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Legislación Nacional


DECRETO 5610/1965

SINDICATURA GENERAL DE EMPRESAS PúBLICAS

Ampliación de actuación y atribuciones. Sí­ndicos. Funciones

del 16/7/1965; publ. 27/7/1965

Visto lo dispuesto por la ley 13653 , modificada por la 14380 , t.o. por decreto 4053/1955 , ley 15023 y decreto ley 766, art. 13, y

Considerando:

Que el art. 3 de la ley referida modificado por el art. 27 de la ley 16432 y art. 7 del decreto ley 6190/1963, determina que el Poder Ejecutivo por intermedio de la Secretarí­a de Hacienda designará en cada empresa del Estado un funcionario con carácter de sí­ndico;

Que por decreto 10599/1961 se creó la Sindicatura General cuyas funciones se limitaron a las empresas que se hallan bajo la supervisión jurisdiccional de los Ministerios de Economí­a y de Obras y Servicios Públicos;

Que el resultado de aplicación del régimen referido aconseja extenderlo al resto de las empresas del Estado;

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– La Sindicatura general creada por el art. 2 del decreto 10599/1961, extenderá su actuación y atribuciones a todas las empresas del Estado.

Art. 2.– Los sí­ndicos de las empresas del Estado, elevarán directamente a los ministros o secretarios de Estado jurisdiccionales según corresponda, la misma información que el art. 4 del decreto 10599/1961 determina deben elevar al Ministerio de Economí­a.

Art. 3.– La designación de sí­ndicos en las empresas del Estado que funcionan en jurisdicción del Ministerio de Defensa Nacional se realizará con intervención de la Secretarí­a de Estado respectiva.

Art. 4.– El presente decreto será refrendado por los ministros secretarios en los Departamentos de Defensa Nacional y Economí­a y firmado por los secretarios de Estado de Guerra, Marina, Aeronáutica y Hacienda.

Art. 5.– Comuní­quese, etc.

Illia – Suárez – Pugliese – Romanelli – Ávalos – Pita – Garcí­a Tudero