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Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2010 Nro. 483 Alta coincidencia

1. Crea la Unidad de Coordinación Institucinal del Consejo de la Magistratura de la Nación. 2. Será de su competencia mantener las relaciones y coordinar las comunicaciones entre el Consejo de la Magistratura de la Nación y los restantes Poderes del Estado. En especial se le asignan las siguientes funciones: a) Remitir toda consulta- respuesta- opinión- informe o comunicación de la Presidencia y del Plenario del Consejo de la Magistratura a los organismos destinatatios. b) Realizar consultas- solicitar opiniones y/o informes- a los restantes Poderes del Estado respecto de aquellas cuestiones que se hubiesen resuelto por Plenario de este Cuerpo. c) Contestar toda consulta realizada por los Consejeros- relacionada con el cumplimiento de las funciones de la Unidad. 3. La Unidad de Coordinación Institucional dependerá en forma directa de la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Nación. 4. La persona a cargo de la Unidad será designada a propuesta del Presidente del Consejo y se dispondrá su remoción por mayoría absoluta de sus miembros. 5. Créanse los cargos indicados en el Anexo 1 de la presente y que integrarán la planta permanente de la Unidad de Coordinación Institucional del Consejo de la Magistratura de la Nación.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
11-11-2010 00:00:00
Cita digital
PJN 40709
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2010483
Resumen

1. Crea la Unidad de Coordinación Institucinal del Consejo de la Magistratura de la Nación. 2. Será de su competencia mantener las relaciones y coordinar las comunicaciones entre el Consejo de la Magistratura de la Nación y los restantes Poderes del Estado.

Coincidencia encontrada

...special se le asignan las siguientes funciones: a) Remitir toda consulta- respuesta- opinión- informe o comunicación de la Presidencia y del Plenario del Consejo de la Magistratura a los organismos destinatatios. b) Realizar consultas- solicitar opiniones y/o informes- a los restantes Poderes del Estado respecto de aquellas cuestiones que se hubiesen resuelto por Plenario de este Cuerpo. c)...

Cita sugerida

1. Crea la Unidad de Coordinación Institucinal del Consejo de la Magistratura de la Nación. 2. Será de su competencia mantener las relaciones y coordinar las comunicaciones entre el Consejo de la Magistratura de la Nación y los restantes Poderes del Estado. En especial se le asignan las siguientes funciones: a) Remitir toda consulta- respuesta- opinión- informe o comunicación de la Presidencia y del Plenario del Consejo de la Magistratura a los organismos destinatatios. b) Realizar consultas- solicitar opiniones y/o informes- a los restantes Poderes del Estado respecto de aquellas cuestiones que se hubiesen resuelto por Plenario de este Cuerpo. c) Contestar toda consulta realizada por los Consejeros- relacionada con el cumplimiento de las funciones de la Unidad. 3. La Unidad de Coordinación Institucional dependerá en forma directa de la Presidencia del Consejo de la Magistratura de la Nación. 4. La persona a cargo de la Unidad será designada a propuesta del Presidente del Consejo y se dispondrá su remoción por mayoría absoluta de sus miembros. 5. Créanse los cargos indicados en el Anexo 1 de la presente y que integrarán la planta permanente de la Unidad de Coordinación Institucional del Consejo de la Magistratura de la Nación. - Consejo de la Magistratura 11-11-2010 00:00:00 - PJN 40709

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2025 Nro. 225 Alta coincidencia

Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica. Se definen sus funciones principales: brindar asesoramiento legal y asumir la defensa judicial del Consejo y/o del Poder Judicial, salvo en casos propios del servicio jurídico de la Corte Suprema. Se determina que los aspectos administrativos no judiciales serán gestionados por la Presidencia o Vicepresidencia del Consejo. También se aprueban anexos que detallan la estructura, competencias, pautas de actuación y los procesos prioritarios de la Secretaría. De manera transitoria, la representación legal seguirá a cargo del Ministerio de Justicia, mientras la Secretaría asume progresivamente los casos, priorizando aquellos de relevancia institucional, económica, concursos y procesos disciplinarios. Se instruye a la Secretaría a recuperar sumas por pericias, presentar informes mensuales y proponer criterios para determinar deudas incobrables. Además, deberá impulsar un Sistema Informático de Gestión Judicial para centralizar información de todos los procesos. La Vicepresidencia deberá gestionar la habilitación de un usuario DEOX, determinar direcciones oficiales para notificaciones y suscribir convenios necesarios. Se establece la forma válida de notificación judicial y la obligación de comunicar inmediatamente decisiones judiciales relevantes. Se autoriza a los abogados del Departamento de Asuntos Contenciosos a matricularse y actuar judicialmente en defensa del Poder Judicial/Consejo, y se habilita al titular de la Secretaría a emitir certificaciones que acrediten representación. Los honorarios que se regulen deberán depositarse en una cuenta del Consejo, destinándose parte a capacitación e insumos. Se dispone que los gastos y condenas judiciales se afronten con los créditos presupuestarios correspondientes y se ordena la rápida cobertura de gastos procesales. Finalmente, se derogan normas previas vinculadas y se establece la entrada en vigencia al día siguiente de su publicación. Res. 225/25.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
02-12-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 208267
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2025225
Resumen

Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica.

