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Legislación Nacional


DECRETO 494/1988

DOCENTES

Concursos para cátedras y cargos en institutos nacionales de enseñanza superior. Modificación

del 22/4/1988; publ. 4/5/1988

Visto el art. 1 del decreto 1691 del 22 de octubre de 1987, y

Considerando:

Que se ha deslizado un error involuntario en la normativa invocada en dicho artí­culo.

Que corresponde entonces proceder a su rectificación.

Que asimismo procede aclarar debidamente el texto de una de las normas sustituidas por dicho artí­culo.

Que la medida a dictarse tiene fundamento en el art. 86 , incs. 1) y 2) de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Sustitúyese el párr. 1 del art. 1 del decreto 1691 del 22 de octubre de 1987, por el siguiente:

Art. 1.– Sustitúyase los aps. I, II, III, IV y V de la reglamentación del art. 139 del Estatuto del Docente (ley 14473), aprobados por el decreto 8188/1959 , y el ap. VI de la misma reglamentación, aprobados por el decreto 1433/1973 , por los siguientes...

Art. 2.– Sustitúyase el texto establecido por el decreto 1691/1987 para el ap. IV párr. 1, de la reglamentación del art. 139 del estatuto del Docente (ley 14473) por el siguiente:

“El personal docente auxiliar estará formado por los profesores jefes de trabajos prácticos, y los ayudantes de trabajos prácticos y su designación se efectuará por concursos ajustados a las normas que comprende a los profesores titulares y regentes, excepto las previstas en el inc. c) del ap. II de este artí­culo, las que, para los docentes auxiliares, serán sustituidas por las siguientes”.

Art. 3.– Comuní­quese, etc.

Alfonsí­n – Sábato