This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Wed Jul 22 13:56:25 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Apercibimiento Art 111 Del Dto Ley N 971 --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Apercibimiento. Art. 111 del Dto. Ley Nº 971   En el marco de un amparo por mora, se resuelve que la solicitud de efectivización del apercibimiento dispuesto por el artí­culo 111 del Dto. Ley Nº 971 resulta abstracta.     FORMOSA, ocho de febrero de dos mil diecinueve.- VISTOS: Estos autos caratulados: "AMARILLA, MARÍA GRACIELA S/ AMPARO POR MORA" Expte. Nº 04 - Folio Nº 196 - Año 2018 del registro de la Secretarí­a de Trámites Originarios del Excmo. Superior Tribunal de Justicia, venidos al Acuerdo para resolver conforme lo dispuesto por Presidencia a fs. 113 y; CONSIDERANDO: Que vienen estos autos al Acuerdo para resolver la solicitud de efectivización del apercibimiento dispuesto por el artí­culo 111 del Dto. Ley Nº 971, requerida por la señora Marí­a Graciela Amarilla a fs. 52, con el patrocinio letrado del Dr. Orlando Abel Rojas. Que verificadas las diligencias incorporadas a estos actuados y las medidas para mejor proveer decretadas oportunamente a fs. 56, 60, 79 y 86, se advierte que, finalmente, con la diligencia agregada a fs. 107/112 y, particularmente, con el dictado por parte del Sr. Ministro de Cultura y Educación  de la Provincia de Formosa, Dr. Alberto M. Zorrilla, de la Resolución Nº 7482/2018 de fecha 29/11/2018, se dio cumplimiento a lo dispuesto por Fallo Nº 11.614/18 (fs. 39/40 vta.), razón por la cual, el apercibimiento solicitado se torna abstracto. Por todo ello, con las opiniones concordantes de los señores Ministros, Dres. Marcos Bruno Quinteros, Guillermo Horacio Alucí­n, Ricardo Alberto Cabrera, Eduardo Manuel Hang y Ariel Gustavo Coll, que forman la mayorí­a absoluta que prescribe el artí­culo 25 de la Ley 521 y sus modificatorias y artí­culo 126 del Reglamento Interno para la Administración de Justicia, el EXCMO. SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA RESUELVE: 1.- Declarar abstracta la solicitud de apercibimiento peticionada por la amparista a fs. 52. 2.- Regí­strese, notifí­quese y, oportunamente, archí­vense las presentes actuaciones.- AR   MARCOS BRUNO QUINTEROS GUILLERMO HORACIO ALUCIN RICARDO ALBERTO CABRERA EDUARDO MANUEL HANG ARIEL GUSTAVO COLL ANTE MÍ: DR. CLAUDIO R. BENITEZ Secretario Superior Tribunal de Justicia     039128E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-25 19:10:45 Post date GMT: 2021-03-25 19:10:45 Post modified date: 2021-03-25 19:10:45 Post modified date GMT: 2021-03-25 19:10:45 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com