Coincidencia encontrada

Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica. Se definen sus funciones principales: brindar asesoramiento legal y asumir la defensa judicial del Consejo y/o del Poder Judicial, salvo en casos propios del servicio jurídico de la Corte Suprema. Se determina que los aspectos administrativos...

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Se establece que la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependerá directamente del Plenario del Consejo de la Magistratura y operará con independencia técnica. Se definen sus funciones principales: brindar asesoramiento legal y asumir la defensa judicial del Consejo y/o del Poder Judicial, salvo en casos propios del servicio jurídico de la Corte Suprema. Se determina que los aspectos administrativos no judiciales serán gestionados por la Presidencia o Vicepresidencia del Consejo. También se aprueban anexos que detallan la estructura, competencias, pautas de actuación y los procesos prioritarios de la Secretaría. De manera transitoria, la representación legal seguirá a cargo del Ministerio de Justicia, mientras la Secretaría asume progresivamente los casos, priorizando aquellos de relevancia institucional, económica, concursos y procesos disciplinarios. Se instruye a la Secretaría a recuperar sumas por pericias, presentar informes mensuales y proponer criterios para determinar deudas incobrables. Además, deberá impulsar un Sistema Informático de Gestión Judicial para centralizar información de todos los procesos. La Vicepresidencia deberá gestionar la habilitación de un usuario DEOX, determinar direcciones oficiales para notificaciones y suscribir convenios necesarios. Se establece la forma válida de notificación judicial y la obligación de comunicar inmediatamente decisiones judiciales relevantes. Se autoriza a los abogados del Departamento de Asuntos Contenciosos a matricularse y actuar judicialmente en defensa del Poder Judicial/Consejo, y se habilita al titular de la Secretaría a emitir certificaciones que acrediten representación. Los honorarios que se regulen deberán depositarse en una cuenta del Consejo, destinándose parte a capacitación e insumos. Se dispone que los gastos y condenas judiciales se afronten con los créditos presupuestarios correspondientes y se ordena la rápida cobertura de gastos procesales. Finalmente, se derogan normas previas vinculadas y se establece la entrada en vigencia al día siguiente de su publicación. Res. 225/25. - Consejo de la Magistratura 02-12-2025 00:00:00 - PJN 208267

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 102 Alta coincidencia

La resolución CM 155/2007 del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. 1º) Designar al señor Presidente de la Comisión de Administración y Financiera- doctor Álvaro González- para desempeñarse como representante titular del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio Público Fiscal- el Ministerio Público de la Defensa y este órgano. 2º)Establecer que quien ejerza la Presidencia de la Comisión de Administración y Financiera se desempeñará como representante titular del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio Público Fiscal- el Ministerio Público de la Defensa y este Órgano. 3º) Establecer que quien ejerza el cargo de Administrador/a General del Poder Judicial de la Nación desempeñará como representante suplente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio Público Fiscal- el Ministerio Público de la Defensa y este órgano. Resol 102/24.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
17-04-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 176249
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024102
Resumen

Resolución CM 155/2007 del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. 1º) Designar al señor Presidente de la Comisión de Administración y Financiera- doctor Álvaro González- para desempeñarse como representante titular del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de...

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La resolución CM 155/2007 del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. 1º) Designar al señor Presidente de la Comisión de Administración y Financiera- doctor Álvaro González- para desempeñarse como representante titular del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio...

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La resolución CM 155/2007 del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. 1º) Designar al señor Presidente de la Comisión de Administración y Financiera- doctor Álvaro González- para desempeñarse como representante titular del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio Público Fiscal- el Ministerio Público de la Defensa y este órgano. 2º)Establecer que quien ejerza la Presidencia de la Comisión de Administración y Financiera se desempeñará como representante titular del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio Público Fiscal- el Ministerio Público de la Defensa y este Órgano. 3º) Establecer que quien ejerza el cargo de Administrador/a General del Poder Judicial de la Nación desempeñará como representante suplente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación en la Comisión Tripartita de Trabajo conformada por el Ministerio Público Fiscal- el Ministerio Público de la Defensa y este órgano. Resol 102/24. - Consejo de la Magistratura 17-04-2024 00:00:00 - PJN 176249

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2021 Nro. 8 Alta coincidencia

Crear el “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” en el área del Plenario del Consejo de la Magistratura. 2º) Aprobar el Protocolo de carga del “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” incorporado en el Anexo I de la presente resolución. 3º) El Plenario del Consejo de la Magistratura deberá establecer la forma en que se hará operativa la publicidad del “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” en un plazo de treinta (30) días corridos desde su creación. 4°) Autorizar al Señor Presidente de este Cuerpo la suscripción de convenios entre el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y los Consejos de la Magistraturas de cada jurisdicción provincial u órganos correspondientes con potestad disciplinaria- para que elaboren registros públicos de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género. Res. 8/21

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
08-03-2021 00:00:00
Cita digital
PJN 150729
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 20218
Resumen

Crear el “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” en el área del Plenario del Consejo de la Magistratura.

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...cias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” en el área del Plenario del Consejo de la Magistratura. 2º) Aprobar el Protocolo de carga del “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” incorporado en el Anexo I de la presente resolución. 3º) El Plenario...

