This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Wed Jul 22 14:22:23 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Reajustes Varios Desercion Del Recurso --------------------------------------------------- DOMINGO, 10 DE ENERO DE 2021 JURISPRUDENCIA       Buenos Aires, 6/3/2017 Autos y Vistos: I. Llegan las presentes actuaciones a este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia dictada por la Sra. Juez a cargo del Juzgado Federal de la Seguridad Social n ° 1. II. En relación con el recurso el mismo cumple con el requisito de admisibilidad pero no cumple el requisito de suficiente fundamentación, toda vez que no efectúa una crí­tica precisa y concreta de la resolución apelada, en orden a las argumentaciones de hecho y de derecho que sustentan la resolución recurrida, de donde en tales condiciones no se ha logrado demostrar que la d ecisión incurriera en error en la aplicación de normas, inaplicabilidad de ley o doctrina legal, como así­ tampoco arbitrariedad, irrazonabilidad o indefensión, exponiendo en la presentación recursiva argumentaciones que caen en una simple disconformidad con lo resuelto y que no se adecuan estrictamente al caso de autos, pues la demandada se agravia del reajuste del haber dependiente en base a la ley 24.241, cuando a la actora le fue otorgado el beneficio de conformidad con lo dispuesto por la ley 18037. Expresar agravios significa ejercitar un control de juridicidad, mediante la crí­tica concreta y razonada de los eventuales errores del juzgador, para lograr de ese modo, la modificación total o parcial de la sentencia o resolución atacada. Esta exigencia no aparece en modo alguno cumplida con suficiencia en la especie. En tales condiciones, corresponde declarar desierto el recurso de apelación deducido a fs. 67 (arts. 265 y 266 del CPCCN). Por todo ello, el Tribunal RESUELVE: I. Declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada. II. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Regí­strese, notifí­quese y oportunamente remí­tase.   LILIA MAFFEI DE BORGHI JUEZ BERNABE L CHIRINOS JUEZ VICTORIA P. PEREZ TOGNOLA JUEZ Ante mi: MARIA MARTA LAVIGNE SECRETARIA DE CAMARA     018595E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-18 18:38:21 Post date GMT: 2021-03-18 18:38:21 Post modified date: 2021-03-18 18:38:21 Post modified date GMT: 2021-03-18 18:38:21 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com