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Legislación Nacional


DECRETO 377/1973

COMERCIO EXTERIOR

Carne caprina fresca. Derecho de exportación. Eliminación

del 22/1/1973; publ. 30/1/1973

Visto el expte. 203.146/72 del registro del Ministerio de Comercio, y

Considerando:

Que resulta necesario rever el tratamiento que en materia de exportación se aplica a la carne caprina fresca, de modo tal de aprovechar la coyuntura del mercado internacional, facilitando la colocación de un producto de exportación no tradicional.

Que la ley 19370 , modificada por la ley 19502 faculta al Poder Ejecutivo nacional a reducir o suprimir los derechos de exportación.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Elimí­nase el derecho establecido por el decreto 1579/1972 para las exportaciones de los siguientes productos:

02 01 02 08. Carne caprina congelada, enfriada u oreada.

Excluidas las procedentes de la Patagonia.

Procedentes de la Patagonia.

Art. 2.– La medida dispuesta por el artí­culo precedente se aplicará para las exportaciones cuyos permisos de embarque se oficialicen a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletí­n Oficial.

Art. 3.– Comuní­quese, etc.

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