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Crear el “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” en el área del Plenario del Consejo de la Magistratura. 2º) Aprobar el Protocolo de carga del “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” incorporado en el Anexo I de la presente resolución. 3º) El Plenario del Consejo de la Magistratura deberá establecer la forma en que se hará operativa la publicidad del “Registro público de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género” en un plazo de treinta (30) días corridos desde su creación. 4°) Autorizar al Señor Presidente de este Cuerpo la suscripción de convenios entre el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación- el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y los Consejos de la Magistraturas de cada jurisdicción provincial u órganos correspondientes con potestad disciplinaria- para que elaboren registros públicos de denuncias presentadas contra magistrados y magistradas por situaciones vinculadas a violencia de género. Res. 8/21 - Consejo de la Magistratura 08-03-2021 00:00:00 - PJN 150729

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2008 Nro. 224 Alta coincidencia

Crea el Cuerpo de Auditores del Poder Judicial- dependiente del Plenario del Consejo de la Magistratura- que presidido por un funcionario con rango de Secretario de Corte- tendrá competencia para ejercer el control interno- mediante auditorías contables- financieras- de gestión y de legalidad de los jueces del Poder Judicial de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación. Solicita a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el reintegro del Cuerpo de Auditores transferido y de las oficinas transferidas a este Consejo de la Magistratura por acordada 21/03 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- con sus recursos humanos. Aprueba la estructura organizativa del Cuerpo de Auditores Judiciales creado por el artículo 1° de la presente- de acuerdo al Organigrama y Dotación que obran como Anexos I- II que forman parte integrante de la presente Resolución. Crea la Secretaría de Asuntos Jurídicos- dependiente de la Oficina de Administración General del Poder Judicial- que presidido por un funcionario con rango de Secretario Letrado- actuará como servicio jurídico permanente- y tendrá competencia para dictaminar con carácter previo- obligatorio y perentorio en todas las cuestiones de competencia de la Oficina de Administración General del Poder Judicial de la Nación- cuando la decisión a adoptar pudiere afectar los derechos subjetivos e intereses legítimos de terceros- sean mediante contratos vinculados con la adquisición- disposición o administración de bienes- el otorgamiento- reconocimiento o denegación de derechos o intereses legítimos- el dictado de cualquier acto administrativo de alcance particular y general y toda otra cuestión. Aprueba la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Jurídicos- de acuerdo al Organigrama y Dotación que obran como Anexos III y IV que forman parte integrante de la presente Resolución.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
08-05-2008 00:00:00
Cita digital
PJN 21438
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2008224
Resumen

Crea el Cuerpo de Auditores del Poder Judicial- dependiente del Plenario del Consejo de la Magistratura- que presidido por un funcionario con rango de Secretario de Corte- tendrá competencia para ejercer el control interno- mediante auditorías contables- financieras- de gestión y de legalidad de los jueces del Poder Judicial de la Nación...

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Crea el Cuerpo de Auditores del Poder Judicial- dependiente del Plenario del Consejo de la Magistratura- que presidido por un funcionario con rango de Secretario de Corte- tendrá competencia para ejercer el control interno- mediante auditorías contables- financieras- de gestión y de legalidad de los jueces del Poder Judicial de la Nación y el Consejo de la Magistratura...

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Crea el Cuerpo de Auditores del Poder Judicial- dependiente del Plenario del Consejo de la Magistratura- que presidido por un funcionario con rango de Secretario de Corte- tendrá competencia para ejercer el control interno- mediante auditorías contables- financieras- de gestión y de legalidad de los jueces del Poder Judicial de la Nación y el Consejo de la Magistratura de la Nación. Solicita a la Corte Suprema de Justicia de la Nación el reintegro del Cuerpo de Auditores transferido y de las oficinas transferidas a este Consejo de la Magistratura por acordada 21/03 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación- con sus recursos humanos. Aprueba la estructura organizativa del Cuerpo de Auditores Judiciales creado por el artículo 1° de la presente- de acuerdo al Organigrama y Dotación que obran como Anexos I- II que forman parte integrante de la presente Resolución. Crea la Secretaría de Asuntos Jurídicos- dependiente de la Oficina de Administración General del Poder Judicial- que presidido por un funcionario con rango de Secretario Letrado- actuará como servicio jurídico permanente- y tendrá competencia para dictaminar con carácter previo- obligatorio y perentorio en todas las cuestiones de competencia de la Oficina de Administración General del Poder Judicial de la Nación- cuando la decisión a adoptar pudiere afectar los derechos subjetivos e intereses legítimos de terceros- sean mediante contratos vinculados con la adquisición- disposición o administración de bienes- el otorgamiento- reconocimiento o denegación de derechos o intereses legítimos- el dictado de cualquier acto administrativo de alcance particular y general y toda otra cuestión. Aprueba la estructura organizativa de la Secretaría de Asuntos Jurídicos- de acuerdo al Organigrama y Dotación que obran como Anexos III y IV que forman parte integrante de la presente Resolución. - Consejo de la Magistratura 08-05-2008 00:00:00 - PJN 21438

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2023 Nro. 255 Alta coincidencia

