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DECRETO 322/2002 PODER LEGISLATIVO Sesiones ordinarias. Apertura. Fecha del 15/2/2002; publ. 19/2/2002 En uso de las facultades conferidas por el art. 99 inc. 8 de la Constitución Nacional, El presidente de la Nación Argentina decreta: Art. 1.– Señálanse las 10.00 horas del día 1 de marzo próximo para la solemne apertura de las sesiones ordinarias del Congreso de la Nación, correspondientes al año en curso. Art. 2.– Comuníquese, etc. Duhalde – Capitanich – Gabrielli |