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Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2025 Nro. 4327 Alta coincidencia

Reconocer a partir del mes de diciembre del año 2025, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N°1192/1995 denominada Movilidad Fija en favor de: -Ruiz Diaz Nahuel Horacio DNI 39.461.970 -Aparicio Maria del Rosario DNI 30.537.299. Abad Pedro Javier DNI 34.663.956. -Guerin Carlos DNI 37.095.083. -Gullé Agustín Ismael DNI 33.094.579. -Bocalandro César Mario DNI 18.323.031. -Feliziani Fernando Gabriel DNI 27.415.725. 16-09275/2025

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
26-12-2025 00:00:00
Cita digital
PJN 208754
Voces
Resoluciones - Año 20254327
Resumen

Reconocer a partir del mes de diciembre del año 2025, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N°1192/1995 denominada Movilidad Fija en favor de: -Ruiz Diaz Nahuel Horacio DNI 39.461.970 -Aparicio Maria del Rosario DNI 30.537.299.

Coincidencia encontrada

Reconocer a partir del mes de diciembre del año 2025, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N°1192/1995 denominada Movilidad Fija en favor de: -Ruiz Diaz Nahuel Horacio DNI 39.461.970 -Aparicio Maria del Rosario DNI 30.537.299. Abad Pedro Javier DNI 34.663.956. -Guerin Carlos DNI 37.095.083. -Gullé Agustín Ismael DNI 33.094.579. -Bocalandro César Mario...

Cita sugerida

Reconocer a partir del mes de diciembre del año 2025, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N°1192/1995 denominada Movilidad Fija en favor de: -Ruiz Diaz Nahuel Horacio DNI 39.461.970 -Aparicio Maria del Rosario DNI 30.537.299. Abad Pedro Javier DNI 34.663.956. -Guerin Carlos DNI 37.095.083. -Gullé Agustín Ismael DNI 33.094.579. -Bocalandro César Mario DNI 18.323.031. -Feliziani Fernando Gabriel DNI 27.415.725. 16-09275/2025 - Administración General del Poder Judicial 26-12-2025 00:00:00 - PJN 208754

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2026 Nro. 1467 Alta coincidencia

Reconocer a Partir del Mes de Marzo del 2026, a Modo Excepcional, la Liquidación de la Suma Establecida por Resolución CSJN N° 1192/1995 Denominada "Movilidad Fija" en Favor de: Lehmann Facundo Dni 40.814.874 - Amuchástegui Antonio Dni 39.620.498. 16 - 02769/26

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
08-05-2026 00:00:00
Cita digital
PJN 211021
Voces
Resoluciones - Año 20261467
Resumen

Reconocer a partir del mes de marzo del 2026, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N° 1192/1995 denominada "Movilidad Fija" en favor de: Lehmann Facundo DNI 40.814.874 - Amuchástegui Antonio DNI 39.620.498.

Coincidencia encontrada

Reconocer a partir del mes de marzo del 2026, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N° 1192/1995 denominada "Movilidad Fija" en favor de: Lehmann Facundo DNI 40.814.874 - Amuchástegui Antonio DNI 39.620.498. 16-02769/26

Cita sugerida

Reconocer a Partir del Mes de Marzo del 2026, a Modo Excepcional, la Liquidación de la Suma Establecida por Resolución CSJN N° 1192/1995 Denominada "Movilidad Fija" en Favor de: Lehmann Facundo Dni 40.814.874 - Amuchástegui Antonio Dni 39.620.498. 16 - 02769/26 - Administración General del Poder Judicial 08-05-2026 00:00:00 - PJN 211021

Jurisprudencia Pjn resoluciones-ao2026 Nro. 1468 Alta coincidencia

Reconocer a Partir del Mes de Marzo del 2026, a Modo Excepcional, la Liquidación de la Suma Establecida por Resolución CSJN N ° 1192/1995 Denominada "Movilidad Fija" en Favor de: - María Florencia Poggi Dni 34.319.603. 16 - 04141/26

Tribunal
Administración General del Poder Judicial
Fecha
08-05-2026 00:00:00
Cita digital
PJN 211022
Voces
Resoluciones - Año 20261468
Resumen

Reconocer a partir del mes de marzo del 2026, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N ° 1192/1995 denominada "Movilidad Fija" en favor de: - María Florencia Poggi DNI 34.319.603.

