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79+ resultados encontrados para Servicio De Emergencia Medica Demora con busqueda amplia. Mostrando 1-10.
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Jurisprudencia Por Ano fallo Alta coincidencia

Servicio De Emergencia Medica Demora En La Llegada De La Ambulancia Fallecimiento Del Paciente En Su Domicilio

Resumen

Servicio de emergencia médica. Demora en la llegada de la ambulancia. Fallecimiento del paciente en su domicilio Se confirma la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios por entender que no se acreditó la relación causal entre el fallecimiento del padre del accionante y la demora en arribar la ambulancia...

Coincidencia encontrada

Servicio de emergencia médica. Demora en la llegada de la ambulancia. Fallecimiento del paciente en su domicilio Se confirma la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios por entender que no se acreditó la relación causal entre el fallecimiento del padre del accionante y la demora en arribar la ambulancia al domicilio del paciente, luego de...

Cita sugerida

Servicio De Emergencia Medica Demora En La Llegada De La Ambulancia Fallecimiento Del Paciente En Su Domicilio

Legislación La Rioja ley Nro. 8211 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 8211/2007 - Ley 8.211 - Declara en Estado de Emergencia Económica Administrativa y Financiera a la Provincia de la Rioja. Emergencia

Fecha
2007-11-15
Cita digital
8211
Voces
Emergencias Sociales - Emergencia Economica - Emergencia Administrativa - Emergencia...Ley8211
Resumen

Declara en estado de emergencia económica administrativa y financiera a la provincia de La Rioja. Emergencia

Cita sugerida

Ley 8211/2007 - Ley 8.211 - Declara en Estado de Emergencia Económica Administrativa y Financiera a la Provincia de la Rioja. Emergencia - 2007-11-15 - 8211

Legislación Buenos Aires ley Nro. 15480 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 15480/2023 - Ley 15.480 - Prorroga el Estado de Emergencia en la Provincia

Fecha
2023-12-28
Cita digital
15480
Voces
Prorroga del Plazo Estado de Emergencia Emergencia Publica Emergencia Energetica...Ley15480
Resumen

Ley 15480/2023 - LEY 15.480 - Prorroga el estado de emergencia en la Provincia Prorroga el estado de emergencia en la Provincia Fecha: 2023-12-28 Tipo: Ley Numero: 15480 Provincia: Buenos Aires Estado: Vigente, de alcance general Voces: PRORROGA DEL PLAZO ESTADO DE EMERGENCIA EMERGENCIA PUBLICA EMERGENCIA ENERGETICA SERVICIOS PUBLICOS LEY MODIFICATORIA EMERGENCIA...

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Prorroga el estado de emergencia en la Provincia

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Ley 15480/2023 - Ley 15.480 - Prorroga el Estado de Emergencia en la Provincia - 2023-12-28 - 15480

