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79+ resultados encontrados para CONSTITUCION-DEPARTAMENTO GENERAL OBLIGADO-ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES-AMPLIACION Y REFACCION. con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. I 2021 Alta coincidencia

Municipalidad de San Isidro c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad ley 11.757

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2014-08-27
Cita digital
119208
Voces
A C U E R D O En la ciudad...ello, con la extensión y alcance que a tal declaración...INCONSTITUCIONALIDADSentencia DefinitivaI 2021
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 27 de agosto de 2014, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Negri, Soria, de Lázzari, Kogan, Pettigiani, se reúnen los señores jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

...nsión y alcance que a tal declaración le confiere la doctrina legal de la Suprema Corte y lo especificado en el art. 688 del Código Procesal Civil y Comercial. II. Corrido el traslado de la demanda, la Asesoría General de Gobierno la contesta, solicitando el rechazo de la misma en todas sus partes. Sostiene que la ley en...

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Municipalidad de San Isidro c/ Provincia de Buenos Aires s/ Inconstitucionalidad ley 11.757 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2014-08-27 - 119208

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. I 2174 Alta coincidencia

Trucco, María Carmen c/Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultural y Educación) s/Inconstitucionalidad del art. 140 ap. "B", párr. 4 del dto. 2485/92, reglam. ley 10579

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2007-06-20
Cita digital
95677
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Disposición 329/1998 y Disposición 353/1998, y que tales actos administrativos...y 1, 5, 14 bis, 18, 19, 28, 31, 33,...InconstitucionalidadSentencia DefinitivaI 2174
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 20 de junio de 2007, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Roncoroni, Hitters, Negri, de Lázzari, Kogan, Genoud, se reúnen los señores jueces de la...

Coincidencia encontrada

...tores Roncoroni, Hitters, Negri, de Lázzari, Kogan, Genoud, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa I. 2174, "Trucco, María Carmen contra Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultural y Educación). Inconstitucionalidad del art. 140º ap. "B", párr. 4º del dto. 2485/92, reglam. ley...

Cita sugerida

Trucco, María Carmen c/Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultural y Educación) s/Inconstitucionalidad del art. 140 ap. "B", párr. 4 del dto. 2485/92, reglam. ley 10579 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2007-06-20 - 95677

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2020 Nro. 264 Alta coincidencia

Esta resolución ha sido modificada mediante resolución CM 341/2024- del día 4 de septiembre del año 2024. El Expte. AAD 103/2020- caratulado “Culotta J. y Más Vélez J. (Consejeros) s/ Proy. reg. para el recon. liquidac. Y pago Hon. Peritos”. 1°) El Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna al Poder Judicial de la Nación (artículo 114° inciso 3° CN)- solamente asume provisionalmente- y sin declinar el derecho a su recupero ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas al pago- la responsabilidad del Estado Argentino a los fines del pago de los honorarios: a) de los traductores públicos o intérpretes- en los supuestos previstos por los artículos 8° inciso 2 a) de la Convención Interamericana de Derechos humanos y artículo 14° inc. 3 f) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos- o cuando su labor se hubiera desarrollado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) de los estudios periciales que se realicen en el marco de investigaciones de delitos de lesa humanidad -como así también las solicitudes de adelantos para gastos-; y- en los mismos términos- oblará los honorarios de intérpretes y peritos traductores por su labor efectuada en el marco de la Ley n° 26.364 -prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas- (reglamentada por Decreto n° 111/15) reformada por la Ley n° 26.842 artículo 6° inciso a)- e idéntica actividad respecto de víctimas de violencia de género- doméstica- contra niños- niñas- adolescentes y personas en estado de vulnerabilidad. 2°) En caso de que- entre el Consejo de la Magistratura- el Ministerio Público Fiscal u otro órgano del Estado- se suscite controversia relativa a cuál de ellos resulta obligado al pago (artículo 114° de la Constitución Nacional y en la Ley n° 24.397 entre otras)- una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aun en las causas en trámite -en los términos de los normado en el artículo 12° de la Ley n° 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente- y sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligado al pago- la responsabilidad a los fines del pago. En ese marco- especialmente hará efectivo el pago- en los casos de: a) Insolvencia del condenado en costas. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución del imputado e inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. 3°) Aprobar el “Reglamento para el Reconocimiento- Liquidación y Pago de Honorarios Periciales” que forma parte de la presente como Anexo I.- 4°) Derogar las Resoluciones CM nos 486/10- 339/16- 395/16 y 146/18- sus modificatorias y complementarias- así como toda otra resolución que se oponga a la presente. 5°) Encomendar a la Dirección General de Administración y Financiera la creación de un registr

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
10-12-2020 00:00:00
Cita digital
PJN 149450
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2020264
Resumen

Esta resolución ha sido modificada mediante resolución CM 341/2024- del día 4 de septiembre del año 2024. El Expte. AAD 103/2020- caratulado “Culotta J.

