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Legislación Nacional


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DECRETO 36/1987

SERVICIO EXTERIOR

Requisitos. Régimen Jurí­dico Básico de la Función Pública

del 16/01/1987; publ. 04/02/1987

Visto el decreto 1973 de fecha 28 de octubre de 1986, que reglamenta los arts. 97 y 98 de la ley 20957, y

Considerando:

Que los agentes adscriptos al Servicio Exterior de la Nación están sujetos a las disposiciones contenidas en el Régimen Jurí­dico Básico de la Función Pública aprobado por la ley 22140 , el que determina las condiciones necesarias para su ingreso y permanencia.

Que el citado decreto 1973/1986 , al reglamentar el art. 98 de la ley 20957, establece que las tareas que cumplan en el exterior los agentes adscriptos al Servicio Exterior serán las inherentes a su condición de personal administrativo, profesional o técnico, no pudiendo desempeñar las funciones que son especí­ficas del personal diplomático.

Que lo expuesto, descarta la exigencia de otros requisitos que no sean los contemplados en el Régimen Jurí­dico Básico de la Función Pública.

Que el art. 86 , inc. 2, de la Constitución Nacional, faculta al Poder Ejecutivo para dictar la medida pertinente.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Sustitúyese el inc. 1 de la reglamentación del art. 97 de la ley 20957, aprobada por decreto 1973/1986 , por el siguiente:

1) Los que surgen de los arts. 7 y 8 del Régimen Jurí­dico Básico de la Función Pública aprobado por ley 22140.

Art. 2.– El presente decreto entrará en vigencia al dí­a siguiente de su publicación en el Boletí­n Oficial.

Art. 3.– Comuní­quese, etc.

Alfonsí­n - Caputo