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79+ resultados encontrados para EXPEDIENTE ELECTRONICO-CONTESTACION DE LA DEMANDA-DEFENSA EN JUICIO con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2021 Nro. 360 Alta coincidencia

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a lo actuado de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. El requerimiento deberá estar previsto en el anteproyecto de Presupuesto Anual del Poder Judicial para ese ejercicio- de acuerdo a la información obrante en el Sistema Integral de Requerimientos del Poder Judicial de la Nación –SIRE–. La solicitud con la estimación del costo (presupuesto) deberá ser remitida a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico administraciongeneral@pjn.gov.ar- quien autorizará el trámite. Dicha autorización se comunicará al peticionante y- concomitantemente- a la Subdirección de Contrataciones. Recibida la solicitud- la Administración General deberá corroborar que el requerimiento no esté incluido previamente en una tramitación general a fin de evitar la superposición de procesos administrativos y el dispendio de recursos. En dicha oportunidad- procederá a efectuar la afectación provisional correspondiente. Verificados dichos requisitos —conforme la disponibilidad presupuestaria vigente—- se podrá disponer el inicio de las actuaciones. La Administración deberá expedirse- respecto a este punto- dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha del correo electrónico o comunicación electrónica equivalente”. 2º) Modificar el inciso “d” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “d) Adjudicación. La UGD- conforme el artículo 5º del presente reglamento- se pronunciará sobre las actuaciones pertinentes y emitirá el acto administrativo de adjudicación de la contratación dentro de los diez (10) días corridos. Dicho acto deberá ser remitido por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico antes mencionado- la cual procederá a la afectación contable definitiva. Efectuada la afectación contable pertinente- la UGD procederá a la notificación de dicho acto a los oferentes- la que podrá realizarse por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente conforme lo oportunamente consignado en la oferta. Dicha notificación generará el perfeccionamiento del contrato. El o los contratistas deberán entregar los bienes o prestar el servicio de conformidad con las características y especificaciones técnicas de la contratación. Una vez otorgada la conformidad definitiva- el contratista deberá presentar la correspondiente factura. La UGD informará dicha recepción por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Dirección General de Administración Financiera- la que procederá a realizar la transferencia de fondos necesarios para afrontar el pago dentro del plazo de veinte (20) días corridos desde la fecha del correo electrónico mencionado”. 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
27-12-2021 00:00:00
Cita digital
PJN 158689
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2021360
Resumen

Expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones.

Coincidencia encontrada

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a...

Cita sugerida

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a lo actuado de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. El requerimiento deberá estar previsto en el anteproyecto de Presupuesto Anual del Poder Judicial para ese ejercicio- de acuerdo a la información obrante en el Sistema Integral de Requerimientos del Poder Judicial de la Nación –SIRE–. La solicitud con la estimación del costo (presupuesto) deberá ser remitida a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico administraciongeneral@pjn.gov.ar- quien autorizará el trámite. Dicha autorización se comunicará al peticionante y- concomitantemente- a la Subdirección de Contrataciones. Recibida la solicitud- la Administración General deberá corroborar que el requerimiento no esté incluido previamente en una tramitación general a fin de evitar la superposición de procesos administrativos y el dispendio de recursos. En dicha oportunidad- procederá a efectuar la afectación provisional correspondiente. Verificados dichos requisitos —conforme la disponibilidad presupuestaria vigente—- se podrá disponer el inicio de las actuaciones. La Administración deberá expedirse- respecto a este punto- dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha del correo electrónico o comunicación electrónica equivalente”. 2º) Modificar el inciso “d” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “d) Adjudicación. La UGD- conforme el artículo 5º del presente reglamento- se pronunciará sobre las actuaciones pertinentes y emitirá el acto administrativo de adjudicación de la contratación dentro de los diez (10) días corridos. Dicho acto deberá ser remitido por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico antes mencionado- la cual procederá a la afectación contable definitiva. Efectuada la afectación contable pertinente- la UGD procederá a la notificación de dicho acto a los oferentes- la que podrá realizarse por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente conforme lo oportunamente consignado en la oferta. Dicha notificación generará el perfeccionamiento del contrato. El o los contratistas deberán entregar los bienes o prestar el servicio de conformidad con las características y especificaciones técnicas de la contratación. Una vez otorgada la conformidad definitiva- el contratista deberá presentar la correspondiente factura. La UGD informará dicha recepción por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Dirección General de Administración Financiera- la que procederá a realizar la transferencia de fondos necesarios para afrontar el pago dentro del plazo de veinte (20) días corridos desde la fecha del correo electrónico mencionado”. 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. - Consejo de la Magistratura 27-12-2021 00:00:00 - PJN 158689