Jurisprudencia Pjn resolucionesdelplenario-ao2019 Nro. 217 Alta coincidencia

ARTÍCULO 1º.- Declarar la emergencia en materia de infraestructura edilicia en las dependencias del Poder Judicial de Nación cuya ejecución de recursos se encuentre a cargo de este Consejo de la Magistratura- con la finalidad de atender las deficiencias de las instalaciones existentes y llevar a cabo la programación de las obras de construcción- refacción- remodelación y/o ampliación de los inmuebles- teniendo en cuenta las necesidades edilicias y las pautas de higiene y seguridad del trabajo- en miras de lograr un eficaz servicio de justicia. ARTÍCULO 2º.- Declarar la emergencia en materia tecnológica en las dependencias del Poder Judicial de Nación cuya ejecución de recursos se encuentre a cargo de este Consejo de la Magistratura- con la finalidad de efectuar acciones que permitan el correcto funcionamiento de los sistemas y equipos informáticos- como así también la modernización tecnológica del servicio de justicia en lo que respecta exclusivamente a las competencias atribuidas a este Consejo. ARTÍCULO 3º.- La declaración de emergencia prevista en los artículos 1° y 2° tendrá una duración de trescientos sesenta y cinco días (365) a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. ARTÍCULO 4°.- Autorizar- mientras duren las emergencias declaradas en los artículos 1° y 2º de la presente- a la Oficina de Administración y Financiera a contratar los servicios- bienes u obras necesarias mediante los procedimientos de excepción establecidos en el Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobado por la Resolución CM 254/15 –y sus modificatorias- y en la Ley 13.064 de Obra Pública. La Oficina de Administración y Financiera –previa autorización de la Comisión de Administración y Financiera- podrá utilizar el procedimiento de contratación directa por urgencia (compulsa abreviada por urgencia)- de acuerdo a los artículos 30 y 164 del Reglamento de Contrataciones aprobado por la Resolución CM 254/15 y el artículo 9- inciso d)- de la Ley 13.604 de Obra Pública- según el caso- o de aprobación de gastos previsto en los arts. 36 bis y 167 bis del Reglamento de Contrataciones- según la incorporación dispuesta por Resolución CM N° 538/2018. Déjese establecido que las aprobaciones de gastos que se lleven a cabo en el marco de la presente declaración de emergencia- procederán cuando el monto no exceda los 800 módulos- no siendo aplicable en tales casos el límite previsto en el artículo 167 bis- inciso 2° del Reglamento de Contrataciones- según la incorporación dispuesta por Resolución CM N° 538/2018. ARTÍCULO 5º.- Disponer que en los procedimientos de contratación mencionados en el artículo 3º las notificaciones se deberán efectuar mediante correo electrónico- de acuerdo a lo establecido en el artículo 68- inciso 1- del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM 254/15. ARTÍCULO 6º.- Disponer que en los procedimientos amparados por el Reglamento aprobado por la Resolución CM 254/15- la Oficina de Administración y Financiera podrá incorporar en los pliegos de bases y condiciones particulares una cláusula de renegociación de los contratos cuando circunstancias externas y sobrevinientes afecten de modo decisivo el equilibrio contractual. En los contratos de suministro- podrá aplicarse dicha cláusula cuando la entrega supere el plazo de UN (1) mes. ARTÍCULO 7º.- Disponer que las áreas del Consejo de la Magistratura- cuya intervención resulte obligatoria en los procedim

Tribunal
Consejo de la Magistratura
Fecha
03-10-2019 00:00:00
Cita digital
PJN 138876
Voces
Resoluciones del Plenario - Año 2019217
Resumen

ARTÍCULO 1º.- Declarar la emergencia en materia de infraestructura edilicia en las dependencias del Poder Judicial de Nación cuya ejecución de recursos se encuentre a cargo de este Consejo de la Magistratura- con la finalidad de atender las deficiencias de las instalaciones existentes y llevar a cabo la programación de las obras...

Coincidencia encontrada

...cuenta las necesidades edilicias y las pautas de higiene y seguridad del trabajo- en miras de lograr un eficaz servicio de justicia. ARTÍCULO 2º.- Declarar la emergencia en materia tecnológica en las dependencias del Poder Judicial de Nación cuya ejecución de recursos se encuentre a cargo de este Consejo de la Magistratura- con la finalidad de efectuar acciones...

