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79+ resultados encontrados para ESTADO. PODER IMPOSITIVO. ACTIVIDAD INDUSTRIAL O COMERCIAL. TASA. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION. con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1996-12-26
Cita digital
J0020602
Voces
Estado. Poder Impositivo. Actividad Industrial o Comercial. Tasa. Derecho de...Tributario
Resumen

ESTADO. PODER IMPOSITIVO. ACTIVIDAD INDUSTRIAL O COMERCIAL. TASA. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION.

Cita sugerida

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1996-12-26 - J0020602

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2021 Nro. 362 Alta coincidencia

El expediente AAD 74/2021- “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Creación del Sist de Registro de Proveedores del CM de la Nac.” 1º) Crear el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM). 2º) Aprobar el Instructivo General para la Implementación del Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM)- que como Anexo I forma parte de la presente. 3º) Instar a la Administración General para que instruya a las dependencias competentes a su cargo al desarrollo e implementación del Registro instaurado en los artículos 1º y 2º de la presente. 4º) Modificar los artículos 25º- 50º- 51º- 59º- 60º- 61º –inciso sexto–- 62º –tercer y cuarto párrafo–- 63º- 65º –primer párrafo–- 66º- 70º- 72º- 73º –segundo párrafo–- 74º- 77º- 78º y 101º –punto 2º- inciso a)– de la Resolución CM n° 254/15- los cuales quedarán redactados de la siguiente forma: ARTÍCULO 25º.- LICITACIÓN O CONCURSO PRIVADO. La licitación o concurso serán privados cuando el llamado a participar esté dirigido a proveedores que se hallaren inscriptos en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM) y serán aplicados cuando el monto estimado de la contratación no supere el fijado por el artículo 38º del presente Reglamento. En dichos procedimientos- también serán consideradas las ofertas de quienes no hubiesen sido invitados. A los fines de fomentar la más amplia e imparcial participación de potenciales oferentes- podrá extenderse la convocatoria a otros interesados que no se hallaren inscriptos- utilizándose supletoriamente la nómina de proveedores inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) del Estado Nacional. El procedimiento de licitación privada se realizará cuando el criterio de selección del co–contratante recaiga- primordialmente- en factores económicos y el de concurso privado cuando el criterio de selección del co–contratante recaiga- primordialmente- en factores no económicos- tales como la capacidad científica- artística u otras. ARTÍCULO 50º.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA A PRESENTAR OBSERVACIONES. La convocatoria y el proyecto de pliego en cuestión deberán estar disponibles para su consulta y descarga en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM)- en la solapa “CONVOCATORIAS”; asimismo- deberán difundirse en el sitio de internet del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y en el del Poder Judicial de la Nación- durante DIEZ (10) días. Por demás- se deberá cursar invitaciones a observar- como mínimo- a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (UAPE)- la Conferencia Argentina de la Mediana Empresa- la Cámara Argentina de Comercio- la cámara que agrupe a los proveedores del rubro a contratar- a la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina —de corresponder— y a TRES (3) proveedores que fabrican y/o comercializan bienes o prestan servicios similares a los que compran o contratan- dentro del mismo rubro comercial de que se trate- inscriptos en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM). En caso de verificarse la inexistencia de proveedores inscriptos en el mencionado registro para el rubro comercial requerido- podrá —debiendo dejarse constancia de ello— consultarse en el Sistema de Información de Proveedores (S

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
27-12-2021 00:00:00
Cita digital
PJN 158691
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2021362
Resumen

Expediente AAD 74/2021- “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Creación del Sist de Registro de Proveedores del CM de la Nac.” 1º) Crear el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM).

Coincidencia encontrada

... Proveedores del CM de la Nac.” 1º) Crear el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM). 2º) Aprobar el Instructivo General para la Implementación del Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM)- que como Anexo I forma...

