This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Mon Aug 3 15:56:29 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 282/1995 (*)CONTRATO DE TRABAJOModalidadesContrato a tiempo parcial. Reglamentacióndel 10/8/1995; publ. 14/8/1995(*) Derogado por decreto 492/1995, art. 15 .El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.- (Art. 2, inc. 3). Para la determinación de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las demás que se recauden con éstas, serán de aplicación la ley 24241, (art. 9 ) y su reglamento (decreto 433/1994 ).Art. 2.- (Art. 2, inc. 3, ap. 2).1.- El trabajador pluriempleado comunicará a sus empleadores la elección efectuada. Esta comunicación se hará también a la obra social elegida y deberá cursarse dentro de los treinta (30) dí­as de producida la situación de pluriempleo.2.- Los empleadores deberán transferir a la Obra Social elegida la totalidad de los aportes y contribuciones.Art. 3.- (Art. 2, inc. 4, párr. 1). Los trabajadores a tiempo parcial tendrán derecho a las prestaciones de la Seguridad Social en proporción al tiempo trabajado y a los aportes y contribuciones efectuados.Art. 4.- (Art. 2, inc. 4, párr. 2).1.- Los trabajadores a tiempo parcial cuyos aportes y contribuciones mensuales totales se efectúen sobre un monto superior a un (1) AMPO e inferior a tres (3) AMPOs, tendrán derecho a la cobertura de salud establecida en el anexo I de este decreto.Cuando los aportes y contribuciones se efectúen por montos superiores a los tres (3) AMPOs, los trabajadores a tiempo parcial tendrán derecho a la cobertura de salud ordinaria, a cargo de la Obra Social respectiva.2.- La Administración Nacional del Seguro de Salud (ANSSAL), compensará a la Obra Social prestataria, la diferencia entre el costo de las prestaciones del anexo I y los aportes y contribuciones efectuados por el trabajador a tiempo parcial.3.- Las obras sociales podrán definir un cuadro de prestaciones especiales en favor de los trabajadores a tiempo parcial.Art. 5.- Comuní­quese, etc.Menem - Bauzá - Caro Figueroa - MazzaAnexo ICONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIALCOBERTURA DE SALUDPRESTACIONES MÍNIMAS OBLIGATORIAS1er. Nivel- Consulta médica (en consultorio y domicilio).- Laboratorio clí­nico.- Radiografí­a directa y contratada ambulatoria.- Otras prácticas ambulatorias (fisioterapia, fonoaudiologí­a, curaciones, etc.).2do. Nivel- Internaciones clí­nicas y quirúrgicas.- Partos.- Unidad de terapia intensiva.- Unidad coronaria.- Consultas especializadas (todas las especialidades).- Incluye consultas de orientación psiquiátrica (posibilidad de determinación del número de consultas).- Prácticas diagnósticas de las especialidades, (electrocardiograma, electroencefalograma, ecografí­as, fibroscopí­as, test dérmicos, anatomí­a patológica, oftálmicas, etc.).- Laboratorio y radiografí­a del internado, mamografí­a.- Medicamentos de internación.- Descartables, yesos, oxí­geno, sangre y plasma (con obligación de reintegro).- Recepción del recién nacido.3er. Nivel- Tomografí­a axial computada.- Resonancia nuclear magnética.- Eccodopler.- Medicina nuclear diagnóstica y terapéutica (incluye radio inmuno análisis).- Cirugí­a cardiovascular.- Neurocirugí­a.- Hemodiálisis en insuficiencia renal aguda.Exclusiones- Enfermedades preexistentes conocidas por el aprendiz y/o detectadas en el examen de salud.- Medicamentos ambulatorios.- Atención psiquiátrica.- Traslados.- Unidad coronaria móvil.- Prótesis y órtesis.- Internación psiquiátrica.- Trasplantes.- Cirugí­a estética reparadora.- Tratamientos desintoxicantes.- Accidentes y lesiones derivadas o vinculadas a estados de embriaguez o drogadicción.- Lesiones traumáticas derivadas de acciones colectivas violentas (huelgas, etc.).- Óptica.Otras prestaciones- Odontologí­a preventiva: Consultas y dentisterí­a.Normas citadas: L 24241: 19-C-3023 - D 433/94: 19-A-125. --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:47:47 Post date GMT: 0020-00-09 18:47:47 Post modified date: 0020-00-09 18:47:47 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:47:47 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com