Cita sugerida

ARTÍCULO 1º.- Declarar la emergencia en materia de infraestructura edilicia en las dependencias del Poder Judicial de Nación cuya ejecución de recursos se encuentre a cargo de este Consejo de la Magistratura- con la finalidad de atender las deficiencias de las instalaciones existentes y llevar a cabo la programación de las obras de construcción- refacción- remodelación y/o ampliación de los inmuebles- teniendo en cuenta las necesidades edilicias y las pautas de higiene y seguridad del trabajo- en miras de lograr un eficaz servicio de justicia. ARTÍCULO 2º.- Declarar la emergencia en materia tecnológica en las dependencias del Poder Judicial de Nación cuya ejecución de recursos se encuentre a cargo de este Consejo de la Magistratura- con la finalidad de efectuar acciones que permitan el correcto funcionamiento de los sistemas y equipos informáticos- como así también la modernización tecnológica del servicio de justicia en lo que respecta exclusivamente a las competencias atribuidas a este Consejo. ARTÍCULO 3º.- La declaración de emergencia prevista en los artículos 1° y 2° tendrá una duración de trescientos sesenta y cinco días (365) a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. ARTÍCULO 4°.- Autorizar- mientras duren las emergencias declaradas en los artículos 1° y 2º de la presente- a la Oficina de Administración y Financiera a contratar los servicios- bienes u obras necesarias mediante los procedimientos de excepción establecidos en el Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura de la Nación aprobado por la Resolución CM 254/15 –y sus modificatorias- y en la Ley 13.064 de Obra Pública. La Oficina de Administración y Financiera –previa autorización de la Comisión de Administración y Financiera- podrá utilizar el procedimiento de contratación directa por urgencia (compulsa abreviada por urgencia)- de acuerdo a los artículos 30 y 164 del Reglamento de Contrataciones aprobado por la Resolución CM 254/15 y el artículo 9- inciso d)- de la Ley 13.604 de Obra Pública- según el caso- o de aprobación de gastos previsto en los arts. 36 bis y 167 bis del Reglamento de Contrataciones- según la incorporación dispuesta por Resolución CM N° 538/2018. Déjese establecido que las aprobaciones de gastos que se lleven a cabo en el marco de la presente declaración de emergencia- procederán cuando el monto no exceda los 800 módulos- no siendo aplicable en tales casos el límite previsto en el artículo 167 bis- inciso 2° del Reglamento de Contrataciones- según la incorporación dispuesta por Resolución CM N° 538/2018. ARTÍCULO 5º.- Disponer que en los procedimientos de contratación mencionados en el artículo 3º las notificaciones se deberán efectuar mediante correo electrónico- de acuerdo a lo establecido en el artículo 68- inciso 1- del Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por la Resolución CM 254/15. ARTÍCULO 6º.- Disponer que en los procedimientos amparados por el Reglamento aprobado por la Resolución CM 254/15- la Oficina de Administración y Financiera podrá incorporar en los pliegos de bases y condiciones particulares una cláusula de renegociación de los contratos cuando circunstancias externas y sobrevinientes afecten de modo decisivo el equilibrio contractual. En los contratos de suministro- podrá aplicarse dicha cláusula cuando la entrega supere el plazo de UN (1) mes. ARTÍCULO 7º.- Disponer que las áreas del Consejo de la Magistratura- cuya intervención resulte obligatoria en los procedim - Consejo de la Magistratura 03-10-2019 00:00:00 - PJN 138876

Legislación Mendoza ley Nro. 6993 Derogada Alta coincidencia

Ley 6993/2002 - Ley 6.993 - Establece Categorización, Acreditación y Habilitación de los Servicios de Emergencia Médica Extrahospitalaria

Fecha
2002-03-12
Cita digital
6993
Voces
Asistencia Medica - Emergencia Medica Extrahospitalaria - Prestadores MedicosLey6993
Resumen

Establece categorización, acreditación y habilitación de los servicios de emergencia médica extrahospitalaria

Cita sugerida

Ley 6993/2002 - Ley 6.993 - Establece Categorización, Acreditación y Habilitación de los Servicios de Emergencia Médica Extrahospitalaria - 2002-03-12 - 6993

Legislación La Rioja ley Nro. 9254 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 9254/2012 - Ley 9.254 - Creacion del Servicio Provincial de Emergencias M_Dicas.

Fecha
2012-08-23
Cita digital
9254
Voces
Salud Publica - Emergencias Medicas - Asistencia Medica - Servicio...Ley9254
Resumen

Ley 9254/2012 - Ley 9.254 - creacion del servicio provincial de emergencias m_dicas. creacion del servicio provincial de emergencias m_dicas. Fecha: 2012-08-23 Tipo: Ley Numero: 9254 Provincia: La Rioja Estado: Vigente, de alcance general Voces: SALUD PUBLICA-EMERGENCIAS MEDICAS-ASISTENCIA MEDICA-SERVICIO PROVINCIAL DE EMERGENCIAS MEDICAS.

Coincidencia encontrada

creacion del servicio provincial de emergencias m_dicas.