Cita sugerida

El expediente AAD 74/2021- “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Creación del Sist de Registro de Proveedores del CM de la Nac.” 1º) Crear el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM). 2º) Aprobar el Instructivo General para la Implementación del Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM)- que como Anexo I forma parte de la presente. 3º) Instar a la Administración General para que instruya a las dependencias competentes a su cargo al desarrollo e implementación del Registro instaurado en los artículos 1º y 2º de la presente. 4º) Modificar los artículos 25º- 50º- 51º- 59º- 60º- 61º –inciso sexto–- 62º –tercer y cuarto párrafo–- 63º- 65º –primer párrafo–- 66º- 70º- 72º- 73º –segundo párrafo–- 74º- 77º- 78º y 101º –punto 2º- inciso a)– de la Resolución CM n° 254/15- los cuales quedarán redactados de la siguiente forma: ARTÍCULO 25º.- LICITACIÓN O CONCURSO PRIVADO. La licitación o concurso serán privados cuando el llamado a participar esté dirigido a proveedores que se hallaren inscriptos en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM) y serán aplicados cuando el monto estimado de la contratación no supere el fijado por el artículo 38º del presente Reglamento. En dichos procedimientos- también serán consideradas las ofertas de quienes no hubiesen sido invitados. A los fines de fomentar la más amplia e imparcial participación de potenciales oferentes- podrá extenderse la convocatoria a otros interesados que no se hallaren inscriptos- utilizándose supletoriamente la nómina de proveedores inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) del Estado Nacional. El procedimiento de licitación privada se realizará cuando el criterio de selección del co–contratante recaiga- primordialmente- en factores económicos y el de concurso privado cuando el criterio de selección del co–contratante recaiga- primordialmente- en factores no económicos- tales como la capacidad científica- artística u otras. ARTÍCULO 50º.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA A PRESENTAR OBSERVACIONES. La convocatoria y el proyecto de pliego en cuestión deberán estar disponibles para su consulta y descarga en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM)- en la solapa “CONVOCATORIAS”; asimismo- deberán difundirse en el sitio de internet del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN y en el del Poder Judicial de la Nación- durante DIEZ (10) días. Por demás- se deberá cursar invitaciones a observar- como mínimo- a la Unión Argentina de Proveedores del Estado (UAPE)- la Conferencia Argentina de la Mediana Empresa- la Cámara Argentina de Comercio- la cámara que agrupe a los proveedores del rubro a contratar- a la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina —de corresponder— y a TRES (3) proveedores que fabrican y/o comercializan bienes o prestan servicios similares a los que compran o contratan- dentro del mismo rubro comercial de que se trate- inscriptos en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación (SRPCM). En caso de verificarse la inexistencia de proveedores inscriptos en el mencionado registro para el rubro comercial requerido- podrá —debiendo dejarse constancia de ello— consultarse en el Sistema de Información de Proveedores (S - Consejo de la Magistratura 27-12-2021 00:00:00 - PJN 158691

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1996-12-26
Cita digital
J0020601
Voces
Estado. Poder Impositivo. Actividad Industrial o Comercial. Derecho de Registro...Tributario
Resumen

ESTADO. PODER IMPOSITIVO. ACTIVIDAD INDUSTRIAL O COMERCIAL. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION. TASA. IMPUESTO.

Cita sugerida

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1996-12-26 - J0020601

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1996-12-26
Cita digital
J0020600
Voces
Estado. Poder Impositivo. Derecho de Registro E Inspeccion. TasaTributario
Resumen

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88) ESTADO. PODER IMPOSITIVO. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION.

Coincidencia encontrada

ESTADO. PODER IMPOSITIVO. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION. TASA.

Cita sugerida

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1996-12-26 - J0020600

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1996-12-26
Cita digital
J0020615
Voces
Tasa Municipal. Prestacion del Servicio. Costo. Derecho de Registro E...Tributario
Resumen

TASA MUNICIPAL. PRESTACION DEL SERVICIO. COSTO. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION. PRESTACION DEL SERVICIO. COSTO. ESTADO. PODER IMPOSITIVO.

Coincidencia encontrada

...TASA MUNICIPAL. PRESTACION DEL SERVICIO. COSTO. DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION. PRESTACION DEL SERVICIO. COSTO. ESTADO. PODER IMPOSITIVO.

Cita sugerida

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1996-12-26 - J0020615

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Plenario Procedimiento Intereses Modificacion De La Tasa Aplicable

Resumen

Plenario. Procedimiento. Intereses. Modificación de la tasa aplicable Se resuelve modificar la doctrina fijada por esta Suprema Corte en el Plenario “Aguirre” sobre intereses moratorios para litigios tramitados en la Provincia en los casos en que no exista tasa prevista por convención o ley especial.

