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Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2021 Nro. 360 Alta coincidencia

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a lo actuado de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. El requerimiento deberá estar previsto en el anteproyecto de Presupuesto Anual del Poder Judicial para ese ejercicio- de acuerdo a la información obrante en el Sistema Integral de Requerimientos del Poder Judicial de la Nación –SIRE–. La solicitud con la estimación del costo (presupuesto) deberá ser remitida a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico administraciongeneral@pjn.gov.ar- quien autorizará el trámite. Dicha autorización se comunicará al peticionante y- concomitantemente- a la Subdirección de Contrataciones. Recibida la solicitud- la Administración General deberá corroborar que el requerimiento no esté incluido previamente en una tramitación general a fin de evitar la superposición de procesos administrativos y el dispendio de recursos. En dicha oportunidad- procederá a efectuar la afectación provisional correspondiente. Verificados dichos requisitos —conforme la disponibilidad presupuestaria vigente—- se podrá disponer el inicio de las actuaciones. La Administración deberá expedirse- respecto a este punto- dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha del correo electrónico o comunicación electrónica equivalente”. 2º) Modificar el inciso “d” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “d) Adjudicación. La UGD- conforme el artículo 5º del presente reglamento- se pronunciará sobre las actuaciones pertinentes y emitirá el acto administrativo de adjudicación de la contratación dentro de los diez (10) días corridos. Dicho acto deberá ser remitido por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico antes mencionado- la cual procederá a la afectación contable definitiva. Efectuada la afectación contable pertinente- la UGD procederá a la notificación de dicho acto a los oferentes- la que podrá realizarse por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente conforme lo oportunamente consignado en la oferta. Dicha notificación generará el perfeccionamiento del contrato. El o los contratistas deberán entregar los bienes o prestar el servicio de conformidad con las características y especificaciones técnicas de la contratación. Una vez otorgada la conformidad definitiva- el contratista deberá presentar la correspondiente factura. La UGD informará dicha recepción por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Dirección General de Administración Financiera- la que procederá a realizar la transferencia de fondos necesarios para afrontar el pago dentro del plazo de veinte (20) días corridos desde la fecha del correo electrónico mencionado”. 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
27-12-2021 00:00:00
Cita digital
PJN 158689
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2021360
Resumen

Expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones.

Coincidencia encontrada

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a...

Cita sugerida

El expediente AAD 73/2021- caratulado “Solicitud Marías Diego (Consejero) s/ Proyecto Modific. Rég. de Tram. Simplif. Descentralizado – Res. 600/16-” 1º) Modificar el inciso “b” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “b) Inicio de las actuaciones. La UGD deberá analizar las actuaciones y prestar conformidad a lo actuado de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento. El requerimiento deberá estar previsto en el anteproyecto de Presupuesto Anual del Poder Judicial para ese ejercicio- de acuerdo a la información obrante en el Sistema Integral de Requerimientos del Poder Judicial de la Nación –SIRE–. La solicitud con la estimación del costo (presupuesto) deberá ser remitida a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico administraciongeneral@pjn.gov.ar- quien autorizará el trámite. Dicha autorización se comunicará al peticionante y- concomitantemente- a la Subdirección de Contrataciones. Recibida la solicitud- la Administración General deberá corroborar que el requerimiento no esté incluido previamente en una tramitación general a fin de evitar la superposición de procesos administrativos y el dispendio de recursos. En dicha oportunidad- procederá a efectuar la afectación provisional correspondiente. Verificados dichos requisitos —conforme la disponibilidad presupuestaria vigente—- se podrá disponer el inicio de las actuaciones. La Administración deberá expedirse- respecto a este punto- dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles administrativos de la fecha del correo electrónico o comunicación electrónica equivalente”. 2º) Modificar el inciso “d” del artículo 2º del “Reglamento de Trámite Simplificado Descentralizado” aprobado por Resolución CM n° 600/2016- por el siguiente: “d) Adjudicación. La UGD- conforme el artículo 5º del presente reglamento- se pronunciará sobre las actuaciones pertinentes y emitirá el acto administrativo de adjudicación de la contratación dentro de los diez (10) días corridos. Dicho acto deberá ser remitido por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Administración General del Poder Judicial de la Nación- al correo electrónico antes mencionado- la cual procederá a la afectación contable definitiva. Efectuada la afectación contable pertinente- la UGD procederá a la notificación de dicho acto a los oferentes- la que podrá realizarse por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente conforme lo oportunamente consignado en la oferta. Dicha notificación generará el perfeccionamiento del contrato. El o los contratistas deberán entregar los bienes o prestar el servicio de conformidad con las características y especificaciones técnicas de la contratación. Una vez otorgada la conformidad definitiva- el contratista deberá presentar la correspondiente factura. La UGD informará dicha recepción por correo electrónico o comunicación electrónica equivalente a la Dirección General de Administración Financiera- la que procederá a realizar la transferencia de fondos necesarios para afrontar el pago dentro del plazo de veinte (20) días corridos desde la fecha del correo electrónico mencionado”. 3º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. - Consejo de la Magistratura 27-12-2021 00:00:00 - PJN 158689

