This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Wed Jul 22 21:58:33 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- DECRETO 290/1999ELECCIONESConvocatoria. Presidente y vicepresidente de la Nación y diputados nacionales. Segunda vueltadel 26/3/1999; publ. 29/3/1999Visto lo dispuesto por los arts. 45 , 50 , 94 , 96 y 128 y concordantes de la Constitución Nacional y lo establecido por el Código Electoral nacional aprobado por ley 19945 (t.o. por decreto 2135 del 18 de agosto de 1983) con las modificaciones introducidas por las leyes 23247 , 23476 , 24012 y 24444 , y:Considerando:Que en 1999 corresponde proceder a la renovación del Poder Ejecutivo nacional así­ como a la renovación parcial de la Cámara de Diputados de la Nación.Por ello,El presidente de la Nación Argentina decreta:Art. 1.– Fí­jase el dí­a 24 de octubre de 1999 como fecha para la elección del presidente y vicepresidente de la Nación, que asumirán sus mandatos el 10 de diciembre de 1999.Art. 2.– Fí­jase el dí­a 14 de noviembre de 1999 para la eventual segunda vuelta prevista en el art. 96 de la Constitución Nacional.Art. 3.– Fí­jase el dí­a 24 de octubre de 1999 para la elección de los diputados nacionales por la Ciudad de Buenos Aires que reemplazarán a aquellos cuyos mandatos caducarán el 10 de diciembre de 1999.Art. 4.– Los ejecutivos provinciales podrán convocar en sus respectivos distritos a elecciones de los Diputados nacionales que reemplazarán a aquellos cuyos mandatos caducarán el 10 de diciembre de 1999 en la fecha fijada para la elección del presidente y vicepresidente de la Nación, o en la que dispongan en los términos de los arts. 53 y 54 del Código Electoral nacional aprobado por ley 19945 (t.o. por decreto 2135 del 18 de agosto de 1983), con las modificaciones introducidas por las leyes 23247 , 23476 , 24012 y 24444 .Art. 5.– Por el Ministerio del Interior se adoptarán todas las providencias que sean necesarias para la normal organización y realización de los comicios.Art. 6.– Comuní­quese, etc.Menem – Rodrí­guez – Corach --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 18:48:28 Post date GMT: 0020-00-09 18:48:28 Post modified date: 0020-00-09 18:48:28 Post modified date GMT: 0020-00-09 18:48:28 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com