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Legislación Nacional




DECRETO 4517/1966

OBRAS PúBLICAS

Variaciones de costos. Resolución y dilucidación de cuestiones. Doble ví­a. Aclaración

del 20/12/1966; publ. 1/2/1967

Art. 1.– Aclárase el art. 8 del decreto 11511/1947 en el sentido de que para la dilucidación y resolución de las cuestiones referentes a variaciones de costos producidas en los contratos de obra pública, existe una doble ví­a a opción del contratista: una, ante la Comisión Arbitradora creada por el artí­culo citado, con carácter definitivo en sede administrativa salvo el recurso de revisión; y otra ante el Poder Ejecutivo por aplicación del decreto 7520/1944 ; dejándose asimismo establecido que la elección de una en cada caso concreto, excluye la utilización de la otra.

Art. 2.– El presente decreto será refrendado por el señor ministro de Economí­a y Trabajo y firmado por el señor secretario de Estado de Obras Públicas.

Art. 3.– De forma.