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79+ resultados encontrados para CONTRATACION BIENES con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS con la GUÍA PARA SU INCORPORACIÓN EVENTUAL AL DERECHO INTERNO NACIONES UNIDAS Nueva York, 1995 ÍNDICE LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN...

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LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS con la GUÍA PARA SU INCORPORACIÓN EVENTUAL AL DERECHO INTERNO NACIONES UNIDAS Nueva York, 1995 ÍNDICE LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS...

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Legislación Nacional

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LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS con la GUÍA PARA SU INCORPORACIÓN EVENTUAL AL DERECHO INTERNO NACIONES UNIDAS Nueva York, 1995 ÍNDICE LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN...

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LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS con la GUÍA PARA SU INCORPORACIÓN EVENTUAL AL DERECHO INTERNO NACIONES UNIDAS Nueva York, 1995 ÍNDICE LEY MODELO DE LA CNUDMI SOBRE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA DE BIENES, OBRAS Y SERVICIOS...

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Legislación Nacional

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Disposicion 62 E 2016 Manual De Procedimiento Del Regimen De Contrataciones De La Administracion Nacional

Resumen

Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional DISPOSICIÓN 62-E/2016 Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional VISTO: El Expediente Electrónico EX-2016-01284297-APN-ONC#MM, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones...

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Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional DISPOSICIÓN 62-E/2016 Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional VISTO: El Expediente Electrónico EX-2016-01284297-APN-ONC#MM, el Decreto Delegado N° 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, el Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por...

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Disposicion 62 E 2016 Manual De Procedimiento Del Regimen De Contrataciones De La Administracion Nacional

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 132 Alta coincidencia

El expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. A tal fin- considérese de urgencia las contrataciones de bienes- servicios- locación de obras o de inmuebles que se realicen con tal finalidad. ARTÍCULO 2º) Autorizar al Administrador General del Poder Judicial de la Nación a efectuar la contratación de bienes- servicios- la locación de obras e inmuebles- exceptuándose del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación vigente y para lograr la finalidad indicada en el artículo anterior. Ello- conforme las reglas fijadas en la presente y el Anexo I- así como el plan de acción y cronograma que se establezca con las áreas técnicas. El monto del gasto total de la citada autorización- no puede superar los quince mil módulos (15.000 M.) en el ejercicio presupuestario- y el gasto individual no podrá ser superior dos mil quinientos módulos (2.500 M.). ARTÍCULO 3°) Aprobar el “Reglamento de Adquisiciones de Bienes- Servicios- Locación de obras e inmuebles para la jurisdicción de Rosario” que como anexo I forma parte de la presente. ARTÍCULO 4°) Disponer que en caso de acudir a la contratación directa –compulsa abreviada- por urgencia prevista en el artículo 30 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- de conformidad con el trámite regulado en el art. 164 del mismo reglamento- se podrá omitir las intervenciones previstas por las Resoluciones CM n° 481/2010 y 482/2010. En estos casos- los proveedores estarán exceptuados de estar incorporados en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura de la Nación. ARTÍCULO 5º) Autorizar al Administrador General- en representación de este Consejo de la Magistratura de la Nación- a suscribir los convenios o acuerdos de colaboración y específicos para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo primero. En caso que sean convenios con obligaciones patrimoniales a cargo de este Consejo- se debe prever la disponibilidad presupuestaria antes del gasto- un mecanismo de control y reporte del gasto devengado ante la Comisión de Administración y Financiera. Previo a la suscripción del convenio- el Administrador General debe poner a consideración de la Comisión de Administración y Financiera el trámite con todos sus antecedentes. Comunicados los consejeros y consejeras vía correo electrónico por Secretaría de Comisión- en caso que no medie objeción de la mayoría en cuarenta y ocho (48) horas- se entenderá aprobado. ARTÍCULO 6°) Autorizar en el Administrador General toda otra medida excepcional no estipulada expresamente que sea necesaria para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en la presente Resolución- previo conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera. Asimismo- a modificar el destino de los bienes adquiridos o a adquirir por este Consejo- a fin de redirigirlos para cumplir la finalidad indicada en el artículo 1º)- en la medida que no afecte servicios esenciales o urgentes. ARTÍCULO 7°) Las decisiones que se adopten de conformidad co

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
17-04-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 176341
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024132
Resumen

Expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal...

