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79+ resultados encontrados para FINALIDAD-CULPABILIDAD:OBJETO con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
Pagina 1 de varias
Jurisprudencia San Juan fallo Alta coincidencia

MIRANDA CORNELIO RAMON Y OTRA c/ ESTORNELL S.A. s/ PRUEBA ANTICIPADA-HAY SUMARIO-D.S. Y P.S.

Tribunal
CM
Fecha
1996-12-27
Cita digital
50002793
Voces
Derecho Civil - Relacion de Causalidad:ObjetoFinalidad - Culpabilidad:ObjetoFinalidadCivil
Resumen

MIRANDA CORNELIO RAMON Y OTRA c/ ESTORNELL S.A. s/ PRUEBA ANTICIPADA-HAY SUMARIO-D.S. Y P.S. DERECHO CIVIL-RELACION DE CAUSALIDAD:OBJETO;FINALIDAD-CULPABILIDAD:OBJETO;FINALIDAD Partes: MIRANDA CORNELIO RAMON Y OTRA c/ ESTORNELL S.A.

Coincidencia encontrada

DERECHO CIVIL-RELACION DE CAUSALIDAD:OBJETO;FINALIDAD-CULPABILIDAD:OBJETO;FINALIDAD

Cita sugerida

MIRANDA CORNELIO RAMON Y OTRA c/ ESTORNELL S.A. s/ PRUEBA ANTICIPADA-HAY SUMARIO-D.S. Y P.S. - CM 1996-12-27 - 50002793

Jurisprudencia Buenos Aires fallo Alta coincidencia

Riveros, Jorge Luis; Kessy, Marcelo Oscar; Angelo, César Mario s/ Ejercicio de func. ejenas a su compet., encub. por omisión de denuncia y falsedad ideológica de instr. púb. Encub. por omisión de denuncia. Coacc. agrav. por la finalidad y partícipe primario en el delito de falsedad ideológica de doc. púb. en conc. real César Mario s/ Ejercicio de func. ejenas a su compet., encub. por omisión de denuncia y falsedad ideológica de instr. púb. Encub. por omisión de denuncia. Coacc. agrav. por la finalidad y partícipe primario en el delito de falsedad ideológica de doc. púb. en conc. real

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2001-02-21
Cita digital
B0075965
Voces
Sentencia:Mayor═a de OpinionesPenal
Resumen

Riveros, Jorge Luis; Kessy, Marcelo Oscar; Angelo, César Mario s/ Ejercicio de func. ejenas a su compet., encub. por omisión de denuncia y falsedad ideológica de instr.

Coincidencia encontrada

SENTENCIA:MAYOR═A DE OPINIONES

Cita sugerida

Riveros, Jorge Luis; Kessy, Marcelo Oscar; Angelo, César Mario s/ Ejercicio de func. ejenas a su compet., encub. por omisión de denuncia y falsedad ideológica de instr. púb. Encub. por omisión de denuncia. Coacc. agrav. por la finalidad y partícipe primario en el delito de falsedad ideológica de doc. púb. en conc. real César Mario s/ Ejercicio de func. ejenas a su compet., encub. por omisión de denuncia y falsedad ideológica de instr. púb. Encub. por omisión de denuncia. Coacc. agrav. por la finalidad y partícipe primario en el delito de falsedad ideológica de doc. púb. en conc. real - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2001-02-21 - B0075965

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 132 Alta coincidencia

El expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. A tal fin- considérese de urgencia las contrataciones de bienes- servicios- locación de obras o de inmuebles que se realicen con tal finalidad. ARTÍCULO 2º) Autorizar al Administrador General del Poder Judicial de la Nación a efectuar la contratación de bienes- servicios- la locación de obras e inmuebles- exceptuándose del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación vigente y para lograr la finalidad indicada en el artículo anterior. Ello- conforme las reglas fijadas en la presente y el Anexo I- así como el plan de acción y cronograma que se establezca con las áreas técnicas. El monto del gasto total de la citada autorización- no puede superar los quince mil módulos (15.000 M.) en el ejercicio presupuestario- y el gasto individual no podrá ser superior dos mil quinientos módulos (2.500 M.). ARTÍCULO 3°) Aprobar el “Reglamento de Adquisiciones de Bienes- Servicios- Locación de obras e inmuebles para la jurisdicción de Rosario” que como anexo I forma parte de la presente. ARTÍCULO 4°) Disponer que en caso de acudir a la contratación directa –compulsa abreviada- por urgencia prevista en el artículo 30 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- de conformidad con el trámite regulado en el art. 164 del mismo reglamento- se podrá omitir las intervenciones previstas por las Resoluciones CM n° 481/2010 y 482/2010. En estos casos- los proveedores estarán exceptuados de estar incorporados en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura de la Nación. ARTÍCULO 5º) Autorizar al Administrador General- en representación de este Consejo de la Magistratura de la Nación- a suscribir los convenios o acuerdos de colaboración y específicos para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo primero. En caso que sean convenios con obligaciones patrimoniales a cargo de este Consejo- se debe prever la disponibilidad presupuestaria antes del gasto- un mecanismo de control y reporte del gasto devengado ante la Comisión de Administración y Financiera. Previo a la suscripción del convenio- el Administrador General debe poner a consideración de la Comisión de Administración y Financiera el trámite con todos sus antecedentes. Comunicados los consejeros y consejeras vía correo electrónico por Secretaría de Comisión- en caso que no medie objeción de la mayoría en cuarenta y ocho (48) horas- se entenderá aprobado. ARTÍCULO 6°) Autorizar en el Administrador General toda otra medida excepcional no estipulada expresamente que sea necesaria para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en la presente Resolución- previo conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera. Asimismo- a modificar el destino de los bienes adquiridos o a adquirir por este Consejo- a fin de redirigirlos para cumplir la finalidad indicada en el artículo 1º)- en la medida que no afecte servicios esenciales o urgentes. ARTÍCULO 7°) Las decisiones que se adopten de conformidad co

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
17-04-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 176341
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024132
Resumen

Expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal...

Coincidencia encontrada

El expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el ámbito...

Cita sugerida

El expediente nº 10-03891/24 caratulado “Informe Proyecto de Reglamentación para Adquisición de Bienes y Servicios p/la Jurisd. Rosario”. ARTÍCULO 1º) Declarar el objetivo de llevar adelante todas las medidas y acciones que resultan competencia de este Consejo de la Magistratura de la Nación- para atender la plena implementación del Código Procesal Penal Federal (T.O. 2019) en el ámbito de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. A tal fin- considérese de urgencia las contrataciones de bienes- servicios- locación de obras o de inmuebles que se realicen con tal finalidad. ARTÍCULO 2º) Autorizar al Administrador General del Poder Judicial de la Nación a efectuar la contratación de bienes- servicios- la locación de obras e inmuebles- exceptuándose del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación vigente y para lograr la finalidad indicada en el artículo anterior. Ello- conforme las reglas fijadas en la presente y el Anexo I- así como el plan de acción y cronograma que se establezca con las áreas técnicas. El monto del gasto total de la citada autorización- no puede superar los quince mil módulos (15.000 M.) en el ejercicio presupuestario- y el gasto individual no podrá ser superior dos mil quinientos módulos (2.500 M.). ARTÍCULO 3°) Aprobar el “Reglamento de Adquisiciones de Bienes- Servicios- Locación de obras e inmuebles para la jurisdicción de Rosario” que como anexo I forma parte de la presente. ARTÍCULO 4°) Disponer que en caso de acudir a la contratación directa –compulsa abreviada- por urgencia prevista en el artículo 30 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- de conformidad con el trámite regulado en el art. 164 del mismo reglamento- se podrá omitir las intervenciones previstas por las Resoluciones CM n° 481/2010 y 482/2010. En estos casos- los proveedores estarán exceptuados de estar incorporados en el Sistema de Registro de Proveedores del Consejo de la Magistratura de la Nación. ARTÍCULO 5º) Autorizar al Administrador General- en representación de este Consejo de la Magistratura de la Nación- a suscribir los convenios o acuerdos de colaboración y específicos para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en el artículo primero. En caso que sean convenios con obligaciones patrimoniales a cargo de este Consejo- se debe prever la disponibilidad presupuestaria antes del gasto- un mecanismo de control y reporte del gasto devengado ante la Comisión de Administración y Financiera. Previo a la suscripción del convenio- el Administrador General debe poner a consideración de la Comisión de Administración y Financiera el trámite con todos sus antecedentes. Comunicados los consejeros y consejeras vía correo electrónico por Secretaría de Comisión- en caso que no medie objeción de la mayoría en cuarenta y ocho (48) horas- se entenderá aprobado. ARTÍCULO 6°) Autorizar en el Administrador General toda otra medida excepcional no estipulada expresamente que sea necesaria para la consecución y cumplimiento de los objetivos señalados en la presente Resolución- previo conocimiento de la Comisión de Administración y Financiera. Asimismo- a modificar el destino de los bienes adquiridos o a adquirir por este Consejo- a fin de redirigirlos para cumplir la finalidad indicada en el artículo 1º)- en la medida que no afecte servicios esenciales o urgentes. ARTÍCULO 7°) Las decisiones que se adopten de conformidad co - Consejo de la Magistratura 17-04-2024 00:00:00 - PJN 176341

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Compensación económica: El pago en 100 cuotas conculca la naturaleza del instituto y atenta contra su finalidad

Fecha
26 de octubre de 2023 47045147045147045
Voces
Compensación Económica - Código Civil y Comercial de la… Rsd...
Resumen

M. M. C. c/ D. O. D. s/ fijación de compensación económica - arts. 441 y 442 CCCN Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: B Fecha: 26 de octubre de 2023 47045147045147045 Voces: COMPENSACIÓN ECONÓMICA - CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA…

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Compensación económica: El pago en 100 cuotas conculca la naturaleza del instituto y atenta contra su finalidad - 26 de octubre de 2023 47045147045147045

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Grooming: El imputado que tenía 35 años, al mandar mensajes por una red social a varias alumnas de una escuela, no podía tener otra finalidad que la sexual, además de saber que eran menores

Fecha
18 de octubre de 2022 39319139319139319
Voces
ABUSO SEXUAL - ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - GROOMING...
Resumen

L. M. R. s/ recurso de casación Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: II Fecha: 18 de octubre de 2022 39319139319139319 Voces: ABUSO SEXUAL - ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - GROOMING - REDES SOCIALES - DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL -…

Cita sugerida

Grooming: El imputado que tenía 35 años, al mandar mensajes por una red social a varias alumnas de una escuela, no podía tener otra finalidad que la sexual, además de saber que eran menores - 18 de octubre de 2022 39319139319139319

Jurisprudencia Mendoza fallo Alta coincidencia

MANCILLA CUELLO ENRIQUE ARIEL Y OTR. c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE MENDOZA s/ AMPARO

Tribunal
CT
Fecha
2005-04-08
Cita digital
U0013052
Voces
Derecho Constitucional - Estado:CaracteresFacultades y LimitesFinalidadFunciones - Poderes del Estado:Facultades y LimitesFunciones - Poder de Policia - Bien Comun - Via...Civil
Resumen

DERECHO CONSTITUCIONAL-ESTADO:CARACTERES;FACULTADES Y LIMITES;FINALIDAD;FUNCIONES-PODERES DEL ESTADO:FACULTADES Y LIMITES;FINALIDAD;FUNCIONES-PODER DE POLICIA-BIEN COMUN-VIA PUBLICA-OBSTRUCCION DE LA VIA PUBLICA

Cita sugerida

MANCILLA CUELLO ENRIQUE ARIEL Y OTR. c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE MENDOZA s/ AMPARO - CT 2005-04-08 - U0013052

Jurisprudencia San Juan fallo Alta coincidencia

B.I.D. COOP. LTDA. (EX ACISO BANCO COOP. LTDA.) c/ ALDERETE, ALFREDO JULIO s/ COBRO DE PESOS-ORDINARIO

Tribunal
CM
Fecha
1997-02-14
Cita digital
50002879
Voces
Derecho Procesal - Caducidad:Fundamento:Finalidad - Presuncion de Abandono de la...Procesal
Resumen

-DERECHO PROCESAL-CADUCIDAD:FUNDAMENTO:FINALIDAD-PRESUNCION DE ABANDONO DE LA INSTANCIA:ALCANCES-REALIZACION DE ACTOS PROCESALES UTILES:FINALIDAD-

Cita sugerida

B.I.D. COOP. LTDA. (EX ACISO BANCO COOP. LTDA.) c/ ALDERETE, ALFREDO JULIO s/ COBRO DE PESOS-ORDINARIO - CM 1997-02-14 - 50002879

Jurisprudencia San Juan fallo Alta coincidencia

Flores, Guillermo Enrique c/ Municipalidad de Rivadavia s/ Contencioso Administrativo

Tribunal
CM
Fecha
1999-03-23
Cita digital
50004598
Voces
Proceso Cautelar Conservatorio:Finalidad - Proceso Cautelar Innovativo:FinalidadProcesal
Resumen

Flores, Guillermo Enrique c/ Municipalidad de Rivadavia s/ Contencioso Administrativo PROCESO CAUTELAR CONSERVATORIO:FINALIDAD-PROCESO CAUTELAR INNOVATIVO:FINALIDAD Partes: Flores, Guillermo Enrique c/ Municipalidad de Rivadavia s/ Contencioso Administrativo Materia: PROCESAL Tribunal: CM Fecha: 1999-03-23 Provincia: San Juan Voces: PROCESO CAUTELAR CONSERVATORIO:FINALIDAD-PROCESO CAUTELAR INNOVATIVO:FINALIDAD

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PROCESO CAUTELAR CONSERVATORIO:FINALIDAD-PROCESO CAUTELAR INNOVATIVO:FINALIDAD

Cita sugerida

Flores, Guillermo Enrique c/ Municipalidad de Rivadavia s/ Contencioso Administrativo - CM 1999-03-23 - 50004598

Jurisprudencia San Juan fallo Alta coincidencia

SIEMENS S.A. c/ PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN s/ AMPARO POR MORA

Tribunal
CM
Fecha
1997-03-06
Cita digital
50003209
Voces
Derecho Administrativo - Amparo por Mora - Procedimiento Unilateral -...Administrativo
Resumen

-DERECHO ADMINISTRATIVO-AMPARO POR MORA-PROCEDIMIENTO UNILATERAL- FINALIDAD DEL PETICIONANTE:EFECTOS-PLAZO-FIJACION JUDICIAL-FINALIDAD

Cita sugerida

SIEMENS S.A. c/ PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN s/ AMPARO POR MORA - CM 1997-03-06 - 50003209

Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS: EDERSA c/ TURBINE POWER CO. S.A. s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Exp. 004/SCA) s/ APELACION

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2004-08-18
Cita digital
F0016259
Voces
Medidas Cautelares - Medida de No Innovar:Finalidad - Medida Cautelar...Constitucional
Resumen

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS: EDERSA c/ TURBINE POWER CO. S.A. s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Exp. 004/SCA) s/ APELACION MEDIDAS CAUTELARES-MEDIDA DE NO INNOVAR:FINALIDAD-MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA:FINALIDAD Partes: INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS: EDERSA c/ TURBINE POWER CO.

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MEDIDAS CAUTELARES-MEDIDA DE NO INNOVAR:FINALIDAD-MEDIDA CAUTELAR INNOVATIVA:FINALIDAD

Cita sugerida

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS: EDERSA c/ TURBINE POWER CO. S.A. s/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Exp. 004/SCA) s/ APELACION - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2004-08-18 - F0016259