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Ley 9254/2012 - Ley 9.254 - Creacion del Servicio Provincial de Emergencias M_Dicas. - 2012-08-23 - 9254

Legislación San Juan ley Nro. 823 Vigente, de alcance general Alta coincidencia

Ley 823/2014 - Ley 823 - Q - Se Dispone Que para la Atención Médica a los Pacientes Internados en Salas de Terapia Intensiva, Terapias Intermedias Polivalentes, Servicios de Emergencia Ambulatorios en Entidades Públicas o Privadas, Será Realizada por Médicos Inscriptos en el Registro de Profesionales Médicos de la Secretaría de Salud Pública, Como Especialistas en Terapia Intensiva

Fecha
2014-11-19
Cita digital
823
Voces
Se Dispone Que para la Atención Médica a los Pacientes...Ley823
Resumen

Se dispone que para la atención médica a los pacientes internados en Salas de Terapia Intensiva, Terapias Intermedias Polivalentes, Servicios de Emergencia Ambulatorios en entidades públicas o privadas, será realizada por Médicos inscriptos en el Registro de Profesionales Médicos de la Secretaría de Salud Pública, como Especialistas en Terapia Intensiva

Coincidencia encontrada

... para la atención médica a los pacientes internados en Salas de Terapia Intensiva, Terapias Intermedias Polivalentes, Servicios de Emergencia Ambulatorios en entidades públicas o privadas, será realizada por Médicos inscriptos en el Registro de Profesionales Médicos de la Secretaría de Salud Pública, como Especialistas en Terapia Intensiva

Cita sugerida

Ley 823/2014 - Ley 823 - Q - Se Dispone Que para la Atención Médica a los Pacientes Internados en Salas de Terapia Intensiva, Terapias Intermedias Polivalentes, Servicios de Emergencia Ambulatorios en Entidades Públicas o Privadas, Será Realizada por Médicos Inscriptos en el Registro de Profesionales Médicos de la Secretaría de Salud Pública, Como Especialistas en Terapia Intensiva - 2014-11-19 - 823

Jurisprudencia Buenos Aires sentenciadefinitiva Nro. B 58841 Alta coincidencia

S., P. c/P. d. B. A. s/Demanda contencioso administrativa

Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA)
Fecha
2008-09-03
Cita digital
90616
Voces
A C U E R D O En la ciudad...decisión luego confirmada por la resolución 233/97. Sostiene, sin embargo,...es decir, denuncia que tras la causal esgrimida con fundamento...Contencioso AdministrativaSentencia DefinitivaB 58841
Resumen

A C U E R D n la ciudad de La Plata, a 3 de setiembre de 2008, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores Hitters, Pettigiani, Kogan, Negri, Soria, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte...

Coincidencia encontrada

...terpuesto contra aquélla. Asimismo, solicita que se condene a la accionada a disponer su reincorporación al servicio activo, el pago de los salarios caídos y una indemnización por los daños y perjuicios sufridos, con intereses y costas. II. Corrido el traslado de ley se presenta en juicio la Fiscalía de Estado. Contesta la demanda y solicita su rechazo...

Cita sugerida

S., P. c/P. d. B. A. s/Demanda contencioso administrativa - SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA (SCBA) 2008-09-03 - 90616

Legislación La Rioja ley Nro. 9154 Individual, Solo Modificatoria o Sin Eficacia Alta coincidencia

Ley 9154/2011 - Ley 9.154 - Declaración de Estado de Emergencia Económica Administrativa y Financiera. Prórroga de la Vigencia de la Ley 8211.

Fecha
2011-12-15
Cita digital
9154
Voces
Emergencias Sociales - Emergencia Economica - Emergencia Administrativa - Emergencia...Ley9154
Resumen

Declaración de estado de emergencia económica administrativa y financiera. Prórroga de la vigencia de la ley 8211.

Cita sugerida

Ley 9154/2011 - Ley 9.154 - Declaración de Estado de Emergencia Económica Administrativa y Financiera. Prórroga de la Vigencia de la Ley 8211. - 2011-12-15 - 9154

Legislación San Juan ley Nro. 7236 No vigente, abrogada implícitamente Alta coincidencia

Ley 7236/2002 - Ley N. 7236 - Adhesion Ley Nac. N. 25.561 - Ley Nacional de Emergencia Publica y Reforma del Regimen Bancario

Fecha
2002-02-22
Cita digital
7236
Voces
Derecho Administrativo - Reforma del Estado - Emergencia Economica -...Ley7236
Resumen

ADHESION LEY NAC. N. 25.561- LEY NACIONAL DE EMERGENCIA PUBLICA Y REFORMA DEL REGIMEN BANCARIO

Cita sugerida

Ley 7236/2002 - Ley N. 7236 - Adhesion Ley Nac. N. 25.561 - Ley Nacional de Emergencia Publica y Reforma del Regimen Bancario - 2002-02-22 - 7236