1º) Disponer la baja de los/las docentes Laura Aguzin- Isaac Arriola- Mariana Gloria Barreña- Carlos Alberto Pescader- Mónica Pinto y Graciela Edit Otano- de la Lista de Jurados aprobada por la Resolución Nº 131/19 y modificatorias del Plenario del Consejo de la Magistratura. 2°) Suspender la inclusión del profesor Albor Ángel Cantard en los futuros sorteos de jurados y mientras se desempeñe en el Consejo de la Magistratura. 3°) Aprobar las modificaciones a dicha lista- que se detallan en el anexo del presente. Res 255/23

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-10-2023 00:00:00
Cita digital
PJN 172633
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2023255
Resumen

1º) Disponer la baja de los/las docentes Laura Aguzin- Isaac Arriola- Mariana Gloria Barreña- Carlos Alberto Pescader- Mónica Pinto y Graciela Edit Otano- de la Lista de Jurados aprobada por la Resolución Nº 131/19 y modificatorias del Plenario del Consejo de la Magistratura.

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...nica Pinto y Graciela Edit Otano- de la Lista de Jurados aprobada por la Resolución Nº 131/19 y modificatorias del Plenario del Consejo de la Magistratura. 2°) Suspender la inclusión del profesor Albor Ángel Cantard en los futuros sorteos de jurados y mientras se desempeñe en el Consejo de la Magistratura. 3°) Aprobar las modificaciones a dicha lista-...

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1º) Disponer la baja de los/las docentes Laura Aguzin- Isaac Arriola- Mariana Gloria Barreña- Carlos Alberto Pescader- Mónica Pinto y Graciela Edit Otano- de la Lista de Jurados aprobada por la Resolución Nº 131/19 y modificatorias del Plenario del Consejo de la Magistratura. 2°) Suspender la inclusión del profesor Albor Ángel Cantard en los futuros sorteos de jurados y mientras se desempeñe en el Consejo de la Magistratura. 3°) Aprobar las modificaciones a dicha lista- que se detallan en el anexo del presente. Res 255/23 - Consejo de la Magistratura 04-10-2023 00:00:00 - PJN 172633

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2016 Nro. 521 Alta coincidencia

1º) Crear la Dirección General de Seguridad Informática- en el área de la Oficina de Administración y Financiera; conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y designar para ocupar el cargo de Director General al Ingeniero Sebastián Miguel Gómez del Junco. 2º) Designar como Directora General de Tecnología a la Ingeniera Adriana Marisa Waintal. 3º) Crear la Dirección de Auditoría Informática bajo la dependencia funcional y jerárquica del Cuerpo de Auditores y conforme lo expuesto en los considerandos precedentes- cuya reglamentación respecto de su estructura y cargos será establecida por el Pleno del Consejo. 4º) Crear la Unidad de Modernización; Innovaciones Tecnológicas y Proyectos Especiales- asesora del Plenario del Consejo y bajo su dependencia- conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y designar como coordinador al Licenciado Gabriel Mehlman. La reglamentación respecto de su estructura y cargos será establecida por el Plenario del Consejo. 5º) Crear la Unidad de Seguimiento y Control- dependiente del Plenario del Consejo y cuya integración- funciones y fines será conforme lo expuesto en los considerandos precedentes. 6º) Implementar una Consultoría Externa sobre la organización y procedimientos de las áreas de tecnología y seguridad informática del Consejo de la Magistratura del Poder judicial de la Nación- a realizarse a través de una o varias de las Universidades Nacionales consultadas al respecto y conforme las pautas expuestas en los considerandos precedentes. 7º) Implementar una auditoría externa sobre el sistema de gestión judicial- con alcance a las funcionalidades vinculadas con las oficinas y tribunales inferiores de la Nación correspondientes al ámbito del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación a realizarse a través de la Auditoría General de la Nación y/o de la Sindicatura General de la Nación y/o de las Universidades Nacionales consultadas al respecto- conforme lo expuesto en los considerandos precedentes. 8º) Crear la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana- dependiente de la Presidencia del Consejo- cuya reglamentación respecto de su estructura- funciones y cargos será dispuesta por el Pleno de este Consejo; con arreglo a lo expuesto en los considerandos precedentes. 9º) Disponer que- integradas las autoridades de cada una de las Direcciones y la Unidad de Seguimiento y Control y en coordinación con los plazos que demandará la auditoría externa y consultoría externa general- deberá proponerse el cambio de funciones- facultades- competencias y la adopción de las medidas necesarias para la plena seguridad del sistema- la optimización de su funcionamiento y la satisfacción de los requerimientos en la materia del Poder Judicial de la Nación. Ello sin perjuicio de la recomendación inmediata a los fines de la adopción de las medidas de funcionamiento- seguridad y control que deban adoptarse de inicio y que serán consideradas y aprobadas por el Plenario del Cuerpo. 10º) Dejar sin efecto las resoluciones de Administración General 1652/16 y 1653/16 que se encontraban suspendidas en sus efectos. 11º) Mantener al Sub Administrador General a cargo de la Supervisión de las Direcciones Generales de Tecnología y Seguridad Informática- hasta la concreción de la totalidad de las medidas; reformas- consultorías y auditorías que resulten de la presente resolución o que el Plenario disponga en su caso. 12º) Facultar al Sr. Presidente del Cuerpo a la firma de los convenios de consulto

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
27-09-2016 00:00:00
Cita digital
PJN 100756
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2016521
Resumen

1º) Crear la Dirección General de Seguridad Informática- en el área de la Oficina de Administración y Financiera; conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y designar para ocupar el cargo de Director General al Ingeniero Sebastián Miguel Gómez del Junco.

