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79+ resultados encontrados para Ministerio Público -Fiscalía ante la con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
Pagina 1 de varias
Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 16903 2016 Alta coincidencia

Harosteguy Gustavo Oscar C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2016-09-13
Cita digital
140760
Voces
HAROSTEGUY GUSTAVO OSCAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA -...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 16903 2016
Resumen

HAROSTEGUY GUSTAVO OSCAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO.- Mercedes, de septiembre de 2016.-AC AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados “ HAROSTEGUY GUSTAVO OSCAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO ", expediente Nº 16903, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº...

Coincidencia encontrada

HAROSTEGUY GUSTAVO OSCAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO.- Mercedes, de septiembre de 2016.-AC AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados “ HAROSTEGUY GUSTAVO OSCAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO ", expediente Nº 16903, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Mercedes,...

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Harosteguy Gustavo Oscar C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2016-09-13 - 140760

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 16904 2017 Alta coincidencia

Minguez Walter Omar C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2017-09-28
Cita digital
170805
Voces
Expte. Nº 16904.- Autos: MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 16904 2017
Resumen

Expte. Nº 16904.- Autos: MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO.- Mercedes, de septiembre de 2017.-AC AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO", expediente Nº 16904, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso...

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Expte. Nº 16904.- Autos: MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO.- Mercedes, de septiembre de 2017.-AC AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO", expediente Nº 16904, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial...

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Minguez Walter Omar C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2017-09-28 - 170805

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 16900 2018 Alta coincidencia

Altuna Jorge Ariel C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2018-08-15
Cita digital
170688
Voces
Expte. Nº 16900.- Autos: ALTUNA JORGE ARIEL C/ MINISTERIO DE...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 16900 2018
Resumen

Expte. Nº 16900.- Autos: ALTUNA JORGE ARIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO.- Mercedes, de Agosto de 2018. AC.- AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "ALTUNA JORGE ARIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA -EMPL.PUBLICO", expediente Nº 16900, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso...

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Expte. Nº 16900.- Autos: ALTUNA JORGE ARIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO.- Mercedes, de Agosto de 2018. AC.- AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "ALTUNA JORGE ARIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA -EMPL.PUBLICO", expediente Nº 16900, en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial...

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Altuna Jorge Ariel C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2018-08-15 - 170688

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 39340 2024 Alta coincidencia

Gaitan Melody Sofia C/ Ministerio de Salud de la Prov. de Bs As S/ Pretension Restablecimiento o Reconoc. de Derechos - Empl.Publico

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2024-02-21
Cita digital
193506
Voces
Expte. Nº 39340 .- Autos:"GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 39340 2024
Resumen

Expte. Nº 39340.- Autos:"GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV. DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO".- Mercedes, en el día de su firma digital.

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Expte. Nº 39340.- Autos:"GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV. DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO".- Mercedes, en el día de su firma digital. CS AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV. DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC....

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Gaitan Melody Sofia C/ Ministerio de Salud de la Prov. de Bs As S/ Pretension Restablecimiento o Reconoc. de Derechos - Empl.Publico - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2024-02-21 - 193506

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 341 Alta coincidencia

El expediente AAD 163/2023 caratulado “Lugones Alberto (Consejero) s/ proyecto de modificación de reglamento para pago de pericias”. 1°) Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Mod

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179783
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024341
Resumen

Expediente AAD 163/2023 caratulado “Lugones Alberto (Consejero) s/ proyecto de modificación de reglamento para pago de pericias”. 1°) Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el...

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...ndenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/l Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En...

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El expediente AAD 163/2023 caratulado “Lugones Alberto (Consejero) s/ proyecto de modificación de reglamento para pago de pericias”. 1°) Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Mod - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179783

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 341 Alta coincidencia

Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Modificar el punto dispositivo 7° de la Resolución CM Nº 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “7°: Disponer que las modifi

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179560
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024341
Resumen

Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto...

Coincidencia encontrada

...l condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/l Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f)...

Cita sugerida

Modificar el punto dispositivo 2° de la Resolución CM N° 264/20- el que quedará redactado del siguiente modo: “2°: Una vez firme la regulación de honorarios y cumplidos los demás requisitos establecidos en el reglamento anexo de la presente resolución- aún en las causas en trámite –en los términos de lo previsto en el artículo 12º de la Ley Nº 27.423-- en cumplimiento de lo normado en el artículo 14° bis de la Carta Magna- el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (artículo 114° inc. 3° CN)- asume provisionalmente el pago de los honorarios de los peritos de oficio- sin declinar el derecho a recuperarlo ante el organismo- personas humanas o jurídicas que resulten finalmente obligadas- en los siguientes casos: a) Insolvencia del condenado en costas debidamente acreditada- otorgamiento del beneficio de litigar sin gastos en favor de ambas partes o en beneficio del imputado- y cuando el perito hubiera actuado en el marco del ejercicio del derecho de defensa del imputado. b) Rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas o de su imposibilidad de notificación- en el marco de procesos que tramiten ante la justicia penal. c) Absolución y/o sobreseimiento del imputado o prescripción de la acción- inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas- falta de pronunciamiento judicial relativo a la imposición de costas o eximición total de costas por sentencia judicial. d) Extradición y/o extrañamiento del condenado en costas. e) Procesos en trámite ante el Poder Judicial de la Nación y/o el Ministerio Público Fiscal (art. 196- 196 bis- 353 bis y concordantes del Código Procesal Penal de la Nación)- cuando éste o cualquier otro organismo del Estado (Ministerio Público de la Defensa u otros) hubiera propuesto- sugerido u ordenado la medida pericial. f) En los casos en los no pueda ser perseguido el cobro ante la parte condenada en costas- se interpreta que resulta responsable del pago la parte acusadora –querellante y/o Ministerio Público Fiscal- de conformidad con lo normado en los artículos 531 y 535 del Código Procesal Penal de la Nación y 68- 69 y 71 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A su turno- el Ministerio Público de la Defensa es una institución de defensa y protección de derechos humanos que garantiza el acceso a la justicia y la asistencia jurídica integral- en casos individuales y colectivos- de acuerdo a principios- funciones y previsiones establecidas en la ley- por cuanto resultará responsable por el pago de los honorarios de peritos e intérpretes que sean designados para el cumplimiento de tal función”. 2°) Modificar el punto dispositivo 5° de la Resolución C.M. N° 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “5°: Encomendar a la Subdirección de Coordinación de Delegaciones que documente en forma unificada y sistemática todos los pagos de honorarios periciales que realice el Consejo de la Magistratura de la Nación- informe mensualmente dichos pagos a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- y lleve un registro de tales pagos- a los efectos de contar con la información suficiente para la promoción de las acciones de recupero pertinentes- en los casos en que corresponda”. 3°) Modificar el punto dispositivo 7° de la Resolución CM Nº 264/2020- el que quedará redactado del siguiente modo: “7°: Disponer que las modifi - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179560

