Buscador Jurídico Premium

Busca en legislación, jurisprudencia, modelos de escritos y doctrina desde una sola página.

Filtros avanzados
Búsqueda activa Nueva búsqueda
79+ resultados encontrados para EL QUE SERA AFECTADO PARA LA AMPLIFICACION DE LAS INSTALACIONES... con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
Pagina 1 de varias
Legislación Caba ley Nro. 5422 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Alta coincidencia

Ley 5422/2015 - Ley 5422 - Declaracion de Utilidad Publica

Fecha
2015-11-26
Cita digital
5422
Voces
Utilidad Publica - Inmuebles Individual - (Declarase de Utilidad Publica...Ley5422
Resumen

Ley 5422/2015 - LEY 5422 - DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA Fecha: 2015-11-26 Tipo: Ley Numero: 5422 Provincia: Ciudad Autónoma de Buenos Aires Estado: Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Voces: UTILIDAD PUBLICA - INMUEBLES INDIVIDUAL - (DECLARASE DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE SITO EN...

Coincidencia encontrada

DECLARACION DE UTILIDAD PUBLICA

Cita sugerida

Ley 5422/2015 - Ley 5422 - Declaracion de Utilidad Publica - 2015-11-26 - 5422

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2019 Nro. 291 Alta coincidencia

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M. Nº 7/14 y modificatorias nº 95/15 y 235/18)- el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 31.- Prueba de oposición y confirmación a examen. Los postulantes deberán confirmar su participación al examen de oposición escrito con diez (10) días de antelación a la fecha fijada para la prueba. La confirmación se realizará únicamente por vía electrónica a través de la página web del Poder Judicial de la Nación- mediante el módulo de confirmación del sistema de concursos- dentro del periodo fijado para cada prueba. El postulante que no confirme por el medio aquí dispuesto y dentro del plazo establecido- será excluido de ese procedimiento de selección. La prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos- reales o imaginarios- para que cada uno de ellos proyecte una resolución o sentencia- como debería hacerlo estando en ejercicio del cargo para el que se postula. La prueba se tomará simultáneamente- y su duración no excederá de ocho (8) horas. Los casos que se planteen versarán sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa- y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Cuando los tribunales tuvieren asignada competencia en materia electoral o penal- o ambos simultáneamente- el temario deberá incluir casos de dichas especialidades; sin perjuicio de los que pudieren proponerse sobre otras cuestiones. Uno de los casos planteados deberá incorporar temas que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. La extensión total de los casos no deberá ser mayor a las diez páginas y deberá preverse que pueda ser resuelto razonablemente por los postulantes en el término que se les conceda para hacerlo. La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso- sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión un temario que indicará un conjunto de institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos- que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nacion y del Consejo de la Magistratura- con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba. En el temario y en los casos se incluirán cuestiones vinculadas a la competencia material de los tribunales- que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión cuatro (4) cosas diferentes por lo menos- en sendos sobre cerrados- de similares características- no identificables- cerrados de modo tal que se garantice su inviolabilidad- que quedarán reservados en Secretaría hasta el día de la prueba de oposición. Antes del comienzo del examen- con suficiente anticipación para la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos; el caso será sorteado por el Consejero a cargo del acto frente a los concursantes- labrándose un acta para constancia. El horario en que se realizará. El horario en que se realizará este sorteo será informado oportunamente en la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistr

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
25-10-2019 00:00:00
Cita digital
PJN 140247
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2019291
Resumen

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M.

Coincidencia encontrada

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M. Nº 7/14 y modificatorias nº 95/15 y 235/18)- el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 31.- Prueba...