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... 4º) Crear la Unidad de Modernización; Innovaciones Tecnológicas y Proyectos Especiales- asesora del Plenario del Consejo y bajo su dependencia- conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y designar como coordinador al Licenciado Gabriel Mehlman. La reglamentación respecto de su estructura y cargos será establecida por el Plenario del Consejo. 5º) Crear la Unidad de Seguimiento y...

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1º) Crear la Dirección General de Seguridad Informática- en el área de la Oficina de Administración y Financiera; conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y designar para ocupar el cargo de Director General al Ingeniero Sebastián Miguel Gómez del Junco. 2º) Designar como Directora General de Tecnología a la Ingeniera Adriana Marisa Waintal. 3º) Crear la Dirección de Auditoría Informática bajo la dependencia funcional y jerárquica del Cuerpo de Auditores y conforme lo expuesto en los considerandos precedentes- cuya reglamentación respecto de su estructura y cargos será establecida por el Pleno del Consejo. 4º) Crear la Unidad de Modernización; Innovaciones Tecnológicas y Proyectos Especiales- asesora del Plenario del Consejo y bajo su dependencia- conforme lo expuesto en los considerandos precedentes y designar como coordinador al Licenciado Gabriel Mehlman. La reglamentación respecto de su estructura y cargos será establecida por el Plenario del Consejo. 5º) Crear la Unidad de Seguimiento y Control- dependiente del Plenario del Consejo y cuya integración- funciones y fines será conforme lo expuesto en los considerandos precedentes. 6º) Implementar una Consultoría Externa sobre la organización y procedimientos de las áreas de tecnología y seguridad informática del Consejo de la Magistratura del Poder judicial de la Nación- a realizarse a través de una o varias de las Universidades Nacionales consultadas al respecto y conforme las pautas expuestas en los considerandos precedentes. 7º) Implementar una auditoría externa sobre el sistema de gestión judicial- con alcance a las funcionalidades vinculadas con las oficinas y tribunales inferiores de la Nación correspondientes al ámbito del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación a realizarse a través de la Auditoría General de la Nación y/o de la Sindicatura General de la Nación y/o de las Universidades Nacionales consultadas al respecto- conforme lo expuesto en los considerandos precedentes. 8º) Crear la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana- dependiente de la Presidencia del Consejo- cuya reglamentación respecto de su estructura- funciones y cargos será dispuesta por el Pleno de este Consejo; con arreglo a lo expuesto en los considerandos precedentes. 9º) Disponer que- integradas las autoridades de cada una de las Direcciones y la Unidad de Seguimiento y Control y en coordinación con los plazos que demandará la auditoría externa y consultoría externa general- deberá proponerse el cambio de funciones- facultades- competencias y la adopción de las medidas necesarias para la plena seguridad del sistema- la optimización de su funcionamiento y la satisfacción de los requerimientos en la materia del Poder Judicial de la Nación. Ello sin perjuicio de la recomendación inmediata a los fines de la adopción de las medidas de funcionamiento- seguridad y control que deban adoptarse de inicio y que serán consideradas y aprobadas por el Plenario del Cuerpo. 10º) Dejar sin efecto las resoluciones de Administración General 1652/16 y 1653/16 que se encontraban suspendidas en sus efectos. 11º) Mantener al Sub Administrador General a cargo de la Supervisión de las Direcciones Generales de Tecnología y Seguridad Informática- hasta la concreción de la totalidad de las medidas; reformas- consultorías y auditorías que resulten de la presente resolución o que el Plenario disponga en su caso. 12º) Facultar al Sr. Presidente del Cuerpo a la firma de los convenios de consulto - Consejo de la Magistratura 27-09-2016 00:00:00 - PJN 100756

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2020 Nro. 47 Alta coincidencia

