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Legislación Nacional


DECRETO 1204/1987

FUERZAS ARMADAS

Ley para el Personal Militar. Reglamentación para la Fuerza Aérea. Modificación

del 28/7/1987; publ. 3/2/1988

Art. 1.– Reemplácense los párrs. 60 , 61 , 62 y 115 del tí­t. II de la reglamentación para la Fuerza Aérea de la Ley 19101 para el Personal Militar, por los siguientes:

– Párr. 60: “El Curso de Comando y Estado Mayor de la Escuela Superior de Guerra Aérea será realizado exclusivamente por el personal del cuerpo de Comando A y aquel del cuerpo de Comando B comprendido en los párrs. 57 y 53 del presente tí­tulo”.

– Párr. 61: “La aprobación del Curso de Comando y Estado Mayor de la Escuela Superior de Guerra Aérea es requisito obligatorio para el ascenso a Mayor en el cuerpo de Comando A, salvo en los casos contemplados en el párr. 60 del presente tí­tulo, así­ como también para la realización de los Cursos de Estado Mayor y Superior de Conducción”.

– Párr. 62: “El personal del cuerpo de Comando A que no apruebe el Curso de Comando y Estado Mayor de la Escuela Superior de Guerra Aérea pasará a revistar en el cuerpo de Comando B por disposición del director general de Personal”.

– Párr. 115: “Producidos los ascensos generales, el personal cuyo reclamo hubiese sido aprobado con posterioridad a los mismos y calificado de apto para las funciones del grado inmediato superior será ascendido fuera de vacante con anterioridad a la fecha que le hubiera correspondido, siempre que el orden de mérito asignado estuviese dentro de las vacantes fijadas por la autoridad correspondiente”.

Art. 2.– Comuní­quese, etc.

Alfonsí­n – Jaunarena