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Búsquedas sugeridas: SUPERIOR TRIBUNAL SUPERIOR TRIBUNAL JUSTICIAINCOMPETENCIA-CUESTION El amparo informativo es apelable ante el tribunal.. acosta graciela noemi habeas data apelacion numero expediente 21030 06 caratula acosta graciela noemi habeas data apelacion fecha 10 05 2006 numero de sentencia 72 tipo de sentencia sentencia localidad viedma fuero originarias instancia unica expte 21030 06 auto interlocutorio 72 actor acosta graciela noemi demandado objeto habeas data apelacion voces el amparo informativo es apelable ante el tribunal de alzada efectos art 8 ley 2384 remite autos sartor fecha 10 05 06 ma 10 de mayo del 2 006 visto las presentes actuaciones caratuladas acosta graciela noemi habeas data apelacion expte 21030 06 stj puestas despacho para resolver y considerando el senor juez doctor victor h sodero nievas dijo que llegan las presentes actuaciones conocimiento de este superior tribunal de justicia en virtud del recurso de apelacion interpuesto fs 99 102 contra la sentencia de fs 93 98 que decidio el rechazo de la accion de habeas data interpuesta por graciela noemi acosta dispone la ley 2384 en su art 8 que la sentencia que acoja la accion de amparo informativo es apelable al solo efecto devolutivo y la que lo rechace en todo o en parte lo sera en ambos efectos la apelacion sera fundada y resuelta por el tribunal de alzada sin mas tramites en un plazo de cinco 5 dias que en fecha 20 de marzo del 2001 el superior tribunal de justicia de rio negro dicto sentencia en autos caratulados sartor daniel amparo apelacion expte 15509 00 stj aut int 25 que llegaron conocimiento en virtud del recurso de apelacion deducido por la accionada contra la sentencia que resolvio un amparo de esta misma naturaleza en aquella oportunidad este cuerpo senalo que la ley 2384 regla este amparo estableciendo el art 4 la competencia de los jueces letrados de primera instancia para conocer en dichas acciones y que el art 8 de la misma dispone respecto los efectos de la sentencia dictada en el amparo informativo indicando que sera apelable y resuelta por el tribunal de alzada en el caso sometido al tribunal la alzada estaba dada por la camara de apelaciones y que en estos casos corresponde la aplicacion de la ley 2921 y modificatorias normas referidas la garantia procesal especifica denominada genericamente amparo correspondiente los arts 43 44 y 45 de la c p cap iv sino la ley 2384 que cuenta con regulacion especifica con delineamiento de pautas procesales propias por todo ello se dijo y esto es de entera aplicacion al caso de autos para conocer en dicho recurso de apelacion corresponde declarar la competencia de la camara que opera como tribunal de alzada del organismo jurisdiccional que conocio en dicho amparo conforme lo normado en el art 8 de la ley 2384 lo que asi corresponde asimismo declarar en autos mi voto el senor juez doctor alberto balladini dijo adhiero los fundamentos y solucion que propone el senor juez preopinate en su voto el senor juez doctor luis lutz dijo atento los votos coincidentes de los senores jueces que anteceden en el orden de votacion abstengo de emitir opinion art 39 l o por ello el superior tribunal de justicia de la provincia r e u e l v e primero declarar la competencia de la camara de apelaciones de cipolletti para conocer en el presente recurso de apelacion deducido por graciela acosta fs 99 102 titulo de tribunal de alzada conforme lo normado en el art 8 de la ley 2384 segundo registrese notifiquese y oportunamente devuelvanse fdo victor hugo sodero nievas juez alberto balladini juez luis lutz juez en abstencion ante mi ezequiel lozada secretario superior tribunal de justicia protocolizacion tomo aut int 72 folios 263 264 sec 4 Jurisprudencia - Pcia. Río Negro El amparo informativo es apelable ante el tribunal.. ACOSTA GRACIELA NOEMI S HABEAS DATA S APELACIÓN Número expediente 21030 06 Carátula