This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Mon Aug 3 1:44:23 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- CONTRATOSDecreto 264/2011Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF N° 79-AR a celebrarse entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), destinado a financiar parcialmente el Proyecto de Infraestructura Hí­drica del Norte Grande.Bs. As., 3/3/2011VISTO el Expediente Nº S01:0426856/2010 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), yCONSIDERANDO:Que mediante el Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR, el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) concurre con la REPUBLICA ARGENTINA al financiamiento del "Proyecto de Infraestructura Hí­drica del Norte Grande" por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000).Que el objetivo general del citado proyecto consiste en aumentar el acceso sostenible a la provisión de agua y los servicios de drenaje urbano en la Región del Norte Grande de la REPUBLICA ARGENTINA, mediante (i) la provisión de la infraestructura necesaria y (ii) el respaldo del desarrollo institucional.Que las funciones de organismo ejecutor del proyecto estarán a cargo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, actuando a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo, de la cual dependerá la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP).Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, por medio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR, así­ como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economí­a y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR y acuerde modificaciones del mismo, siempre que sean convenientes a su ejecución.Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR propuesto para ser suscripto, son los usuales en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el préstamo.Que la Dirección General de Asuntos Jurí­dicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Artí­culo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artí­culos 57 y 60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones y el Artí­culo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2005).Por ello,LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:Artí­culo 1º — Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR a celebrarse entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el "Proyecto de Infraestructura Hí­drica del Norte Grande". El mismo se adjunta al presente decreto como Anexo I y consta de CINCO (5) artí­culos, CUATRO (4) anexos y UN (1) apéndice, con copias autenticadas en idioma inglés y su traducción al idioma español. Como Anexo II se adjunta copia autenticada de las "Condiciones Generales para Préstamos" del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF) de fecha 31 de julio de 2010. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida como Anexo III, las versiones en idioma español de las "Normas: Contrataciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF" y las "Normas: Selección y Contratación de Consultores por Prestatarios del BANCO MUNDIAL", ambas correspondientes a la edición del mes de mayo de 2004, con las revisiones de octubre de 2006 y mayo de 2010.Art. 2º — Facúltase al señor Ministro de Economí­a y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a suscribir en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA el Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el Artí­culo 1º del presente decreto.Art. 3º — Facúltase al señor Ministro de Economí­a y Finanzas Públicas, o al funcionario o funcionarios que el mismo designe, a convenir y suscribir modificaciones al contrato referido en el Artí­culo 1º del presente decreto, siempre que las mismas no constituyan cambios sustanciales al objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al Procedimiento Arbitral pactado.Art. 4º — Desí­gnase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, actuando a través de la Unidad de Coordinación de Programas y Proyectos con Financiamiento Externo de la cual dependerá la "Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP)" como "Organismo Ejecutor" del "Proyecto de Infraestructura Hí­drica del Norte Grande", quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones que resulten necesarias para su ejecución, de conformidad con lo dispuesto por el Contrato de Préstamo BIRF Nº 79-AR y demás documentación de dicho proyecto.Art. 5º — Comuní­quese, publí­quese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí­vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aní­bal D. Fernández. — Amado Boudou. — Julio M. De Vido.———NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0000-00-00 00:00:00 Post date GMT: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date: 0000-00-00 00:00:00 Post modified date GMT: 0000-00-00 00:00:00 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com