Coincidencia encontrada

Reconocer a partir del mes de marzo del 2026, a modo excepcional, la liquidación de la suma establecida por Resolución CSJN N ° 1192/1995 denominada "Movilidad Fija" en favor de: - María Florencia Poggi DNI 34.319.603. 16-04141/26

Cita sugerida

Reconocer a Partir del Mes de Marzo del 2026, a Modo Excepcional, la Liquidación de la Suma Establecida por Resolución CSJN N ° 1192/1995 Denominada "Movilidad Fija" en Favor de: - María Florencia Poggi Dni 34.319.603. 16 - 04141/26 - Administración General del Poder Judicial 08-05-2026 00:00:00 - PJN 211022

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 57993 Alta coincidencia

Cejas, Raúl Ernesto c/Provincia de Buenos Aires s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2006-09-27
Cita digital
90540
Voces
A C U E R D O En la ciudad...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 57993
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 27 de septiembre de 2006, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Kogan, Genoud, Hitters, Soria, Negri, Pettigiani, se reúnen los señores jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

...derecho al cobro del subsidio previsto en el decreto 4524/1990, en su calidad de ex combatiente de Malvinas, a partir del mes de noviembre de 1990 y hasta el mes de diciembre de 1994 inclusive, con más actualización monetaria e indemnización en concepto de daño moral. II. A su turno contesta la Fiscalía de Estado, solicitando el rechazo...

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Cejas, Raúl Ernesto c/Provincia de Buenos Aires s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2006-09-27 - 90540

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2020 Nro. 175 Alta coincidencia

El Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia nos 1- 2 y 3 de Morón- en los términos de los artículo 58º y 59º de la Ley nº 21.499- hasta tanto la Administración General culmine con la relocalización de los Juzgados Federales nos 1- 2 y 3 de Morón; o bien- se disponga la ocupación temporánea normal o se proceda a la expropiación del inmueble por causa de utilidad pública- lo que ocurra primero; debiendo aplicarse -para el presente caso y de manera excepcional- el régimen indemnizatorio dispuesto en el artículo 62º de la mencionada Ley- a devengarse en forma mensual y quedando facultada la Administración General a efectuar todas las diligencias pertinentes para la consecución de lo aquí ordenado. 2°) Encomendar al Sr. Consejero representante del Poder Ejecutivo de la Nación que solicite- por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación- la remisión al Honorable Congreso de la Nación del correspondiente proyecto de ley para que se declare de utilidad pública el inmueble de referencia- a los efectos de establecer la ocupación temporánea por razones normales- en los términos del artículo 61º de la Ley n° 21.499. 3°) Rechazar parcialmente el reclamo efectuado por el Sr. Azariu- por encontrarse debidamente abonados los períodos que van desde mayo de 2.013 hasta enero de 2.014- de acuerdo al artículo 1.622º del derogado Código Civil de la Nación y por encontrase prescriptos los períodos que van desde febrero de 2.014 hasta agosto de 2.016- en virtud de lo establecido en el artículo 4.027º del mismo cuerpo legal y el artículo 2.537º del Código Civil y Comercial de la Nación- de acuerdo a los fundamentos expresados en los considerandos 8º) y 11º) del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 4°) Reconocer el pago de una compensación económica por la ocupación del solar sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77- de la ciudad de Morón- provincia de Buenos Aires- para el período a contarse desde el mes de septiembre de 2.016 hasta la fecha de notificación fehaciente al Sr. Jorge Azariu de la resolución conforme a lo manifestado en el considerando 14º del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 5°) Encomendar a la Administración General que solicite al Tribunal de Tasaciones de la Nación o al Cuerpo de Peritos Tasadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o- en su defecto- otro organismo público- la realización de una tasación oficial que establezca el valor del canon locativo correspondiente al mes de septiembre del año 2.016- a partir del cual se calculará el monto a ser reconocido al reclamante. 6°) Hágase saber al reclamante que tendrá 15 días hábiles judiciales para concurrir a percibir el importe que se reconozca en virtud de lo resuelto en los artículos precedentes- bajo apercibimiento de ser constituido en mora y consignarse judicialmente la compensación reconocida- de acuerdo a lo previsto en el artículo 904º del Código Civil y Comercial de la Nación. 7°) Regístrese- notifíquese y hágase saber al interesado con la indicación que el presente acto agota la instancia administrativa. Cumplido- remítase a la Administración General para la continu

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
30-07-2020 00:00:00
Cita digital
PJN 146503
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2020175
Resumen

Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia...

Coincidencia encontrada

...e resolución acompañado por la Administración General. 4°) Reconocer el pago de una compensación económica por la ocupación del solar sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77- de la ciudad de Morón- provincia de Buenos Aires- para el período a contarse desde el mes de septiembre de 2.016 hasta la fecha de notificación fehaciente al Sr. Jorge Azariu de...