Cita sugerida

Modificar la resolución C.M. nº 289/2019- en lo que respecta a la redacción del artículo nº 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Oposición y Antecedentes para la Designación de Magistrados del Poder Judicial de la Nación (Resolución C.M. Nº 7/14 y modificatorias nº 95/15 y 235/18)- el que quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 31.- Prueba de oposición y confirmación a examen. Los postulantes deberán confirmar su participación al examen de oposición escrito con diez (10) días de antelación a la fecha fijada para la prueba. La confirmación se realizará únicamente por vía electrónica a través de la página web del Poder Judicial de la Nación- mediante el módulo de confirmación del sistema de concursos- dentro del periodo fijado para cada prueba. El postulante que no confirme por el medio aquí dispuesto y dentro del plazo establecido- será excluido de ese procedimiento de selección. La prueba de oposición escrita consistirá en el planteo a cada concursante de uno o más casos- reales o imaginarios- para que cada uno de ellos proyecte una resolución o sentencia- como debería hacerlo estando en ejercicio del cargo para el que se postula. La prueba se tomará simultáneamente- y su duración no excederá de ocho (8) horas. Los casos que se planteen versarán sobre los temas más representativos de la competencia del tribunal cuya vacante se concursa- y con ellos se evaluará tanto la formación teórica como la práctica. Cuando los tribunales tuvieren asignada competencia en materia electoral o penal- o ambos simultáneamente- el temario deberá incluir casos de dichas especialidades; sin perjuicio de los que pudieren proponerse sobre otras cuestiones. Uno de los casos planteados deberá incorporar temas que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. La extensión total de los casos no deberá ser mayor a las diez páginas y deberá preverse que pueda ser resuelto razonablemente por los postulantes en el término que se les conceda para hacerlo. La ausencia de un postulante a la prueba de oposición determinará su exclusión automática del concurso- sin admitirse justificaciones de ninguna naturaleza y sin recurso alguno. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión un temario que indicará un conjunto de institutos procesales y de fondo sobre los que versarán los casos- que será inmediatamente puesto en conocimiento de los candidatos a través de la página web del Poder Judicial de la Nacion y del Consejo de la Magistratura- con siete (7) días hábiles judiciales de antelación a la celebración de la prueba. En el temario y en los casos se incluirán cuestiones vinculadas a la competencia material de los tribunales- que permitan evaluar la perspectiva de género de los postulantes. El jurado deberá presentar al Presidente de la Comisión cuatro (4) cosas diferentes por lo menos- en sendos sobre cerrados- de similares características- no identificables- cerrados de modo tal que se garantice su inviolabilidad- que quedarán reservados en Secretaría hasta el día de la prueba de oposición. Antes del comienzo del examen- con suficiente anticipación para la extracción de las copias necesarias para ser distribuidas entre los inscriptos; el caso será sorteado por el Consejero a cargo del acto frente a los concursantes- labrándose un acta para constancia. El horario en que se realizará. El horario en que se realizará este sorteo será informado oportunamente en la página web del Poder Judicial de la Nación y del Consejo de la Magistr - Consejo de la Magistratura 25-10-2019 00:00:00 - PJN 140247

Legislación Buenos Aires norma Alta coincidencia

Legislación - Pcia. de Buenos Aires

Resumen

Art DISPOSICIÓN 1362/2001 – Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro OBRAS PÚBLICAS REGISTROS Registro de profesionales verificadores de instalaciones sanitarias.

Coincidencia encontrada

...ación del 7/8/2001 Visto el decreto 718 del 30/5/2001, publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 1205 del 4/6/2001, reglamentario de las leyes 160 y 292, y Considerando: Que el art. 17 del decreto 718/2001 crea el Registro de Profesionales Verificadores de...

Cita sugerida

Legislación - Pcia. de Buenos Aires

Modelos de escritos Todos modelo_escrito Alta coincidencia

Contrato Para Proyecto, Dirección Y Ejecución De Obra Inmobiliaria CONTRATO PARA PROYECTO, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE

Partes
Entre las personas: a) jurídica ... (CUIT. ...), con domicilio en ..., representada por ... (DNI. ... y...
Resumen

Contrato Para Proyecto, Dirección Y Ejecución De Obra Inmobiliaria CONTRATO PARA PROYECTO, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA INMOBILIARIA.__ (CONTRATO DE PROYECTO, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA) A- PRELIMINAR Partes: Entre las personas: a) jurídica...

Coincidencia encontrada

Contrato Para Proyecto, Dirección Y Ejecución De Obra Inmobiliaria CONTRATO PARA PROYECTO, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA INMOBILIARIA.__ (CONTRATO DE PROYECTO, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE OBRA) A- PRELIMINAR Partes: Entre las personas: a) jurídica... (CUIT....), con domicilio en..., representada por... (DNI.... y CUIT....), según mandato..., denominada en adelante «COMITENTE», por una parte; b) física..., (DNI...., CUIT.... y matrícula...