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. ME 16904 2013 Alta coincidencia

:"Minguez Walter Omar C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico"

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2013-12-05
Cita digital
143192
Voces
Expte. nº:16904 Autos:"MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia InterlocutoriaME 16904 2013
Resumen

Expte. nº:16904 Autos:"MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO" Mercedes, de Diciembre de 2013.-r AUTOS Y VISTOS:  La presente acción, iniciada por el señor Walter Omar Minguez, promoviendo demanda por anulación de acto administrativo -sanción en materia de empleo público-, como asimismo medida cautelar conforme lo dispuesto...

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Expte. nº:16904 Autos:"MINGUEZ WALTER OMAR C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD S/PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO" Mercedes, de Diciembre de 2013.-r AUTOS Y VISTOS:  La presente acción, iniciada por el señor Walter Omar Minguez, promoviendo demanda por anulación de acto administrativo -sanción en materia de empleo público-, como asimismo medida cautelar conforme lo dispuesto por el art. 22 del C.C.A.,...

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:"Minguez Walter Omar C/ Ministerio de Seguridad S/Pretension Anulatoria - Empl.Publico" - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2013-12-05 - 143192

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 39340 2021 Alta coincidencia

Gaitan Melody Sofia C/ Ministerio de Salud de la Prov. de Bs As S/ Pretension Restablecimiento o Reconoc. de Derechos - Empl.Publico

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2021-02-22
Cita digital
181231
Voces
Expte.Nº 39340.- Autos: "GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 39340 2021
Resumen

Expte.Nº 39340.- Autos: "GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV. DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO".- Mercedes, en el día de su firma digital.- FC AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV.

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Expte.Nº 39340.- Autos: "GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV. DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO".- Mercedes, en el día de su firma digital.- FC AUTOS Y VISTOS: Estos autos caratulados "GAITAN MELODY SOFIA C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROV. DE BS AS S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC....

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Gaitan Melody Sofia C/ Ministerio de Salud de la Prov. de Bs As S/ Pretension Restablecimiento o Reconoc. de Derechos - Empl.Publico - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2021-02-22 - 181231

Legislación Cordoba ley Nro. 10600 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 10600/2018 - Ley 10.600 - Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Institucional en Materia de Narcocriminalidad Suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Ministerio de Gobierno de la Provincia, el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la Provincia

Fecha
2018-12-12
Cita digital
10600
Voces
Se Aprueba el Convenio Marco de Cooperación Institucional en Materia...Ley10600
Resumen

Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Institucional en materia de Narcocriminalidad suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Ministerio de Gobierno de la Provincia, el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la Provincia

Coincidencia encontrada

...Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Institucional en materia de Narcocriminalidad suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Ministerio de Gobierno de la Provincia, el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la Provincia

Cita sugerida

Ley 10600/2018 - Ley 10.600 - Aprobación del Convenio Marco de Cooperación Institucional en Materia de Narcocriminalidad Suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, el Ministerio de Gobierno de la Provincia, el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Ministerio Público Fiscal de la Provincia - 2018-12-12 - 10600

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. ME 13190 2016 Alta coincidencia

Morales Mirta del Vallec/ Ministerio de Obras y Servicios Publicos y Otro/a S/Pretension Indemnizatoria - Otros Juicios

Tribunal
Juzgado en lo Contencioso Administrativo - Mercedes (Ja0100 Me)
Fecha
2016-03-18
Cita digital
140746
Voces
MORALES MIRTA DEL VALLEC/ MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaME 13190 2016
Resumen

MORALES MIRTA DEL VALLEC/ MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y otro/a S/PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS ".- Mercedes, de Marzo de 2016.-PB VISTOS: Estos autos caratulados “MORALES, Mirta del Valle c/ Ministerio de Obras y Servicios Publicos S/ Pretensión Indemnizatoria”, expediente Nº 13.190, en tramite por ante este Juzgado de Primera...

Coincidencia encontrada

MORALES MIRTA DEL VALLEC/ MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y otro/a S/PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS ".- Mercedes, de Marzo de 2016.-PB VISTOS: Estos autos caratulados “MORALES, Mirta del Valle c/ Ministerio de Obras y Servicios Publicos S/ Pretensión Indemnizatoria”, expediente Nº 13.190, en tramite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Nº...

Cita sugerida

Morales Mirta del Vallec/ Ministerio de Obras y Servicios Publicos y Otro/a S/Pretension Indemnizatoria - Otros Juicios - JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - MERCEDES (JA0100 ME) 2016-03-18 - 140746