Cita sugerida

El Expediente Nº 13-22949/18- caratulado “Solicitud. Reclamo administrativo previo. Crisólogo Larralde 673/675/677- Morón- Pcia. de Buenos Aires” y sus acumulados. 1°) Establecer la ocupación temporánea anormal del inmueble sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77 de la ciudad de Morón- Provincia de Buenos Aires- para ser sede de los Juzgados Federales de Primera Instancia nos 1- 2 y 3 de Morón- en los términos de los artículo 58º y 59º de la Ley nº 21.499- hasta tanto la Administración General culmine con la relocalización de los Juzgados Federales nos 1- 2 y 3 de Morón; o bien- se disponga la ocupación temporánea normal o se proceda a la expropiación del inmueble por causa de utilidad pública- lo que ocurra primero; debiendo aplicarse -para el presente caso y de manera excepcional- el régimen indemnizatorio dispuesto en el artículo 62º de la mencionada Ley- a devengarse en forma mensual y quedando facultada la Administración General a efectuar todas las diligencias pertinentes para la consecución de lo aquí ordenado. 2°) Encomendar al Sr. Consejero representante del Poder Ejecutivo de la Nación que solicite- por conducto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación- la remisión al Honorable Congreso de la Nación del correspondiente proyecto de ley para que se declare de utilidad pública el inmueble de referencia- a los efectos de establecer la ocupación temporánea por razones normales- en los términos del artículo 61º de la Ley n° 21.499. 3°) Rechazar parcialmente el reclamo efectuado por el Sr. Azariu- por encontrarse debidamente abonados los períodos que van desde mayo de 2.013 hasta enero de 2.014- de acuerdo al artículo 1.622º del derogado Código Civil de la Nación y por encontrase prescriptos los períodos que van desde febrero de 2.014 hasta agosto de 2.016- en virtud de lo establecido en el artículo 4.027º del mismo cuerpo legal y el artículo 2.537º del Código Civil y Comercial de la Nación- de acuerdo a los fundamentos expresados en los considerandos 8º) y 11º) del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 4°) Reconocer el pago de una compensación económica por la ocupación del solar sito en Crisólogo Larralde nº 673/75/77- de la ciudad de Morón- provincia de Buenos Aires- para el período a contarse desde el mes de septiembre de 2.016 hasta la fecha de notificación fehaciente al Sr. Jorge Azariu de la resolución conforme a lo manifestado en el considerando 14º del proyecto de resolución acompañado por la Administración General. 5°) Encomendar a la Administración General que solicite al Tribunal de Tasaciones de la Nación o al Cuerpo de Peritos Tasadores de la Corte Suprema de Justicia de la Nación o- en su defecto- otro organismo público- la realización de una tasación oficial que establezca el valor del canon locativo correspondiente al mes de septiembre del año 2.016- a partir del cual se calculará el monto a ser reconocido al reclamante. 6°) Hágase saber al reclamante que tendrá 15 días hábiles judiciales para concurrir a percibir el importe que se reconozca en virtud de lo resuelto en los artículos precedentes- bajo apercibimiento de ser constituido en mora y consignarse judicialmente la compensación reconocida- de acuerdo a lo previsto en el artículo 904º del Código Civil y Comercial de la Nación. 7°) Regístrese- notifíquese y hágase saber al interesado con la indicación que el presente acto agota la instancia administrativa. Cumplido- remítase a la Administración General para la continu - Consejo de la Magistratura 30-07-2020 00:00:00 - PJN 146503

Modelos de escritos Todos modelo_escrito Alta coincidencia

Acuerdo de Extinción del Contrato de Trabajo por Mutuo Acuerdo (Art. 241 Lct) - Por Escritura Pública

Partes
PARTE EMPLEADORA: [Razón social de la empresa], con CUIT N° [CUIT], con domicilio legal en [dirección completa], representada...
Resumen

ACUERDO DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR MUTUO ACUERDO (ART. 241 LCT) - POR ESCRITURA PÚBLICA ACUERDO DE EXTINCIÓN LABORAL POR MUTUO ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los [día] días del mes de [mes] de [año], comparecen ante mí, [nombre del escribano público], Escribano Público titular del...

Coincidencia encontrada

ACUERDO DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR MUTUO ACUERDO (ART. 241 LCT) - POR ESCRITURA PÚBLICA ACUERDO DE EXTINCIÓN LABORAL POR MUTUO ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los [día] días del mes de [mes] de [año], comparecen ante mí, [nombre del escribano público], Escribano Público titular del Registro N° [número de registro], con...