Modificar los arts. 3 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución CM Nº 97/2007- 4 del Reglamento de la Comisión de Selección y Escuela Judicial aprobado por Resolución CM Nº 5/1999- 2 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Disciplina y Acusación aprobado por Resolución CM Nº 404/2007- 5 del Reglamento de la Comisión de Administración y Financiera aprobado por Resolución CM Nº 513/2009- y 3 del Reglamento de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución CM Nº 540/2007- los cuales quedarán redactados en los siguientes términos: Artículo 3 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura- Resolución Nº97/2007: “Las sesiones del Plenario del Consejo serán públicas. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio oficial del Consejo de la Magistratura. Dicha transmisión deberá señalizarse en el sitio web de manera directa y precisa- garantizando su máximo acceso.” Artículo 4 del Reglamento de la Comisión de Selección y Escuela Judicial- Resolución N°5/99: “Las reuniones de la Comisión serán públicas- con las mismas limitaciones previstas en el artículo 3° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura para las sesiones del Plenario. Los miembros del Consejo que no integren la Comisión podrán participar de sus reuniones- pero no podrán votar en los asuntos sometidos a su consideración. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio oficial del Consejo de la Magistratura. Dicha transmisión deberá señalizarse en el sitio web de manera directa y precisa- garantizando su máximo acceso.”. Artículo 2 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Disciplina y Acusación- Resolución N°404/07: “Las reuniones de la Comisión serán públicas- salvo que un testigo o un magistrado requiriese expresamente la reserva de su declaración. En este último caso- la Comisión- con el voto afirmativo de dos terceras partes de los miembros presentes- podrá disponer la reserva de esa audiencia. En cualquier caso- la sesión será pública para los restantes puntos. Las deliberaciones de la Comisión son públicas sin excepción alguna. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio oficial del Consejo de la Magistratura. Dicha transmisión deberá señalizarse en el sitio web de manera directa y precisa- garantizando su máximo acceso.”. Artículo 5 del Reglamento de la Comisión de Administración y Financiera- Resolución Nº513/09: “Las reuniones de la Comisión de Administración y Financiera serán públicas- salvo que la mayoría de los miembros presentes dispusieren lo contrario respecto de todos o de algunos de los temas del orden del día. En este último caso- dichas cuestiones serán tratadas en forma reservada entre los Consejeros y el Secretario de la Comisión. Los miembros del Consejo

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
16-04-2020 00:00:00
Cita digital
PJN 144361
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 202047
Resumen

Modificar los arts. 3 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución CM Nº 97/2007- 4 del Reglamento de la Comisión de Selección y Escuela Judicial aprobado por Resolución CM Nº 5/1999- 2 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Disciplina y Acusación aprobado por Resolución CM Nº...

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...mento General del Consejo de la Magistratura- Resolución Nº97/2007: “Las sesiones del Plenario del Consejo serán públicas. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio...

Cita sugerida

Modificar los arts. 3 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución CM Nº 97/2007- 4 del Reglamento de la Comisión de Selección y Escuela Judicial aprobado por Resolución CM Nº 5/1999- 2 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Disciplina y Acusación aprobado por Resolución CM Nº 404/2007- 5 del Reglamento de la Comisión de Administración y Financiera aprobado por Resolución CM Nº 513/2009- y 3 del Reglamento de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución CM Nº 540/2007- los cuales quedarán redactados en los siguientes términos: Artículo 3 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura- Resolución Nº97/2007: “Las sesiones del Plenario del Consejo serán públicas. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio oficial del Consejo de la Magistratura. Dicha transmisión deberá señalizarse en el sitio web de manera directa y precisa- garantizando su máximo acceso.” Artículo 4 del Reglamento de la Comisión de Selección y Escuela Judicial- Resolución N°5/99: “Las reuniones de la Comisión serán públicas- con las mismas limitaciones previstas en el artículo 3° del Reglamento General del Consejo de la Magistratura para las sesiones del Plenario. Los miembros del Consejo que no integren la Comisión podrán participar de sus reuniones- pero no podrán votar en los asuntos sometidos a su consideración. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio oficial del Consejo de la Magistratura. Dicha transmisión deberá señalizarse en el sitio web de manera directa y precisa- garantizando su máximo acceso.”. Artículo 2 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión de Disciplina y Acusación- Resolución N°404/07: “Las reuniones de la Comisión serán públicas- salvo que un testigo o un magistrado requiriese expresamente la reserva de su declaración. En este último caso- la Comisión- con el voto afirmativo de dos terceras partes de los miembros presentes- podrá disponer la reserva de esa audiencia. En cualquier caso- la sesión será pública para los restantes puntos. Las deliberaciones de la Comisión son públicas sin excepción alguna. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos en este Reglamento- se podrán realizar en forma remota. En caso que las mismas se realicen de forma telemática- se garantizará la transmisión en tiempo real a través del sitio oficial del Consejo de la Magistratura. Dicha transmisión deberá señalizarse en el sitio web de manera directa y precisa- garantizando su máximo acceso.”. Artículo 5 del Reglamento de la Comisión de Administración y Financiera- Resolución Nº513/09: “Las reuniones de la Comisión de Administración y Financiera serán públicas- salvo que la mayoría de los miembros presentes dispusieren lo contrario respecto de todos o de algunos de los temas del orden del día. En este último caso- dichas cuestiones serán tratadas en forma reservada entre los Consejeros y el Secretario de la Comisión. Los miembros del Consejo - Consejo de la Magistratura 16-04-2020 00:00:00 - PJN 144361

