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DECRETO 323/1982

PODER EJECUTIVO

Obra pública. Adquisición de materiales, maquinarias y mobiliario. Delegación de facultades en el Ministerio de Economí­a

del 10/2/1982; publ. 15/2/1982

Visto la ley 22520 , y

Considerando:

Que como consecuencia de la derogación de la ley 22456 , en virtud de la cual se dictó el decreto 112 del 22 de abril de 1981, por el que se delegaron en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos las facultades y obligaciones determinadas por el art. 2 de la ley 13064 , corresponde dictar la norma atributiva de competencia de dicho departamento de Estado.

Que de conformidad con las previsiones del art. 9 de la ley 22520 , mediante decreto 22 de fecha 22 de diciembre de 1981, se han creado las secretarí­as y subsecretarí­as que integrarán el aludido Ministerio.

Que es conveniente por otra parte, que el ministro de Obras y Servicios Públicos pueda a su vez delegar en los secretarios de su área las funciones de que se trata.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Deléganse en el Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación, de acuerdo con lo previsto por el art. 2 de la ley 13064 las facultades y obligaciones determinadas por la misma para la ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública y para las adquisiciones de materiales, maquinarias, mobiliarios y elementos destinados a ellas.

Art. 2.– Autorí­zase al ministro de Obras y Servicios Públicos a delegar las facultades de que se trata en los secretarios de su jurisdicción.

Art. 3.– Derógase el decreto 112 de fecha 22 de abril de 1981.

Art. 4.– Comuní­quese, etc.

Galtieri – Martini