ACOSTA GRACIELA NOEMI S HABEAS DATA S APELACIÓN Fecha 10 05 2006 Número de sentencia 72 Tipo de sentencia I Sentencia LOCALIDAD VIEDMA FUERO ORIGINARIAS INSTANCIA Unica EXPTE N 21030 06 AUTO INTERLOCUTORIO N 72 ACTOR ACOSTA Graciela Noemí DEMANDADO OBJETO Habeas Data Apelación VOCES El amparo informativo es apelable ante el tribunal de alzada efectos art 8 Ley 2384 Remite autos SARTOR FECHA 10 05 06 MA 10 de mayo del 2 006 VISTO Las presentes actuaciones caratuladas ACOSTA GRACIELA NOEMI HABEAS DATA APELACIÓN Expte N 21030 06 STJ puestas despacho para resolver y CONSIDERANDO El señor Juez doctor Víctor H SODERO NIEVAS dijo Que llegan las presentes actuaciones conocimiento de este Superior Tribunal de Justicia en virtud del recurso de apelación interpuesto fs 99 102 contra la sentencia de fs 93 98 que decidió el rechazo de la acción de habeas data interpuesta por Graciela Noemí ACOSTA Dispone la Ley N 2384 en su art 8 que la sentencia que acoja la acción de amparo informativo es apelable al solo efecto devolutivo y la que lo rechace en todo o en parte lo será en ambos efectos La apelación será fundada y resuelta por el tribunal de alzada sin más trámites en un plazo de cinco 5 días Que en fecha 20 de marzo del 2001 el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro dictó sentencia en autos caratulados SARTOR Daniel A Amparo Apelación Expte N 15509 00 STJ Aut Int N 25 que llegaron conocimiento en virtud del recurso de apelación deducido por la accionada contra la sentencia que resolvió un amparo de esta misma naturaleza En aquella oportunidad este Cuerpo señaló que la Ley N 2384 regla este amparo estableciendo el art 4 la competencia de los jueces letrados de Primera Instancia para conocer en dichas acciones y que el art 8 de la misma dispone respecto los efectos de la sentencia dictada en el amparo informativo indicando que será apelable y resuelta por el Tribunal de Alzada En el caso sometido al Tribunal la Alzada estaba dada por la Cámara de Apelaciones y que en estos casos corresponde la aplicación de la Ley N 2921 y modificatorias normas referidas la garantía procesal específica denominada genéricamente amparo correspondiente los arts 43 44 y 45 de la C P Cap IV sino la Ley N 2384 que cuenta con regulación específica con delineamiento de pautas procesales propias Por todo ello se dijo y esto es de entera aplicación al caso de autos para conocer en dicho recurso de apelación corresponde declarar la competencia de la Cámara que opera como Tribunal de Alzada del organismo jurisdiccional que conoció en dicho amparo conforme lo normado en el art 8 de la Ley N 2384 lo que así corresponde asimismo declarar en autos MI VOTO El señor Juez doctor Alberto I BALLADINI dijo ADHIERO los fundamentos y solución que propone el señor Juez preopinate en su voto El señor Juez doctor Luis LUTZ dijo Atento los votos coincidentes de los señores Jueces que anteceden en el orden de votación ME ABSTENGO de emitir opinión art 39 L O Por ello EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA R E S U E L V E Primero Declarar la competencia de la Cámara de Apelaciones de Cipolletti para conocer en el presente recurso de apelación deducido por Graciela N ACOSTA fs 99 102 título de Tribunal de Alzada conforme lo normado en el art 8 de la Ley N 2384 Segundo Regístrese notifíquese y oportunamente devuélvanse FDO VICTOR HUGO SODERO NIEVAS JUEZ ALBERTO I BALLADINI JUEZ LUIS LUTZ JUEZ EN ABSTENCIÓN ANTE MI EZEQUIEL LOZADA SECRETARIO SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA PROTOCOLIZACION Tomo I Aut Int N 72 Folios 263 264 Sec N 4 SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-ACORDADAS-ACCION DE AMPARO:IMPROCEDENCIA
79+ resultados encontrados para SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA:INCOMPETENCIA-CUESTION PROCESAL con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
El amparo informativo es apelable ante el tribunal.. acosta graciela...
Resumen

ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Número expediente 21030/06 Carátula ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Fecha 10/05/2006 Número de sentencia 72 Tipo de sentencia I Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

...A, Graciela Noemí.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Habeas Data s/Apelación.- VOCES: El amparo informativo es apelable ante el tribunal..

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Varios fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
El amparo informativo es apelable ante el tribunal.. ACOSTA GRACIELA...
Resumen

ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Número expediente 21030/06 Carátula ACOSTA GRACIELA NOEMI S/ HABEAS DATA S/ APELACIÓN Fecha 10/05/2006 Número de sentencia 72 Tipo de sentencia I Sentencia LOCALIDAD: VIEDMA.- FUERO: ORIGINARIAS.- INSTANCIA: Unica.- EXPTE.

Coincidencia encontrada

...A, Graciela Noemí.- DEMANDADO:.- OBJETO: s/Habeas Data s/Apelación.- VOCES: El amparo informativo es apelable ante el tribunal..

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Jurisprudencia Jujuy fallo Alta coincidencia

Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo s/ Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo (L.A. Nº 45, Fº 212/219, Nº 123) Recurso de Amparo s/ Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo (L.A. Nº 45, Fº 212/219, Nº 123)

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1996-07-18
Cita digital
W0000781
Voces
Superior Tribunal de Justicia - Acordadas - Accion de Amparo:ImprocedenciaConstitucional
Resumen

Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo s/ Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo (L.A. Nº 45, Fº 212/219, Nº 123) Recurso de Amparo s/ Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo (L.A.

Coincidencia encontrada

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-ACORDADAS-ACCION DE AMPARO:IMPROCEDENCIA

Cita sugerida

Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo s/ Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo (L.A. Nº 45, Fº 212/219, Nº 123) Recurso de Amparo s/ Avocamiento del Superior Tribunal de Justicia en Recurso de Amparo (L.A. Nº 45, Fº 212/219, Nº 123) - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1996-07-18 - W0000781

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Pérez Dubrez, Graciela Irene C/ Dirección de Educación Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1999-04-15
Cita digital
C1000020
Voces
Competencia:Competencia Originaria:Determinacion - Competencia del Tribunal Superior de Justicia -...Procesal
Resumen

COMPETENCIA:COMPETENCIA ORIGINARIA:DETERMINACION-COMPETENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA-REFORMA DE LA CONSTITUCION

Cita sugerida

Pérez Dubrez, Graciela Irene C/ Dirección de Educación Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1999-04-15 - C1000020

Jurisprudencia Caba fallo Alta coincidencia

Pérez Dubrez, Graciela Irene C/ Dirección de Educación Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
1999-04-15
Cita digital
C1000019
Voces
Competencia - Tribunal Superior de Justicia - Competencia Originaria -...Procesal
Resumen

Pérez Dubrez, Graciela Irene c/ Dirección de Educación Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo".

Coincidencia encontrada

COMPETENCIA-TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA-COMPETENCIA ORIGINARIA-AMPARO

Cita sugerida

Pérez Dubrez, Graciela Irene C/ Dirección de Educación Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo Superior de la Secretaría de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires - Instituto de Enseñanza Superior "Alicia Moreau de Justo". S/ Solicitud de Inhibitoria en Acción de Amparo - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 1999-04-15 - C1000019

Jurisprudencia Rio Negro fallo Alta coincidencia

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Voces
salazar sonia malversacion de caudales publicos casacion numero expediente 20163...
Resumen

SALAZAR, SONIA S/ MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS S/ CASACIÓN Número expediente 20163/05 Carátula SALAZAR, SONIA S/ MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS S/ CASACIÓN Fecha 11/10/2005 Número de sentencia 140 Tipo de sentencia D Sentencia PROVINCIA: RÍO NEGRO LOCALIDAD: VIEDMA FUERO: PENAL EXPTE.Nº: 20631/05 STJ SENTENCIA Nº: 140 PROCESADO: SALAZAR SONIA DELITO: MALVERSACIÓN DE...

