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Legislación Nacional


DECRETO 1351/1974

COMERCIO EXTERIOR

Exportación promocionada. Régimen. Incorporación de productos

del 5/11/1974; publ. 12/11/1974

Visto los decretos 5062/1971 y 5556/1971 , y

Considerando:

Que las normas allí­ aludidas tienden a estimular las exportaciones de aquellos productos que cuenten con un mayor valor agregado, como así­ también propender a la diversificación de los mercados exteriores.

Que la inclusión dentro del régimen de productos promocionados del decreto 5062/1971 y sus modificatorios, da un corte nuevo de carne vacuna enfriada y/o congelada que es demandada por los mercados en el exterior.

Que la medida está ampliamente justificada por cuanto la mercaderí­a aludida proviene de dos cortes que ya se encuentran promocionados individualmente, a saber: Los bifes anchos por decreto 5062/1971 y los bifes angostos sin lomo, sin cordón y sin filete por decreto 5556/1971 .

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Incorpórase a la nómina de productos de exportación promocionada anexa al decreto 5062/1971 y sus modificatorios, los productos que se detallan a continuación:

02 01 01 11 En trozos desosados.

III. Combinación de cortes de cuartos delantero y trasero:

Bife angosto sin lomo, con o sin cordón, con o sin filete, con 5 costillas del cuarto delantero recortado, en un trozo.

02 01 01 23 En trozos desosados.

III. Combinación de cortes de cuartos delantero y trasero:

Bife angosto sin lomo, con o sin cordón, con o sin filete, con 5 costillas del cuarto delantero recortado, en un trozo.

Art. 2.– Las medidas dispuestas precedentemente se aplicarán a las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletí­n de la Administración Nacional de Aduanas.

Art. 3.– Comuní­quese, etc.

Martí­nez de Perón - Gómez Morales