Cita sugerida

Contrato Para Proyecto, Dirección Y Ejecución De Obra Inmobiliaria CONTRATO PARA PROYECTO, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN DE

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2023 Nro. 253 Alta coincidencia

I. Disolver la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. II. Disponer que las funciones y competencias que tenía a su cargo la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales- serán asumidas por las áreas y dependencias conforme el siguiente detalle: a. Las funciones concernientes a la seguridad edilicia- protocolos de evacuación- respuesta ante emergencias de ese orden y afines- serán de exclusiva competencia de la Administración General- con intervención de las direcciones y áreas técnicas que de ella dependen. b. Las funciones concernientes a la seguridad y vigilancia de los edificios de este Consejo de la Magistratura y los que resultan sede de los tribunales nacionales y federales con asiento en la C.A.B.A- con excepción de los que dependen de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resultan de competencia de la Policía Federal Argentina- tarea que incluirá el monitoreo de las cámaras de seguridad hasta ahora asignado a la Oficina de Enlace. Las horas extra de personal policial que se requieran para los fines expresados- por razones de servicio- serán conformadas por la Dirección General de Administración Financiera en lo que respecta a la seguridad de edificios y monitoreo de cámaras- y por la Secretaría General en lo que atañe al área de choferes. c. Los vehículos oficiales de este Consejo de la Magistratura que se encontraban bajo la supervisión exclusiva de la Oficina de Enlace- pasarán a depender de la Secretaría General- la que deberá -en el término de 30 días- presentar a la Presidencia un informe sobre su estado de funcionamiento- régimen de uso- rendición de gastos y cualquier otra información relevante para resolver sobre su destino. Los vehículos oficiales hasta ahora afectados a la Oficina de Enlace sólo serán conducidos por personal policial acreditado para tal tarea- especialmente designado al efecto por su correspondiente jefatura. La coordinación técnica y logística corresponderá a las autoridades policiales- y la coordinación administrativa será ejercida por un agente o funcionario de este Consejo asignado al efecto por la Presidencia- que dependerá de la Secretaría General. La Secretaría General presentará a la Presidencia -en el término de 3O días-- para su consideración y eventual aprobación- un protocolo de uso oficial de los vehículos señalados- que priorice las necesidades funcionales e implique un empleo equitativo entre los/as integrantes del Cuerpo. La distribución de cocheras del edificio de la calle Libertad N° 731- esquina calle Viamonte- de competencia de la Presidencia- deberá dar prioridad a la guarda de los vehículos oficiales. d. La Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial requerirá a la Secretaría General- en forma directa- toda colaboración que precise en materia de seguridad y traslados en el marco de la sustanciación de las pruebas de oposición de los concursos públicos- que exceda la asistencia que les prestan las Direcciones Generales de Tecnología y de Infraestructura Judicial. Las necesidades en materia de seguridad serán atendidas por la Policía Federal Argentina- mediante requerimientos específicos canalizados por intermedio de la Secretaría General. e. La instalación- mantenimiento- modernización- soporte y toda cuestión técnica propia del sistema de cámaras de seguridad que se monitoreaba desde la Oficina de Enlace- seguirá a cargo de las Direcciones Generales de Tecnología y/o de Seguridad

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-10-2023 00:00:00
Cita digital
PJN 172622
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2023253
Resumen

I. Disolver la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. II. Disponer que las funciones y competencias que tenía a su cargo la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales- serán asumidas por las áreas y dependencias conforme el siguiente detalle: a.

Coincidencia encontrada

...Disolver la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. II. Disponer que las funciones y competencias que tenía a su cargo la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales- serán asumidas por las áreas y dependencias conforme el siguiente detalle: a. Las funciones concernientes a la seguridad edilicia- protocolos...