Coincidencia encontrada

Plenario. Procedimiento. Intereses. Modificación de la tasa aplicable Se resuelve modificar la doctrina fijada por esta Suprema Corte en el Plenario “Aguirre” sobre intereses moratorios para litigios tramitados en la Provincia en los casos en que no exista tasa prevista por convención o ley especial. Se dispone que corresponde aplicar la tasa para la línea de préstamos personales...

Cita sugerida

Plenario Procedimiento Intereses Modificacion De La Tasa Aplicable

Jurisprudencia Santa Fe fallo Alta coincidencia

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1996-12-26
Cita digital
J0020619
Voces
Derecho de Registro E Inspeccion. Monto. Determinacion. Seguridad Juridica. Estado....Tributario
Resumen

DERECHO DE REGISTRO E INSPECCION. MONTO. DETERMINACION. SEGURIDAD JURIDICA. ESTADO. PODER IMPOSITIVO. ADMINISTRACION. FACULTADES.

Cita sugerida

TERMINAL 6 SA c/ MUNICIPALIDAD DE PUERTO GENERAL SAN MARTIN s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE PLENA JURISDICCION (CSJ EXPTE N. 481-88) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1996-12-26 - J0020619

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Legislación Nacional

Resumen

RESOLUCIÓN 101/2006 - Instituto Nacional de Propiedad Industrial PROPIEDAD INDUSTRIAL Reglamento para el Ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial.

Coincidencia encontrada

...a Profesión de Agente de la Propiedad Industrial. Aprobación del 18/04/2006; publ. 24/04/2006 Visto los decretos del Poder Ejecutivo nacional 4066 de fecha 31 de mayo de 1932; 5296 de fecha 30 de mayo de 1938; 3775 de fecha 6 de febrero de 1964 y 1141 de fecha 26 de noviembre de 2003; las resoluciones sin número del...

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Legislación Nacional

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 56460 Alta coincidencia

Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires c/Municipalidad de Lomas de Zamora s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2000-08-30
Cita digital
30089
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 56460
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a treinta de agosto de dos mil, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Laborde, de Lázzari, Hitters, Negri, Pisano, se reúnen los señores jueces de la...

Coincidencia encontrada

...ontencioso administrativa”. A N T E C E D E N T E S I. El Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires, mediante apoderados, deduce demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de Lomas de Zamora, impugnando el decreto del Intendente 6827-G de fecha 20-II-1995 por entender que viola expresas disposiciones de los arts. 67 inc....

Cita sugerida

Colegio de Bioquímicos de la Provincia de Buenos Aires c/Municipalidad de Lomas de Zamora s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2000-08-30 - 30089

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 40440 2023 Alta coincidencia

Ford Motor Argentina Sca y Otro C/ Municipalidad de Mercedes S/ Pretension Anulatoria - Otros Juicios

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2023-04-28
Cita digital
188596
Voces
Expte. Nº 40440 .- Autos:"FORD MOTOR ARGENTINA SCA Y OTRO...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 40440 2023
Resumen

Expte. Nº 40440.- Autos:"FORD MOTOR ARGENTINA SCA Y OTRO C/ MUNICIPALIDAD DE MERCEDES S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS ".- Mercedes, en el día de su firma digital.-ACB /Ra AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "FORD MOTOR ARGENTINA SCA Y OTRO C/ MUNICIPALIDAD DE MERCEDES S/ PRETENSION ANULATORIA - OTROS JUICIOS", Expediente...

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...ia y de los que, RESULTA: I - En fecha 06/05/2022 se presenta el Dr. Martín Nicolás Badalucco en su carácter de apoderado de Alberto Logarzo S.A., promoviendo formal demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de Mercedes a los fines de obtener la nulidad de la resolución dictada en el expediente "Pereyra María Verónica c/Ford Motor Argentina y...

Cita sugerida

Ford Motor Argentina Sca y Otro C/ Municipalidad de Mercedes S/ Pretension Anulatoria - Otros Juicios - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2023-04-28 - 188596