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Legislación Nacional


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LEY 26108

PREFECTURA NAVAL

BUQUES

PUERTOS

Código Internacional para la Protección de Buques y de las Instalaciones Portuaria. Prefectura Naval Argentina. Autoridad de aplicación. Designación

sanc. 07/06/2006; del 07/06/2006; promul. 30/06/2006; publ. 03/07/2006

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Desí­gnase a la Prefectura Naval Argentina como autoridad de aplicación del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (Código P.B.I.P.), integrado al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, Solas/74 ley 22079 - adoptado por la Organización Marí­tima Internacional (O.M.I.).

Art. 2.– La Prefectura Naval Argentina dictará las normas técnicas de carácter especí­fico en relación a la seguridad pública con arreglo a las prescripciones del citado código.

Art. 3.– Comuní­quese, etc.

Balestrini - Pampuro - Hidalgo - Estrada

Referencias: L 22079: LA -B-1601.