This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Sun Jul 12 12:51:57 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Transferencia De Vehiculos --------------------------------------------------- JURISPRUDENCIA Transferencia de vehí­culos   En el marco de un juicio ordinario, se resuelve admitir el recurso interpuesto y modificar parcialmente la sentencia dictada, haciendo extensiva la condena a los importes correspondientes a las estadí­as que se extenderán hasta el dí­a de su efectivo retiro.     Buenos Aires, 20 de septiembre de 2018. Y VISTOS: I. Motiva la intervención de esta Sala el recurso interpuesto a fs. 808 por Automotores Wabal S.R.L y sus fundamentos a fs. 871/873 contra la sentencia de fs.789/807, los cuales no merecieron contestación de las contrarias. A fs. 829 interpuso recurso TMF Trust Company (Argentina) S.A y a fs. 835 lo hizo BankBoston N.A., ambos fueron declarados desiertos a fs. 876. II. La sencillez de las cuestiones sometidas a la consideración de la Alzada aconsejan dar una rápida solución al caso, recurriendo a la ví­a prevista en el art. 275 del código de rito (CNCom., esta Sala, in re "Bartolomé, Alberto O. c/ Tribogal S.C.A s/ Ordinario», del 2/11/90; í­dem "Coperamet SA c/ Vega, César s/ ordinario», del 07/03/91; í­dem "Zalcman, José y otro c/Iresuk, Roberto y otro s/sumario», del 30/03/93; í­dem "American Express Argentina SA c/Naya, Marí­a C. s/ordinario», del 14/03/94; í­dem "Paz Miranda, Victoria c/ San Vicente S.A de Transportes y otros s/ sumario», del 30/05/94; í­dem "Vera Partners S.A c/ Aerolí­neas Argentinas s/ ordinario», del 09/04/14, entre otros). III. Automotores Wabal S.R.L inició demanda contra BankBoston N.A, International and Comercial Bank of China Argentina SA y Equity Trust Company Argentina S.A con el objeto de: a) reclamar el pago de $685.344, con más los importes que por la estadí­a de vehí­culos continúen devengando durante el trámite de este juicio, sus intereses, gastos y depreciación monetaria, si correspondiera, desde el 1/05/09, correspondiente a la estadí­a de cuatro vehí­culos de gran porte que fueron depositados en sus instalaciones por BankBoston NA y, b) la transferencia de dominio de una flota de camiones adquirida por la actora al BankBoston NA. La sentencia recurrida que corre a fs. 789/807 hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a BankBoston N.A y TMF Trust Company (Argentina) S.A (fiduciario del Fideicomiso Financiero TB-1): a) a abonar a Automotores Wabal SRL la suma de $685.344, con más los intereses; b) a realizar las gestiones pertinentes para proceder a la transferencia a favor de la actora de los dominios de los vehí­culos ..., ..., ..., ..., ..., ..., ..., ..., ..., ..., ... y ... y c) impuso las costas del juicio a las demandadas vencidas (art. 68 del Código Procesal). IV. El único agravio deducido por el recurrente atribuye al sentenciante un razonamiento equivocado por haber admitido el pago de la estadí­a de los vehí­culos sólo hasta la fecha de promoción de la demanda, es decir, 13 de agosto de 2014. En virtud de ello, reclamó que se modifique el decisorio en tal aspecto y se disponga que se abonen las estadí­as por el semi remolque y los tres micro ómnibus en depósito hasta el momento de su efectivo pago. Entendió que: "está sobradamente probado que los vehí­culos entraron al predio de mi mandante, y como contrapartida NO HAY UN UNA SOLA PRUEBA QUE EVIDENCIE LA SALIDA, por lo que cabe concluir que el a quo se excedió en la sentencia al consignar como lí­mite para el cobro de las estadí­as la fecha de inicio de la demanda». En el caso, no existe controversia en cuanto al servicio de depósito prestado por el actor para la guarda de los vehí­culos identificados, ni que por él se adeudan las facturas desde mayo de 2009 en adelante. Tampoco se discute que el semi remolque y los tres micro ómnibus identificados con los dominios ..., ..., ... y ... estaban en el predio al momento de la interposición de la demanda; ni existe alguna constancia que demuestre que los vehí­culos hayan sido retirados del predio. Las demandadas, titulares de aquellos, tampoco denunciaron haberlo hecho. Ergo, si el importe pactado por el servicio contratado que continúe devengando durante el trámite de este juicio fue parte del reclamo contenido en la demanda y no se arrimó elemento alguno que nos persuada que los vehí­culos fueron retirados de las instalaciones de Automotores Awal SRL, debe hacerse lugar a la apelación deducida disponiendo que se abonen los importes correspondientes a las estadí­as hasta el dí­a en el que se retiren los vehí­culos identificados con los dominios ..., ..., ... y ... En consecuencia, corresponde admitir el agravio. V. Las costas de esta apelación deberán ser soportadas por los demandados vencidos por aplicación del principio genérico de la derrota objetiva, no surgiendo de autos elemento alguno que nos permita válidamente apartarnos de aquél (arg. conf. CPr. 68). VI. Por las razones expuestas, SE RESUELVE: admitir el recurso interpuesto a fs. 808 y modificar parcialmente la sentencia dictada a fs.789/807 haciendo extensiva la condena a los importes correspondientes a las estadí­as que se extenderán hasta el dí­a de su efectivo retiro, con costas a cargo de las demandadas vencidas. VII. Notifí­quese por Secretarí­a del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN. VIII. Oportunamente cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13 CSJN y, devuélvase al Juzgado de origen. IX. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalí­a n° 5 (conf. Art. 109 RJN).   MATILDE E. BALLERINI MARIA L. GÓMEZ ALONSO DE DÍAZ CORDERO    031994E --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2021-03-22 15:41:52 Post date GMT: 2021-03-22 15:41:52 Post modified date: 2021-03-22 15:41:52 Post modified date GMT: 2021-03-22 15:41:52 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com