia - Delitos contra la Integridad Sexual -...Penal
Resumen

CONFIRMACION DE SENTENCIA-DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-CODIGO PENAL-PORNOGRAFIA-SENTENCIA CONDENATORIA-PRUEBA TESTIMONIAL-PRUEBA PERICIAL-PERICIA PSICOLOGICA-CAMARA GESELL-CONDENA CONDICIONAL-REGLAS DE CONDUCTA-CONCURSO REAL-TELEFONO CELULAR-TENENCIA ILEGITIMA DE ARMAS DE USO CIVIL-VALORACION DE LA PRUEBA-TIPO PENAL-PROTECCION DEL NIÑO-DOCTRINA

Cita sugerida

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14) - PJ 2025-07-10 - C2006673

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14)

Tribunal
PJ
Fecha
2025-07-10
Cita digital
C2006674
Voces
Confirmacion de Sentencia - Delitos contra la Integridad Sexual -...Penal
Resumen

CONFIRMACION DE SENTENCIA-DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-CODIGO PENAL-PORNOGRAFIA-SENTENCIA CONDENATORIA-PRUEBA TESTIMONIAL-PRUEBA PERICIAL-PERICIA PSICOLOGICA-CAMARA GESELL-CONDENA CONDICIONAL-REGLAS DE CONDUCTA-CONCURSO REAL-TELEFONO CELULAR-TENENCIA ILEGITIMA DE ARMAS DE USO CIVIL-VALORACION DE LA PRUEBA-INTERPRETACION DE LA LEY-TIPO PENAL

Cita sugerida

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14) - PJ 2025-07-10 - C2006674

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14)

Tribunal
PJ
Fecha
2025-07-10
Cita digital
C2006667
Voces
Confirmacion de Sentencia - Delitos contra la Integridad Sexual -...Penal
Resumen

CONFIRMACION DE SENTENCIA-DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-CODIGO PENAL-PORNOGRAFIA-SENTENCIA CONDENATORIA-PRUEBA TESTIMONIAL-PRUEBA PERICIAL-PERICIA PSICOLOGICA-CAMARA GESELL-CONDENA CONDICIONAL-REGLAS DE CONDUCTA-CONCURSO REAL-TELEFONO CELULAR-TENENCIA ILEGITIMA DE ARMAS DE USO CIVIL-VALORACION DE LA PRUEBA

Cita sugerida

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14) - PJ 2025-07-10 - C2006667

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14)

Tribunal
PJ
Fecha
2025-07-10
Cita digital
C2006675
Voces
Confirmacion de Sentencia - Delitos contra la Integridad Sexual -...Penal
Resumen

CONFIRMACION DE SENTENCIA-DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-CODIGO PENAL-PORNOGRAFIA-SENTENCIA CONDENATORIA-PRUEBA TESTIMONIAL-PRUEBA PERICIAL-PERICIA PSICOLOGICA-CAMARA GESELL-CONDENA CONDICIONAL-REGLAS DE CONDUCTA-CONCURSO REAL-TELEFONO CELULAR-TENENCIA ILEGITIMA DE ARMAS DE USO CIVIL-VALORACION DE LA PRUEBA-INTERPRETACION DE LA LEY

Cita sugerida

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14) - PJ 2025-07-10 - C2006675

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14)

Tribunal
PJ
Fecha
2025-07-10
Cita digital
C2006671
Voces
Confirmacion de Sentencia - Delitos contra la Integridad Sexual -...Penal
Resumen

CONFIRMACION DE SENTENCIA-DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL-CODIGO PENAL-PORNOGRAFIA-SENTENCIA CONDENATORIA-PRUEBA TESTIMONIAL-PRUEBA PERICIAL-PERICIA PSICOLOGICA-CAMARA GESELL-CONDENA CONDICIONAL-REGLAS DE CONDUCTA-CONCURSO REAL-TELEFONO CELULAR-TENENCIA ILEGITIMA DE ARMAS DE USO CIVIL-VALORACION DE LA PRUEBA-TIPO PENAL-PROTECCION DEL NIÑO-INTERPRETACION DE LA LEY

Cita sugerida

T., A. N. c/ s/ 128 3 Párr. Delitos atinentes a la pornografía (Facilitar acceso a espect. Pornogr. Menores 14) - PJ 2025-07-10 - C2006671