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Rc 123596 Alta coincidencia

Olivo, Javier Jesús c/ Modolo, Cariña Alejandra s/ Acción de restitución

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2020-06-29
Cita digital
175175
Voces
C. 123.596 "OLIVO JAVIER JESUS C/ MODOLO CARINA ALEJANDRA S/...CIVIL Y COMERCIALSentencia InterlocutoriaRc 123596
Resumen

C. 123.596 "OLIVO JAVIER JESUS C/ MODOLO CARINA ALEJANDRA S/ ACCION DE RESTITUCION" AUTOS Y VISTOS: I. El señor Javier Jesús Olivo promovió, el 10 de agosto de 2018, ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 3 de Zárate-Campana, demanda de restitución y entrega de bienes, escrituración,...

Coincidencia encontrada

... fuero especializado por medio de la Receptoría de Expedientes departamental (v. fs. 260/261, resolución electrónica de fecha 5-XI-2018). El actor consintió dicha inhibición, argumentando que fundó la demanda en los términos del art. 528 del Código Civil y Comercial y denunció la existencia de un expediente conexo caratulado: "Modolo, Carina Alejandra c/ Olivo, Javier Jesús s/ Acción...

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Olivo, Javier Jesús c/ Modolo, Cariña Alejandra s/ Acción de restitución - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2020-06-29 - 175175

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Rc 126519 Alta coincidencia

CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE BAHÍA BLANCA C/ ENERGEN S.A S/ DESALOJO ANTICIPADO S/ RECURSO DE QUEJA

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2023-11-14
Cita digital
192011
Voces
C. 126.519 "CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE BAHÍA BLANCA...a su vez, planteó la nulidad de la notificación (v....ello así por encuadrar la resolución que pretendía apelarse en...CIVIL Y COMERCIALSentencia InterlocutoriaRc 126519
Resumen

C. 126.519 "CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE BAHÍA BLANCA C/ ENERGEN S.A S/ DESALOJO ANTICIPADO S/ RECURSO DE QUEJA" AUTOS Y VISTOS: I.

Coincidencia encontrada

...enía para contestar la acción (v. resol. de 8-II-2023 en arch. adj. al escrito de 21-III-2023 que inicia este expediente sobre queja por apelación denegada radicado ante esta Corte, v. proveído de 10-VIII-2023). Ante tal decisión, la accionada interpuso recurso de reposición y, en subsidio, de apelación y nulidad; a su vez, planteó la nulidad de la notificación...

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CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE BAHÍA BLANCA C/ ENERGEN S.A S/ DESALOJO ANTICIPADO S/ RECURSO DE QUEJA - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2023-11-14 - 192011

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. JU 3997 2011 Alta coincidencia

ANDRES NANCY IRMA C/ GORJON ALBERTO OMAR, GORJON MARIA SILVINA Y USTARROZ CARLOS O. (HIJO) S/ INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial - Junin (Cc0000 Ju)
Fecha
2021-02-26
Cita digital
179667
Voces
Redargución de falsedad – Instrumento Público – Falsedad Ideológica –...recursos que, concedidos libremente, motivaron la elevación del expediente a...la formulada por Alberto Omar Gorjón por medio del escrito...y la formulada por María Silvina Gorjón por medio del...CIVIL Y COMERCIALSentencia DefinitivaJU 3997 2011
Resumen

Redargución de falsedad – Instrumento Público – Falsedad Ideológica – Dolo Expte. n°: JU-3997-2011 ANDRES NANCY IRMA C/ GORJON ALBERTO OMAR, GORJON MARIA SILVINA Y USTARROZ CARLOS O.

Coincidencia encontrada

...expediente a esta Cámara. III- Una vez radicada la causa, se allegaron las siguientes expresiones de agravios: la formulada por el Dr. Maffía por medio del escrito electrónico de fecha 22/7/2020, en la que cuestionó el rechazo de la acción de redargución de falsedad de la escritura pública n° 109; la formulada por Alberto Omar Gorjón por medio...