Cita sugerida

I. Disolver la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. II. Disponer que las funciones y competencias que tenía a su cargo la Oficina de Enlace/Área de Relaciones Institucionales- serán asumidas por las áreas y dependencias conforme el siguiente detalle: a. Las funciones concernientes a la seguridad edilicia- protocolos de evacuación- respuesta ante emergencias de ese orden y afines- serán de exclusiva competencia de la Administración General- con intervención de las direcciones y áreas técnicas que de ella dependen. b. Las funciones concernientes a la seguridad y vigilancia de los edificios de este Consejo de la Magistratura y los que resultan sede de los tribunales nacionales y federales con asiento en la C.A.B.A- con excepción de los que dependen de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- resultan de competencia de la Policía Federal Argentina- tarea que incluirá el monitoreo de las cámaras de seguridad hasta ahora asignado a la Oficina de Enlace. Las horas extra de personal policial que se requieran para los fines expresados- por razones de servicio- serán conformadas por la Dirección General de Administración Financiera en lo que respecta a la seguridad de edificios y monitoreo de cámaras- y por la Secretaría General en lo que atañe al área de choferes. c. Los vehículos oficiales de este Consejo de la Magistratura que se encontraban bajo la supervisión exclusiva de la Oficina de Enlace- pasarán a depender de la Secretaría General- la que deberá -en el término de 30 días- presentar a la Presidencia un informe sobre su estado de funcionamiento- régimen de uso- rendición de gastos y cualquier otra información relevante para resolver sobre su destino. Los vehículos oficiales hasta ahora afectados a la Oficina de Enlace sólo serán conducidos por personal policial acreditado para tal tarea- especialmente designado al efecto por su correspondiente jefatura. La coordinación técnica y logística corresponderá a las autoridades policiales- y la coordinación administrativa será ejercida por un agente o funcionario de este Consejo asignado al efecto por la Presidencia- que dependerá de la Secretaría General. La Secretaría General presentará a la Presidencia -en el término de 3O días-- para su consideración y eventual aprobación- un protocolo de uso oficial de los vehículos señalados- que priorice las necesidades funcionales e implique un empleo equitativo entre los/as integrantes del Cuerpo. La distribución de cocheras del edificio de la calle Libertad N° 731- esquina calle Viamonte- de competencia de la Presidencia- deberá dar prioridad a la guarda de los vehículos oficiales. d. La Comisión de Selección de Magistrados y Escuela Judicial requerirá a la Secretaría General- en forma directa- toda colaboración que precise en materia de seguridad y traslados en el marco de la sustanciación de las pruebas de oposición de los concursos públicos- que exceda la asistencia que les prestan las Direcciones Generales de Tecnología y de Infraestructura Judicial. Las necesidades en materia de seguridad serán atendidas por la Policía Federal Argentina- mediante requerimientos específicos canalizados por intermedio de la Secretaría General. e. La instalación- mantenimiento- modernización- soporte y toda cuestión técnica propia del sistema de cámaras de seguridad que se monitoreaba desde la Oficina de Enlace- seguirá a cargo de las Direcciones Generales de Tecnología y/o de Seguridad - Consejo de la Magistratura 04-10-2023 00:00:00 - PJN 172622

Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
Hace lugar: ley más benigna N* 25882.-... san martin nestor...
Resumen

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21327/06.- SENTENCIA: N* 148.- ACTOR: SAN MARTIN, Néstor Loreto.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: Hace lugar: ley más...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
Hace lugar: ley más benigna N* 25882.-... san martin nestor...
Resumen

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21327/06.- SENTENCIA: N* 148.- ACTOR: SAN MARTIN, Néstor Loreto.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: Hace lugar: ley más...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
Hace lugar: ley más benigna N* 25882.-... SAN MARTÍN NÉSTOR...
Resumen

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21327/06.- SENTENCIA: N* 148.- ACTOR: SAN MARTIN, Néstor Loreto.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: Hace lugar: ley más...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
Hace lugar: ley más benigna N* 25882.-... SAN MARTÍN NÉSTOR...
Resumen

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Número expediente 21327/06 Carátula SAN MARTÍN, NÉSTOR LORETO S/ RECURSO DE REVISION Fecha 02/11/2006 Número de sentencia 148 Tipo de sentencia D Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21327/06.- SENTENCIA: N* 148.- ACTOR: SAN MARTIN, Néstor Loreto.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Recurso de Revisión.- VOCES: Hace lugar: ley más...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
El amparo informativo es apelable ante el tribunal.. acosta graciela...
Resumen

ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Número expediente 21030/06 Carátula ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Fecha 10/05/2006 Número de sentencia 72 Tipo de sentencia I Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Número expediente 21030/06 Carátula ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Fecha 10/05/2006 Número de sentencia 72 Tipo de sentencia I Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE. N* 21030/06.- AUTO INTERLOCUTORIO: N* 72.- ACTOR: ACOSTA, Graciela Noemí.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Habeas Data s/Apelación.- VOCES: El amparo informativo es...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro