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Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2018 Nro. 3144 Alta coincidencia

Hacer lugar parcialmente a la liquidación y pago del Dr. Sero P/subrogancia del período del 14 al 31 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido del 07 al 13 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido de luquidación del mes de enero 2018. 16-2398/18

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
31-10-2018 00:00:00
Cita digital
PJN 128479
Voces
Resoluciones - Año 20183144
Resumen

Hacer lugar parcialmente a la liquidación y pago del Dr. Sero P/subrogancia del período del 14 al 31 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido del 07 al 13 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido de luquidación del mes de enero 2018.

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Hacer lugar parcialmente a la liquidación y pago del Dr. Sero P/subrogancia del período del 14 al 31 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido del 07 al 13 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido de luquidación del mes de enero 2018. 16-2398/18

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Hacer lugar parcialmente a la liquidación y pago del Dr. Sero P/subrogancia del período del 14 al 31 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido del 07 al 13 de diciembre 2017; no hacer lugar al pedido de luquidación del mes de enero 2018. 16-2398/18 - Administración General del Poder Judicial 31-10-2018 00:00:00 - PJN 128479

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2018 Nro. 2857 Alta coincidencia

Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago de subrogancia de la Dra. Denogens del 11 al 27 de mayo de 2018; no hacer lugar a la subrogancias certificadas según fojas varias; no hacer lugar a la Liquidación de subrogancia P/causa FCT6406/2016/11/1/CA1. 16-6204/18

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
28-09-2018 00:00:00
Cita digital
PJN 127054
Voces
Resoluciones - Año 20182857
Resumen

Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago de subrogancia de la Dra. Denogens del 11 al 27 de mayo de 2018; no hacer lugar a la subrogancias certificadas según fojas varias; no hacer lugar a la Liquidación de subrogancia P/causa FCT6406/2016/11/1/CA1.

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Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago de subrogancia de la Dra. Denogens del 11 al 27 de mayo de 2018; no hacer lugar a la subrogancias certificadas según fojas varias; no hacer lugar a la Liquidación de subrogancia P/causa FCT6406/2016/11/1/CA1. 16-6204/18

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Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago de subrogancia de la Dra. Denogens del 11 al 27 de mayo de 2018; no hacer lugar a la subrogancias certificadas según fojas varias; no hacer lugar a la Liquidación de subrogancia P/causa FCT6406/2016/11/1/CA1. 16-6204/18 - Administración General del Poder Judicial 28-09-2018 00:00:00 - PJN 127054

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2018 Nro. 2079 Alta coincidencia

No hacer lugar a la solicitud de "ECIM SRL" s/reconocimiento de diferencia de montos por "acopio"; no hacer lugar a la solicitud s/determinación de precios; aprobar el incremento por mano de obra del personal obrero de la construcción; rechazar solicitud de incremento por mano de obra; no hacer lugar al reclamo de gastos improductivos; aplicar multa; rechazar rescinsión unilateral; rescindir contrato de Obra Pública 17/12; tomar posesión de la obra y bienes- arbitrar medios P/cpntratación de trabajos pendientes.-Exp.14-25473/08

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
06-08-2018 00:00:00
Cita digital
PJN 123804
Voces
Resoluciones - Año 20182079
Resumen

No hacer lugar a la solicitud de "ECIM SRL" s/reconocimiento de diferencia de montos por "acopio"; no hacer lugar a la solicitud s/determinación de precios; aprobar el incremento por mano de obra del personal obrero de la construcción; rechazar solicitud de incremento por mano de obra; no hacer lugar al reclamo de...

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No hacer lugar a la solicitud de "ECIM SRL" s/reconocimiento de diferencia de montos por "acopio"; no hacer lugar a la solicitud s/determinación de precios; aprobar el incremento por mano de obra del personal obrero de la construcción; rechazar solicitud de incremento por mano de obra; no hacer lugar al reclamo de gastos improductivos; aplicar multa; rechazar rescinsión...

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No hacer lugar a la solicitud de "ECIM SRL" s/reconocimiento de diferencia de montos por "acopio"; no hacer lugar a la solicitud s/determinación de precios; aprobar el incremento por mano de obra del personal obrero de la construcción; rechazar solicitud de incremento por mano de obra; no hacer lugar al reclamo de gastos improductivos; aplicar multa; rechazar rescinsión unilateral; rescindir contrato de Obra Pública 17/12; tomar posesión de la obra y bienes- arbitrar medios P/cpntratación de trabajos pendientes.-Exp.14-25473/08 - Administración General del Poder Judicial 06-08-2018 00:00:00 - PJN 123804

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2025 Nro. 196 Alta coincidencia

El expediente Nº 15-04167/22, caratulado “Solicitud. Adquisición de televisores para salas de audiencias de diversos tribunales”. 1°) Hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por la firma “CALRAD BOLTON SA”. 2°) Ratificar la Res. AG n° 4042/22, de fecha 01 de noviembre de 2022, e intimar a la empresa “CALRAD BOLTON SA” a pagar a este Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, la suma de PESOS TRES MIL CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3.042,95.-) en el plazo de CINCO (5) días hábiles desde la notificación de la presente resolución, en concepto de pérdida de garantía de oferta, equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma ofertada para el Renglón 2 de la presente convocatoria, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía constituida mediante pagaré ─Nota de ingreso n° 218/22, obrante a fojas 366─, conforme lo previsto en el inciso 1º del artículo 149 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, aprobado por Resolución CM n° 254/15. 3°) Hacer lugar al recurso interpuesto por la firma “FAG SISTEM SA”, como denuncia de ilegitimidad regulada en el artículo 1°, inciso e, sub inciso 6 de la Ley n° 19549. 4°) Hacer lugar parcialmente al recurso jerárquico interpuesto por la firma “FAG SISTEMS SA”, en cuanto a su solicitud de no ejecución de su garantía de oferta por el monto cotizado en el Renglón 1 ─ÍTEM I─ de la presente convocatoria. 5°) Rechazar el planteo de la firma “FAG SISTEMS SA”, en cuanto a su solicitud de no ejecución de su garantía de oferta por el monto cotizado en el Renglón 1 ─ÍTEM II─ y en el Renglón 2 de la presente convocatoria. 6°) Intimar a la empresa “FAG SISTEMS SA”, a pagar a este Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS NOVENTA ($ 10.390,00.-) en el plazo de CINCO (5) días hábiles desde la notificación de la presente resolución, en concepto de pérdida de garantía de oferta, equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma ofertada para el Renglón 1 ─ÍTEM II─ y el Renglón 2 de la presente convocatoria, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía constituida mediante pagaré ─Nota de ingreso n° 218/22, obrante a fojas 366─, conforme lo previsto en el inciso 1 del artículo 149 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, aprobado por Resolución CM n° 254/15. Regístrese, notifíquese y remítanse las actuaciones a la Administración General para la continuación del trámite. Res. 196/25.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
15-10-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 207166
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2025196
Resumen

Expediente Nº 15-04167/22, caratulado “Solicitud. Adquisición de televisores para salas de audiencias de diversos tribunales”. 1°) Hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por la firma “CALRAD BOLTON SA”.

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...4167/22, caratulado “Solicitud. Adquisición de televisores para salas de audiencias de diversos tribunales”. 1°) Hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por la firma “CALRAD BOLTON SA”. 2°) Ratificar la Res. AG n° 4042/22, de fecha 01 de noviembre de 2022, e intimar a la empresa “CALRAD BOLTON SA” a pagar a este Consejo de la Magistratura del Poder...

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El expediente Nº 15-04167/22, caratulado “Solicitud. Adquisición de televisores para salas de audiencias de diversos tribunales”. 1°) Hacer lugar al recurso jerárquico interpuesto por la firma “CALRAD BOLTON SA”. 2°) Ratificar la Res. AG n° 4042/22, de fecha 01 de noviembre de 2022, e intimar a la empresa “CALRAD BOLTON SA” a pagar a este Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, la suma de PESOS TRES MIL CUARENTA Y DOS CON NOVENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 3.042,95.-) en el plazo de CINCO (5) días hábiles desde la notificación de la presente resolución, en concepto de pérdida de garantía de oferta, equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma ofertada para el Renglón 2 de la presente convocatoria, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía constituida mediante pagaré ─Nota de ingreso n° 218/22, obrante a fojas 366─, conforme lo previsto en el inciso 1º del artículo 149 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, aprobado por Resolución CM n° 254/15. 3°) Hacer lugar al recurso interpuesto por la firma “FAG SISTEM SA”, como denuncia de ilegitimidad regulada en el artículo 1°, inciso e, sub inciso 6 de la Ley n° 19549. 4°) Hacer lugar parcialmente al recurso jerárquico interpuesto por la firma “FAG SISTEMS SA”, en cuanto a su solicitud de no ejecución de su garantía de oferta por el monto cotizado en el Renglón 1 ─ÍTEM I─ de la presente convocatoria. 5°) Rechazar el planteo de la firma “FAG SISTEMS SA”, en cuanto a su solicitud de no ejecución de su garantía de oferta por el monto cotizado en el Renglón 1 ─ÍTEM II─ y en el Renglón 2 de la presente convocatoria. 6°) Intimar a la empresa “FAG SISTEMS SA”, a pagar a este Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS NOVENTA ($ 10.390,00.-) en el plazo de CINCO (5) días hábiles desde la notificación de la presente resolución, en concepto de pérdida de garantía de oferta, equivalente al cinco por ciento (5%) de la suma ofertada para el Renglón 1 ─ÍTEM II─ y el Renglón 2 de la presente convocatoria, bajo apercibimiento de proceder a la ejecución de la garantía constituida mediante pagaré ─Nota de ingreso n° 218/22, obrante a fojas 366─, conforme lo previsto en el inciso 1 del artículo 149 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura, aprobado por Resolución CM n° 254/15. Regístrese, notifíquese y remítanse las actuaciones a la Administración General para la continuación del trámite. Res. 196/25. - Consejo de la Magistratura 15-10-2025 00:00:00 - PJN 207166

Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Régimen de comunicación: Se confirma el régimen establecido por el juez, sin hacer lugar al pernocte de la niña en el domicilio del padre

Fecha
29 de agosto de 2023 45803145803145803
Voces
Régimen de Comunicación - Derechos del Niño - Interés Superior...
Resumen

L. I. c/ P. A s/ incidente de comunicación con los hijos Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Trenque Lauquen Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: Fecha: 29 de agosto de 2023 45803145803145803 Voces: RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN - DERECHOS DEL NIÑO - INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO…

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Régimen de comunicación: Se confirma el régimen establecido por el juez, sin hacer lugar al pernocte de la niña en el domicilio del padre - 29 de agosto de 2023 45803145803145803

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2023 Nro. 3822 Alta coincidencia

Hacer lugar al recurso de reconsideración presentado y dejar sin efecto la Resolución A.G. N° 3473/2023. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo por su actuación en la causa FLP 32195/2016 del Juzgado Federal N° 3 de La Plata. Exp. N°16-20542/17

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
24-10-2023 00:00:00
Cita digital
PJN 173130
Voces
Resoluciones - Año 20233822
Resumen

Hacer lugar al recurso de reconsideración presentado y dejar sin efecto la Resolución A.G. N° 3473/2023. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo por su actuación en la causa FLP 32195/2016 del Juzgado Federal N° 3 de La Plata.

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Hacer lugar al recurso de reconsideración presentado y dejar sin efecto la Resolución A.G. N° 3473/2023. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo por su actuación en la causa FLP 32195/2016 del Juzgado Federal N° 3 de La Plata. Exp. N°16-20542/17

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Hacer lugar al recurso de reconsideración presentado y dejar sin efecto la Resolución A.G. N° 3473/2023. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo por su actuación en la causa FLP 32195/2016 del Juzgado Federal N° 3 de La Plata. Exp. N°16-20542/17 - Administración General del Poder Judicial 24-10-2023 00:00:00 - PJN 173130

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2025 Nro. 167 Alta coincidencia

El expediente Nº 15-03335/23 caratulado “Haberes. Bonificación adicional por título. Bengochea Mariano Rodrigo. Ingeniero en Sistemas de Información”. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida y, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolución Plenaria nº 259/2018 de fecha 14 de junio de 2018 y otorgar la bonificación adicional por el título de “Ingeniero en Sistemas de Información” al agente Mariano Rodrigo Bengochea, de conformidad con lo previsto en el apartado I, inciso a) del artículo 44 del Decreto PEN 4107/84, liquidar el beneficio requerido a partir de la fecha de presentación de los certificación correspondientes, conforme lo dispuesto en el considerando 12) de la presente. 2º) Poner en conocimiento del agente que el beneficio del reconocimiento del título se mantendrá mientras continúe desempeñando sus funciones con el título obtenido en la actual oficina u otras cuya actividad pueda ser considerada análoga en el marco de la presente. Res 167/25.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
15-10-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 207013
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2025167
Resumen

Expediente Nº 15-03335/23 caratulado “Haberes. Bonificación adicional por título. Bengochea Mariano Rodrigo. Ingeniero en Sistemas de Información”. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida.

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...eres. Bonificación adicional por título. Bengochea Mariano Rodrigo. Ingeniero en Sistemas de Información”. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida y, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolución Plenaria nº 259/2018 de fecha 14 de junio de 2018 y otorgar la bonificación adicional por el título de “Ingeniero en Sistemas de...

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El expediente Nº 15-03335/23 caratulado “Haberes. Bonificación adicional por título. Bengochea Mariano Rodrigo. Ingeniero en Sistemas de Información”. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida. 1º) Hacer lugar a la solicitud deducida y, en consecuencia, dejar sin efecto la Resolución Plenaria nº 259/2018 de fecha 14 de junio de 2018 y otorgar la bonificación adicional por el título de “Ingeniero en Sistemas de Información” al agente Mariano Rodrigo Bengochea, de conformidad con lo previsto en el apartado I, inciso a) del artículo 44 del Decreto PEN 4107/84, liquidar el beneficio requerido a partir de la fecha de presentación de los certificación correspondientes, conforme lo dispuesto en el considerando 12) de la presente. 2º) Poner en conocimiento del agente que el beneficio del reconocimiento del título se mantendrá mientras continúe desempeñando sus funciones con el título obtenido en la actual oficina u otras cuya actividad pueda ser considerada análoga en el marco de la presente. Res 167/25. - Consejo de la Magistratura 15-10-2025 00:00:00 - PJN 207013

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2026 Nro. 805 Alta coincidencia

Declarar formalmente admisible el recurso interpuesto contra la Resolución A.G. N° 4202/25 y hacer lugar a la reconsideración planteada atento que el tiempo transcurrido no le es imputable a la recurrente. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por la doctora Paula Emilia Fernández en razón de la labor ejercida en el Juzgado Nacional en lo Civil N° 54 por el periodo comprendido del 23 de junio al 4 de julio de 2025. 16-15096/25

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
27-03-2026 00:00:00
Cita digital
PJN 209940
Voces
Resoluciones - Año 2026805
Resumen

Declarar formalmente admisible el recurso interpuesto contra la Resolución A.G. N° 4202/25 y hacer lugar a la reconsideración planteada atento que el tiempo transcurrido no le es imputable a la recurrente.

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...Declarar formalmente admisible el recurso interpuesto contra la Resolución A.G. N° 4202/25 y hacer lugar a la reconsideración planteada atento que el tiempo transcurrido no le es imputable a la recurrente. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por la doctora Paula Emilia Fernández en razón de la labor ejercida en el Juzgado Nacional en...

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Declarar formalmente admisible el recurso interpuesto contra la Resolución A.G. N° 4202/25 y hacer lugar a la reconsideración planteada atento que el tiempo transcurrido no le es imputable a la recurrente. Hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago realizada por la doctora Paula Emilia Fernández en razón de la labor ejercida en el Juzgado Nacional en lo Civil N° 54 por el periodo comprendido del 23 de junio al 4 de julio de 2025. 16-15096/25 - Administración General del Poder Judicial 27-03-2026 00:00:00 - PJN 209940

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 3871 Alta coincidencia

Reconocer, en favor del señor Salice Diego Matías con DNI 23.783.492, de manera proporcional a los días que ha prestado servicios de forma presencial durante el período del 20 de marzo al 28 de junio de 2020, los 10 días hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resolución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. No hacer lugar, respecto de todos los agentes detallados en el Anexo A que cumplieron funciones ante la Dirección General de Seguridad Informática, con excepción del enunciado en el resolutivo 1°, que hayan prestado servicios ante la citada dirección durante el periodo comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 28 de junio de 2020, a la solicitud de usufructuar los 10 dias hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resplución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. Reconocer, en favor del señor Rodinella Walter Hernán con DNI 23.834.695, del señor Conte Luis David con DNI 25.023.132, de la señora Tocco Laura Vanina con DNI 25.386.140 y de la señora Tocco Valeria con DNI 26.427.276, de manera proporcional a los dias que han prestado servicios de forma presencial durante el periodo del 20 de marzo al 28 de junio de 2020, los 10 dias hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resolución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. No hacer lugar, respecto de los agentes detallados en el Anexo B que cumplieron funciones ante la Dirección General de Tecnología, con excepción de los enunciados en el resolutivo 4°, que hayan prestado servicios ante la citada dirección durante el periodo comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 28 de junio de 2020, a la solicitud de usufructuar los 10 dias hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resolución'. CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. 16-12408/21

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
26-11-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 207919
Voces
Resoluciones - Año 20253871
Resumen

Reconocer, en favor del señor Salice Diego Matías con DNI 23.783.492, de manera proporcional a los días que ha prestado servicios de forma presencial durante el período del 20 de marzo al 28 de junio de 2020, los 10 días hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y...

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...atorias, y la Resolución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. No hacer lugar, respecto de todos los agentes detallados en el Anexo A que cumplieron funciones ante la Dirección General de Seguridad Informática, con excepción del enunciado en el resolutivo 1°, que hayan prestado servicios ante la citada dirección durante el periodo...

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Reconocer, en favor del señor Salice Diego Matías con DNI 23.783.492, de manera proporcional a los días que ha prestado servicios de forma presencial durante el período del 20 de marzo al 28 de junio de 2020, los 10 días hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resolución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. No hacer lugar, respecto de todos los agentes detallados en el Anexo A que cumplieron funciones ante la Dirección General de Seguridad Informática, con excepción del enunciado en el resolutivo 1°, que hayan prestado servicios ante la citada dirección durante el periodo comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 28 de junio de 2020, a la solicitud de usufructuar los 10 dias hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resplución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. Reconocer, en favor del señor Rodinella Walter Hernán con DNI 23.834.695, del señor Conte Luis David con DNI 25.023.132, de la señora Tocco Laura Vanina con DNI 25.386.140 y de la señora Tocco Valeria con DNI 26.427.276, de manera proporcional a los dias que han prestado servicios de forma presencial durante el periodo del 20 de marzo al 28 de junio de 2020, los 10 dias hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resolución CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. No hacer lugar, respecto de los agentes detallados en el Anexo B que cumplieron funciones ante la Dirección General de Tecnología, con excepción de los enunciados en el resolutivo 4°, que hayan prestado servicios ante la citada dirección durante el periodo comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 28 de junio de 2020, a la solicitud de usufructuar los 10 dias hábiles de licencia compensatoria en los términos de la Acordada N°34/1977 y sus modificatorias, y la Resolución'. CSJN N°2505/2021, correspondientes a la feria judicial de invierno del año 2020. 16-12408/21 - Administración General del Poder Judicial 26-11-2025 00:00:00 - PJN 207919

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 1537 Alta coincidencia

No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo en razón de la labor ejercida ante los Juzgados Federales Nros. 1 y 3 de La Plata, Buenos Aires, por el período del 6 al 10 de marzo de 2025. No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo en razón de la labor ejercida ante el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, Buenos Aires, por el período del 5 al 10 de marzo de 2025. 16-03484/25

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
29-05-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 204046
Voces
Resoluciones - Año 20251537
Resumen

No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo en razón de la labor ejercida ante los Juzgados Federales Nros.

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No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo en razón de la labor ejercida ante los Juzgados Federales Nros. 1 y 3 de La Plata, Buenos Aires, por el período del 6 al 10 de marzo de 2025. No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada...

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No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo en razón de la labor ejercida ante los Juzgados Federales Nros. 1 y 3 de La Plata, Buenos Aires, por el período del 6 al 10 de marzo de 2025. No hacer lugar a la solicitud de liquidación y pago efectuada por el doctor Alberto Osvaldo Recondo en razón de la labor ejercida ante el Juzgado Federal N° 2 de La Plata, Buenos Aires, por el período del 5 al 10 de marzo de 2025. 16-03484/25 - Administración General del Poder Judicial 29-05-2025 00:00:00 - PJN 204046