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ANDRES NANCY IRMA C/ GORJON ALBERTO OMAR, GORJON MARIA SILVINA Y USTARROZ CARLOS O. (HIJO) S/ INCIDENTE DE REDARGUCION DE FALSEDAD - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL - JUNIN (CC0000 JU) 2021-02-26 - 179667

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Servicio Electronico de Pago c/ Salvatierra, Alberto Arnaldo y otros s/ ejecutivo s/recurso de queja

Tribunal
CO
Fecha
2018-11-28
Cita digital
N0020617
Voces
Demanda - Traslado de la Demanda - Copias - Falta...Comercial - Procesal
Resumen

DEMANDA-TRASLADO DE LA DEMANDA-COPIAS-FALTA DE COPIAS-EXPEDIENTE ELECTRONICO-SISTEMA INFORMATICO DE SEGUIMIENTO DE CAUSAS-NOTIFICACION ELECTRONICA-ACORDADA DE LA CORTE SUPREMA

Cita sugerida

Servicio Electronico de Pago c/ Salvatierra, Alberto Arnaldo y otros s/ ejecutivo s/recurso de queja - CO 2018-11-28 - N0020617

Legislación Rio Negro ley Nro. 5203 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 5203/2017 - Ley 5.203 - Autoriza el Uso de Expediente Electrónico, de Comunicaciones Electrónicas, de Firma Digital en Todos los Procesos Judiciales Que Tramitan ante el Poder Judicial, con Idéntica Validez Jurídica

Fecha
2017-05-24
Cita digital
5203
Voces
Expediente Electrónico - Documento Electrónico - Comunicaciones Electrónicas - Firma...Ley5203
Resumen

Autoriza el uso de Expediente Electrónico, de comunicaciones electrónicas, de Firma Digital en todos los Procesos Judiciales que tramitan ante el Poder Judicial, con idéntica validez jurídica

Cita sugerida

Ley 5203/2017 - Ley 5.203 - Autoriza el Uso de Expediente Electrónico, de Comunicaciones Electrónicas, de Firma Digital en Todos los Procesos Judiciales Que Tramitan ante el Poder Judicial, con Idéntica Validez Jurídica - 2017-05-24 - 5203

Legislación Rio Negro ley Nro. 5327 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 5327/2018 - Ley 5.327 - Modifica Ley Nº 5203. Subroga Texto. Expediente Electrónico y Firma Digital Wn los Procedimientos Electrónicas

Fecha
2018-11-01
Cita digital
5327
Voces
Expediente Electrónico - Documento Electrónico - Comunicaciones Electrónicas - Firma...Ley5327
Resumen

Modifica Ley Nº 5203. Subroga texto. Expediente Electrónico y Firma Digital wn los Procedimientos Electrónicas

Cita sugerida

Ley 5327/2018 - Ley 5.327 - Modifica Ley Nº 5203. Subroga Texto. Expediente Electrónico y Firma Digital Wn los Procedimientos Electrónicas - 2018-11-01 - 5327

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. A 76307 Alta coincidencia

Lista, Gladys Adriana contra Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal.

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2021-11-11
Cita digital
182500
Voces
A C U E R D O La Suprema Corte...más los intereses que paga el Banco de la Provincia...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaA 76307
Resumen

A C U E R D O La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el art.

Coincidencia encontrada

...s de las Policías de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 24 de septiembre de 2013, en el expediente administrativo 2138-233.429/13. En consecuencia, reconoció -a partir del día 11 de enero de 2013- el derecho de la parte actora a la adecuación de su haber jubilatorio con la incorporación de los denominados "gastos de representación" previstos en...

Cita sugerida

Lista, Gladys Adriana contra Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal. - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2021-11-11 - 182500

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Decreto 180 - 04

Resumen

Decreto Nº 180/2004 GAS NATURAL Régimen de Inversiones de Infraestructura Básica de Gas durante el Proceso de Normalización del Servicio Público.

Coincidencia encontrada

... para mejorar la eficiencia asignativa en la industria del gas. Disposiciones complementarias. Condiciones especiales. Bs.As., 13/2/2004 VISTO, el Expediente Nº S01:0189417/2003 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION...

Cita sugerida

Decreto 180 - 04

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Gagora SA c/ Santander Rio Trust SA y otro s/ ordinario

Tribunal
CO
Fecha
2018-08-31
Cita digital
N0020615
Voces
Escritos Judiciales - Recurso de Apelacion (Procesal) - Documento Electronico...Comercial - Procesal
Resumen

ESCRITOS JUDICIALES-RECURSO DE APELACION (PROCESAL)-DOCUMENTO ELECTRONICO-EXPEDIENTE ELECTRONICO-SISTEMA INFORMATICO DE SEGUIMIENTO DE CAUSAS-AGREGACION DE ESCRITO

Cita sugerida

Gagora SA c/ Santander Rio Trust SA y otro s/ ordinario - CO 2018-08-31 - N0020615