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. 3235 2007 Alta coincidencia

P. ,G. E. C/ F. ,C. O. S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial - Junin (Cc0000 Ju)
Fecha
2020-06-30
Cita digital
175259
Voces
Sociedad anónima / Inoponibilidad de la persona jurídica – Liquidación...e idéntica impugnación dedujo en fecha 18/9/2019, también por vía...luego de lo cual, se dictó el llamamiento de autos...CIVIL Y COMERCIALSentencia Definitiva3235 2007
Resumen

Sociedad anónima / Inoponibilidad de la persona jurídica – Liquidación de Sociedad Conyugal Expte. n°: 3235-2007 P., G. E. C/ F., C. O.

Coincidencia encontrada

Sociedad anónima / Inoponibilidad de la persona jurídica – Liquidación de Sociedad Conyugal Expte. n°: 3235-2007 P., G. E. C/ F., C. O. S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL ------------------------------------------------------------------------------ N° Orden: 118 Libro de Sentencia nº: 61 En la ciudad de Junín, a la fecha que resulta de la suscripción de la presente (ac. 3975 S.C.B.A.), se reúnen...

Cita sugerida

P. ,G. E. C/ F. ,C. O. S/ LIQUIDACION DE SOCIEDAD CONYUGAL - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL - JUNIN (CC0000 JU) 2020-06-30 - 175259

Jurisprudencia Local fallo Alta coincidencia

Revigliono Moiso, José Gabriel c/ s/ Plena jurisdicción

Tribunal
C3
Fecha
2025-03-26
Cita digital
R0023859
Voces
Acordadas - Superior Tribunal Provincial - Cordoba - Domicilio Procesal...Procesal
Resumen

ACORDADAS-SUPERIOR TRIBUNAL PROVINCIAL-CORDOBA-DOMICILIO PROCESAL-CEDULA ELECTRONICA-CONTENIDO DE LA DEMANDA-NOTIFICACION POR CEDULA-NOTIFICACION ELECTRONICA-DERECHO PROCESAL-DOMICILIO ELECTRONICO-DOMICILIO ESPECIAL

Coincidencia encontrada

...ACORDADAS-SUPERIOR TRIBUNAL PROVINCIAL-CORDOBA-DOMICILIO PROCESAL-CEDULA ELECTRONICA-CONTENIDO DE LA DEMANDA-NOTIFICACION POR CEDULA-NOTIFICACION ELECTRONICA-DERECHO PROCESAL-DOMICILIO ELECTRONICO-DOMICILIO ESPECIAL

Cita sugerida

Revigliono Moiso, José Gabriel c/ s/ Plena jurisdicción - C3 2025-03-26 - R0023859

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. Q 78989 Alta coincidencia

Rosenthal, Jorge Daniel c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Queja por denegación de recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2024-03-15
Cita digital
192950
Voces
Q.78.989 "ROSENTHAL, JORGE DANIEL C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE...124 y su modificatoria, ley 13.708 y 155, CPCC) -v....124, CPCC y su modificatoria, ley 13.708 (v. resol. de...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia InterlocutoriaQ 78989
Resumen

Q.78.989 "ROSENTHAL, JORGE DANIEL C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/QUEJA POR DENEGACION DE RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY" AUTOS Y VISTOS: Los señores jueces doctores Torres, Soria y Genoud y la señora jueza doctora Kogan dijeron: I.1.

Coincidencia encontrada

Q.78.989 "ROSENTHAL, JORGE DANIEL C/ BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/QUEJA POR DENEGACION DE RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY" AUTOS Y VISTOS: Los señores jueces doctores Torres, Soria y Genoud y la señora jueza doctora Kogan dijeron: I.1. El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo n° 1 del Departamento Judicial de La Plata...

Cita sugerida

Rosenthal, Jorge Daniel c/ Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Queja por denegación de recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2024-03-15 - 192950

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 85773 Alta coincidencia

GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Tribunal
Camara de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala Iii - San Martin (Cc0003 Sm)
Fecha
2025-07-03
Cita digital
195017
Voces
"GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/...en la data 26/03/2025, surge la constancia de diligenciamiento, en...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria85773
Resumen

"GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)" Gral. San Martín.