Coincidencia encontrada

SALAZAR, SONIA S/ MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS S/ CASACIÓN Número expediente 20163/05 Carátula SALAZAR, SONIA S/ MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS S/ CASACIÓN Fecha 11/10/2005 Número de sentencia 140 Tipo de sentencia D Sentencia PROVINCIA: RÍO NEGRO LOCALIDAD: VIEDMA FUERO: PENAL EXPTE.Nº: 20631/05 STJ SENTENCIA Nº: 140 PROCESADO: SALAZAR SONIA DELITO: MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS OBJETO: RECURSO DE CASACIÓN...

Cita sugerida

Jurisprudencia - Pcia. Río Negro

Legislación Cordoba ley Nro. 5209 Derogada Alta coincidencia

Ley 5209/1971 - Ley N. 5.209 - Derogada por L. N. 5.580 (B.o. 27 - 08 - 73) (Juzgamiento de los Miembros del Tribunal Superior de Justicia,Fiscal del Superior Tribunal y Fiscal de Estado,por el Tribunal de Enjuiciamiento)

Fecha
1971-02-04
Cita digital
5209
Voces
Derogada por L. N. 5.580 (B.o. 27 - 08 -...Ley5209
Resumen

DEROGADA POR L. N. 5.580 (B.O. 27-08-73) (JUZGAMIENTO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA,FISCAL DEL SUPERIOR TRIBUNAL Y FISCAL DE ESTADO,POR EL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO)

Cita sugerida

Ley 5209/1971 - Ley N. 5.209 - Derogada por L. N. 5.580 (B.o. 27 - 08 - 73) (Juzgamiento de los Miembros del Tribunal Superior de Justicia,Fiscal del Superior Tribunal y Fiscal de Estado,por el Tribunal de Enjuiciamiento) - 1971-02-04 - 5209

Legislación Cordoba ley Nro. 5580 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Alta coincidencia

Ley 5580/1973 - Ley N. 5580 - Abroga L.N. 5209 (B.o. 14 - 02 - 71) - Enjuiciamiento de los Miembros del Tribunal Superior de Justicia,Fiscal del Superior Tribunal y Fiscal de Estado - Y L.N. 4909 (B.o. 19 - 12 - 66) - Creacion del Tribunal de Enjuiciamiento para Juzgar a los Funcionarios...

Fecha
1973-05-11
Cita digital
5580
Voces
Abroga L.N. 5209 (B.o. 14 - 02 - 71) -...Ley5580
Resumen

ABROGA L.N. 5209 (B.O. 14-02-71)-ENJUICIAMIENTO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA,FISCAL DEL SUPERIOR TRIBUNAL Y FISCAL DE ESTADO-Y L.N.

Coincidencia encontrada

ABROGA L.N. 5209 (B.O. 14-02-71)-ENJUICIAMIENTO DE LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA,FISCAL DEL SUPERIOR TRIBUNAL Y FISCAL DE ESTADO-Y L.N. 4909 (B.O. 19-12-66)-CREACION DEL TRIBUNAL DE ENJUICIAMIENTO PARA JUZGAR A LOS FUNCIONARIOS...

Cita sugerida

Ley 5580/1973 - Ley N. 5580 - Abroga L.N. 5209 (B.o. 14 - 02 - 71) - Enjuiciamiento de los Miembros del Tribunal Superior de Justicia,Fiscal del Superior Tribunal y Fiscal de Estado - Y L.N. 4909 (B.o. 19 - 12 - 66) - Creacion del Tribunal de Enjuiciamiento para Juzgar a los Funcionarios... - 1973-05-11 - 5580