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... 2019) en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. A tal fin- considérese de urgencia las contrataciones de bienes- servicios- locación de obras o de inmuebles que se realicen con tal finalidad. ARTÍCULO 2º) Autorizar al Administrador General del Poder Judicial de la Nación a efectuar la contratación de bienes- servicios- la locación de...

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El expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. A tal fin- considérese de urgencia las contrataciones de bienes- servicios- locación de obras o de inmuebles que se realicen con tal finalidad. ARTÍCULO 2º) Autorizar al Administrador General del Poder Judicial de la Nación a efectuar la contratación de bienes- servicios- la locación de obras e inmuebles- exceptuándose del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación vigente y para lograr la finalidad indicada en el artículo anterior. Ello- conforme las reglas fijadas en la presente y el Anexo I- así como el plan de acción y cronograma que se establezca con las áreas técnicas. El monto del gasto total de la citada autorización- no puede superar los quince mil módulos (15.000 M.) en el ejercicio presupuestario- y el gasto individual no podrá ser superior dos mil quinientos módulos (2.500 M.). ARTÍCULO 3°) Aprobar el “Reglamento de Adquisiciones de Bienes- Servicios- Locación de obras e inmuebles para la jurisdicción de Rosario” que como anexo I forma parte de la presente. ARTÍCULO 4°) Disponer que en caso de acudir a la contratación directa –compulsa abreviada- por urgencia prevista en el artículo 30 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- de conformidad con el trámite regulado en el art. 164 del mismo reglamento- se podrá omitir las intervenciones previstas por las Resoluciones CM n° 481/2010 y 482/2010. En estos casos- los proveedores estarán exceptuados de estar incorporados en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura de la Nación. ARTÍCULO 5º) Autorizar al Administrador General- en representación de este Consejo de la Magistratura de la Nación- a suscribir los convenios o acuerdos de colaboración y específicos para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo primero. En caso que sean convenios con obligaciones patrimoniales a cargo de este Consejo- se debe prever la disponibilidad presupuestaria antes del gasto- un mecanismo de control y reporte del gasto devengado ante la Comisión de Administración y Financiera. Previo a la suscripción del convenio- el Administrador General debe poner a consideración de la Comisión de Administración y Financiera el trámite con todos sus antecedentes. Comunicados los consejeros y consejeras vía correo electrónico por Secretaría de Comisión- en caso que no medie objeción de la mayoría en cuarenta y ocho (48) horas- se entenderá aprobado. ARTÍCULO 6°) Autorizar en el Administrador General toda otra medida excepcional no estipulada expresamente que sea necesaria para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en la presente Resolución- previo conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera. Asimismo- a modificar el destino de los bienes adquiridos o a adquirir por este Consejo- a fin de redirigirlos para cumplir la finalidad indicada en el artículo 1º)- en la medida que no afecte servicios esenciales o urgentes. ARTÍCULO 7°) Las decisiones que se adopten de conformidad co - Consejo de la Magistratura 17-04-2024 00:00:00 - PJN 176341

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Decreto 1104 2016 Reglamentacion Parcial De La Ley De Administracion Eficiencia Y Control Del Estado

Resumen

Reglamentación Parcial de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado DECRETO 1104/2016 Reglamentación Parcial de la Ley de Administración, Eficiencia y Control del Estado Art.

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... del Estado Art. 1 - Reglaméntase parcialmente la Ley N° 12.510 en su Título III - Subsistema Administración de Bienes y Servicios, Capítulo I - Administración de Bienes y Servicios, conforme al Anexo Único que forma parte integrante del presente decreto. Art. 2 - Déjanse sin efecto los artículos 106°..

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Decreto 1104 2016 Reglamentacion Parcial De La Ley De Administracion Eficiencia Y Control Del Estado

Legislación La Pampa norma Alta coincidencia

Legislación - Pcia. de la Pampa

Resumen

ACUERDO 2080/2005 - Superior Tribunal de Justicia PODER JUDICIAL Bienes Patrimoniales del Poder Judicial de la Provincia. Reglamento. Aprobación del 19/12/2005; publ. 29/12/2005 En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil cinco, se reúne en...

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ACUERDO 2080/2005 - Superior Tribunal de Justicia PODER JUDICIAL Bienes Patrimoniales del Poder Judicial de la Provincia. Reglamento. Aprobación del 19/12/2005; publ. 29/12/2005 En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los diecinueve días del mes de diciembre del año dos mil cinco, se reúne en acuerdo el Superior Tribunal de Justicia,...

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Legislación - Pcia. de la Pampa

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2023 Nro. 735 Alta coincidencia

"Aprobar la Contratación Directa n° 651/22- a efectos de contratar la provisión de carpetas- carátulas y sobres -bienes de consumo- con destino a diversas dependencias de la Administración General- con asiento en Sarmiento N° 877- C.A.B.A.. Declarar desierta la Contratación Directa n° 651/22. Aprobar la Contratación Directa n° 740/22. Dejar sin efecto la Contratación Directa n° 740/22." Exp. N°13-04289/22

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
08-03-2023 00:00:00
Cita digital
PJN 168355
Voces
Resoluciones - Año 2023735
Resumen

"Aprobar la Contratación Directa n° 651/22- a efectos de contratar la provisión de carpetas- carátulas y sobres -bienes de consumo- con destino a diversas dependencias de la Administración General- con asiento en Sarmiento N° 877- C.A.B.A..

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..."Aprobar la Contratación Directa n° 651/22- a efectos de contratar la provisión de carpetas- carátulas y sobres -bienes de consumo- con destino a diversas dependencias de la Administración General- con asiento en Sarmiento N° 877- C.A.B.A.. Declarar desierta la Contratación Directa n° 651/22. Aprobar la Contratación Directa n° 740/22. Dejar sin efecto la Contratación Directa n° 740/22." Exp....

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"Aprobar la Contratación Directa n° 651/22- a efectos de contratar la provisión de carpetas- carátulas y sobres -bienes de consumo- con destino a diversas dependencias de la Administración General- con asiento en Sarmiento N° 877- C.A.B.A.. Declarar desierta la Contratación Directa n° 651/22. Aprobar la Contratación Directa n° 740/22. Dejar sin efecto la Contratación Directa n° 740/22." Exp. N°13-04289/22 - Administración General del Poder Judicial 08-03-2023 00:00:00 - PJN 168355

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Decreto 2670 2015 Administracion Publica Organismo Nacional De Administracion De Bienes Disolucion Agencia De Administracion De Bienes Del Estado Regimen De Administracion Y Disposicion De Los Bienes

Resumen

Administración Pública. Organismo Nacional de Administración de Bienes. Disolución. Agencia de Administración de Bienes del Estado. Régimen de Administración y Disposición de los Bienes Inmuebles del Estado Nacional.

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Administración Pública. Organismo Nacional de Administración de Bienes. Disolución. Agencia de Administración de Bienes del Estado. Régimen de Administración y Disposición de los Bienes Inmuebles del Estado Nacional. Reglamentación DECRETO 2670/2015 Administración Pública. Organismo Nacional de Administración de Bienes. Disolución. Agencia de Administración de Bienes del Estado. Régimen de Administración y Disposición de los Bienes Inmuebles del Estado...

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Decreto 2670 2015 Administracion Publica Organismo Nacional De Administracion De Bienes Disolucion Agencia De Administracion De Bienes Del Estado Regimen De Administracion Y Disposicion De Los Bienes

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 124 Alta coincidencia

El expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art. 1° del anexo A de la Resolución CM n° 365/2021- a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS ($474.136.266.-) constituido por la fuente de financiamiento 13 (Recursos con Afectación Específica). ARTÍCULO 2º) Modifíquese el artículo 3° del anexo A la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La cantidad máxima autorizada para cada gasto individual con cargo al fondo rotatorio que se detalla en el artículo 1º será equivalente a doscientos módulos (200M)- de acuerdo al valor establecido en el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y sus modificatorias- con excepción de los pagos de servicios básicos; gastos y comisiones bancarias; pasajes- viáticos y otros vinculados al cumplimiento de misiones oficiales.”. ARTÍCULO 3°) Modifíquese el artículo 4° del anexo A de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “Se atenderán con cargo al fondo rotatorio los pagos correspondientes a los conceptos del clasificador por objeto del gasto que a continuación se detallan: I. Partida Principal 1.5. “Asistencia social al Personal”. II. Partida Principal 1.3. Parcial 1. “Retribuciones Extraordinarias” (por aquellos conceptos que no revistan el carácter de bonificables). III. Inciso 2 “Bienes de Consumo”. IV. Inciso 3 “Servicios no Personales”. V. Inciso 4 “Bienes de Uso” (excepto Partida Principal 4.1. “Bienes Preexistentes”- Partida Principal 4.2. “Construcciones”- Partida Parcial 4.3.1. “Maquinaria y Equipo de Producción” y Partida Parcial 4.3.2. “Equipo de transporte- tracción y elevación”)”. ARTÍCULO 4º) Deléguese en la persona titular de la Oficina de Administración y Financiera la facultad de adecuar- en el futuro- el Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- conforme las pautas establecidas por la Contaduría General de la Nación- lo que deberá ser comunicado a la Comisión de Administración y Financiera una vez adecuado. ARTÍCULO 5°) Modifíquese el artículo 2° del anexo I de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “El monto máximo de cada gasto individual no podrá superar el equivalente a cincuenta (50) módulos- según el valor establecido por el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación- aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- sin perjuicio de que se establezca un límite menor por gasto individual en proporción al monto de cada fondo interno o caja chica”. ARTÍCULO 6°) Modifíquese el artículo 3° del anexo 1 de la Resolución n° 365/2021- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La rendición de los gastos efectuados será suscripta por el titular de la dependencia y se presentarán ante la Dirección General de Administración Financiera cuando se haya consumido al menos el cincuenta por ciento (50%) del monto asignado”. Resol 124/24.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
17-04-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 176138
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024124
Resumen

Expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art.

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...orizada para cada gasto individual con cargo al fondo rotatorio que se detalla en el artículo 1º será equivalente a doscientos módulos (200M)- de acuerdo al valor establecido en el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y sus modificatorias- con excepción de los pagos de servicios...

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El expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art. 1° del anexo A de la Resolución CM n° 365/2021- a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS ($474.136.266.-) constituido por la fuente de financiamiento 13 (Recursos con Afectación Específica). ARTÍCULO 2º) Modifíquese el artículo 3° del anexo A la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La cantidad máxima autorizada para cada gasto individual con cargo al fondo rotatorio que se detalla en el artículo 1º será equivalente a doscientos módulos (200M)- de acuerdo al valor establecido en el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y sus modificatorias- con excepción de los pagos de servicios básicos; gastos y comisiones bancarias; pasajes- viáticos y otros vinculados al cumplimiento de misiones oficiales.”. ARTÍCULO 3°) Modifíquese el artículo 4° del anexo A de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “Se atenderán con cargo al fondo rotatorio los pagos correspondientes a los conceptos del clasificador por objeto del gasto que a continuación se detallan: I. Partida Principal 1.5. “Asistencia social al Personal”. II. Partida Principal 1.3. Parcial 1. “Retribuciones Extraordinarias” (por aquellos conceptos que no revistan el carácter de bonificables). III. Inciso 2 “Bienes de Consumo”. IV. Inciso 3 “Servicios no Personales”. V. Inciso 4 “Bienes de Uso” (excepto Partida Principal 4.1. “Bienes Preexistentes”- Partida Principal 4.2. “Construcciones”- Partida Parcial 4.3.1. “Maquinaria y Equipo de Producción” y Partida Parcial 4.3.2. “Equipo de transporte- tracción y elevación”)”. ARTÍCULO 4º) Deléguese en la persona titular de la Oficina de Administración y Financiera la facultad de adecuar- en el futuro- el Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- conforme las pautas establecidas por la Contaduría General de la Nación- lo que deberá ser comunicado a la Comisión de Administración y Financiera una vez adecuado. ARTÍCULO 5°) Modifíquese el artículo 2° del anexo I de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “El monto máximo de cada gasto individual no podrá superar el equivalente a cincuenta (50) módulos- según el valor establecido por el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación- aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- sin perjuicio de que se establezca un límite menor por gasto individual en proporción al monto de cada fondo interno o caja chica”. ARTÍCULO 6°) Modifíquese el artículo 3° del anexo 1 de la Resolución n° 365/2021- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La rendición de los gastos efectuados será suscripta por el titular de la dependencia y se presentarán ante la Dirección General de Administración Financiera cuando se haya consumido al menos el cincuenta por ciento (50%) del monto asignado”. Resol 124/24. - Consejo de la Magistratura 17-04-2024 00:00:00 - PJN 176138

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Resumen

RESOLUCIÓN 52/2005 - Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS COMPRAS DEL ESTADO CONTRATACIONES DEL ESTADO Aguas Argentinas S.A.

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...RESOLUCIÓN 52/2005 - Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS COMPRAS DEL ESTADO CONTRATACIONES DEL ESTADO Aguas Argentinas S.A. Reglamento para la Compra y Contratación de Obras, Bienes y Servicios. Aprobación del 18/5/2005; publ. 7/6/2005 Visto lo actuado y los exptes. 13491-01 y 13692-02, y Considerando: Que el art. 31 del marco regulatorio aprobado...

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