Coincidencia encontrada

...ibrada la cédula de traslado de demandada, con tres (3) documentos adjuntos, a fin de ser diligenciada mediante la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de San Isidro, al domicilio de la codemandada mencionada; en la data 26/03/2025, surge la constancia de diligenciamiento, en la que se asentó que el 25/03/2025 a las 07:55 horas se notificó al requerido....

Cita sugerida

GONZALEZ OSCAR VICENTE C/ ADAMKJEWICZ ROMINA ELIZABETH Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) - CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA III - SAN MARTIN (CC0003 SM) 2025-07-03 - 195017

Legislación Buenos Aires norma Alta coincidencia

Legislación - Pcia. de Buenos Aires

Resumen

DECRETO 919/2004 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Empleo de la firma electrónica en la instrumentación de actos internos del sector público provincial. Autorización. Plazo del 13/05/2004; publ.

Coincidencia encontrada

DECRETO 919/2004 PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Empleo de la firma electrónica en la instrumentación de actos internos del sector público provincial. Autorización. Plazo del 13/05/2004; publ. 21/07/2004 Visto la Ley de Ministerios 13175, promulgada por decreto 475/2004, y decreto 1824/2002; Considerando: Que dentro de las acciones asignadas a la competencia de la Secretaría General de la Gobernación se encuentra elaborar...

Cita sugerida

Legislación - Pcia. de Buenos Aires

Legislación Nacional norma Alta coincidencia

Resolucion 2028 2015 Procedimiento Judicial Sistema De Notificacion Electronica Letrados Y Auxiliares De Justicia Registracion De Domicilio Electronico Identificacion Electronica Judicial Efectos

Resumen

RESOLUCIÓN 2028/2015 Procedimiento Judicial. Sistema de Notificación Electrónica. Letrados y Auxiliares de Justicia. Registración de Domicilio Electrónico. Identificación Electrónica Judicial.

Coincidencia encontrada

...entación del Sistema de Notificación Electrónica" CONSIDERANDO: I. Que en virtud de la inclusión masiva de todas las causas en trámite al sistema de notificaciones electrónicas, dispuesta por Acordada 3/15 y fijada su vigencia por.

Cita sugerida

Resolucion 2028 2015 Procedimiento Judicial Sistema De Notificacion Electronica Letrados Y Auxiliares De Justicia Registracion De Domicilio Electronico Identificacion Electronica Judicial Efectos

Jurisprudencia Salta fallo Alta coincidencia

Marinaro Russo, Salvador c/ Sanso, Edmundo Dante s/ queja por rec. de inconst. denegado

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2022-08-09
Cita digital
S0011645
Voces
Domicilio Electronico - Falta de Constitucion de Domicilio - Notificacion...Procesal
Resumen

DOMICILIO ELECTRONICO-FALTA DE CONSTITUCION DE DOMICILIO-NOTIFICACION ELECTRONICA-VALIDEZ DE LA NOTIFICACION

Cita sugerida

Marinaro Russo, Salvador c/ Sanso, Edmundo Dante s/ queja por rec. de inconst. denegado - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2022-08-09 - S0011645

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

C. P. S.A. en autos caratulados C., M. N. c/ C. P. S.A. y otro s/ sumario accidente de trabajo (acción civil) c/ s/

Tribunal
UN
Fecha
2023-06-08
Cita digital
Q0090297
Voces
Domicilio Legal - Domicilio Procesal - Domicilio Constituido - Notificacion...Procesal
Resumen

DOMICILIO LEGAL-DOMICILIO PROCESAL-DOMICILIO CONSTITUIDO-NOTIFICACION-NOTIFICACION ELECTRONICA

Cita sugerida

C. P. S.A. en autos caratulados C., M. N. c/ C. P. S.A. y otro s/ sumario accidente de trabajo (acción civil) c/ s/ - UN 2023-06-08 - Q0090297

Jurisprudencia Chubut fallo Alta coincidencia

C., M. N. c/ C. P. S.A. s/ ejecución de multas (astreintes) c/ s/

Tribunal
UN
Fecha
2023-06-13
Cita digital
Q0090271
Voces
Derecho Procesal - Domicilio Legal - Domicilio Procesal - Domicilio...Procesal
Resumen

DERECHO PROCESAL-DOMICILIO LEGAL-DOMICILIO PROCESAL-DOMICILIO CONSTITUIDO-NOTIFICACION-NOTIFICACION ELECTRONICA

Cita sugerida

C., M. N. c/ C. P. S.A. s/ ejecución de multas (astreintes) c/ s/ - UN 2023-06-13 - Q0090271