Coincidencia encontrada

...sente. 5°) Encomendar a la Dirección General de Administración y Financiera la creación de un registr

Cita sugerida

Esta resolución ha sido modificada mediante resolución CM 341/2024- del día 4 de septiembre del año 2024. El Expte. AAD 103/2020- caratulado “Culotta J. y Más Vélez J. (Consejeros) s/ Proy. reg. para el recon. liquidac. Y pago Hon. Peritos”. 1°) El Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna al Poder Judicial de la Nación (artículo 114° inciso 3° CN)- solamente asume provisionalmente- y sin declinar el derecho a su recupero ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas al pago- la responsabilidad del Estado Argentino a los fines del pago de los honorarios: a) de los traductores públicos o intérpretes- en los supuestos previstos por los artículos 8° inciso 2 a) de la Convención Interamericana de Derechos humanos y artículo 14° inc. 3 f) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos- o cuando su labor se hubiera desarrollado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) de los estudios periciales que se realicen en el marco de investigaciones de delitos de lesa humanidad -como así también las solicitudes de adelantos para gastos-; y- en los mismos términos- oblará los honorarios de intérpretes y peritos traductores por su labor efectuada en el marco de la Ley n° 26.364 -prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas- (reglamentada por Decreto n° 111/15) reformada por la Ley n° 26.842 artículo 6° inciso a)- e idéntica actividad respecto de víctimas de violencia de género- doméstica- contra niños- niñas- adolescentes y personas en estado de vulnerabilidad. 2°) En caso de que- entre el Consejo de la Magistratura- el Ministerio Público Fiscal u otro órgano del Estado- se suscite controversia relativa a cuál de ellos resulta obligado al pago (artículo 114° de la Constitución Nacional y en la Ley n° 24.397 entre otras)- una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aun en las causas en trámite -en los términos de los normado en el artículo 12° de la Ley n° 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente- y sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligado al pago- la responsabilidad a los fines del pago. En ese marco- especialmente hará efectivo el pago- en los casos de: a) Insolvencia del condenado en costas. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución del imputado e inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. 3°) Aprobar el “Reglamento para el Reconocimiento- Liquidación y Pago de Honorarios Periciales” que forma parte de la presente como Anexo I.- 4°) Derogar las Resoluciones CM nos 486/10- 339/16- 395/16 y 146/18- sus modificatorias y complementarias- así como toda otra resolución que se oponga a la presente. 5°) Encomendar a la Dirección General de Administración y Financiera la creación de un registr - Consejo de la Magistratura 10-12-2020 00:00:00 - PJN 149450

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 57354 Alta coincidencia

B. ,C. M. s/Homicidio

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1998-06-02
Cita digital
42032
Voces
DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala I de la...PenalSentencia DefinitivaP 57354
Resumen

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de San Martín condenó -en juicio oral- a Carlos María Basconcel a catorce años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor responsable de homicidio simple.

Coincidencia encontrada

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de San Martín condenó -en juicio oral- a Carlos María Basconcel a catorce años de prisión, accesorias legales y costas, por resultar autor responsable de homicidio simple. Art. 79 del Código Penal (fs. 371/377). Contra este pronunciamiento interpone recurso extraordinario...

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B. ,C. M. s/Homicidio - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1998-06-02 - 42032

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 43935 Alta coincidencia

M. ,C. s/Homicidio

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1991-06-18
Cita digital
97467
Voces
Dictamen de la Procuración General . Los Dres. Patricia Perelló,...PenalSentencia DefinitivaP 43935
Resumen

Dictamen de la Procuración General. Los Dres. Patricia Perelló, Jorge De La Canale y Horacio G. D'Angelo en su carácter de codefensores particulares del imputado, interponen recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley contra el veredicto y sentencia dictados en juicio oral por la Sala II de la Cámara de Apelaciones...

Coincidencia encontrada

Dictamen de la Procuración General. Los Dres. Patricia Perelló, Jorge De La Canale y Horacio G. D'Angelo en su carácter de codefensores particulares del imputado, interponen recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley contra el veredicto y sentencia dictados en juicio oral por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de...

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M. ,C. s/Homicidio - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1991-06-18 - 97467

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 55819 Alta coincidencia

L. ,H. O. s/Usurpación de propiedad

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1996-04-09
Cita digital
41956
Voces
DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala II de la...arts. 62 inc. 2º, 59 inc. 3º, 67 y 181...entre otras). En cuanto a la remisión que el impugnante...PenalSentencia DefinitivaP 55819
Resumen

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de San Martín, por mayoría de sus integrantes, declaró extinguida por prescripción la acción penal, respecto de Hugo Orlando Luján, en el delito de usurpación de propiedad que se investigó_ en la presente causa;...

Coincidencia encontrada

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de San Martín, por mayoría de sus integrantes, declaró extinguida por prescripción la acción penal, respecto de Hugo Orlando Luján, en el delito de usurpación de propiedad que se investigó_ en la presente causa; arts. 62 inc. 2º, 59 inc....

Cita sugerida

L. ,H. O. s/Usurpación de propiedad - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1996-04-09 - 41956

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. P 60479 Alta coincidencia

D. l. C. ,H. E. s/Homicidio culposo

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1998-06-16
Cita digital
117433
Voces
DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala Segunda de la...2) Que no se encuentra en la causa el oficio...3) Que la Alzada tenía que determinar si el Juez...PenalSentencia DefinitivaP 60479
Resumen

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de La Plata condenó a Hugo Ernesto De la Canal a seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores, con costas, por resultar autor responsable de...

Coincidencia encontrada

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: La Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Criminal y Correccional de La Plata condenó a Hugo Ernesto De la Canal a seis meses de prisión en suspenso y cinco años de inhabilitación especial para conducir vehículos automotores, con costas, por resultar autor responsable de homicidio culposo. Art. 84 del Código...

Cita sugerida

D. l. C. ,H. E. s/Homicidio culposo - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1998-06-16 - 117433

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. I 2169 Alta coincidencia

Almirón, Alberto Darío s/Inconstitucionalidad arts. 4 y 11 de la ley 11880 cof art. 161, Constitución provincial

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2003-12-03
Cita digital
95676
Voces
Dictamen de la Procuración General: El señor Alberto Darío Almirón,...y que tampoco cuenta con los treinta años requeridos para...como tampoco excede la edad tope para la jerarquía que...InconstitucionalidadSentencia DefinitivaI 2169
Resumen

Dictamen de la Procuración General: El señor Alberto Darío Almirón, Comisario Inspector (R), con patrocinio letrado, promueve acción declarativa de inconstitucionalidad a los fines que V.E.

Coincidencia encontrada

Dictamen de la Procuración General: El señor Alberto Darío Almirón, Comisario Inspector (R), con patrocinio letrado, promueve acción declarativa de inconstitucionalidad a los fines que V.E. la declare en relación a los artículos 4 y 11 de la Ley 11.880 y 1ro. del Decreto 4506/97, referente a la Declaración de emergencia de la Policía Bonaerense,y a la intervención...

Cita sugerida

Almirón, Alberto Darío s/Inconstitucionalidad arts. 4 y 11 de la ley 11880 cof art. 161, Constitución provincial - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2003-12-03 - 95676

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. I 1473 Alta coincidencia

Clínica y Maternidad Los Hornos S.R.L. s/Inconstitucionalidad art. 39 del decreto 7881/84

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
1996-03-05
Cita digital
102113
Voces
DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: I.- A fs. 26/37 se...InconstitucionalidadSentencia DefinitivaI 1473
Resumen

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: I.- A fs. 26/37 se presentan Ricardo Mario Sabbione, José Golijov y Carlos Jose Lucini, por sus propios derechos en su carácter de presidente, vicepresidente y tesorero respectivamente del Consejo de Administración de la "Clínica y Maternidad Los Hornos S.R.L." solicitando la declaración de inconstitucionalidad del art.

Coincidencia encontrada

DICTAMEN DE LA PROCURACION GENERAL: I.- A fs. 26/37 se presentan Ricardo Mario Sabbione, José Golijov y Carlos Jose Lucini, por sus propios derechos en su carácter de presidente, vicepresidente y tesorero respectivamente del Consejo de Administración de la "Clínica y Maternidad Los Hornos S.R.L." solicitando la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 del decreto 7881/84 por reputarlo...

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Clínica y Maternidad Los Hornos S.R.L. s/Inconstitucionalidad art. 39 del decreto 7881/84 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 1996-03-05 - 102113

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. I 2364 Alta coincidencia

Emaco S.R.L. c/Provincia de Buenos Aires s/Inconstitucionalidad ley 12.757

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2012-06-27
Cita digital
40303
Voces
A C U E R D O En la ciudad...la que a su vez, tuvo como antecedente a un...InconstitucionalidadSentencia DefinitivaI 2364
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 27 de junio de 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores de Lázzari, Soria, Negri, Kogan, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte...

Coincidencia encontrada

...raban en marcha, podrían continuar el trámite según su estado (v. fs. 68 y 69). III. El Asesor General de Gobierno se presenta a contestar la demanda, oponiéndose liminarmente a su admisibilidad y, subsidiariamente, solicitando su rechazo. IV. Agregado el alegato de la parte demandada y oída la señora Procuradora General, la causa quedó en estado de ser...

Cita sugerida

Emaco S.R.L. c/Provincia de Buenos Aires s/Inconstitucionalidad ley 12.757 - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2012-06-27 - 40303