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Legislación Nacional


DECRETO 1094/1996

MEDIO AMBIENTE

ORGANISMOS DEL ESTADO

Comité Ejecutivo para el Saneamiento de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo. Supresión

del 26/9/1996; publ. 3/10/1996

Visto los decretos 1093 del 24 de mayo de 1993, y 482 del 20 de setiembre de 1995, y

Considerando:

Que por el decreto 482/1995 el Poder Ejecutivo nacional creó en el ámbito de la Secretarí­a de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación el Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo.

Que dicho Comité Ejecutor tiene por objetivo llevar a cabo el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo.

Que el referido Comité Ejecutor debe contar con la estructura necesaria para cumplir con su cometido.

Que por el precitado decreto 482/1995 fue dejado sin efecto el decreto 1093/1993 .

Que consecuentemente corresponde suprimir el organismo creado por dicha norma, Comité Ejecutivo para el Saneamiento de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo, disponiéndose lo pertinente para su liquidación.

Que han tomado la intervención que les compete la Secretarí­a de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación y la Secretarí­a de Hacienda y la Subsecretarí­a de Recursos Hí­dricos del Ministerio de Economí­a y Obras y Servicios Públicos.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del art. 99 , inc. 1) de la Constitución Nacional y art. 53 de la Ley de Contabilidad.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Declárase en estado de liquidación el Comité Ejecutivo para el Saneamiento de la Cuenca Hí­drica Matanza/Riachuelo creado por decreto 1093 del 24 de mayo de 1993, y apruébase el acta del citado Comité Ejecutivo de fecha 12 de octubre de 1995, que en copia autenticada forma parte como anexo al presente decreto.

Art. 2.– Reasí­gnanse las partidas presupuestarias correspondientes a la Subsecretarí­a de Recursos Hí­dricos del Ministerio de Economí­a y Obras y Servicios Públicos relativas al programa 46 - inc. 4 - principal 2 - parcial 2 - proyecto 4 “Saneamiento de la cuenca del Rí­o Matanza - Riachuelo” en favor de la Secretarí­a de Recursos Naturales y Ambiente Humano de la Presidencia de la Nación, jurisdicción 2003 - servicio 317 - programa 17 - proyecto 01 “Comité ejecutor del plan de gestión ambiental y de manejo de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo”, de acuerdo a las planillas anexas que forman parte del presente decreto.

Art. 3.– El Comité Ejecutor del Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo creado por el art. 1 del decreto 482 del 20 de setiembre de 1995, además de las establecidas en el art. 3 del decreto citado, tendrá las siguientes atribuciones:

a) Coordinar las acciones interjurisdiccionales de los distintos organismos competentes de la Administración Pública nacional, provincial o municipal involucrados en el proceso de saneamiento de la Cuenca Hí­drica Matanza - Riachuelo;

b) Dictar su reglamento interno de funcionamiento, determinar los aportes en recursos humanos e infraestructura administrativa que deberá llevar a cabo cada una de las jurisdicciones territoriales representadas en el Comité Ejecutor, procediendo, en su caso a su respectiva contratación;

c) Realizar las tareas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1 de este decreto, inclusive aquellas tendientes a la conclusión de los actos administrativos en trámite, y

d) Llevar a cabo cualquier tipo de acto jurí­dico o procedimiento necesario o conveniente para ejecutar el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hí­drica Matanza/Riachuelo, en particular implementando las acciones necesarias a fin de adecuar al mismo las obligaciones contractuales de Aguas Argentinas S.A. referidas a la expansión de redes y plantas en el área de la cuenca Matanza - Riachuelo.

Art. 4.– Encomiéndase al Comité Ejecutor creado por el art. 1 del decreto 482 del 20 de setiembre de 1995 que se encargue de la gestión y administración, con carácter de Unidad Ejecutora Central, de los fondos tanto nacionales como internacionales necesarios para llevar a cabo el Plan de Gestión Ambiental y de Manejo de la Cuenca Hí­drica Matanza/Riachuelo.

Art. 5.– Transfiérese el uso, a tí­tulo gratuito, al Comité Ejecutor, con destino a la sede de sus oficinas, de los inmuebles identificados como unidades funcionales ns. dos de Planta Baja, tres del Primer Piso y cuatro del Segundo Piso y unidades complementarias de Planta Sótano ns. II, III, IV y V del edificio sito en la calle San Martí­n ns. 318, 320, 322 y 326 de Capital Federal (matrí­culas F. R. -1575/2 [compl. II, III, IV y V], F. R. -1575/3 y F. R. -1575/4) así­ como del mobiliario que los adornan.

Art. 6.– Comuní­quese, etc.

Menem - Rodrí­guez - Fernández - Corach

Nota: Este decreto se publica sin anexos. La documentación no publicada puede ser consultada en la sede central de esta dirección nacional (Suipacha 767, Capital Federal).