Jurisprudencia Santiago Del Estero fallo Alta coincidencia

CONTRERAS DE VARGAS, ANA MARIA c/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACION s/ ACCION DE AMPARO CHAZARRETA, MARTA OFELIA c/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACION Y COMISION DE TITULARIZACION Y JUNTA DE CLASIFICACIONES s/ ACCION DE AMPARO PALOMO GRACIELA LILIANA Y OTROS c/ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-SALA DE SUPERINTENDENCIA s/ RECURSO DE AMPARO GOMEZ DE ORIETA, FARIDES EUGENIA c/ CONSEJO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA s/ AMPARO ORIETA, VIRGINIO DE JESUS c/ CONSEJO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA s/ ACCION DE AMPARO CALABRESE ANTONIO y SALOMON OSVALDO c/ PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO s/ ACCION DE AMPARO SORIA ARNALDO c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTEO s/ ACCION DE AMPARO MANSILLA ALDO AUGUSTO c/ EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE SANTIAGO DEL ESTERO Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/ ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL CACERES, JOSE LUIS c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO s/ ACCION DE AMPARO

Tribunal
CS CS CS CS CS CS CS CS CS
Fecha
2006-06-30|2006-12-05|2006-07-13|2006-08-25|2006-09-04|2006-04-07|2006-07-10|2006-07-10|2007-06-27
Cita digital
Z0010053
Voces
Competencia - Superior Tribunal de JusticiaAdministrativo
Resumen

CONTRERAS DE VARGAS, ANA MARIA c/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACION s/ ACCION DE AMPARO CHAZARRETA, MARTA OFELIA c/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACION Y COMISION DE TITULARIZACION Y JUNTA DE CLASIFICACIONES s/ ACCION DE AMPARO PALOMO GRACIELA LILIANA Y OTROS c/ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-SALA DE SUPERINTENDENCIA s/ RECURSO DE AMPARO GOMEZ DE...

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COMPETENCIA-SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Cita sugerida

CONTRERAS DE VARGAS, ANA MARIA c/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACION s/ ACCION DE AMPARO CHAZARRETA, MARTA OFELIA c/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACION Y COMISION DE TITULARIZACION Y JUNTA DE CLASIFICACIONES s/ ACCION DE AMPARO PALOMO GRACIELA LILIANA Y OTROS c/ SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-SALA DE SUPERINTENDENCIA s/ RECURSO DE AMPARO GOMEZ DE ORIETA, FARIDES EUGENIA c/ CONSEJO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA s/ AMPARO ORIETA, VIRGINIO DE JESUS c/ CONSEJO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA s/ ACCION DE AMPARO CALABRESE ANTONIO y SALOMON OSVALDO c/ PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO s/ ACCION DE AMPARO SORIA ARNALDO c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTEO s/ ACCION DE AMPARO MANSILLA ALDO AUGUSTO c/ EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE SANTIAGO DEL ESTERO Y/O QUIEN RESULTE RESPONSABLE s/ ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL CACERES, JOSE LUIS c/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO s/ ACCION DE AMPARO - CS CS CS CS CS CS CS CS CS 2006-06-30|2006-12-05|2006-07-13|2006-08-25|2006-09-04|2006-04-07|2006-07-10|2006-07-10|2007-06-27 - Z0010053

Jurisprudencia Santiago Del Estero fallo Alta coincidencia

ALVAREZ NESTOR H. s.d. HOMICIDIO SIMPLE e.p. CHAVEZ JORGE DANIEL s/ PEDIDO DE OFICIO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

Tribunal
Corte Suprema de Justicia de la Nacion
Fecha
2002-09-16
Cita digital
Z0007172
Voces
Superior Tribunal de Justicia - Facultades del Superior Tribunal -...Penal
Resumen

ALVAREZ NESTOR H. s.d. HOMICIDIO SIMPLE e.p. CHAVEZ JORGE DANIEL s/ PEDIDO DE OFICIO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-FACULTADES DEL SUPERIOR TRIBUNAL-AVOCAMIENTO JURISDICCIONAL Partes: ALVAREZ NESTOR H.

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SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA-FACULTADES DEL SUPERIOR TRIBUNAL-AVOCAMIENTO JURISDICCIONAL

Cita sugerida

ALVAREZ NESTOR H. s.d. HOMICIDIO SIMPLE e.p. CHAVEZ JORGE DANIEL s/ PEDIDO DE OFICIO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA - Corte Suprema de Justicia de la Nacion 2002-09-16 - Z0007172