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Acuerdo de Extinción del Contrato de Trabajo por Mutuo Acuerdo (Art. 241 Lct) - Por Escritura Pública

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Acuerdo de Extinciã“N del Contrato de Trabajo por Mutuo Acuerdo (Art. 241 Lct) - Por Escritura Pãšblica

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PARTE EMPLEADORA: [Razón social de la empresa], con CUIT N° [CUIT], con domicilio legal en [dirección completa], representada...
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ACUERDO DE EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO POR MUTUO ACUERDO (ART. 241 LCT) - POR ESCRITURA PÚBLICA ACUERDO DE EXTINCIÓN LABORAL POR MUTUO ACUERDO En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los [día] días del mes de [mes] de [año], comparecen ante mí, [nombre del escribano público], Escribano Público titular del...

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Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 61820 Alta coincidencia

Cánepa, Raúl c/ Municipalidad de Hipólito Irigoyen s/ Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2017-02-22
Cita digital
141938
Voces
A C U E R D O En la ciudad...CONTENCIOSO ADMINISTRATIVASentencia DefinitivaB 61820
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 22 de febrero de 2017, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Kogan, de Lázzari, Soria, Pettigiani, Negri, se reúnen los señores jueces de la Suprema...

Coincidencia encontrada

...ón de pagos de salarios caídos? En caso negativo: 3ª. ¿Qué resarcimiento corresponde fijar? 4ª. ¿Debe reconocerse una indemnización en concepto de daño moral? V O T A C I Ó N A la primera cuestión planteada, la señora Jueza doctora Kogan dijo: I. Señala el actor que ingresó a trabajar en la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen el...

Cita sugerida

Cánepa, Raúl c/ Municipalidad de Hipólito Irigoyen s/ Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2017-02-22 - 141938

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 133337 Alta coincidencia

MONSALVO AVENDAÑO PABLO MARTIN Y OTRO/A C/ GUIDOBALDI JUAN PABLO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Tribunal
Camara Ii de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - La Plata (Cc0201 Lp)
Fecha
2022-12-12
Cita digital
186626
Voces
JS MONSALVO AVENDAÑO PABLO MARTIN Y OTRO/A C/ GUIDOBALDI JUAN...y, al mismo tiempo, desestimó el levantamiento de embargo sobre...agregando que tampoco se hace presente el peligro en la...ello en virtud de la rebeldía decretada el 5 de...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria133337
Resumen

JS MONSALVO AVENDAÑO PABLO MARTIN Y OTRO/A C/ GUIDOBALDI JUAN PABLO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) Causa: 133337 La Plata, 13 de Diciembre de 2022.- AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: 1.

Coincidencia encontrada

...ndo que la rebeldía de la citada en garantía, analizada conjuntamente con la presentación del accionado, no importó reconocer los hechos, sino solamente tener por reconocida la existencia del seguro, por lo que esas circunstancias descartan la verosimilitud del derecho; agregando que tampoco se hace presente el peligro en la demora, dada la solvencia económica de la aseguradora....

Cita sugerida

MONSALVO AVENDAÑO PABLO MARTIN Y OTRO/A C/ GUIDOBALDI JUAN PABLO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) - CAMARA II DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - LA PLATA (CC0201 LP) 2022-12-12 - 186626

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciainterlocutoria Nro. 131602 Alta coincidencia

CREDIL SRL C/ PEPPI CAROLINA S/ COBRO EJECUTIVO

Tribunal
Camara Ii de Apelacion en lo Civil y Comercial Sala I - La Plata (Cc0201 Lp)
Fecha
2023-06-29
Cita digital
188162
Voces
MP- YAN CREDIL SRL C/ PEPPI CAROLINA S/ COBRO EJECUTIVO...104.580 RSD- 78-5 S 5-5-2005 "Fernández, Manuel Horacio c/ Naum,...CIVIL Y COMERCIALSentencia Interlocutoria131602
Resumen

MP- YAN CREDIL SRL C/ PEPPI CAROLINA S/ COBRO EJECUTIVO Causa: 131602 La Plata, 29 de Junio de 2023 AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO: 1. La decisión El 25/11/22 el juez de grado hizo lugar a la revocatoria deducida por Carolina Peppi y desestimó la transferencia requerida por el letrado apoderado del actor...

Coincidencia encontrada

... agravia porque los honorarios no son alcanzados por el beneficio de gratuidad obtenido por la Sra.Peppi toda vez que si bien el mismo puede ser solicitado en cualquier estado del proceso no corresponde reconocerle efectos retroactivos anteriores a la fecha de su interposición (Cámara 2, Sala I de La Plata; 104.580 RSD- 78-5 S 5-5-2005 "Fernández, Manuel...

Cita sugerida

CREDIL SRL C/ PEPPI CAROLINA S/ COBRO EJECUTIVO - CAMARA II DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA I - LA PLATA (CC0201 LP) 2023-06-29 - 188162