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 124 Alta coincidencia

El expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art. 1° del anexo A de la Resolución CM n° 365/2021- a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS ($474.136.266.-) constituido por la fuente de financiamiento 13 (Recursos con Afectación Específica). ARTÍCULO 2º) Modifíquese el artículo 3° del anexo A la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La cantidad máxima autorizada para cada gasto individual con cargo al fondo rotatorio que se detalla en el artículo 1º será equivalente a doscientos módulos (200M)- de acuerdo al valor establecido en el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y sus modificatorias- con excepción de los pagos de servicios básicos; gastos y comisiones bancarias; pasajes- viáticos y otros vinculados al cumplimiento de misiones oficiales.”. ARTÍCULO 3°) Modifíquese el artículo 4° del anexo A de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “Se atenderán con cargo al fondo rotatorio los pagos correspondientes a los conceptos del clasificador por objeto del gasto que a continuación se detallan: I. Partida Principal 1.5. “Asistencia social al Personal”. II. Partida Principal 1.3. Parcial 1. “Retribuciones Extraordinarias” (por aquellos conceptos que no revistan el carácter de bonificables). III. Inciso 2 “Bienes de Consumo”. IV. Inciso 3 “Servicios no Personales”. V. Inciso 4 “Bienes de Uso” (excepto Partida Principal 4.1. “Bienes Preexistentes”- Partida Principal 4.2. “Construcciones”- Partida Parcial 4.3.1. “Maquinaria y Equipo de Producción” y Partida Parcial 4.3.2. “Equipo de transporte- tracción y elevación”)”. ARTÍCULO 4º) Deléguese en la persona titular de la Oficina de Administración y Financiera la facultad de adecuar- en el futuro- el Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- conforme las pautas establecidas por la Contaduría General de la Nación- lo que deberá ser comunicado a la Comisión de Administración y Financiera una vez adecuado. ARTÍCULO 5°) Modifíquese el artículo 2° del anexo I de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “El monto máximo de cada gasto individual no podrá superar el equivalente a cincuenta (50) módulos- según el valor establecido por el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación- aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- sin perjuicio de que se establezca un límite menor por gasto individual en proporción al monto de cada fondo interno o caja chica”. ARTÍCULO 6°) Modifíquese el artículo 3° del anexo 1 de la Resolución n° 365/2021- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La rendición de los gastos efectuados será suscripta por el titular de la dependencia y se presentarán ante la Dirección General de Administración Financiera cuando se haya consumido al menos el cincuenta por ciento (50%) del monto asignado”. Resol 124/24.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
17-04-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 176138
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2024124
Resumen

Expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art.

Coincidencia encontrada

...El expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art. 1° del anexo A de la Resolución CM n°...

Cita sugerida

El expediente nº 13-03827/24 caratulado “Solicitud Proyecto de Adecuación y Modificación del Fondo Rotatorio”; ARTÍCULO 1º) Adecuase el monto del Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- a partir del ejercicio 2024- creado por el art. 1° del anexo A de la Resolución CM n° 365/2021- a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS ($474.136.266.-) constituido por la fuente de financiamiento 13 (Recursos con Afectación Específica). ARTÍCULO 2º) Modifíquese el artículo 3° del anexo A la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La cantidad máxima autorizada para cada gasto individual con cargo al fondo rotatorio que se detalla en el artículo 1º será equivalente a doscientos módulos (200M)- de acuerdo al valor establecido en el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y sus modificatorias- con excepción de los pagos de servicios básicos; gastos y comisiones bancarias; pasajes- viáticos y otros vinculados al cumplimiento de misiones oficiales.”. ARTÍCULO 3°) Modifíquese el artículo 4° del anexo A de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “Se atenderán con cargo al fondo rotatorio los pagos correspondientes a los conceptos del clasificador por objeto del gasto que a continuación se detallan: I. Partida Principal 1.5. “Asistencia social al Personal”. II. Partida Principal 1.3. Parcial 1. “Retribuciones Extraordinarias” (por aquellos conceptos que no revistan el carácter de bonificables). III. Inciso 2 “Bienes de Consumo”. IV. Inciso 3 “Servicios no Personales”. V. Inciso 4 “Bienes de Uso” (excepto Partida Principal 4.1. “Bienes Preexistentes”- Partida Principal 4.2. “Construcciones”- Partida Parcial 4.3.1. “Maquinaria y Equipo de Producción” y Partida Parcial 4.3.2. “Equipo de transporte- tracción y elevación”)”. ARTÍCULO 4º) Deléguese en la persona titular de la Oficina de Administración y Financiera la facultad de adecuar- en el futuro- el Fondo Rotatorio de la JURISDICCION 05 – PODER JUDICIAL DE LA NACION / SAF 320 – CONSEJO DE LA MAGISTRATURA- conforme las pautas establecidas por la Contaduría General de la Nación- lo que deberá ser comunicado a la Comisión de Administración y Financiera una vez adecuado. ARTÍCULO 5°) Modifíquese el artículo 2° del anexo I de la Resolución n° 365/2021 del Consejo de la Magistratura de la Nación- el que quedará redactado de la siguiente manera: “El monto máximo de cada gasto individual no podrá superar el equivalente a cincuenta (50) módulos- según el valor establecido por el artículo 18 del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación- aprobado por la Resolución CM n° 254/2015 y modificatorias- sin perjuicio de que se establezca un límite menor por gasto individual en proporción al monto de cada fondo interno o caja chica”. ARTÍCULO 6°) Modifíquese el artículo 3° del anexo 1 de la Resolución n° 365/2021- el que quedará redactado de la siguiente manera: “La rendición de los gastos efectuados será suscripta por el titular de la dependencia y se presentarán ante la Dirección General de Administración Financiera cuando se haya consumido al menos el cincuenta por ciento (50%) del monto asignado”. Resol 124/24. - Consejo de la Magistratura 17-04-2024 00:00:00 - PJN 176138

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2024 Nro. 344 Alta coincidencia

RESUELVE: 1°) Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación. 2°) Asignar a la Oficina de Estadísticas las funciones y misiones que se enumeran en el Anexo I. 3°) Delegar en la Presidencia del Cuerpo- a instancias del señor Administrador General- la restructuración administrativa de la Oficina de Estadísticas- la que se implementará con personal que actualmente reviste en este Consejo de la Magistratura. 4°) Instruir al señor Administrador General a que- a través de la Oficina de Estadísticas y con la colaboración de las restantes áreas de su organigrama que resulte oportuno convocar- presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición estadística de las variables a cuantificar- de los parámetros de calidad técnica que éstas deberán cumplir y del cronograma de prioridad para su implementación informática- con el objetivo de abastecer las funcionalidades del nuevo desarrollo estadístico- priorizando la automatización de su obtención como estándar ideal. A tal fin- habrán de observarse los lineamientos que surgen del Anexo II. 7°) Impulsar el desarrollo de una herramienta de visualización de trámites y presentaciones- para uso interno de las diferentes dependencias judiciales y administrativas- que se denominará “Panel de Seguimiento”- cuyo empleo será optativo y propenderá a su mejor organización funcional individual- tomándose como prototipo el que surge del Anexo III. 8°) Delegar en la Administración General del Poder Judicial de la Nación la instrumentación de los requerimientos formales de acceso al Sistema de Gestión Judicial que corresponda solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- tanto para la tarea de desarrollo del nuevo sistema de estadísticas del Poder Judicial de la Nación como para su efectiva implementación luego de aprobado. 9°) Instruir a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana para que proceda a realizar un extracto con los puntos centrales de la presente resolución y lo comunique a los Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país- y a las Asociaciones Civiles vinculadas con la labor judicial. Regístrese- comuníquese a la Administración General y por su intermedio a las áreas técnicas vinculadas- a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- a la Presidencia de la Comisión de Administración y Financiera- a la Agencia de Acceso a la Información Pública del Consejo de la Magistratura y a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana. Res 344/24.

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
04-09-2024 00:00:00
Cita digital
PJN 179707
Voces
Plan Estadistico, Estadistica, Panel de Gestion, Resoluciones del Plenario -...Resoluciones del Plenario - Año 2024344
Resumen

RESUELVE: 1°) Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación.

Coincidencia encontrada

...ión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición...

Cita sugerida

RESUELVE: 1°) Jerarquizar a la Oficina de Estadísticas del Consejo de la Magistratura de la Nación- la que dependerá en modo directo del señor Administrador General del Poder Judicial de la Nación. 2°) Asignar a la Oficina de Estadísticas las funciones y misiones que se enumeran en el Anexo I. 3°) Delegar en la Presidencia del Cuerpo- a instancias del señor Administrador General- la restructuración administrativa de la Oficina de Estadísticas- la que se implementará con personal que actualmente reviste en este Consejo de la Magistratura. 4°) Instruir al señor Administrador General a que- a través de la Oficina de Estadísticas y con la colaboración de las restantes áreas de su organigrama que resulte oportuno convocar- presente a la Comisión de Administración y Financiera- dentro de los 90 días- un Plan Estadístico para el Poder Judicial de la Nación que cumpla con los diferentes objetivos que informa la presente resolución. 5°) Encomendar a la Comisión de Administración y Financiera el estudio del plan que deberá presentarle la Administración General en los términos del punto 4°- su corrección si correspondiere y elevación al Plenario para su aprobación. La intervención de la Comisión de Administración Financiera no excederá los 45 días. 6°) Encomendar a la Oficina de Estadísticas la propuesta de selección y definición estadística de las variables a cuantificar- de los parámetros de calidad técnica que éstas deberán cumplir y del cronograma de prioridad para su implementación informática- con el objetivo de abastecer las funcionalidades del nuevo desarrollo estadístico- priorizando la automatización de su obtención como estándar ideal. A tal fin- habrán de observarse los lineamientos que surgen del Anexo II. 7°) Impulsar el desarrollo de una herramienta de visualización de trámites y presentaciones- para uso interno de las diferentes dependencias judiciales y administrativas- que se denominará “Panel de Seguimiento”- cuyo empleo será optativo y propenderá a su mejor organización funcional individual- tomándose como prototipo el que surge del Anexo III. 8°) Delegar en la Administración General del Poder Judicial de la Nación la instrumentación de los requerimientos formales de acceso al Sistema de Gestión Judicial que corresponda solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- tanto para la tarea de desarrollo del nuevo sistema de estadísticas del Poder Judicial de la Nación como para su efectiva implementación luego de aprobado. 9°) Instruir a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana para que proceda a realizar un extracto con los puntos centrales de la presente resolución y lo comunique a los Colegios y Asociaciones de Abogados de todo el país- y a las Asociaciones Civiles vinculadas con la labor judicial. Regístrese- comuníquese a la Administración General y por su intermedio a las áreas técnicas vinculadas- a la Corte Suprema de Justicia de la Nación- a la Presidencia de la Comisión de Administración y Financiera- a la Agencia de Acceso a la Información Pública del Consejo de la Magistratura y a la Unidad de Consejo Abierto y Participación Ciudadana. Res 344/24. - Consejo de la Magistratura 04-09-2024 00:00:00 - PJN 179707