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DECRETO 15209/1959 (*)

BOLETÍN OFICIAL

Publicación de actos administrativos y resoluciones. Regulación.

del 12/11/1959; publ. 21/11/1959

(*) Derogado por decreto 175/2005, art. 1

Art. 1.– En el Boletí­n Oficial de la República Argentina se publicarán en forma sintetizada los actos administrativos referentes a:

Presupuestos; Licitaciones y contrataciones; Ordenes de pago; Movimiento de personal subalterno (civil, militar y religioso); Jubilaciones, retiros y pensiones; Constitución y disolución de sociedades y asociaciones y aprobación de estatutos; Acciones judiciales; Legí­timo abono; Tierras fiscales; Subsidios; Donaciones; Multas; Becas; Policí­a sanitaria animal y vegetal; Remates.

Art. 2.– (Texto según decreto 15831/1959, art. 1 ) Las resoluciones de los ministerios y secretarí­as de Estado y de reparticiones sólo serán publicadas en el caso de que tuvieran interés general.

Art. 2.- (Texto originario) Las resoluciones de los Ministerios y Secretarí­as de Estado y de Reparticiones sólo serán públicas en el caso de que tuvieran interés general.

Art. 3.– Los Ministerios y Secretarí­as de Estado podrán solicitar al Boletí­n Oficial que cualquiera de los actos administrativos indicados en el art. 1 se publique in extenso cuando establezca normas administrativas cuyo conocimiento revista interés público.

Art. 4.– Facúltase al Ministerio del Interior para dictar las normas complementarias y aclaratorias que se requieran para el cumplimiento de lo preceptuado en los artí­culos anteriores.

Art. 5.– Derógase toda disposición que se oponga al presente decreto.

Art. 6.– Comuní­quese, etc.

Frondizi - Ví­tolo